
La aprobación de la Ley 2/2008 dejó una reducción para las actividades que tributen en estimación directa equiparable a la reducción que se practica por los rendimientos del trabajo.
Centrándonos en esta reducción, su función es disminuir los ingresos sujetos al impuesto con origen en actividades económicas, gozando de la misma reducción con la que cuentan los ingresos del trabajo según los siguientes baremos:
