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		<title>Magazine - reta</title>
		<link>http://www.pymesyautonomos.com</link>
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Toda la información para las pymes y los autónomos: fiscalidad, legalidad, administración, recursos humanos. La actualidad analizada y explicada para el autónomo y la pyme		</description>
		<pubDate>2013-05-18 11:23:30</pubDate>

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      <title><![CDATA[Una alternativa (o complemento) a los autónomos a 50 euros]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/una-alternativa-o-complemento-a-los-autonomos-a-50-euros</link>
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      <pubDate>Tue, 29 Jan 2013 07:01:17 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img alt="bonificación" src="http://img.pymesyautonomos.com/2013/01/116862720_3cf6c91918_z.jpg" class="centro" /></p>

	<p>Ayer os comentamos algunas de las propuestas que el <span class="caps">PSOE</span> lanzó para un &#8220;presunto&#8221; pacto por el empleo. A las pocas horas la Ministra de Empleo contra-atacó anunciando la próxima aprobación de un plan de empleo joven que incluiría una<strong> &#8220;tarifa plana&#8221; de cincuenta euros mensuales</strong> de coste de Seguridad Social para los jóvenes emprendedores.</p>

	<p>Nos quedamos con la duda de cuál es el concepto de &#8220;tarifa plana&#8221; en este caso. Imaginamos que se refiere al coste de la cotización de autónomos y se aplicaría, según a propia ministra, a los menores de 35 años que inicien una nueva actividad empresarial y la duración de esta rebaja en la cotización sería de seis meses. Ante esto ha habido voces que se han manifestado en contra de la medida por diversos aspectos, por eso <strong>yo propongo alguna alternativa</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En su momento <a href="http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/y-si-se-estableciera-una-cuota-superreducida-para-los-autonomos-que-monten-un-negocio">ya apunté una medida similar</a>, aunque con algunas diferencias con lo anunciado ahora, pero además<strong> habría otra posibilidad</strong>.</p>

	<p>El primer aspecto negativo de lo anunciado por la ministra es que sólo se pueden beneficiar de la medida los jóvenes emprendedores, <strong>excluyendo a los mayores de 35 años</strong> de la aplicación de la reducción, independientemente de que sean tan emprendedores como los otros.</p>

	<p>Por otro lado se ha comentado que esta medida favorecería la <strong>proliferación de los &#8220;falsos autónomos&#8221;</strong>, personas contratadas por las empresas y que cotizan en el <span class="caps">RETA</span> cuando realmente deberían estar en el Régimen General. El ahorro de costes de Seguridad Social para estas empresas sería tan evidente como cuantioso por lo que no sería descartable este supuesto.</p>

	<p>¿Por qué no sustituir la medida por una bonificación en la cuota de autónomos que fuera <strong>progresiva, permanente y ligada a la creación de empleo</strong>? Por ejemplo que el emprendedor (independientemente de su edad) tuviera una bonificación permanente del 30% en su cuota de autónomos por cada trabajador que contrate.</p>

	<p>De esta manera un autónomo que contrate a un trabajador obtendría una reducción aproximada de 75 euros por trabajador (cotizando por la base mínima), así que con tres empleados pagaría 50 euros y<strong> con cuatro tendría una cuota cero</strong>. No cabría la aplicación de la medida en los falsos autónomos, éstos no tienen empleados, por lo que no favorecería estas figuras.</p>

	<p>Como todavía no se ha aprobado la medida <strong>el Gobierno tiene tiempo de mejorarla</strong>. Aquí queda una propuesta.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/y-si-se-fomentara-la-inversion-privada-en-las-pymes">¿Y si se fomentara la inversión privada en las pymes?</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/mordicuac/116862720/">mordicuac</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Propuestas para incentivar el empleo autónomo: autónomos a 50 euros y otras]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/propuestas-para-incentivar-el-empleo-autonomo-autonomos-a-50-euros-y-otras</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/propuestas-para-incentivar-el-empleo-autonomo-autonomos-a-50-euros-y-otras</guid>
      <pubDate>Mon, 28 Jan 2013 07:34:54 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img alt="euros" src="http://img.pymesyautonomos.com/2013/01/7035825939_0e47694d94_z.jpg" class="centro" /></p>

	<p>Parece que la publicación de la <span class="caps">EPA</span> de semana pasada, con un paro cercano a los seis millones de personas, ha puesto a funcionar la cabeza de nuestros políticos. El primero en mover ficha ha sido el <span class="caps">PSOE</span> que acaba de lanzar una propuesta de un pacto para el empleo que incluiría una serie de<strong> medidas para incentivar el empleo autónomo y la financiación de las pymes</strong>.</p>

	<p>Entre otras se trataría de que los menores de 35 años tuvieran una cotización reducida en el <span class="caps">RETA</span> durante seis meses, pagando sólo <strong>cincuenta euros al mes</strong>; se permitiría<strong> compatibilizar el cobro del paro</strong> con la puesta en marcha de una iniciativa empresarial y de crear un fondo de 20.000 millones de euros para facilitar la financiación de las pymes.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Desde aquí ya he lanzado varias ideas en este sentido por lo que creo que son positivas todas las propuestas que partan de la base de que para crear empleo <strong>hacen falta empleadores</strong> y que se debe allanar el camino para que estos surjan.</p>

	<p>Se necesita facilitar<strong> la aparición de nuevas empresas</strong>, rebajando los costes de establecimiento y facilitando la financiación de las mismas, y se necesita <strong>que las que ya existen puedan subsistir</strong>. En resumen se necesita un ecosistema empresarial sano. </p>

	<p>Sobre estas propuestas ¿por qué la bonificación sólo para los menores de 35 añosy sólo durante seis meses? ¿por qué no eliminar el límite de edad y hacerla permanente vinculándola a la creación de empleo? ¿por qué no crear un sistema que favorezca la inversión privada en las empresas?</p>

	<p>En fin, hay muchas posibilidades. Lo importante es <strong>no seguir perdiendo el tiempo</strong> y ponerlas en marcha. Que se siga incrementando o se reduzca el número de parados depende de ello.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/espana-emprende-13-medidas-para-salir-de-la-crisis-creando-empresas">España Emprende, 13 medidas para salir de la crisis creando empresas</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/alfmelin/7035825939/">alf.melin</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[¿Y si se estableciera una cuota superreducida para los autónomos que monten un negocio? ]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/y-si-se-estableciera-una-cuota-superreducida-para-los-autonomos-que-monten-un-negocio</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/y-si-se-estableciera-una-cuota-superreducida-para-los-autonomos-que-monten-un-negocio</guid>
      <pubDate>Tue, 06 Nov 2012 14:00:04 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img alt="Cuota autónomos" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/11/5856765375_a174570838_z.jpg" class="centro" /></p>

	<p>Supongamos que vivieramos en un país en el que su Gobierno pusiera en marcha una serie de medidas que favorecieran la creación de empresas. Que eso sirviera para para que la gente que tiene un proyecto no tuviera que hacer frente a una serie de gastos fijos antes de que su negocio produzca, para que esas nuevas empresas crearan empleo y, en definitiva, para dinamizar la economía nacional. Supongamos que una de esas medidas consistiera en que o <strong>los promotores de ese negocio tuvieran que pagar una cuota superreducida de autónomos durante un par de años</strong>, mientras el negocio no despega. ¿Qué pasaría?</p>

	<p>Pongamos una cuota de unos 50 euros (similar a la del Reino Unido), que esa cuota por supuesto fuera voluntaria y q<strong>ue no diera más derechos que los mínimos</strong>, sólo a la asistencia sanitaria, sin cotización para la jubilación, ni para ninguna otra contingencia. ¿Sería tan mala idea?</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Por lo pronto es posible que mucha gente que ahora mismo está trabajando en negro <strong>se diera de alta</strong>. También es más que probable que otros que no se atreven a dar el paso de emprender, por el coste que eso representa, se animaran a hacerlo y probar sin necesidad de tener un colchón financiero excesivamente grande y excesivamente difícil de conseguir.</p>

