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        <title>Magazine - sanciones</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 07:11:32 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Trabajo avisa: "Se puede multar con hasta 7 500 € por no formalizar contratos por escrito." Estas son las obligaciones, sanciones y excepciones ]]></title>
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                <pubDate>Sat, 16 Aug 2025 06:00:38 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/227a16/trabajo-avisa-se-puede-multar-con-hasta-7-500-eur-por-no-formalizar-contratos-por-escrito.-estas-son-las-obligaciones-sanciones-y-excepciones/1024_2000.jpeg" alt="Trabajo&#x20;avisa&#x3A;&#x20;&quot;Se&#x20;puede&#x20;multar&#x20;con&#x20;hasta&#x20;7&#x20;500&#x20;&#x20AC;&#x20;por&#x20;no&#x20;formalizar&#x20;contratos&#x20;por&#x20;escrito.&quot;&#x20;Estas&#x20;son&#x20;las&#x20;obligaciones,&#x20;sanciones&#x20;y&#x20;excepciones&#x20;">
    </p>
    <p>En los últimos meses, el Ministerio de Trabajo ha avisado de <strong>posibles sanciones</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/empresa-debe-pagar-1-500-eur-enviar-correos-a-trabajadora-baja-se-acumulan-multas-para-pymes-ley-desconexion-digital">por no respetar el derecho a la desconexión digital</a> o tratar de sustituir vacaciones por una compensación económica, a lo anterior se suma <strong>el riesgo de no formalizar un contrato por escrito.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>Este puede parecer un detalle menor, pero para la Inspección de Trabajo es una infracción grave que puede salir muy cara. Como en la mayoría de estos casos,<strong> la multa puede ir desde 751 € hasta 7 500 € por trabajador</strong>, y en determinados casos, la ley presume que ese empleo es indefinido y a jornada completa, aunque la intención de las partes fuera otra.</p>
<h2><strong>Esto dice la ley</strong></h2>
<p>El <strong>artículo 8 del Estatuto de los Trabajadores</strong> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11430">establece que ciertos contratos deben formalizarse por escrito.</a></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/3-cada-4-autonomos-creen-que-este-va-a-ser-mal-ano-para-su-negocio-ata-73-apunta-a-gastos-facturacion-mucha-incertidumbre">
     <img alt="3&#x20;de&#x20;cada&#x20;4&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;creen&#x20;que&#x20;este&#x20;va&#x20;a&#x20;ser&#x20;un&#x20;mal&#x20;a&#x00F1;o&#x20;para&#x20;su&#x20;negocio.&#x20;Seg&#x00FA;n&#x20;la&#x20;ATA,&#x20;el&#x20;73&#x20;&#x25;&#x20;apunta&#x20;a&#x20;m&#x00E1;s&#x20;gastos,&#x20;menos&#x20;facturaci&#x00F3;n&#x20;y&#x20;mucha&#x20;incertidumbre&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/d56761/3-de-cada-4-autonomos-creen-que-este-va-a-ser-un-mal-ano-para-su-negocio.-segun-la-ata-el-73-apunta-a-mas-gastos-menos-facturacion-y-mucha-incertidumbre/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/3-cada-4-autonomos-creen-que-este-va-a-ser-mal-ano-para-su-negocio-ata-73-apunta-a-gastos-facturacion-mucha-incertidumbre" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/3-cada-4-autonomos-creen-que-este-va-a-ser-mal-ano-para-su-negocio-ata-73-apunta-a-gastos-facturacion-mucha-incertidumbre" class="desvio-title js-desvio-title">3 de cada 4 autónomos creen que este va a ser un mal año para su negocio. Según la ATA, el 73 % apunta a más gastos, menos facturación y mucha incertidumbre </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Son los siguientes:</p>
<ul>
  <li>Contratos en prácticas o para la formación</li>
  <li>A tiempo parcial o fijos-discontinuos</li>
  <li>Por obra o servicio determinado</li>
  <li>Temporales de duración superior a cuatro semanas</li>
  <li>Actividades de teletrabajo</li>
  <li>Trabajadores contratados por empresas españolas para prestar servicios en el extranjero</li>
</ul>
<p>Si no se respeta esta forma escrita, el contrato se presume indefinido y a jornada completa, salvo prueba contraria. Además, la <strong>Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS)</strong> tipifica esta omisión como <strong>infracción grave</strong>, con sanciones que van de <strong>751 € a 7 500 €</strong> por cada trabajador afectado.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Sin embargo, existen <strong>algunas excepciones que no requieren de un contrato por escrito.</strong> Así, la ley permite que los contratos sean verbales en algunos casos muy concretos:</p>
<ul>
  <li>Contratos de <strong>duración inferior a cuatro semanas</strong></li>
  <li>Determinadas <strong>relaciones laborales especiales,</strong> como las de alta dirección, representantes de comercio o estibadores portuarios, que cuentan con sus propias normativas</li>
</ul>
<p>En cualquier caso,<strong> incluso en estas excepciones, formalizar por escrito es recomendable </strong>para evitar malentendidos y poder acreditar las condiciones pactadas.</p>
<!-- BREAK 3 --><h3>Los riesgos para pymes y autónomos</h3>
<p>Además de la sanción económica, no formalizar un contrato cuando es obligatorio <strong>puede implicar pagos retroactivos </strong>de salarios y cotizaciones, <strong>recargos </strong>de la Seguridad Social,<strong> dificultades para acceder a ayudas o licitaciones públicas</strong> y conflictos laborales.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Los <strong>casos más comunes de incumplimiento</strong> se han documentado en contratos temporales y de obra y servicio no documentados, acuerdos de teletrabajo, empleos de prácticas o tiempo parcial o “periodos de prueba” sin altas ni contratos.</p>
<p>Sin embargo, desde el Ministerio de Trabajo se recuerda la importancia de <strong>formalizar todos los contratos,</strong> incluso si la ley no lo exige de forma expresa<strong>, utilizar modelos oficiales del SEPE o firmar digitalmente,</strong> comunicar el alta a la Seguridad Social antes de que la persona empiece a trabajar y <strong>revisar periódicamente la documentación laboral</strong>con una asesoría especializada.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>El ahorro aparente de no firmar un contrato no es más que un espejismo, o un ejercicio de picardía, que puede explotar en la cara a empleado y empleador; cabe agregar que, rápidamente, puede<strong> convertirse en un riesgo elevado.</strong></p>
