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Sistemas de Previsión Social Complementaria

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En lo tiempos que corren, hablarle a las Pymes y a los Autónomos de Previsión Social complementaria puede sonar muy lejano. Cuando se está luchando por la supervivencia en el día a día, hablar del mañana suena a quimera. Pero, independientemente de que lo preparemos o no, esa mañana ha de llegar, y por tanto es mejor que lo hayamos gestionado o el nos gestionará a nosotros, especialmente a los empresarios y profesionales. Por ello creo que ha llegado el momento de hablar en este blog de los Sistemas de Previsión Social Complementaria, con el fin de saber como podemos garantizar nuestros ingresos más allá de las prestaciones públicas.

Antes de llegar a ellos, daremos un pequeño repaso sobre lo que es la Previsión Social y cómo se articula según nuestra Constitución. Una vez tengamos claros los distintos niveles nos centraremos en el que nos interesa, el complementario, y acabaremos enumerando los distintos Sistemas de Previsión Social Complementaria de los que disponemos, que iremos desarrollando en próximos posts (salvo los Planes de Pensiones y EPSVs individuales de los que ya disponemos de abundantes posts a vuestra disposición en PyA o en EBS).

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Se mantiene la compatibilidad entre pensiones públicas y ejercicio de la actividad profesional colegiada

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La posibilidad de cobrar una pensión publica por jubilación y seguir ejerciendo la profesión paso a mejor vida desde el 1 de julio, tal y como nos avisaba Remo. Se acababa así con una situación anómala, con un privilegio para algunos, que beneficiaba a los profesionales colegiados frente al resto de autónomos o trabajadores por cuenta ajena. Bueno, pues dicha reforma podrá ser apodada como “la breve”. Con la aprobación ayer de la Ley de Actualización, Adecuación y Modernización del Sistema de Seguridad Social se mantiene la compatibilidad entre pensiones públicas y ejercicio de la actividad profesional colegiada.

Se trata de una enmienda aprobada el 27 de junio en la Comisión Trabajo e Inmigración a instancia de CIU y con el apoyo de PSOE y PP, ratificada en el Senado, y validada finalmente en el Congreso. El texto de la Disposición Adicional trigésimo séptima dice así:

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Modelo anacrónico en la cotización de la pensión de viudedad

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Viuda

En muchas ocasiones me he mostrado crítico con muchas de las prestaciones, pensiones y demás productos que forman parte de la sociedad del bienestar en la que vivimos. A veces incluso he utilizado y utilizado un tono beligerante contra muchas de estas prestaciones públicas para las que nos obligan a cotizar queramos o no para ellas, hoy quiero hablar de la pensión de viudedad.

Siempre me he mostrado reacio a que cualquier persona que trabaje, sea asalariada o autónoma o lo que sea, se vea obligada a cotizar para recibir unas determinadas prestaciones las quiera o no. Siempre me he mostrado a disgusto con el que el estado me impone sus seguros y no me deja elegir libremente los míos, o bien, si quiero elegirlos libremente tengo entonces que tenerlos por partida doble, y con la pensión de viudedad me sucede un poco lo mismo, pero con matices.

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Se acaba el plazo para modificar la base de cotización de autónomos

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El próximo día 30 de junio se acaba el plazo para modificar las bases de cotización del Régimen de Autónomos. Una de las modificaciones que se incluyó en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 tiene que ver precisamente con la elección de las bases de cotización.

Los trabajadores que a 1 de enero de 2011 tenían 48 ó 49 años y estaban cotizando por una base inferior a 1665,90 euros, no podrán optar por una cuantía superior a 1682,70 euros, a no ser que lo soliciten antes del 30 de junio. En ese caso, la nueva base tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2011.

