Una reciente sentecia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSCV) determina la igualdad de derechos de los contribuyentes y Hacienda en las liquidaciones, situando a ambos en un plano de igualdad. Según el fallo de este Tribunal, la Administración Tributaria solo tiene una oportunidad para dictar una liquidación sin errores de forma, ya que si se da algún error de ese tipo en una liquidación y ésta es anulada, no podrá volver a dictar una nueva.
No importa que dicha liquidación sea correcta, si se comete algún error en el procedimiento (defectos en la notificación, falta de motivación, etc.) y una sentencia la anula, no se permitirá a la Administración retrotraerse al momento anterior al error cometido, lo que permitiría subsanarlo y exigir el pago de la misma, por lo que el contribuyente no tendrá que efectuar el pago de la deuda reclamada.


