feed

riesgos laborales

Los riesgos laborales del sector servicios (I): el ruido

0 comentarios

Ear protection

Un importante porcentaje de la población nacional desarrolla su trabajo en el sector servicios, debido a la gran cantidad y variedad de oficios que se desarrollan en el mismo. No obstante, está muy extendido el pensamiento de que los trabajos de oficina carecen de riesgos laborales.

No deberíamos confundir el grado de severidad, realmente más bajo que en otras profesiones, con la inexistencia de factores de riesgo. Por la naturaleza del trabajo hablamos mayoritariamente de problemas ergonómicos y ambientales, pero no debemos olvidar la prevención en el sector servicios. Por ejemplo, debemos gestionar la exposición a ruidos en los puestos, un intangible no carente de riesgos.

Leer más

Anunciate aquí
Anunciate aquí

Guía para evaluar los riesgos laborales de tu empresa (II)

0 comentarios

Prevención de riesgos laborales

El mes pasado pudimos revisar a grandes rasgos las consideraciones previas a tener en cuenta a la hora de evaluar los riesgos laborales de una empresa. La planificación de este proceso se estructura en cuatro pasos, que deberán estudiarse teniendo en cuenta una serie de consideraciones.

Comenzamos con una labor informativa, en la que debemos recabar información sobre la organización, la complejidad de las labores desarrolladas, las materias primas utilizadas, el estado de salud de los trabajadores, etc… luego identificaremos los elementos peligrosos y a quienes están expuestos a ellos, para así valorar el riesgo objetivamente y poder realizar el último paso: analizar las medidas para eliminar, controlar y/o minimizar los riesgos, así como establecer un control sobre las mismas.

Leer más

Anunciate aquí

Aprobada la Reforma de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

2 comentarios

tgss.JPG

El Consejo de Ministros acaba de aprobar el Proyecto de Ley para la reforma de la Ley Ordenadora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Este se remitirá al Parlamento para su aprobación definitiva.

El Gobierno pretende, con esta reforma, reforzar la labor de la Inspección de Trabajo para convertirla en un instrumento más especializado y con mayor capacidad en la lucha contra el fraude y dotarla con mejores medios tecnológicos y nuevos funcionarios especializados en materias de seguridad y salud. Además se pretende crear una organización más adecuada que permita una mejor cooperación entre las administraciones general y autonómicas.

Leer más

Inspecciones de trabajo: funciones de la inspección

1 comentario

inspeccionando.JPG

Como ya comentamos, la Inspección de Trabajo vigila el cumplimiento y la aplicación de la normativa de Trabajo y Seguridad Social. Para ello tiene asignadas una serie de funciones que le permiten llevar a cabo esas actuaciones, eso le permite controlar las relaciones laborales individuales y colectivas; la protección y prevención de riesgos laborales; la ordenación del trabajo y las relaciones sindicales y la protección, los derechos y garantías de los representantes de los trabajadores.

Además tiene competencias sobre el control de las prestaciones del sistema de Seguridad Social y colabora en la gestión de este Organismo. Además puede llevar a cabo tareas de inspección de la gestión y funcionamiento de las entidades colaboradoras, de la inscripción, afiliación, altas y bajas de trabajadores, cortización y recaudación de cuotas del sistema de la Seguridad Social.

Leer más

Obligaciones del empresario respecto a los riesgos por el uso de ordenadores en oficinas y despachos

2 comentarios

comic

¿Conoces todas las obligaciones que, como empresario, tienes respecto al trabajo con monitores en tu empresa? En materia de prevención de riesgos laborales, el Real Decreto 488/1997 del 14 de Abril establece las disposiciones mínimas de seguridad laboral referente al trabajo con equipos provistos con pantallas de visualización.

Los riesgos derivados de su utilización afectan a la vista pero también pueden producir problemas físicos y de carga mental dada la naturaleza general de los puestos de trabajo afectados. Recordemos que no es el empleado, con sus peculiaridades, el que debe adaptarse a un puesto sino al revés ya que de no ser así la salud del trabajador y su rendimiento pueden verse afectados. Es lo que conocemos como puesto de trabajo ergonómico.

Leer más

Cumplir de forma gratuita con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales

0 comentarios

botiquin.JPG

Como ya comentó Grudiz, el Ministerio de Trabajo ha habilitado una página web llamada Prevención 10 a través de la cuál , las empresas de menos de 10 trabajadores pueden elaborar de manera gratuita su plan de prevención de riesgos laborales.

