
Nos llega una consulta de un lector que nos plantea el siguiente caso sobre tributación en módulos y condiciones de exclusión del régimen de tributación en estimación objetiva al existir simultaneidad con otros familiares. Cito textualmente:
Somos dos hermanos y nuestro padre que nos dedicamos a la misma actividad y nos han dicho que no podemos tributar en módulos por ser familiares que hacemos lo mismo. ¿Es esto cierto o realmente sí que podemos alguno estar en módulos?El caso que se plantea es un caso típico de acumulación de operaciones vinculadas bajo la misma dirección empresarial que según hacienda, a priori, se dedica a evadir impuestos mediante la distribución de módulos por el método de estimación objetiva. ¿Puede este nucleo familiar tributar en módulos?
Inicialmente si es posible tributar en módulos, de manera independiente por cada uno de los hermanos y por el padre pero a la hora de calcular los límites de ventas para estimación objetiva, no sólo se computan los ingresos de cada uno de los titulares, sino que se sumarán los ingresos de todos los familiares si se dan las siguientes condiciones:





