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Renta

Disminuye la declaración de la renta repartiendo los ingresos de tu empresa

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Muchos autónomos que desempeñan actividades profesionales o empresariales, se encuentran casados también en gananciales y a la hora de realizar su declaración de la renta, se encuentran con la imposibilidad material de repartir los ingresos y gastos de la actividad económica con el cónyuge aunque éste, colabore también el desarrollo de la actividad económica.

En este punto Hacienda es inflexible dado que considera que el titular de la explotación económica es aquel que aparece como emisor y receptor de las facturas de la actividad. Esta tesitura, puede originar importantes desequilibrios en la carga tributaria entre los cónyuges e impide una adecuada planificación y optimización fiscal de los ingresos. Imaginemos que tenemos una actividad empresarial èn régimen de estimación directa con pérdidas o una actividad en estimación objetiva cuya carga tributaria es relativamente previsible ¿Cómo podemos solventar esta planificación fiscal para abaratar la cuota del IRPF?

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No olvides emitir el Certificado de Retenciones de IRPF: es obligatorio

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Todas las empresas que hayan practicado algún tipo de retención tienen la obligación de ingresar estas retenciones practicadas en Hacienda. Además de esta obligatoriodad material, tenemos que cumplir con otra formal como es la emisión del Certificado de Retenciones de IRPF.

Este Certificado lo emiten automáticamente todos los programas de ayuda que ofrece la AEAT para la confección de las distintas declaraciones informativas como son los modelos 190,193, 180 o 184 entre otros. No obstante, si no hemos confeccionado estos modelos con este software, en este enlace tenemos el formato oficial de certificado en formato PDF autorellenable.

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Nueva Orden reguladora del modelo de declaración del IRPF 2008 (I)

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En el BOE de fecha 25 de febrero de 2009 ha salido publicada la Orden EHA/396/2009, de 13 de febrero, por la que se aprueba el modelo de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 2008, se determinan el lugar, forma y plazos de presentación del mismo, se establecen los procedimientos de solicitud, remisión, modificación y confirmación o suscripción del borrador de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se determinan las condiciones generales y el procedimiento para la presentación de ambos por medios telemáticos o telefónicos.

Al final del post he incluído un acceso directo al contenido de la Orden, aunque os adelanto que haciendo gala al título de la norma (que no he copiado en su totalidad y que no puede leerse sin una toma extra de aire excepto que uno sea Alejandro Sanz) consta de 75 páginas. Es casi más corta la ley que regula el propio impuesto que la norma que desarrolla su presentación, entre otros puntos. En fin, que fruto de la extensión de la norma y la importancia que para los empresarios tiene el citado impuesto, trataré el asunto en varios posts.

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Hacienda se suma a la ley contra la morosidad

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aeatAunque no es ni cierto, ni politicamente correcto el título que acabo de colocarle a este post, la Agencia Tributaria, se compromete a abonar a los sufridos contribuyentes del IRPF la devolución solicitada antes que finalice el mes de julio.

Buenas noticias las que nos trae hacienda, sobre todo si las cumple, porque de los 18,5 millones de declarantes en renta, 14,2 millones de declaraciones son a devolver. Y el caso, que parece que es para tirar cohetes, no debiera de serlo tanto. Y os cuento por qué.

En primer lugar, las comunicaciones de datos o declaraciones informativas más importantes a la Agencia Tributaria se realizan el 30 de enero de cada año, dígase rendimientos del trabajo, resúmenes de préstamos hipotecarios, movimientos de fondos, compraventas de acciones….

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Renta 2007: El PADRE, los Datos Fiscales y la Vivienda Habitual

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RENTA

Estamos en plena campaña de la Declaración de Renta, que afecta por igual a empresarios y empleados, y por lo tanto considero que la deducción por adquisición de la vivienda habitual beneficia a ambos colectivos y resulta de interés general.

Pues bien, a la hora de confeccionar la Declaración de este año, debéis tener en cuenta que los borradores que recibís en vuestros domicilios y los datos fiscales que se incorporan al programa PADRE, que se hace de forma automática, no reflejan correctamente los datos de la deducción por vivienda habitual en determinados supuestos.

Exactamente, esta omisión es importante para aquellas viviendas habituales adquiridas a través de hipoteca que cubra como mínimo el valor del 50% de la misma, y con anterioridad al 20 de enero de 2006, pues se permite la aplicación de una compensación fiscal.

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