A través de una herramienta incluida en la web, se puede cumplir con las obligaciones en materia preventiva a través de un proceso en cinco etapas. Este proceso no incluye la vigilacia de la salud. obligatoria en algunos convenios colectivos.

Leer más

Prevención.es: nuevas herramientas sobre prevención laboral para micropymes

2 comentarios

riesgo

El Ministerio de Trabajo e Inmigración ha presentado hoy la herramienta Prevención10.es con la finalidad de permitir que las empresas con menos de 10 trabajadores puedan ahorrar importantes gastos en prevención de riesgos laborales.

Se calcula que más de un millón de empresas podrán beneficiarse de esta herramienta dado que se calcula que el 86% de empresas de nuestro país tienen menos de 10 empleados. Según la secretaria de Estado de Empleo, María Luz Rodríguez, Prevención10.es permitirá reducir el coste total de estas empresas en unos 178 millones de euros.

Leer más

La dinámica del extintor

0 comentarios

arre

En los últimos viernes hemos hablado sobre dinámicas en procesos selectivos pero hoy quiero hablar de una dinámica que se puede realizar con la plantilla actual de una empresa. Normalmente se les da una charla a los empleados sobre seguridad, incendios y otra materia para que sepan actuar ante una emergencia. Estos cursos acelerados no están mal pues además se acompañan de documentación (aunque normalmente acaba acumulando polvo o directamente en la basura).

La normativa, recogida en el Real Decreto 1942/1993 de 5 de noviembre, estipula los plazos de revisión de los extintores. En ciertas ocasiones (cada 5 años normalmente) el extintor es retimbrado. Es decir, es vaciado y vuelto a llenar.

La dinámica que hoy propongo puede ser negociada con la compañía encargada de nuestros sistemas anti-incendios para, en la localización adecuada, permitir que sean los empleados los que los utilicen en prácticas controladas y realizar así la descarga sobre fuego real. Es posible contratar algún experto en seguridad que explique la utilización de los mismos y vele por la correcta realización del ejercicio.

Leer más

Tarjeta profesional para los autónomos de la construcción

1 comentario

tarjeta-profesional-construccion.jpg
Desde el 2008, los trabajadores por cuenta ajena de la construcción, deben realizar los correspondientes cursos acreditativos y formativos para obtener su tarjeta profesional para la construcción. En sus inicios, esta tarjeta no estaba prevista para los trabajadores autónomos del sector, por lo que existia un vacío legal importante en aras de la formación y seguridad laboral en las obras.

Por este motivo, el Ministerio de Trabajo va a permitir que los trabajadores autónomos que deseen obtener su tarjeta profesional de la construcción, deben dirigirse a la Fundación Laboral de la Construcción y acreditar un mínimo de ocho horas de formación en un curso de prevención de riesgos laborales.

Para los trabajadores autónomos, la tenencia de esta tarjeta será voluntaria, no así para los trabajadores por cuenta ajena de la construcción, cuya posesión será obligatoria a partir del 2012. En el caso de que no se tenga dicha tarjeta, no será posible incorporar a ninguna obra a los trabajadores que no estén formados en prevención de riesgos laborales en la construcción.

Más Información | Fundación Laboral de la Construcción
En Pymes y Autónomos | La tarjeta profesional de la construcción
Imagen | Yo Joako

Aprobado el reglamento para establecer empresas de prevención de riesgos laborales

0 comentarios

riesgos-laborales.jpg
El BOE publica hoy el Reglamento de los Servicios de Prevención. Este texto legal, que ha tardado 13 años en estar redactado, delimita las características y aspectos técnicos que tienen que cumplir las empresas que se dediquen a la prestación por cuenta ajena de los servicios de prevención de riesgos laborales.

Este reglamento delimita cuáles deben ser los recursos materiales y humanos mínimos en cada empresa, los requisitos de acreditación como empresa de prevención de riesgos laborales por parte del Ministerio de Trabajo o la correspondiente CCAA que tenga cedido el área de prevención así como el control de modificaciones y variaciones que se lleven a cabo en las empresas que deban ser comunicadas a la autoridad laboral.

Leer más

Anunciate aquí

WSL Weblogs SL