	<p>Se podría establecer un procedimiento por el que se controle <strong>que no se haga un uso indebido de este sistema</strong> mediante el encadenamiento de periodos &#8220;bonificados&#8221; con el simple hecho de cambiar la razón social del negocio. Aunque en estos casos el primero que saldría perdiendo es el propio autónomo porque su cotización sería mínima y no le daría más que unos derechos precarios.</p>

	<p>Pongamos también un control para evitar que los autónomos que ahora mismo están pagando la cuota normal puedan pasarse a la superreducida, y con ello la recaudación de la Seguridad Social <strong>se vea mermada</strong> por una acción &#8220;irregular&#8221;. </p>

	<p>Pasados esos dos años el empresario podría haber tenido tiempo para que su proyecto haya tenido éxito y pase a pagar la cuota normal, ya que el espíritu de la medida es <strong>ayudar sólo en esa fase inicial</strong>.</p>

	<p>En el hipotético caso de que hubiera en ese país imaginario álguien con un mínimo criterio para promover medidas creativas que ayudaran al desarrollo de nuevos negocios ¿<strong>estaría cometiendo un grave error si pusiera en marcha una actuación así</strong>?</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-abre-la-posibilidad-de-que-los-autonomos-coticen-a-tiempo-parcial">Se abre la posibilidad de que los autónomos coticen a tiempo parcial</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/59937401@N07/5856765375/">Images_of_Money</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Se aplaza un año la obligación de cotizar por contingencias profesionales para los autónomos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-aplaza-un-ano-la-obligacion-de-cotizar-por-contingencias-profesionales-para-los-autonomos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-aplaza-un-ano-la-obligacion-de-cotizar-por-contingencias-profesionales-para-los-autonomos</guid>
      <pubDate>Wed, 17 Oct 2012 05:01:57 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img alt="fátima báñez" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/10/fatima bañez.jpg" class="centro" /></p>

	<p>El día 1 de enero de 2013 entraba en vigor la <strong>obligación de cotizar por contingencias profesionales</strong> para aquellos autónomos que se den de alta en el <span class="caps">RETA</span>. La Ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha anunciado que <strong>se aplazará un año la entrada en vigor de esa medida</strong>.</p>

	<p>Este aplazamiento se regulará mediante una enmienda a los Presupuestos Generales del Estado y supondrá que durante el año próximo la cotización por en Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y por cese de actividad en el <span class="caps">RETA</span> <strong>seguirá siendo voluntaria</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En la situación económica actual el hecho de que esa cotización fuera obligatoria, con el correspondiente incremento en la cuota de la Seguridad Social a pagar por los autónomos podría suponer una <strong>carga mayor</strong> para ese colectivo.</p>

	<p>Por ello se ha decidido <strong>que sea el propio autónomo el que decida</strong> si cotizar o no por esos conceptos y pagar una cuota mayor o mantener la que corresponde a las coberturas mínimas.</p>

	<p>A pesar de que la prestación por desempleo para los autónomos era una reivindicación muy reclamada por este colectivo, la verdad es que una vez que ésta fue aprobada no ha tenido demasiado calado y el índice de cotizantes del <span class="caps">RETA</span> que se han acogido a pagar por tener derecho a un subsidio por cese de actividad es<strong> mucho menor del esperado</strong>.</p>

	<p>Por un lado la situación de muchos autónomos, que no están dispuestos a pagar una cuota mayor a la Seguridad Social, y por otro las propias condiciones de cobro de esa prestación parece que ha hecho considerar que<strong> ésta no es interesante</strong>.</p>

	<p>Por eso la medida de retrasar la obligación de ampliar la cobertura de autónomos <strong>será muy bien recibida</strong>.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-amplia-el-plazo-para-incluir-la-cobertura-por-contingencias-profesionales-y-desempleo-de-autonomos"></a><br />
Imagen | La Moncloa</p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Publicada la Ley de la Reforma Laboral con la rebaja de cotización del familiar colaborador]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/publicada-la-ley-de-la-reforma-laboral-con-la-rebaja-de-cotizacion-del-familiar-colaborador</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/publicada-la-ley-de-la-reforma-laboral-con-la-rebaja-de-cotizacion-del-familiar-colaborador</guid>
      <pubDate>Mon, 09 Jul 2012 14:30:16 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image13027" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/07/4090171235_c1def8a78b_z.jpg" class="centro" alt="trabajadores.jpg" /></p>

