<rss version="2.0"
     xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
     xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
        <channel>
        <title>Magazine - regimen-simplificado</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Fri, 12 Jun 2026 02:30:29 +0000</pubDate>
        <generator>https://www.pymesyautonomos.com</generator>
        <atom:link href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/regimen-simplificado/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
                                        <item>
                <title><![CDATA[Se anuncian cambios en los modelos de Hacienda ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-anuncian-cambios-en-los-modelos-de-hacienda</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/se-anuncian-cambios-en-los-modelos-de-hacienda</guid>
                <pubDate>Mon, 30 Sep 2013 11:00:27 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/ac6833/agencia-20tributaria-20-20-20303/1024_2000.png" alt="Se&#x20;anuncian&#x20;cambios&#x20;en&#x20;los&#x20;modelos&#x20;de&#x20;Hacienda&#x20;">
    </p>
    <p>El gobierno acaba de anunciar una serie de <strong>cambios que afectan a diversos modelos de Hacienda</strong>, concretamente al 303 de autoliquidaciones de IVA, al 036/036 de comunicación censal y a la declaración informativa del modelo 340. Estos cambios vienen en parte originados por la introducción, a partir de 2014, del criterio de IVA de caja, pero también obedecen a una simplificación administrativa. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>El nuevo 303 pretende unificar los distintos modelos que se utilizan en la actualidad: el 310 y 311 (régimen simplificado) y el 370/371 (cambio de epígrafe y formato de tributación durante el ejercicio). </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>El modelo 303 pasará a tener <strong>3 páginas</strong>. En la primera de ellas se recogerán los datos del régimen general del IVA, en la segunda página se realiza la liquidación del IVA en régimen simplificado y la tercera se recogen datos adicionales para aquellos que se acojan al IVA de caja. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>El modelo contendrá casillas adicionales para desglosar las operaciones de <strong>modificación de bases imponibles</strong>, operaciones intracomunitarias u otras inversiones de sujeto pasivo. Se añadirán también casillas para indicar la aplicación de la prorrata especial (opción o revocación) y la situación de concurso, si el sujeto pasivo se viera afectado por este procedimiento. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La declaración censal 036 adaptará su contenido para indicar la inclusión, renuncia, revocación o exclusión del <strong>régimen especial del criterio de caja del IVA</strong> y también sufrirá cambios referentes a la comunicación de operaciones intracomunitarias.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En lo que respecta al 340, el nuevo modelo permitirá <strong>detallar las fechas de cobro y pago de las facturas</strong>; los importes cobrados o pagados y la identificación de los medios de cobro utilizados, para los sujetos pasivos que participen en operaciones en las que se utilice el criterio de caja.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-cumplimentar-el-modelo-303-del-tercer-trimestre">¿Cómo cumplimentar el modelo 303 del tercer trimestre?</a>
Imagen |AEAT</p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Régimen simplificado del IVA (I)]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regimen-simplificado-del-iva-i</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regimen-simplificado-del-iva-i</guid>
                <pubDate>Thu, 11 Jun 2009 11:02:55 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/c2023b/iva-regimen-simplificado/1024_2000.jpg" alt="R&#x00E9;gimen&#x20;simplificado&#x20;del&#x20;IVA&#x20;&#x28;I&#x29;">
    </p>
    <p>Siguiendo con los regímenes especiales de IVA vamos a dar unas pinceladas sobre el <strong>régimen simplificado del IVA</strong>. Este régimen es de aplicación voluntaria y simultánea con el régimen simplificado del iRPF o módulos. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Sólo se puede optar a él personas físicas o entidades en atribución de rentas donde ningún integrante sea persona jurídica en aquellas actividades económicas que se autoricen mediante la correspondiente <a rel="noopener, noreferrer" href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/o3413-2008-eha.html">orden ministerial</a>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La particularidad básica de este régimen consiste en <strong>calcular una cuota anual de IVA</strong> mínima de manera independiente a las ventas y compras realizadas mediante la aplicación de unos módulos propios a cada actividad.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Las <strong>obligaciones formales se reducen sustancialmente</strong>, dado que los obligados sólo tienen que conservar los justificantes de los índices aplicados, las facturas recibidas y la copia de las facturas emitidas cuando el cliente sea sujeto pasivo del IVA.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este mecanismo de cálculo origina unas cuotas fijas a ingresar en cada trimestre y se realiza una regularización a final de ejercicio, en donde siempre se parte de una cuota mínima. Dado que el cálculo es un poco farragoso me lo dejo para otro post.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/pkeleher/2412745961/">Paul Keleher</a>
Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=2a8b39aff3539010VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0">AEAT - Programa para ayuda del cálculo de módulos</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-recargo-de-equivalencia-en-el-iva">El recargo de equivalencia en el IVA</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
            </channel>
</rss>