<p>Una multa de 7 500 € por trabajador puede suponer un golpe severo para cualquier pyme o autónomo: cumplir con la forma escrita no solo evita sanciones, sino que protege la relación laboral y aporta seguridad jurídica para ambas partes.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Las amistades peligrosas para Hacienda: prestar más de 6.000 euros a un amigo o familiar tiene multa]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/amistades-peligrosas-para-hacienda-prestar-6-000-euros-a-amigo-familiar-tiene-multa</link>
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                <pubDate>Fri, 27 Sep 2024 06:00:00 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/fe0db4/las-amistades-peligrosas-para-hacienda-si-prestas-dinero-a-familia-o-a-amigos-multas-6.000-euros./1024_2000.jpeg" alt="Las&#x20;amistades&#x20;peligrosas&#x20;para&#x20;Hacienda&#x3A;&#x20;prestar&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;6.000&#x20;euros&#x20;a&#x20;un&#x20;amigo&#x20;o&#x20;familiar&#x20;tiene&#x20;multa">
    </p>
    <p>Las inspecciones de Hacienda afectan a todos los ámbitos, incluso a las transferencias entre familiares o amigos. Parece un tema sin importancia si pensamos en cantidades pequeñas de dinero, sin embargo, esta actividad puede derivar en un sanciones económicas.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>El blanqueo de capitales es uno de los objetivos de la Agencia Tributaria, y su prevención la recoge la Ley 10/2010. El límite establecido fue de 10.000 euros para operaciones bancarias sin necesidad de justificación adicional, pero cuando esas transacciones son entre familiares, <strong>el límite es de 6.000 euros.</strong></p>
<p>Las transferencias entre familiares y amigos y los pagos por Bizum están a la orden del día, ya es algo común, por esta razón, Hacienda ha puesto el foco en ese tipo de transacciones y así evitar ilegalidades. Es conveniente conocer las cantidades que se emiten en las transferencias y tener claro los límites para así evitar multas, como recogen desde <em>Autónomos y Emprendedores</em>.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-confirma-nuevo-objetivo-hacienda-embargara-criptomonedas-contribuyentes-deudas">
     <img alt="Se&#x20;confirma&#x20;el&#x20;nuevo&#x20;objetivo&#x20;de&#x20;Hacienda&#x3A;&#x20;embargar&#x00E1;&#x20;las&#x20;criptomonedas&#x20;de&#x20;los&#x20;contribuyentes&#x20;con&#x20;deudas" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/314ec3/_7a97f6a8-3901-414b-b6d1-8f938ba92432/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-confirma-nuevo-objetivo-hacienda-embargara-criptomonedas-contribuyentes-deudas" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-confirma-nuevo-objetivo-hacienda-embargara-criptomonedas-contribuyentes-deudas" class="desvio-title js-desvio-title">Se confirma el nuevo objetivo de Hacienda: embargará las criptomonedas de los contribuyentes con deudas</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Cuidado con las transferencias entre familiares, Hacienda está al tanto</h2>
<p>Si Hacienda presta atención a las transferencias bancarias entre familiares o amigos es para prevenir posibles evasiones fiscales en forma de donaciones encubiertas. Si superamos la cantidad de <strong>6.000 euros</strong>, la Agencia Tributaria podría perfectamente solicitar información sobre el origen y el propósito de ese dinero.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>El Banco de España, Hacienda y las entidades bancarias colaboran para evitar actividades ilícitas sin importar quiénes realicen estas operaciones, ya sean familiares o amigos.</p>
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-confirma-nueva-zancadilla-para-autonomos-no-podran-deducirse-ningun-gasto-no-entran-ingresos" class="desvio-title js-desvio-title">Se confirma la nueva zancadilla para los autónomos: no podrán deducirse ningún gasto si no entran ingresos </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<h2>Cuando declarar a Hacienda las transferencias entre amigos o familiares</h2>
<p>Como ya sabemos, el límite para hacer transferencias entre familiares y amigos no podrá superar los 6.000 euros. Pero hacienda podrá <strong>investigar cobros a partir de los 3.000 euros.</strong></p>
<!-- BREAK 4 --><p>En el caso de una transacción entre familiares y amigos hablamos de un préstamo o donación por lo que las personas están obligadas a informar a la Agencia Tributaria cuando se superen los 6.000 euros.</p>
<p>Esta medida afecta a las transferencias realizadas por Bizum. El organismo público podrá investigar a la persona que reciba 10.000 euros o más a través de Bizum por lo que deberá incluirlo en la declaración de la renta.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Es importante saber que a Hacienda no le vale la excusa de que desconocemos que eso no se puede hacer, ya que el artículo 6 del código civil deja claro que <strong>"la ignorancia de las leyes no es excusa de su cumplimiento"</strong>.</p>
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                <title><![CDATA[Confirmado: este otoño vuelven las cartas de Hacienda para multar a los trabajadores que sobrepasen este límite]]></title>
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                <pubDate>Wed, 18 Sep 2024 06:00:00 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Es una realidad, este otoño <strong>Hacienda revisará qué autónomos cumplen los requisitos y las condiciones para seguir en el sistema de módulos</strong>. Llegó el momento de expulsar a los trabajadores por cuenta propia que superen los límites de facturación.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Desde Pymes y Autónomos os venimos contando que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/que-sistema-modulos-autonomos-que-cambios-se-avecinan-2024">los módulos</a>, una de las fórmulas para que los autónomos puedan tributar, lleva años en la cuerda floja, pero, aunque se anuncia su desaparición año tras año, la decisión no se toma.</p>
