Año nuevo, obligaciones nuevas
El pasado 5 de septiembre se aprobó el R.D. 1065/2007. Este decreto aprueba el Reglamento General de Inspección y Gestión de la AEAT así como el desarrollo de las normas comunes para la áplicación de los tributos. Las novedades más importantes que dicho decreto trae para el ejercicio que comenzamos son varias, y le repercuten a las declaraciones que presentemos en el ejercicio 2009. Por su repercusión, destaco las siguientes:
- En el modelo 347; la declaración informativa de operaciones con terceras personas, deberemos reflejar los importes recibidos en efectivo superiores a 6.000 €.
- Los obligados que tengan que presentar autoliquidaciones de IVA o sociedades por vía telemática, es decir todas las sociedades limitadas o anónimas, tienen que adjuntar una copia de los libros de registro de facturas expedidas y recibidas con dichas declaraciones.
- Se amplia el plazo de inspección a 24 meses.
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