	<p>Ya hemos tratado en profundidad todos los aspectos contemplados en la <strong>Reforma Laboral</strong> que el Gobierno impulsó mediante un Real Decreto-ley el pasado febrero. El pasado día siete se ha publicado el en <span class="caps">BOE</span>, la <a href="http://www.boe.es/boe/dias/2012/07/07/pdfs/BOE-A-2012-9110.pdf">Ley 3/2012</a> con <strong>el texto definitivo de la Reforma</strong>.</p>

	<p>Más allá de los aspectos ya comentados sobre las nuevas condiciones laborales, despidos, fomento de la empleabilidad, etc. El texto también contempla la<strong> reducción de la cuota del <span class="caps">RETA</span> para los familiares colaboradores</strong>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/cambios-en-la-cotizacion-de-los-autonomos-colaboradores">que también comentamos hace semanas</a>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Se aplicará la bonificación del 50% de las cuotas al cónyuge, pareja de hecho y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado inclusive y, en su caso, por adopción, <strong>que se incorporen como nuevas altas</strong> al Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y colaboren con ellos mediante la realización de trabajos en la actividad de que se trate, incluyendo a los de los trabajadores por cuenta propia del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar, a partir de la entrada en vigor de esta Ley.</p>

	<p>La bonificación se aplicará durante los <strong>18 meses</strong> inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, y será sobre la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento en el Régimen Especial de trabajo por cuenta propia que corresponda.</p>

	<p>La medida excluye, por tanto, a los familiares colaboradores que ya estén de alta y siempre <strong>se aplicará sobre la base de cotización mínima</strong>. De este modo la cuantía de la bonificación será la misma en todos los casos y aquellos que tenga una base superior a la mínima tendrán una reducción se beneficiarán de un porcentaje menor.</p>

	<p>Lo que finalmente no ha sido incluida en el texto es la modificación del tratamiento de la situación de <strong>pluriactividad</strong>, que se había comentado que <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-gobierno-se-plantea-acabar-con-la-pluriactividad">podría ser eliminada</a>. Por tanto este tema queda como estaba y seguirá en vigor <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-tratamiento-de-la-pluriactividad">en los mismos términos</a>.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/tag/reforma-del-mercado-laboral">Reforma del Mercado Laboral</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/ekinezsortu/4090171235/">Ekinez Sortu</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El Gobierno plantea una reducción de cotizaciones a los autónomos pluriempleados]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-gobierno-plantea-una-reduccion-de-cotizaciones-a-los-autonomos-pluriempleados</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-gobierno-plantea-una-reduccion-de-cotizaciones-a-los-autonomos-pluriempleados</guid>
      <pubDate>Thu, 31 May 2012 05:00:38 +0000</pubDate>

      <author>Diego Lorenzana</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12674" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/05/autonomos_pluriempleados.JPG" class="centro" alt="autonomos_pluriempleados" /></p>

	<p>La esperada Ley de Emprendedores sigue cogiendo forma. Una de las medidas que está sonando con más fuerza es la de <strong>aplicar una reducción de hasta el 50% de cuota a los autónomos pluriempleados</strong>, es decir, a aquellos autónomos que estén compaginando su trabajo por cuenta ajena con un trabajo asalariado, con el objetivo de acomodar sus cotizaciones a la seguridad social.</p>

	<p>Hasta ahora, los autónomos que estuviesen cotizando en el Régimen General y al mismo tiempo en el Régimen Especial de la Seguridad Social (<span class="caps">RETA</span>) <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-autonomo-el-pluriactividad-puede-pedir-la-devolucion-de-cuotas">tenían derecho a una deducción del 50% de lo aportado</a>, siempre y cuando este importe fuera igual o superior a 10.969,42 euros. Si finalmente se aprueba esta medida, <strong>se eliminará esta deducción y a cambio las cotizaciones sociales serán menores</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Los últimos datos disponibles del año 2011 revelan que la Seguridad Social <strong>devolvió algo más de 4,1 millones de euros a 3.411 autónomos</strong> que, durante el año 2011 cotizaron de forma simultánea en ambos regímenes, tanto en el régimen general como en el <span class="caps">RETA</span>.</p>