<p>¿Por qué debería desaparecer este régimen? Porque se paga por unos baremos fijos, pero no por el beneficio real que obtienen quienes se acogen a este sistema al que pertenecen hosteleros, transportistas y autónomos con pequeños negocios. Parece que ahora sí llegó el momento de las sanciones y de tomar medidas.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/a-hacienda-no-le-temblara-pulso-para-echar-a-autonomos-sistema-modulos-no-cumplen-requisitos">
     <img alt="A&#x20;Hacienda&#x20;no&#x20;le&#x20;temblar&#x00E1;&#x20;el&#x20;pulso&#x20;para&#x20;echar&#x20;a&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;del&#x20;sistema&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;si&#x20;no&#x20;cumplen&#x20;los&#x20;requisitos&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/77e4f9/hacienda-puede-expulsarte-del-sistema-de-modulos./375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/a-hacienda-no-le-temblara-pulso-para-echar-a-autonomos-sistema-modulos-no-cumplen-requisitos" class="desvio-title js-desvio-title">A Hacienda no le temblará el pulso para echar a los autónomos del sistema de módulos si no cumplen los requisitos </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<h2>El sistema de módulos es una rara avis en el colectivo de los autónomos</h2>
<p>El sistema de módulos es una rara avis dentro del colectivo de los autónomos. Llevamos años asistiendo a los intentos por acabar con este régimen de estimación objetiva, más conocido por los módulos.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En 2024, los trabajadores por cuenta propia acogidos a este sistema no pueden facturar más de <strong>250.000 euros</strong> anuales si venden directamente a particulares. Y si facturan a empresas, no deben superar el umbral de <strong>125.000 euros </strong>anuales.</p>
<p>Si se sobrepasan estos umbrales los autónomos deben pasarse a sistema de estimación directa, donde se pagan los impuestos cada año según los ingresos y gastos.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Desde la Agencia Tributaria se revisa si los autónomos en módulos tienen o no derecho a tributar en este sistema. Algo que sucede en cuanto se presenta el IRPF anual y se comprueban las declaraciones de la renta.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-ha-conseguido-agilizar-proceso-expulsar-a-autonomos-que-ganan-demasiado-regimen-modulos-justicia-confirma-que-no-hace-falta-inspeccion-trabajo-previa">
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    </div>
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   </div>
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</div>
<h2>Hacienda regulariza y sanciona</h2>
<p>En el momento en que Hacienda detecta que el autónomo ha superado los límites para tributar en el sistema de módulos, podrá pasar al trabajador por cuenta propia al sistema de estimación directa,<strong> cobrarle la diferencia que dejó de tributar e imponer una sanción.</strong></p>
<!-- BREAK 5 --><p>¿Es posible que sea Hacienda y no Inspección quien expulse a un trabajador del régimen de estimación directa? La respuesta es sí, desde que el Supremo estableció una nueva doctrina, tal y como recoge <em>Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<p>Tras una sentencia se reconoció la potestad de los Órganos de Gestión de la Agencia Tributaria para emitir una liquidación y <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/empresarios-individuales-profesionales/contribuyentes-modulos/modulos-irpf/exclusion.html?faqId=93f4b6d6877c9710VgnVCM100000dc381e0aRCRD">eliminar así del sistema de módulos a aquellos trabajadores por cuenta propia </a>que superaran el límite permitido. Es decir, ya no es necesaria la intervención de ningún inspector de Hacienda.</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                <title><![CDATA[Hacienda puede imponer estas cuatro sanciones a los negocios que no presentaron el Impuesto de Sociedades]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/hacienda-puede-imponer-estas-cuatro-sanciones-a-negocios-que-no-presentaron-impuesto-sociedades</link>
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                <pubDate>Mon, 05 Aug 2024 15:00:00 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/6948ca/sanciones-por-no-pagar-a-tiempo-el-impuesto-de-sociedades./1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;puede&#x20;imponer&#x20;estas&#x20;cuatro&#x20;sanciones&#x20;a&#x20;los&#x20;negocios&#x20;que&#x20;no&#x20;presentaron&#x20;el&#x20;Impuesto&#x20;de&#x20;Sociedades">
    </p>
    <p>El 25 de julio terminó el plazo que tenían la mayoría de los pequeños negocios en España para presentar el <strong>Impuesto de Sociedades</strong> a través del conocido modelo 200.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Como la mayoría de las sociedades, seguro que has cumplido a tiempo con esta obligación, pero si no es así, formarás parte de ese número de empresas a las que se les ha pasado la fecha y recibirán una sanción que puede alcanzar el 20% del resultado que se dejó a pagar en la declaración.</p>
<p>La normativa actual recoge hasta cuatro tipo diferentes de sanción. La cuantía de esas multa van desde los 100 euros hasta el 20% del importe de la declaración que se dejó de pagar, dependiendo de si el contribuyente corrigió el error o si el impuesto salió a pagar o a devolver.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/no-dejes-para-muy-tarde-declaracion-impuesto-sociedades-2024-trae-novedades-que-importante-conocer-que-no-te-pille-toro">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/no-dejes-para-muy-tarde-declaracion-impuesto-sociedades-2024-trae-novedades-que-importante-conocer-que-no-te-pille-toro" class="desvio-title js-desvio-title">No dejes para muy tarde la declaración del Impuesto de Sociedades: 2024 trae novedades que es importante conocer, que no te pille el toro </a>
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<h2>Estos son los cuatro tipos de sanción para los negocios que no han presentado el Impuesto de Sociedades</h2>
