
Las mujeres que han dado a luz cuentan con un periodo de baja biológica obligatoria de seis semanas, según se recoge en el Real Decreto 1251/2001 y en el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores. Ahora bien, si la empresa configura un sistema de pago variable ligado a las horas productivas ¿computa este periodo de baja como jornadas trabajadas?
Para estudiar este planteamiento, podemos acudir a la sentencia 161/2011 de 23 de noviembre de la Audiencia Nacional, nacida por el conflicto existente entre una empresa de telecomunicaciones que consideraba que no eran computables y los sindicatos que describían dicha práctica como discriminatoria.