	<p>La grave crisis económica que estamos atravesando, unido a la falta de expectativas de mejora, hace que muchas personas <strong>se establezcan como autónomos para poder contar con unos ingresos extra</strong>. Con esta medida se pretende facilitar y flexibilizar la compatibilización del trabajo por cuenta propia con el trabajo por cuenta ajena, sin necesidad de realizar un doble pago en cotizaciones y reduciendo la burocracia administrativa a la hora de solicitar la deducción. Según estimaciones del Gobierno, esta medida beneficiaría a 115.000 autónomos pluriempleados.</p>

	<p>Si finalmente esta medida es aprobada, <strong>se reducirá la cuota a pagar por parte de los autónomos de unos 226 euros al mes a 113</strong>. Obviamente, el beneficio de poder contar con el doble de fondos para financiar sus actividades y poder hacer frente a sus compromisos de pago a corto plazo es enorme, sobre todo teniendo en cuenta las dificultades que todas las pymes y autónomos están teniendo con el acceso al crédito.</p>

	<p>También existe un beneficio claro para la administración, ya que se reduce la burocracia por tener que presentar los documentos para poder disfrutar de la deducción; de esta manera se pueden reducir los costes administrativos. Hasta que no se apruebe, no podremos comprobar si tiene los efectos deseados, pero en principio, parece una buena medida que puede <strong>ayudar a eliminar la doble cotización a los trabajadores pluriempleados</strong>. </p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-autonomo-el-pluriactividad-puede-pedir-la-devolucion-de-cuotas">El autónomo en pluriactividad puede pedir la devolución de cuotas</a><br />
Imagen | <a href="http://www.lamoncloa.gob.es/NR/rdonlyres/3BADDEFB-F970-441B-A93C-20937D9496AE/186775/ConsejoMinistros4.JPG">LaMoncloa.gob</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El autónomo en pluriactividad puede pedir la devolución de cuotas]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-autonomo-el-pluriactividad-puede-pedir-la-devolucion-de-cuotas</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-autonomo-el-pluriactividad-puede-pedir-la-devolucion-de-cuotas</guid>
      <pubDate>Sat, 14 Apr 2012 07:00:34 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12270" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/04/solicitud-ingresos-indebidos.jpg" class="centro-sinmarco" alt="solicitud-ingresos-indebidos.jpg" /></p>

	<p>Hay muchos trabajadores asalariados que desempeñan una actividad como autónomos de forma simultánea a su relación laboral. Algunos son trabajadores a tiempo parcial o simplemente personas que tienen un segundo empleo por cuenta propia, muchas veces de forma accesoria. Esta situación es la denominada<strong> pluriactivad </strong>y ya la hemos tratado en <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-tratamiento-de-la-pluriactividad">otras ocasiones</a>.</p>

	<p>Los trabajadores autónomos que hayan cotizado en pluriactividad, en régimen General y en el Régimen Especial de Autónomos, en el 2011 pueden solicitar la devolución de una parte de las cuotas de autónomos pagadas en el año. Para ello deben cumplir la condición de que la cantidad cotizada debe ser igual o superior a 10.969,42 euros. La solicitud de devolución debe hacerse en los cuatro primeros meses del año, por lo que <strong>este mes se acaba el plazo para 2012</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En estos casos se está realizando una <strong>doble cotización</strong>. Por una parte se está pagando la cuota mensual de autónomos. Por otra, el empleador está abonando el seguro social obligatorio derivado de la nómina. Si bien esta situación a la larga repercutirá en una prestación de jubilación más alta, el beneficio es difícil de apreciar en el día a día. </p>

	<p>Si se alcanza la cifra antes indicada la ley da el derecho a pedir <strong>la devolución del 50% del exceso</strong> con el tope del 50% de las cuotas pagadas de autónomos en razón de su cotización por las contingencias comunes obligatorias. Para ello se presentará una solicitud de devolución de infresos indebidos a través del modelo TC.13/1</p>

	<p>Es decir, un asalariado que esté de alta como autónomo podrá solicitar la devolución del <strong>50% de las cuotas de autónomos</strong> pagadas en el ejercicio si sus cotizaciones totales acanzan los 10.969,42 euros. Si la cuota de autónomos incluye Accidentes de Trabajo o Cese de Actividad, la parte correspondiente a estas contingencias no será  objeto de devolución. </p>

	<p>El trabajador que cumpliera las condiciones para la devolución en 2010 y no las haya solicitado durante los primeros cuatro meses de 2011 no podrá hacerlo ahora. Las cuotas de ejercicios anteriores <strong>no pueden reclamarse</strong><strong> una vez terminado el plazo correspondiente. </strong></p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/pluriactividad-y-pluriempleo-terminos-distintos">Pluriactividad y pluriempleo, términos distintos</a><br />
 </p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[ATA propone exenciones en la cuota de autónomos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/ata-propone-exenciones-en-la-cuota-de-autonomos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/ata-propone-exenciones-en-la-cuota-de-autonomos</guid>
      <pubDate>Wed, 21 Mar 2012 09:02:17 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12138" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/03/autonomos_alta.jpg" class="centro" alt="autonomos_alta.jpg" /></p>

	<p>La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (<a href="http://www.ata.es/inicio.php">ATA</a>) ha propuesto la aprobación de una serie de <strong>exenciones en la cuota de autónomos</strong> que se aplicarían en determinados casos.</p>

	<p>Estas exenciones servirían para que aflorara una bolsa de autónomos que no están cotizando ahora mismo por ese régimen, estimando que de llevarse a cabo esta iniciativa <strong>se darían de alta unas 175.000 personas</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Los casos que darían derecho a aplicar estas exenciones en la cuota serían, por un lado, el de las personas que <strong>cotizan al régimen general</strong> por un trabajo por cuenta ajena y que <strong>realizan además actividades económicas por cuenta propia</strong> fuera de sus horas de trabajo para complementar sus ingresos. <span class="caps">ATA</span> propone una exención de entre el 50% y el 70 % de la cuota de autónomos.</p>

	<p>El otro caso sería el que se da en negocios familiares por parte de<strong> familiares colaboradores</strong> que echan una mano en el negocio. Para estas situaciones se propone una cotización del 50% de la cuota durante los dos primeros años en los que regularicen su situación.</p>

	<p>Normalmente cuando se dan las situaciones anteriores las personas que están en estos casos<strong> ni cotizan ni declaran a Hacienda </strong>estas actividades por lo que poner en marcha este sistema podría ayudar a aumentar la recaudación de la Seguridad Social, con las altas nuevas que se producirían arovechando estas deducciones, y la de Hacienda, al declarar estas actividades.</p>

	<p>Otra alternativa a este sistema sería que se llevara a la práctica el acuerdo parlamentario de julio de 2011 en el que abría la posibilidad de que <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-abre-la-posibilidad-de-que-los-autonomos-coticen-a-tiempo-parcial">los autónomos pudieran cotizar a tiempo parcial</a>. Este acuerdo no se ha transformado en ley y de hacerlo tambien abriría la posibilidad de que aquellos que están en estas situaciones o en otras parecidas pudieran <strong>adaptar su cotización a las circunstancias reales</strong> del desempeño de su actividad.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.expansion.com/2012/03/20/empleo/emprendedores/1332240872.html?a=a13ec3dafe0e17d3cda2e04b7f16a7a8&t=1332321894">Expansión</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-preven-mas-cambios-en-las-condiciones-de-regimen-de-autonomos">Se prevén más cambios en las condiciones de Régimen de Autónomos</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/skolem/2904170943/sizes/z/in/photostream/">skl8em</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Aumentan en 4.635 los autónomos afiliados en febrero a la Seguridad Social]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/aumentan-los-autonomos-afiliados-en-febrero-a-la-seguridad-social-4635-cotizantes</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/aumentan-los-autonomos-afiliados-en-febrero-a-la-seguridad-social-4635-cotizantes</guid>
      <pubDate>Mon, 05 Mar 2012 15:09:18 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><table style="text-align:center;" align="center" cellspacing="0" cellpadding="0">
 <tr>
  <td style="font-size:22px; text-align:center; font-weight:600; background-color:#0CF"   colspan="4" >Afiliación   Autónomos 2011 (*)</td>
  </tr></p>