<p>La tipología de estas sanciones dependerá de varios factores, entre ellos si fue el propio contribuyente el que corrigió por sí mismo el error o fue Hacienda la que le envió un requerimiento, también cuenta el tiempo que se tardó en solucionar el error, o de si el modelo salió a pagar o a devolver, tal y como recoge <em>Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<!-- BREAK 3 --><p><strong>Declaración no presentada a devolver: </strong>si la declaración no presentada en plazo salió a devolver, y se presenta antes de un requerimiento de Hacienda, la sanción sería de 100 euros, que se puede reducir en un 40%.</p>
<p><strong>Declaración no presentada, a ingresar y sin requerimiento:</strong> en el caso de una declaración no presentada a ingresar, si se presenta antes de que llegue el requerimiento de la Agencia Tributaria, se abona un recargo del 1% más un punto adicional por cada mes de retraso con respecto al fin del plazo voluntario.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Ojo, si se presenta pasado un año, el recargo sería del 150% y se aplican intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los doce meses hasta el momento en que se presente la declaración.</p>
<p><strong>Declaración no presentada, a ingresar y con comprobación: </strong>si la declaración no se presenta y se inicia una comprobación de la Agencia Tributaria se podrá aplicar una sanción del 50% de la cantidad que se haya dejado de pagar.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Se podrá reducir en un 30% por conformidad y en un 40% si se paga en el plazo de pago voluntario establecido para la sanción.</p>
<p>Declaración presentada pero no pagada: en este caso sí se habría presentado en el plazo a ingresar, pero no se paga. En este caso, según la Agencia Tributaria, se aplica un recargo de recaudación, que puede ser del <strong>5, 10 o del 20%.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><p>El recargo por fuera de plazo es del 5% se paga antes de que se notifique la deuda. En cambio, es del 10% si se paga después de que se notifique, pero dentro del plazo que se da. Por último, es del <strong>20%</strong> si tampoco se paga en el plazo dado.</p>
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                <title><![CDATA[Buenas noticias para los contribuyentes despistados: Hacienda rebaja las multas si cometes un error al declarar tus impuestos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/buenas-noticias-para-contribuyentes-despistados-hacienda-rebaja-multas-cometes-error-al-declarar-tus-impuestos</link>
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                <pubDate>Wed, 24 Jul 2024 06:00:00 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>El Tribunal Supremo lo ha vuelto a hacer, <strong>obliga a Hacienda a cambiar de criterio para calcular las multas por infracciones leves o errores </strong>de los contribuyentes al equivocarse al declarar sus impuestos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Hablamos de no pagar un impuesto a tiempo o de deducirse algún gasto. Se trata del conocido como '<strong>derecho al error tributario</strong>' del que hemos hablado con anterioridad.</p>
<p>La Agencia Tributaria lleva tiempo elaborando una normativa que permitiría que tanto autónomos como el resto de contribuyentes queden exentos de sanciones si <strong>el error se debe a una negligencia, sin mala fe y, sobre todo, no ha ocurrido antes, tal y como recogen en </strong><em><strong>Autónomos y Emprendedores.</strong></em></p>
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   </div>
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<h2>El derecho al error tributario todavía no existe, pero el Supremo dicta sentencias a favor de los contribuyentes</h2>
<p>El Tribunal Supremo se enfrenta a casos donde los contribuyentes alegan que las sanciones impuestas por Hacienda no son justas. En una sentencia reciente, el Supremo obligó a Hacienda a cambiar su manera de calcular el perjuicio económico que había ocasionado un contribuyente.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Qué es el <strong>perjuicio económico</strong>, nada más y nada menos que dejar de pagar a Hacienda una cantidad en impuestos o deducir más de lo que te corresponde en tus gastos.</p>
<p>Hasta ahora, Hacienda se amparaba en el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186">artículo 187 de la Ley General Tributaria </a>con un fin: <strong>aumentar la sanción mínima</strong> de una manera gradual, es decir, hacerte pagar más por tu error.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>¿Cómo? Para calcular el perjuicio económico que hubieras causado a Hacienda, se tendría en cuenta la diferencia entre la cantidad no ingresada y la cuantía que debiste haber ingresado por el impuesto. Ahí es donde entra en juego el Supremo en esta sentencia.</p>
<p>El Tribunal advirtió a Hacienda que sólo debería tener en cuenta el <strong>verdadero daño provocado por el contribuyente</strong>, veamos un ejemplo:</p>
<p>Para calcular una sanción del IRPF con una cuota total de 12.000 euros, el ciudadano ya anticipó, 10.000 euros, por lo tanto, la cuota diferencial sería de 2.000 euros. La sanción se daría a partir de los 12.000 euros lo que conllevaría <strong>una multa más pequeña</strong>.</p>
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   </div>
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<h2>Convivimos con un sistema tributario muy complejo</h2>
<p>Todo comenzó cuando a finales de 2023, la misma Agencia Tributaria dijo que dejaría de sancionar algunos <strong>errores que cometen los autónomos en sus declaraciones</strong>. Ese fue el pistoletazo de salida para la creación del 'derecho al error tributario'.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>La puesta en marcha de este derecho se basa en la revisión de algunos criterios sancionadores generales. <strong>El fin no es modificar ninguna normativa, pero sí las reglas internas de aplicación</strong>.</p>
<p>Sin duda, los más beneficiados serían los trabajadores por cuenta propia porque tienen muchas obligaciones fiscales a lo largo del año y, a diferencia de las pequeñas y medianas empresas, ellos no cuentan con un departamento para gestionar sus declaraciones o facturas.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>El objetivo en el que trabaja Hacienda es en <strong>valorar el comportamiento del contribuyente si comete errores o pequeños incumplimientos involuntarios</strong>, sobre todo si sólo se han cometido de manera ocasional.</p>
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                <title><![CDATA[Si no das esta información a Hacienda, prepárate: te espera una multa de 600.000 euros]]></title>
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                <pubDate>Wed, 03 Jul 2024 06:00:00 +0000</pubDate>
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                              <p>
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    </p>
    <p>Imagina el escenario, Hacienda requiere información relacionada con tu negocio. Deberías saber que, en el caso de recibir un requerimiento de la Agencia Tributaria, <strong>estás obligado a facilitar la información solicitada</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>De no dar los datos que te pidan, te enfrentas a sanciones por negación u obstrucción de datos que conllevan multas de hasta <strong>600.000 euros</strong>.</p>
<p>Desde Hacienda no hacen distinciones entre las personas físicas y las empresas. En el caso de las primeras, las sanciones por negarse a facilitar documentación incluyen una multa de <strong>150 euros</strong>, ahí entra la negativa a entregar informes, registros, facturas o justificantes contables. Si la negativa se reitera, la sanción aumenta a <strong>300 euros</strong> en el segundo requerimiento y a <strong>600 euros</strong> en el tercero.</p>
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</div>
<h2>El Tribunal Constitucional ve con buenos ojos las multas de hasta 600.000 euros de Hacienda</h2>
<p><strong>El Tribunal Constitucional TC, ha respaldado que se pueda multar con hasta 600.000 euros</strong> a quienes realicen actividades económicas y se nieguen a entregar determinada información contable a Hacienda en el marco de una inspección tributaria, recoge <em>Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<!-- BREAK 3 --><p>Ha sido por amplia mayoría el desestimar como inconstitucional esta normativa que planteó el Tribunal Supremo. Desde el Supremo se aferraron a que esta norma podía ser <strong>incompatible con el principio de proporcionalidad de las sanciones</strong>.</p>
<p>Sin embargo, esta queja no ha servido para que desde el Tribunal Constitucional afirmen que estas sanciones sean justas ya que se establecen elementos correctores de la multa al permitir una rebaja si el <strong>infractor colabora antes de la inspección.</strong></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/hacienda-advierte-intensificara-persecucion-deudores-ocultacion-bienes" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda advierte: intensificará la persecución contra los deudores por ocultación de bienes </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Estas son las infracciones y sanciones por negar información a Hacienda</h2>
<p>Si tratas de impedir la entrada a fincas o locales a los funcionarios de la Administración tributaria también conlleva sanaciones de 150 euros, 300 y 600 euros por cada requerimiento sucesivo.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>En el caso de que estés al frente de una <strong>empresa</strong>, debes saber que las sanciones son más elevadas y que por obstrucción en actividades económicas se comienza por una <strong>multa fija de 300 euros por no cumplir con los requerimientos iniciales.</strong></p>
<p><strong>En el segundo requerimiento se elevará a 1.500 euros</strong> y ya en el tercer intento, la multa se calcula como un <strong>2% de la cifra de negocios del año natural anterior</strong>, con un mínimo de <strong>10.000 euros</strong> y un máximo de <strong>400.000 euros.</strong></p>
<!-- BREAK 6 --><p>Y si<strong> </strong>la <strong>negativa a facilitar la información se sostiene en el tiempo, </strong>la sanción puede ser del 3% de la cifra de negocios, con un mínimo de 15.000 euros y un máximo<strong> de 600.000 euros.</strong></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Por cada empleado que no cumpla con el registro de jornada, la empresa pagará una multa mayor en 2025]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/cada-empleado-que-no-cumpla-registro-jornada-empresa-pagara-multa-mayor-2025</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/cada-empleado-que-no-cumpla-registro-jornada-empresa-pagara-multa-mayor-2025</guid>
                <pubDate>Fri, 07 Jun 2024 07:00:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a7dd17/proyecto-nuevo/1024_2000.png" alt="Por&#x20;cada&#x20;empleado&#x20;que&#x20;no&#x20;cumpla&#x20;con&#x20;el&#x20;registro&#x20;de&#x20;jornada,&#x20;la&#x20;empresa&#x20;pagar&#x00E1;&#x20;una&#x20;multa&#x20;mayor&#x20;en&#x20;2025">
    </p>
    <p><strong>En 2019 se implementó la obligación de llevar un registro horario por parte de las empresas</strong>. Esta medida no ha ido de la mano de una mejora en los derechos de los empleados. Nos hicimos eco de una sentencia que prohibió a una empresa que sus trabajadores <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/como-gestionar-pausas-trabajo-eres-pyme">ficharan en sus visitas al baño como parte de su descanso reconocido para comer.</a></p>
<!-- BREAK 1 --><p>El propósito de esta normativa no era otro que medir que los trabajadores estaban cumpliendo con el máximo establecido por ley de horas trabajadas semanalmente.</p>
<p>Con la llegada de la reducción de la jornada laboral en 2025 a 37, 5 horas semanales, desde el Ministerio de Trabajo anuncian un <strong>endurecimiento de las sanciones que ya no serán por empresa, sino por trabajador.</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/algo-falla-registro-horario-motivo-para-no-aceptar-trabajo-largas-jornadas-diarias">
     <img alt="Algo&#x20;falla&#x20;en&#x20;el&#x20;registro&#x20;horario&#x20;si&#x20;el&#x20;motivo&#x20;para&#x20;no&#x20;aceptar&#x20;un&#x20;trabajo&#x20;son&#x20;las&#x20;largas&#x20;jornadas&#x20;diarias&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/984d01/horario-salida/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/algo-falla-registro-horario-motivo-para-no-aceptar-trabajo-largas-jornadas-diarias" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/algo-falla-registro-horario-motivo-para-no-aceptar-trabajo-largas-jornadas-diarias" class="desvio-title js-desvio-title">Algo falla en el registro horario si el motivo para no aceptar un trabajo son las largas jornadas diarias </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2><strong>Si el registro horario no lo cumple el empleado, paga la empresa</strong></h2>
<p>Cumplir con el registro horario y fichar a la entrada y salida supone información para el empleado muy válida si tuviera que reclamar o demostrar las horas extras trabajadas.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En cinco años las empresas han cometido errores a la hora de llevar ese registro y esto se traduce en el número de sanciones que se les ha impuesto a muchas.</p>
<p>Desde 2019 desde Inspección de Trabajo se han llegado a contabilizar más de 9.000 infracciones, con una cifra de sanciones económicas que supera los <strong>16 millones de euros </strong>así lo recoge <em>Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<!-- BREAK 4 --><p>Entre las infracciones más habituales relacionadas con el registro horario se encuentran:</p>
<ul>
  <li>La no implementación de un sistema adecuado para cumplir con la normativa.</li>
  <li>Irregularidades relacionadas con presentar informes confusos, documentación incompleta o falta de fichaje del personal que teletrabaja.</li>
</ul>
<p>Incumplir esta norma conlleva una infracción grave y su penalización se divide en:</p>
<ul>
  <li><strong>Sanciones muy graves: </strong>hasta 187.515 euros. Esta sanción se da cuando se detectan problemas como la superación de horas extras anuales, o la no remuneración de las mismas.</li>
  <li><strong>Sanciones graves:</strong> de626 a 6.250 euros. Corresponde a errores en los registros, horas extras no computadas.</li>
  <li><strong>Sanciones leves:</strong> de 60 a 625 euros. Sanción que proviene de acciones concretas como no poner a disposición de los empleados los registros, o no informar de las condiciones laborales.</li>
</ul>
<p>Al parecer las sanciones no son lo suficientemente disuasorias y es por eso que se <strong>endurecerán las multas </strong>para evitar conductas incumplidoras de la normativa por parte de las empresas, en los próximos años.</p>
<!-- BREAK 5 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
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  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
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</script>

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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Cómo recurrir si Hacienda te ha sancionado al hacer la declaración de la RENTA: sí se puede y es sencillo]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-recurrir-hacienda-te-ha-sancionado-al-hacer-declaracion-renta-se-puede-sencillo</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-recurrir-hacienda-te-ha-sancionado-al-hacer-declaracion-renta-se-puede-sencillo</guid>
                <pubDate>Fri, 24 May 2024 13:00:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/14541e/se-puede-recurrir-una-sancion-de-hacienda./1024_2000.jpeg" alt="C&#x00F3;mo&#x20;recurrir&#x20;si&#x20;Hacienda&#x20;te&#x20;ha&#x20;sancionado&#x20;al&#x20;hacer&#x20;la&#x20;declaraci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;la&#x20;RENTA&#x3A;&#x20;s&#x00ED;&#x20;se&#x20;puede&#x20;y&#x20;es&#x20;sencillo">
    </p>
    <p>Errar es humano. Pero equivocarse al presentar la declaración de la renta es una experiencia poco agradable. Os comentamos los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/eres-autonomo-no-presentas-declaracion-renta-atento-a-sancion-que-impone-hacienda">fallos frecuentes a la hora de completar nuestra declaració</a>n, pero si ya ha pasado y has recibido una sanción por parte de Hacienda, puedes recurrir.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Si te has equivocado en la declaración y el resultado implica pagar de más o tener una devolución menor, puedes solicitar una rectificación de la autoliquidación y devolución de ingresos indebidos antes de que pasen cuatro años.</p>
<p>Si Hacienda considera que tienes razón, rectificará la declaración presentada y te devolverá la cantidad solicitada más los intereses de demora que correspondan. Y si pagaste de más, te pagará los intereses desde el día del ingreso indebido hasta la fecha en la que se ordene la devolución, así lo recoge <em>Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/sabes-cuantas-veces-puede-investigar-hacienda-tu-negocio-respira-tranquilo-que-piensas">
     <img alt="Hacienda&#x20;no&#x20;puede&#x20;hacer&#x20;una&#x20;segunda&#x20;inspecci&#x00F3;n&#x20;a&#x20;tu&#x20;negocio,&#x20;pero&#x20;existe&#x20;una&#x20;excepci&#x00F3;n,&#x20;atento." width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/8e0876/hacienda-no-puede-investigarte-dos-veces./375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/sabes-cuantas-veces-puede-investigar-hacienda-tu-negocio-respira-tranquilo-que-piensas" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/sabes-cuantas-veces-puede-investigar-hacienda-tu-negocio-respira-tranquilo-que-piensas" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda no puede hacer una segunda inspección a tu negocio, pero existe una excepción, atento.</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Cómo presentar alegaciones sobre un expediente sancionador de Hacienda</h2>
<p>Vamos a quedarnos en el paso donde Hacienda te ha abierto un expediente sancionador por los errores cometidos en tu declaración. Y tú estás convencido de que no ha sido así, que en esta ocasión nadie erró. Parece una odisea ganar a Hacienda, pero no es imposible.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Primero has de presentar alegaciones a través de la Agencia Tributaria y dispones de dos vías de acceso:</p>
<ul>
  <li><a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/comprobaciones-fiscales-procedimiento-sancionador.html">Comprobaciones fiscales y procedimiento sancionador.</a></li>
