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Se amplía el plazo de prescripción para que Hacienda revise el IVA

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Hasta ahora el plazo que tenía Hacienda para investigar las liquidaciones del IVA era de cuatro años desde la presentación de la liquidación trimestral correspondiente. Ahora, tras una sentencia de Tribunal Supremo, se ampliará este plazo, ya que se tomará como fecha de inicio, para el cómputo de esos cuatro años, la fecha del resumen anual, que se presenta entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente al periodo de devengo.

Esta sentencia, otorga a la Administración de más tiempo para efectuar las investigaciones correpondientes para detectar posibles deficiencias, errores o fraudes en las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido y da un valor liquidatorio a un resumen informativo alegando que esa declaración informativa es una ratificación de las declaraciones trimestrales.

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Historia de una devolución mensual de IVA (IV)

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Ha llegado el momento de la verdad. Ha concluido la inspección; aunque no del todo, pues se ha abierto el plazo de un mes para que el Inspector-Jefe dé el beneplácito definitivo al acta firmada hace pocos días. Os estaréis preguntando qué ha pasado al final. Qué suerte ha corrido ese inacabable y tedioso peregrinaje cuya finalidad no era otra que la obtención de una devolución mensual de IVA de una importante cantidad de dinero.

Era cuestión de tiempo que esa devolución mensual de IVA (cuyos orígenes se remontan a febrero de 2009) acabara como ha acabado. En momento alguno puse en duda el derecho a la devolución de la empresa, aunque sí puse en duda el sistema de devolución legalmente creado al efecto ¿Que cómo ha acabado la Inspección?

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¿Para qué sirve un software de la AEAT que hay que cumplimentar a mano?

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Hasta hoy, he mantenido que la Agencia Tributaria podía hacer gala de tener el mejor sistema de gestión de datos, proporcionar un software muy adecuado para ayudarnos a cumplir puntualmente con todas nuestras obligaciones fiscales y demostrar que al menos en cuestiones tecnológicas, los contribuyentes no podíamos sentir “orgullosos” de dichos avances.

Pero hasta hoy, porque la captura de pantalla que acompaña este post la he sacado del módulo de impresión y validación del modelo 303 que ofrece la Agencia Tributaria. Se desarrolla un software capaz de comprobar si las operaciones matemáticas de nuestra declaración de IVA están correctas, se obliga a todos los contribuyentes que puedan presentar el modelo en papel a utilizar este módulo, para que después de finalizar su validación, se nos recuerde que tenemos que cumplimentar el campo NIF a mano.

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Historia de una devolución mensual de IVA (III)

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No alcanzo a oler el final de la devolución mensual de IVA. Es más, no tiene nada de mensual. Yo creo que debiera haberse llamado: modelo 340 Devolución mensual para pequeñas cantidades de IVA. La cuestión es que la empresa lleva varios meses ingresando el impuesto por el alquiler, sin poder compensar el importe a devolver solicitado por la compra y pendiente de un reintegro a fecha de hoy incierto.

La devolución ya está en fase Inspección. Era de esperar. Una vez más hemos topado con ese fósil administrativo llamado burocracia. En cinco meses, la empresa que solicitó el IVA soportado ha sido víctima de dos inspecciones y es protagonista de un penoso proceso bautizado erróneamente como de devolución mensual.

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Historia de una devolución mensual de IVA (II)

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Vamos por la segunda parte de la historia: el cuerpo del relato. Como os comenté en el anterior post, procedí a la presentación tanto del modelo 303 solicitando la devolución del IVA como del modelo 340 con el desglose de facturas y demás información requerida.

Unos días más tarde, y de acuerdo con las indicaciones que la propia AEAT exhibía en su página WEB (una vez realizada la presentación del modelo 340) procedí a comprobar si existía algún error que solventar respecto a la citada declaración de información.

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Modelo 303: El formulario de declaración de la AEAT está incompleto

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Hace unos días os comentaba la inclusión en la plataforma web de Hacienda el nuevo formulario del modelo 303. Esta aplicación valida los datos a incluir en la declaración trimestral de IVA como paso previo a obtener el modelo 303 en papel sin la necesidad de contar con firma electrónica.

Hoy me he dispuesto a realizar una serie de experimentos con esta plataforma y la verdad que tiene bastantes deficiencias. Veamos todas las que he podido detectar, aparte que sólo funciona con Internet Explorer. Para ver la deficiencias, vamos a realizar el procedimiento de obtención de la declaración de IVA paso a paso.

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Modelo 303: nuevo formulario de declaración para personas físicas

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Se acerca el cierre del primer trimestre, y todas las empresas que realizan la declaración de IVA trimestral presentarán por primera vez el modelo 303. Recordemos que este nuevo modelo, sustituye a los anteriores modelos del régimen general del IVA, como son los modelos 300, 320, 330 y 332.

Con el objetivo de facilitar su confección y eliminar los errores que se puedan cometer, la AEAT ha diseñado un formulario de declaración. Esta es una herramienta destinada a facilita la confección y presentación correcta del modelo 303 para las personas físicas y profesionales que tengan que cumplir con esta obligación tributaria.

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Disponible el nuevo modelo 303 en la web de Hacienda

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modelo 303
Ya se encuentra a nuestra disposición el impreso del nuevo modelo 303 así como su habilitación para la presentación telemática. Recordemos que éste es el modelo sustituto de todas las declaraciones anteriores de IVA, tanto trimestrales como mensuales.

A partir de este mes de febrero para aquellas empresas que tengan la obligación mensual de presentar las declaraciones, como el resto de sujetos pasivos del IVA utilizarán este modelo en lugar del 300,320 o 330.

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Modelo 303: nuevo modelo de declaración de IVA para todos

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Todas las modificaciones normativas que se han llevado a cabo en estas dos semanas, han traído el modelo 303, nueva declaración de IVA para todos los obligados a este impuesto.

Esta nueva declaración persigue homogeneizar el maremagnum de modelos existentes en la actualidad, dado que desaparecen los actuales modelos 300, 320, 322 y 330. Todos estos modelos se verán sustituidos desde hoy por el nuevo modelo 303.

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