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Autónomos en pluriactividad: dudas sobre desempleo y jubilación

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jubilacion autonomos
Nos ha llegado una duda de un autónomo que está cotizando en dos o más regímenes en simultáneo, situación de pluriactividad a efectos de la Seguridad Social y tiene algunas dudas sobre el cobro de prestaciones en esta situación. Cito textual:

Si me quedo sin trabajo por cuenta ajena, pero sigo como autónomo, tengo derecho a paro?
Esta situación es análoga a la situación de un autónomo y si se sigue cotizando como autónomo, no se tendrá derecho a paro del régimen general. Ahora bien, esta norma tiene una excepción en el caso de que se curse baja en autónomos también siempre y cuando se den las siguientes circunstancias:

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Propuestas de los autónomos para incorporar a estas nuevas reformas

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La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) ha enviado a los grupos parlamentarios una serie de propuestas para su incorporación a las reformas que se están abordando en materia laboral y de las pensiones. En total son cuatro enmiendas que incluyen que los autónomos que hayan cesado involuntariamente en su actividad puedan jubilarse anticipadamente a los 61 años con los mismos requisitos y los mismos coeficientes reductores que se les aplican a los trabajadores por cuenta ajena.

También se propone un plan de exenciones, devoluciones o bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para determinados autónomos que hayan experimentado caídas en su actividad, para evitar que decidan refugiarse en la economía sumergida y pretende que las subidas anuales de las bases de cotización sean consesuadas con los representantes de los autónomos y discutidas en el marco del Consejo Estatal del Trabajo Autónomo, de reciente creación. Por último, propone incluir una representación de las organizaciones de autónomos en los órganos de dirección de las mutuas de accidentes laborales y enfermedades profesionales.

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Autónomos y pensiones

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Como ya adelantó UPTA en una nota publicada en enero las recomendaciones del Pacto de Toledo afectarían al colectivo de los autónomos negativamente. Específicamente, la modificación del período de cómputo para el cálculo de la pensión de quince a veinticinco años perjudicaría a un colectivo que ya cuenta con una pensión media inferior en un 41% a la correspondiente al Régimen General.

Por tanto, lo que va a resultar incuestionable es que la brecha en términos de protección social de los autónomos se agrandará con respecto al resto de los trabajadores. En este sentido las reformas adoptadas al no haberse producido de un modo gradual en el tiempo tampoco permite mejorar la carrera de cotización de los autónomos en fases de edad anteriores.

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Principio de acuerdo para la reforma de las pensiones

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El Gobierno ha llegado a un principio de acuerdo para la reforma del sistema de pensiones. Mañana se aprobará el texto en el Consejo de Ministros y luego pasará el trámite parlamentario. El Gobierno ha llegado a este principio de acuerdo con los sindicatos y la patronal.

El tema más polémico era el de la elevación de la edad de jubilación. Por lo que se ha dado a conocer, este pacto contempla esa ampliación de la edad de jubilación a los 67 años , pero los trabajadores con 38 años y medio cotizados podrán retirarse a los 65 años con el 100% de la pensión.

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RETA vs Mutualidades ¿Cuál elegir?

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Reta vs Mutualidad
Determinados colectivos profesionales tenemos (yo como arquitecto) la posibilidad de elegir, al inicio de nuestra actividad como autónomos entre cotizar a través del RETA o a través de alguna mutualidad.

Si eliges el RETA no es posible darte de baja y seguir ejerciendo tu actividad dándote de alta en la mutualidad, el proceso contrario si es posible ya que la mutualidad viene a ser como un seguro privado.

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El Pacto de Toledo acuerda la reforma del sistema de pensiones

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El Pacto de Toledo ha acordado el envío de una serie de recomendaciones al Gobierno a la hora de realizar la próxima reforma del sistema de pensiones, si bien el acuerdo es tan poco concreto que no hay una manifestación firme sobre la posibilidad de elevar la edad de jubilación ni el periodo de cálculo de las mismas.

Parece por tanto que esta Comisión no ha entrado en el fondo de las cuestiones principales de dicha reforma y que son las que mayor conflictividad acarrean, lo que algunos han interpretado como una maniobra para dejar manos libres al Gobierno para que actue según su criterio.

La pelota está, por tanto, en el tejado del Gobierno que tiene previsto presentar el texto de la reforma en próximo mes de enero, supuestamente el 25 y tendrá poco menos de un mes para realizar las últimas consultas con los agentes sociales e intentar un consenso que se antoja casi imposible en un tema que afecta a todos los trabajadores (incluidos los autónomos).

En Pymes y Autónomos | Se necesita una reforma de las pensiones

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