  <li><a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/irpf/puedo-contestar-requerimiento-presentar-documentacion/gestiones-requerimientos.html">Contestar requerimientos o presentar documentación relacionada con un documento recibido de la AEAT.</a></li>
</ul>
<p>Es necesario aportar el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ayuda/ayudaCSV.html">CSV </a>de la notificación sobre la que quieres presentar alegaciones. Si accedes con tu certificado electrónico, DNIe o Cl@ve podrás presentar un recurso al expediente siempre que se trata de una resolución.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Piensa que, si se trata de una notificación de inicio o trámite de audiencia, sólo puedes presentar alegaciones, pero si la notificación es una resolución, sí puedes presentar un recurso. Entonces dirás Sí, a la pregunta que aparece: ¿Desea presentar un recurso de este expediente?</p>
<p>Tras añadir el CSV, y si no presentas un recurso, la siguiente pantalla corresponderá con el primer paso de alegaciones:</p>
<p><strong>Generación de la solicitud</strong>, donde deberás añadir un asunto e incluir todos los documentos que consideres necesarios en Añadir ficheros, también está la posibilidad de escribir un texto con las alegaciones.</p>
<p>Tras completar los datos, harás clic en Presentar, la siguiente pantalla será la de la firma y envío de la solicitud. Sólo quedar revisar los datos y pulsar el botón de Firmar y Enviar. La suerte está echada.</p>
<!-- BREAK 5 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
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  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Europa advierte a las pymes que no sean sostenibles: o cumplen la nueva normativa o serán sancionadas con 100.000 euros]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/europa-advierte-a-pymes-que-no-sean-sostenibles-cumplen-nueva-normativa-seran-sancionadas-100-000-euros</link>
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                <pubDate>Tue, 30 Apr 2024 12:58:29 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/ec7715/sanciones-a-pymes-por-no-ser-sostenibles/1024_2000.jpeg" alt="Europa&#x20;advierte&#x20;a&#x20;las&#x20;pymes&#x20;que&#x20;no&#x20;sean&#x20;sostenibles&#x3A;&#x20;o&#x20;cumplen&#x20;la&#x20;nueva&#x20;normativa&#x20;o&#x20;ser&#x00E1;n&#x20;sancionadas&#x20;con&#x20;100.000&#x20;euros">
    </p>
    <p><strong>Entre algunas pymes la</strong> <strong>sostenibilidad es simplemente una pose</strong> más que una estrategia real e interiorizada. Por esta razón, desde Europa y gracias a una nueva normativa van a sancionar a este tipo de información errónea sobre la sostenibilidad de las empresas, y se les va a obligar a exponer antes sus consumidores la realidad de cómo desarrollan su actividad.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>En concreto, a partir de <strong>2025</strong>, las grandes empresas en Europa deberán cumplir con esta normativa y afrontar sanciones en el caso de no hacerlo. En <strong>2026, las pymes también deberán sumarse a esta obligación</strong>, y en 2028, todas las empresas, incluso las de terceros países, deberán seguir estas normas, según recoge<em> Autónomos y Emprendedores.</em></p>
<p>El motivo por el que nace esta nueva normativa es debido a las acusaciones contra grandes empresas por hacer<em><strong> greenwashing</strong></em>, o lavado verde, es decir, blanquear actividades que contaminan o que no cumplen los estándares que se deben seguir para cuidar el planeta, para ofrecer una imagen más positiva, a través de engaños.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/que-zonas-bajas-emisiones-zbe-como-pueden-afectar-a-tu-negocio">
     <img alt="&#x00BF;Qu&#x00E9;&#x20;son&#x20;las&#x20;Zonas&#x20;de&#x20;Bajas&#x20;Emisiones&#x20;&#x28;ZBE&#x29;&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;pueden&#x20;afectar&#x20;a&#x20;tu&#x20;negocio&#x3F;&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/f1c265/zona-de-bajas-emisiones/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/que-zonas-bajas-emisiones-zbe-como-pueden-afectar-a-tu-negocio" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/que-zonas-bajas-emisiones-zbe-como-pueden-afectar-a-tu-negocio" class="desvio-title js-desvio-title">¿Qué son las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y cómo pueden afectar a tu negocio? </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Información real de las pymes para demostrar que son sostenibles</h2>
<p>Detrás de nombres conocidos por todos, <strong>se ocultan empresas que venden un discurso ecologista</strong> y amante de su entorno, aunque después no se traduzca en un comportamiento coherente. Esta forma de actuar choca contra las generaciones más <strong>jóvenes implicadas con la sostenibilidad.</strong></p>
<!-- BREAK 3 --><p>Además de buscar información sobre un producto, la empresa que lo crea y la competencia, para este <strong>nuevo consumidor </strong>es sumamente importante que la marca en la que depositen su confianza sea de veras amigable con el entorno y respetuosa.</p>
<p>La nueva normativa obligará a las empresas grandes, medianas o pequeñas, a ofrecer <strong>información real sobre su actividad, y el impacto que tiene en la naturaleza</strong>. Esta idea hará que muchas de ellas queden estancadas y no mantengan su éxito empresarial debido a las malas prácticas en el ámbito ecológico.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/digitalizacion-asi-ahorrar-mucho-dinero-hacer-a-tu-empresa-sostenible">
     <img alt="Digitalizaci&#x00F3;n,&#x20;as&#x00ED;&#x20;puedes&#x20;ahorrar&#x20;mucho&#x20;dinero&#x20;y&#x20;hacer&#x20;a&#x20;tu&#x20;empresa&#x20;m&#x00E1;s&#x20;sostenible" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/53f05e/student-g8d379dafa_1280/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/digitalizacion-asi-ahorrar-mucho-dinero-hacer-a-tu-empresa-sostenible" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/digitalizacion-asi-ahorrar-mucho-dinero-hacer-a-tu-empresa-sostenible" class="desvio-title js-desvio-title">Digitalización, así puedes ahorrar mucho dinero y hacer a tu empresa más sostenible</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Multas de 100.000 euros a las empresas que no sean sostenibles</h2>