 <tr>
   <td><strong>Mes</strong></td>
   <td><strong>NO SETA</strong></td>
   <td><strong>SETA</strong></td>
   <td><strong>Total</strong></td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Febrero – 2011</td>
   <td>2.874.759</td>
   <td>207.528</td>
   <td>3.082.287</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Marzo – 2011</td>
   <td>2.882.379</td>
   <td>207.209</td>
   <td>3.089.588</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Abril – 2011</td>
   <td>2.891.458</td>
   <td>206.848</td>
   <td>3.098.306</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Mayo – 2011</td>
   <td>2.900.344</td>
   <td>206.422</td>
   <td>3.106.766</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Junio – 2011</td>
   <td>2.904.897</td>
   <td>205.718</td>
   <td>3.110.615</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Julio – 2011</td>
   <td>2.900.828</td>
   <td>205.018</td>
   <td>3.105.846</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Agosto – 2011</td>
   <td>2.890.191</td>
   <td>204.398</td>
   <td>3.094.589</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Septiembre – 2011</td>
   <td>2.888.239</td>
   <td>203.897</td>
   <td>3.092.136</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Octubre – 2011</td>
   <td>2.883.446</td>
   <td>203.391</td>
   <td>3.086.837</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Noviembre – 2011</td>
   <td>2.875.415</td>
   <td>202.953</td>
   <td>3.078.368</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Diciembre – 2011</td>
   <td>2.869.187</td>
   <td>202.482</td>
   <td>3.071.669</td>
 </tr>
 <tr>
   <td>Enero – 2012</td>
   <td>2.839.439</td>
   <td>201.772</td>
   <td>3.041.211</td>
 </tr>
<tr>
   <td>Febrero – 2012</td>
   <td>2.844.433</td>
   <td>201.499</td>
   <td>3.045.932</td>
 </tr>
<tr>
   <td><strong>Total intermensual</strong></td>
   <td><strong>4.913</strong></td>
   <td><strong>-278</strong></td>
   <td><strong>4.635</strong></td>
 </tr>
 <tr style="font-size:18px; font-weight:600; background-color:#0CF" >
   <td><strong>Total Interanual</strong></td>
   <td><strong>-30.326</strong></td>
   <td><strong>-6.029</strong></td>
   <td><strong>-36.356</strong></td>
 </tr>
<tr style="background-color:#0CF">
<td colspan="4">(*)Fuente: Seguridad Social // <a href="http://www.pymesyautonomos.com">www.pymesyauyonomos.com</a></td>
</tr>
</table>

	<p>La afiliación a la Seguridad Social en el régimen de autónomos presenta saldo positivo después de siete meses perdiendo afiliados. Durante <strong>el mes de febrero</strong>, se han contabilizado <strong>4.635 altas netas en autónomos en la Seguridad Social</strong>. Este valor invierete la caída acumulada y contrasta con la caída en afiliación en el Régimen General durante el mes de febrero, aunque su crecimiento es insuficiente y sigue manteniendo un saldo interanual negativo.</p>

	<p>La caída en la afiliación a la Seguridad Social sigue siendo muy importante <a href="http://www.tt.meyss.es/seguridadsocial/201203/SS20120302.htm">en el conjunto de la Seguridad Social</a> <strong>ha perdido 49.710 afiliados entre todos los regímenes</strong> de cotización. Este valor sitúa el número total de afiliados por debajo de los 17 millones de cotizantes, cifras que no se veían desde el año 2003.<br />
<!--more--><br />
<strong>Los sectores que más afiliados pierden</strong> durante el mes de febrero en autónomos son construcción con 1.633, agricultura, ganadería y pesca con 169 y actividades extractivas con 11 autónomos menos. En el aumento de afiliación neta encontramos el resto de epígrafes siendo comercio con 1.670 y actividades profesionales con 1.128 autónomos más, los sectores que más aumentan.</p>

