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modelo 347

Nuevo medicamento: Fiscalrespir (II)

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pastilla

En referencia a ese placentero elixir con forma de Real Decreto cuya ingestión supone dejar de pensar en futuras y fastidiosas obligaciones de información tengo que deciros, en clave de humor (como siempre) lo que sigue.

Tiene efectos secundarios, como todo medicamento. El proyecto de norma, cual prospecto, pudiera decir que su absorción por la empresa, si bien elimina ciertas impurezas que favorecen el reposo, puede provocar mareos, náuseas, sarpullidos, etc. por tanto, si la empresa presenta cualquiera de esos síntomas, llame a su asesor de inmediato.

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Nuevo medicamento: Fiscalrespir (I)

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destino

Remo nos informaba en un reciente post de la posible prórroga en la presentación de los libros de facturas por vía telemática para el resto de empresas no incluidas en el registro de devolución mensual. Pues bien, parece que esa posibilidad va tomando cuerpo y su resultado se traduce de momento, en un proyecto de Real Decreto que incluye otras medidas.

El proyecto de Real Decreto modifica determinadas obligaciones tributarias formales y procedimientos de aplicación de tributos, además de adaptar la normativa estatal a algunas de las disposiciones comunitarias. La verdad es que la regulación es de lo más variopinta, al estilo de una Ley de acompañamiento de los presupuestos. En primer lugar os informaré de las medidas previstas, para en un post post-erior ir detallando su contenido.

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Modelo 347: cantidades percibidas en metálico el año siguiente

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mundo-magico

Una interesante, a la par que extensa, resolución de la Dirección General de Tributos informa de las consecuencias que tiene (respecto al modelo 347) cobrar 6.000,00€ en efectivo el año siguiente a la emisión de la factura de venta, además de concretar qué se entiende por efectivo, entre otros pormenores.

Vamos, que si a alguien se le había pasado por la cabeza considerar excluidos de declaración esos cobros por tratarse de operaciones efectuadas en años anteriores, siento mucho decepcionarles. Si no queréis conocer la respuesta a ¿Qué hay que hacer en estos casos? no leáis más.

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Modelo 347: Comprobación y cuadres de importes entre personas relacionadas

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modelo 347 comprobacion
El mes de marzo me molesta profundamente. Es más, me molesta que el resto de empresas con las que me relaciono, no dejen de bombardearme con cartas, mails o llamadas telefónicas comprobando los importes que se declaran en el modelo 347, o confirmando el importe que yo voy a consignar como resumen de mis facturas emitidas o recibidas.

Todos los que tengais relación con los aspectos contables o fiscales de la empresa sabeis perfectamente a qué me refiero. La inmensa mayoría de empresas tienen una manía obsesiva de cuadre de cifras de esta declaración informativa que sacan de quicio al más pintado.

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Las empresas en módulos ¿tienen obligación de presentar el modelo 347?

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modelo 347
Nos preguntaba Manuel hace unos días si las empresas en módulos tienen la obligación de presentar el 347 a partir del próximo mes de marzo. Y dada la importancia del tema, he considerado oportuno contestarle en un post.

La respuesta inicial es que No, pero con muchos matices dado que hay situaciones que pueden hacer que sea que Si. Vayamos por partes para que esto no se parezca a un trabalenguas.

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Nuevo modelo 347: Importantes cambios para este ejercicio

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modelo 347

El día 23 de octubre aparecía publicada en el BOE la Orden del Ministerio de Hacienda 3012/2008 por la que se aprueba el nuevo modelo 347 de Declaración de operaciones con terceras personas. Este modelo recoge importantes novedades que nos repercuten al ejercicio que estamos finalizando, y que la mayoría de empresas siquiera hemos tenido en cuenta.

La primera gran novedad, es la inclusión en dicha declaración de los cobros o pagos realizados en efectivo por importe igual o superior a 6.000 euros. Recordemos que esta obligación que se aprobaba en el RD 1065/2007, que ya nos imponía esta condición. La forma de comunicar los movimientos de efectivo superiores a 6.000 euros se va a realizar en el propio modelo 347.

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