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Ayudas en Castilla-La Mancha para la inversión de los autónomos en seguridad laboral

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Los autónomos de Castilla-La Mancha podrán recibir hasta un 40 por ciento de la inversión realizada en seguridad laboral, según informó este domingo en nota de prensa la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA). La convocatoria, que permanecerá abierta hasta finales de este mes de abril, contempla un límite de 15.000 euros por demandante.

Es la segunda convocatoria de esta iniciativa que, enmarcada en el Acuerdo Estratégico para la Prevención de Riesgos Laborales 2008-2012, pone en marcha el Gobierno de Castilla-La Mancha a través de su Consejería de Trabajo y Empleo.

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Demasiados muertos en el trabajo

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826 muertos por accidente laboral en el 2009 es una cifra excesiva porque hay que trabajar para vivir y no vivir para trabajar en el más amplio sentido de la palabra. Si sacamos de la cifra anterior los accidentes de trabajo in itenere, 194 muertos en los desplazamientos del trabajo a la vivienda, la cifra de muertes laborales para el 2009 es de 632 personas.

Si comparamos con el año anterior, esta cifra se ha reducido en un 22%, pero no es un buen dato en absoluto, más aún si corregimos el número de puestos de trabajo con el desempleo que ha aumentado en el 2009. La conclusión a la que llegamos es que se siguen tomando pocas medidas en áreas de prevención de riesgos y en siniestralidad laboral.

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Subvenciones en Extremadura para prevención de riesgos laborales

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Desde el pasado viernes se encuentra abierta la convocatoria de subvenciones para la mejora de las condiciones de trabajo en empresas de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Estas subvenciones van dirigidas a empresas que tengan por objetivos la promoción de la mejora de las condiciones de trabajo, elevar el nivel de protección y la seguridad y salud de los trabajadores en sus respectivos puesto de trabajo.

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La siniestralidad laboral si importa

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Estaba leyendo un antiguo artículo sobre la siniestralidad laboral en autónomos en comparación con la siniestralidad de los trabajadores por cuenta ajena. Es desde luego muy interesante entender la gran diferenciación entre una situación y otra a la hora de entender la correspondencia real de falta de trabajo y daños.

Primeramente podríamos decir que actualmente las bajas laborales de trabajadores por cuenta ajena siempre que sean debidas a siniestralidad laboral, cualquier tipo de causa que provoque una situación de salud mala derivada del trabajo o de la estancia en el lugar del mismo, siempre están cubiertas en salario íntegro, mientras que no ocurre lo mismo con los trabajadores autónomos.

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Los autónomos tienen menos siniestralidad

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seguridad-laboralSegún el último informe presentado por la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), los trabajadores asalariados triplican a los autónomos en siniestralidad laboral.

El perfil del trabajador autónomo con mayor riesgo de sufrir un accidente laboral en España es el de una mujer de entre 55 y 65 años dedicada al sector de la construcción y con menos de un año de experiencia. Otros datos de interés del informe son:

  • La mayor incidencia de accidentes se produce los lunes
  • La hora de más riesgo se sitúa en torno a las diez de la mañana.
  • El índice de siniestralidad entre autónomos lo encabezan las comunidades de Extremadura, Castilla la Mancha, Navarra y Cantabria.
  • Los mejores resultados los obtiene Cataluña, que ofrece la menor tasa de accidentes.
  • La construcción sigue siendo el sector de mayor riesgo, con el doble de percances que industria y agricultura juntas
  • Los hombres de entre 35 y 40 o las mujeres de 55 a 60 los más afectados.
  • Los trabajadores con menos de un año de experiencia son los que más riesgo conllevan, siendo casi un 30% de todos los damnificados.

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Solicita el reintegro de los gastos de los botiquines

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Todos los centros de trabajo tienen que encontrarse con un botiquín de primeros auxilios en su domicilio. Esta obligatoridad viene impuesta por el RD 486/1997, en donde se establece también el contenido mínimo que debe contener dicho botiquín.

La orden TAS/2947/2007 reconoce que dichos botiquines constituyen parte del contenido de la prestación de asistencia sanitaria de la Seguridad Social y que podrán ser facilitados por las entidades gestoras a las empresas respecto de cuyos trabajadores asuman la protección por las contingencias profesionales.

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Siniestralidad laboral: Sigue muriendo mucha gente en el trabajo

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Por más prevención de riesgos que se implanten, por más sistemas de control por parte de la administración y por más medidas sancionadoras que se impongan a las empresas, no disminuye la siniestralidad laboral en las empresas. Los datos son contundentes: Sigue muriendo gente todos los días en sus puestos de trabajo y el número de accidentes laborales tampoco baja.

Los últimos datos publicados por el INE, pueden inducir a pensar que la siniestralidad laboral está disminuyendo, pero si leemos estos datos con atención veremos que no. Desde hace unos años, tenemos dos tipos distintos de accidente de trabajo:

  • Accidente en el puesto de trabajo, que es el que ocurre desempeñando las labores propias del puesto.
  • Accidente de trabajo “in itinere”. Es un accidente de tráfico que tiene el trabajador en los desplazamientos hasta su puesto de trabajo.

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Aumenta el control sobre los accidentes laborales

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El pasado 25 de septiembre, Fiscalía y sindicatos firmaron un convenio para redoblar esfuerzos en la persecución de estos delitos a través de la constitución de una comisión en la que se intercambiarán información y datos que hagan posible una mayor coordinación y haga más difícil la impunidad.

En esta comisión, Fiscalía y sindicatos colaborarán facilitando información sobre las diligencias que se lleven a cabo por parte de la Fiscalía y de las denuncias que los sindicatos realicen por incumplimientos observados en los centros de trabajo.

De esta forma, la fiscalía podrá poner en marcha las investigaciones pertinentes y los procedimientos sancionadores que se espera actúen como “elemento disuasor”.

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La Evolución de la Prevención de Riesgos Laborales

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La prevención de riesgos laborales en el fondo no es más que la aplicación básica del sentido común al trabajo diario. Pero como decía un compañero, a veces, el sentido común no es el más común de los sentidos.

Hace poco, me llegó a través de email, una serie de imágenes que no hacen más que ilustrar lo anterior.

Entiendo que la gran mayoría de ellas se han efectuado en países en vías de desarrollo, que a día de hoy, malogradamente, carecen de una normativa de obligado cumplimiento que defienda el derecho a la salud en el trabajo.

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Accidente de trabajo: Sanciones y responsabilidad penal

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Cómo comentaba ayer al hacer referencia al accidente de trabajo, existen otro tipo de consecuencias económicas que se pueden derivar del mismo, que en este caso se imponen por la Inspección de Trabajo, y que tendrán lugar siempre que exista un incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales por parte de la empresa o empresario.

Grosso modo, estoy refiriéndome a las sanciones que impone la Inspección de Trabajo por el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos y al recargo de prestaciones.

Las primeras de ellas, son sanciones económicas que se derivan de Actas de Inspección de Trabajo que se producen cuando existe una investigación del accidente por parte de la propia Inspección. Si de la investigación se derivan unos hechos probados que suponen un incumplimiento de la normativa sustantiva, se propondrá una sanción económica, que se graduará en función de la gravedad de dicho incumplimiento y otra serie de factores, y que puede ir desde los 30,05€ de una infracción leve en su grado mínimo en materia de prevención de riesgos laborales, hasta 601.012,10 € de una infracción muy grave en la misma materia.

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