	<p>Que todos los epígrafes de autónomos presenten cifras positivas durante el mes de febrero apunta a una búsqueda del autoempleo muy ligera por parte de la población, dado que aunque febrero y marzo suelen ser meses con aumentos netos en la afiliación de autónomos, no suele producirse un aumento neto de autónomos en todos los epígrafes de actividad. Este efecto habrá que observarlo en los próximos meses.</p>

	<p>Más Información | <a href="http://www.tt.meyss.es/seguridadsocial/201203/afi_%20feb2012.pdf">Seguridad Social; Informe de afiliación 02-2012 (<span class="caps">PDF</span>)</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/tag/afiliacion">Afiliación de autónomos a la Seguridad Social</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Hacerte autónomo paso a paso: el alta en la Seguridad Social]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/tramites/hacerte-autonomo-paso-a-paso-el-alta-en-la-seguridad-social</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/tramites/hacerte-autonomo-paso-a-paso-el-alta-en-la-seguridad-social</guid>
      <pubDate>Wed, 29 Feb 2012 14:00:43 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image12064" src="http://img.pymesyautonomos.com/2012/03/autonomos.jpg" class="centro" alt="autonomos.jpg" /></p>

	<p>En un post anterior comentamos como se tramita <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacerte-autonomos-paso-a-paso-el-alta-en-hacienda">el alta de un autónomo en la Agencia Tributaria</a>. Veremos ahora el procedimiento para realizar el <strong>alta en la Seguridad Social</strong>. </p>

	<p>Realmente, el proceso es similar. Tendremos que cubrir un formulario (bastante más sencillo que el de Hacienda, por cierto) donde podremos nuestros datos personales y la actividad que vamos a desempeñar. No hay que olvidar que la Seguridad Social asignará como <strong>fecha de alta la misma que aparezca en el 037 </strong>que hemos presentado en la Agencia Tributaria y del que aportaremos copia. El alta en la Seguridad Social debe cursarse en el mismo mes en que hicimos la de Hacienda. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p>A la hora de decidir la fecha en la que queremos iniciar la actividad, debemos tener en cuenta que <strong>la cuota de autónomos no se prorratea</strong>. Eso significa que si yo me doy de alta el último día del mes tendré que pagar lo mismo que si lo hago el día 1. También tendremos que pensar si nos interesa contratar la cobertura de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y si queremos cotizar para el cese de actividad. Todo esto incrementará el importe mensual a pagar.</p>

	<p>Lo más cómodo es domiciliar las cuotas consignando una cuenta bancaria en el impreso de alta. La administración nos pasará <strong>el cargo el último día del mes</strong>. Si no queremos la domiciliación, tendremos que ir cada mes a las oficinas de la Seguridad Social para recoger el boletín de autónomos. El boletín funciona como si fuera una factura. Podemos ir a nuestro banco y pagarlo por cuenta o abonarlo en metálico. </p>

	<p><strong>La cuota a abonar es única</strong>, independientemente del número de actividades que vayamos a realizar, siendo el mínimo 254,21 euros al mes. Si ya se está de alta en el <span class="caps">RETA</span> y vamos a empezar un nuevo negocio, tan solo se requiere informar a la Seguridad Social (y a Hacienda previamente) de ese hecho.</p>

	<p>La condición de trabajador por cuenta propia es <strong>compatible con la de trabajador asalariado</strong>. En determinadas condiciones, se daría una situación conocida como pluriactividad, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-tratamiento-de-la-pluriactividad">que ya hemos tratado con anterioridad</a>, y que supone que cotizando a la vez por ambos regímenes, podemos optar a que la Seguridad Social nos devuelva parte de las cuotas pagadas.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/dudas-a-la-hora-de-darse-de-alta-como-autonomo-y-el-acceso-a-las-subvenciones">Dudas a la hora de darse de alta como autónomo y el acceso a las subvenciones</a></p>      ]]></description>
      </item>
        	  <atom:link href="http://www.pymesyautonomos.com/tag/reta/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
	</channel>

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