<p>Multas de hasta <strong>100.000 euros </strong>serán para aquellos negocios que hagan publicidad con mensajes supuestamente sostenible, etiqueten productos como 'respetuosos con el medioambiente' o se autodeclaren, por ejemplo, 'sostenibles y verdes', cuando no haya datos científicos que lo avalen, algo que sí será obligatorio gracias a la nueva ley.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Lo positivo de esta medida afecta a las<strong> pymes y negocios pequeños que no podían competir con esas grandes empresas</strong>, presuntamente tan comprometidas con el medioambiente.</p>
<p>Pero este mensaje de advertencia también va dirigido a ellas, puesto que utilizar en los escaparates o en sus páginas webs, mensajes donde se aluda al respeto a la naturaleza no podrán ser utilizados como una pura estrategia de marketing si detrás<strong> no hay pruebas que avalen que eso es real</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>La nueva ley está pensada para que se empiece a aplicar, con la imposición de sanciones, antes de <strong>septiembre de 2025.</strong></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Hacienda sin piedad sanciona a los autónomos que no abren su buzón electrónico: Justicia pone fin a esa mala práctica ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/hacienda-piedad-sanciona-a-autonomos-que-no-abren-su-buzon-electronico-justicia-pone-fin-a-esa-mala-practica</link>
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                <pubDate>Mon, 18 Mar 2024 08:01:49 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/60b482/_b7beaaab-3a9e-4334-b9d5-bfd8fdf6e9f0/1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;sin&#x20;piedad&#x20;sanciona&#x20;a&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;que&#x20;no&#x20;abren&#x20;su&#x20;buz&#x00F3;n&#x20;electr&#x00F3;nico&#x3A;&#x20;Justicia&#x20;pone&#x20;fin&#x20;a&#x20;esa&#x20;mala&#x20;pr&#x00E1;ctica&#x20;">
    </p>
    <p>Hasta ahora cuando recibías un SMS informando de alguna <strong>sanción por parte de Hacienda</strong>, de inmediato debías leer la notificación en el buzón de notificaciones electrónicas de Hacienda. Lo llamativo de este procedimiento es que disponías de diez días desde su envío y, <strong>lo hubieras leído o no, constaba como que eras conocedor del aviso</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Este método no parecía el más lógico ya que, informado o no, el autónomo era sancionado en muchas ocasiones sin conocer el motivo de antemano.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/autonomo-se-acabo-esperar-a-que-cliente-te-pague-20-dias-tendras-tu-dinero-gracias-a-nueva-ley">
     <img alt="Aut&#x00F3;nomo,&#x20;se&#x20;acab&#x00F3;&#x20;esperar&#x20;a&#x20;que&#x20;un&#x20;cliente&#x20;te&#x20;pague&#x3A;&#x20;en&#x20;menos&#x20;de&#x20;20&#x20;d&#x00ED;as&#x20;tendr&#x00E1;s&#x20;tu&#x20;dinero&#x20;gracias&#x20;a&#x20;una&#x20;nueva&#x20;ley&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/40d0d4/_6ba842e1-860f-456e-97d4-183e12b1b876/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/autonomo-se-acabo-esperar-a-que-cliente-te-pague-20-dias-tendras-tu-dinero-gracias-a-nueva-ley" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/autonomo-se-acabo-esperar-a-que-cliente-te-pague-20-dias-tendras-tu-dinero-gracias-a-nueva-ley" class="desvio-title js-desvio-title">Autónomo, se acabó esperar a que un cliente te pague: en menos de 20 días tendrás tu dinero gracias a una nueva ley </a>
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<h2>Hacienda tiene que avisar al autónomo por otras vías antes de poner una sanción</h2>
<p>Este cambio nace a raíz de un fallo del Tribunal de Justicia (TSJ) de Valencia, donde se dio la razón al dueño de un negocio que <strong>no aportó su libro de registro del IVA </strong>cuando la Agencia Tributaria se lo solicitó, la razón fue que esta persona <strong>no abrió su buzón electrónico de notificaciones </strong>con la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/inicio.html">AEA</a>.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Ya hemos comentado que estas notificaciones se dan por leídas a los <strong>diez días de su envío</strong>, a pesar de que el receptor no sea consciente de que tiene esa información tan relevante sin leer.</p>
<p>Han tenido que ser los jueces los que comuniquen a la Agencia Tributaria que, si es consciente de que el contribuyente no ha visto la notificación, <strong>debe hacer un esfuerzo para que la información llegue utilizando para ello otras vías de comunicación.</strong></p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevo-codigo-qr-que-debes-incluir-tus-facturas-ayudara-a-hacienda-a-controlar-a-autonomos">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevo-codigo-qr-que-debes-incluir-tus-facturas-ayudara-a-hacienda-a-controlar-a-autonomos" class="desvio-title js-desvio-title">El nuevo código QR que debes incluir en tus facturas ayudará a Hacienda a controlar aún más a los autónomos
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<h2><strong>Muchos autónomos podrán no ser sancionados si no han leído la notificación de Hacienda</strong></h2>
<p>Aún no podemos dar saltos de alegría puesto que el caso de este autónomo terminó de manera positiva porque con anterioridad ya se dio otra situación similar. Sin embargo, Hacienda no consideró que fuera algo habitual y no cambió las normas a la hora de emitir y recibir notificaciones de una sanción.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En resumen, <strong>este cambio no será automático </strong>ni afectará a todos los autónomos, sino que habrá que ir paso a paso y caso a caso. Sin embargo, la sentencia sienta precedente para que no resulte válido que Hacienda envíe una notificación y, a sabiendas de que se entiende como notificada a los diez días, el siguiente paso sea seguir con el trámite. El autónomo puede y debe recurrir.</p>
<p>Nada tan sencillo como enviar <strong>un correo electrónico</strong> a la dirección que aparezcan en los datos del autónomo o, enviar una <strong>carta a su domicilio </strong>comunicando la correspondiente sanción.</p>
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