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        <title>Magazine - memoria</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 06:35:30 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Luchar contra la melancolía navideña en el trabajo ]]></title>
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                <pubDate>Thu, 14 Dec 2017 10:00:49 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/fdea85/christmas-3000016_640/1024_2000.jpg" alt="Luchar&#x20;contra&#x20;la&#x20;melancol&#x00ED;a&#x20;navide&#x00F1;a&#x20;en&#x20;el&#x20;trabajo&#x20;">
    </p>
    <p>"No puedes evitar que los pájaros de la tristeza vuelen sobre ti, pero debes evitar que aniden en tu cabello" Proverbio chino. Otra vez están aquí. <strong>Otra vez llegan las comidas de empresa, las mismas frases hechas y un ritual que queramos o no se aproxima a pasos agigantados</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Los escenarios son muchos, pero nos quedaremos con el balance de nuestro año laboral. ¿Tienes superado que te despidieron después de quince años en plantilla? Sí, justo por estas fechas. Adelante, es hora de dejar el pasado atrás.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Según indican los neurocientíficos, <strong>la memoria no es siempre un reflejo fiel de la realidad,</strong> sino una interpretación creativa de nuestra mente. Eso no quiere decir que asociar la navidad con aquel despedido o el mal ambiente con los compañeros fuera falso.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Pero entender esta licencia que se toma el cerebro es básico para no dejarnos arrastrar por la rabia, la tristeza o el sentimiento de culpa.</p>

<p>Siempre habrá algún 'alma caritativa' que al verte en un nuevo puesto ¿peor o mejor? recuerde que fuisteis compañeros. </p>

<p><strong>Versiones diferentes</strong></p>

<p>Tal vez te sorprendas con su versión de los hechos y es que no siempre recordamos de la misma forma. Porque cada recuerdo se recrea una y otra vez en nuestra mente mientras se revive. Así que el contexto actual emocional influye en qué experiencias del pasado salen a la superficie y cómo las rememoramos.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">Eureka, por fin has adivinado la razón de que ese compañero tenga una visión muy diferente de cómo eran las cosas hace un año.</div></div></div><p><strong>Alejar la tristeza</strong></p>

<p>Así que ha llegado el momento de volvernos inmunes a las luces de color y a los villancicos. Esa navidad no es ésta. La memoria tiende a revivir otros momentos tristes almacenados en un mismo cajón del cerebro.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>¿Éramos felices en aquel trabajo? ¿Quizás no tanto? Mantén la nostalgia bajo control y trata de recordar tanto lo bueno como lo malo, porque sólo así alcanzarás el equilibrio y la recuperación llegará antes.
.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Echa un vistazo a tu alrededor, quizás te estés perdiendo algo positivo que hay a tu alrededor: ¿un nuevo compañero que siempre te echa un cable? ¿menos estrés?</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos|<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/acabada-la-crisis-vuelven-las-cestas-por-navidad">Acabada la crisis, ¿vuelven las cestas por Navidad?</a></p>

<p>Imagen|<a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/navidad-feliz-navidad-feliz-fijo-3000016/">PIRO4D</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Nuevo contenido de la memoria para la pyme con la modificación en el PGC]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/nuevo-contenido-en-la-memoria-para-pymes</link>
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                <pubDate>Mon, 27 Mar 2017 07:01:37 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1b57af/tax-468440_640-1-/1024_2000.jpg" alt="Nuevo&#x20;contenido&#x20;de&#x20;la&#x20;memoria&#x20;para&#x20;la&#x20;pyme&#x20;con&#x20;la&#x20;modificaci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;el&#x20;PGC">
    </p>
    <p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-11954">Real Decreto 602/2016</a>, de 2 de diciembre, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad ha introducido <strong>novedades en la contabilidad que tienen que llevar a cabo las pymes</strong>. En este artículo nos centraremos en un aspecto muy importante como es el de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-la-memoria">memoria</a>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La memoria es un documento donde se detallan los logros y hechos relevantes para los accionistas e inversores de una empresa, y sirve para explicar el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-el-balance">contenido del Balance</a> y la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/en-que-consisten-las-cuentas-anuales-la-cuenta-de-perdidas-y-ganancias">Cuenta de Pérdidas y Ganancias</a>. Dada la complejidad actual de las operaciones comerciales, <strong>la memoria se ha convertido en un de los documentos más importantes para conocer los estados financieros de una empresa</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>En general, las normas que regulan el contenido de la Memoria en las empresas se encuentran en los artículos 259, 260 y 261 de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2010-10544">Ley de Sociedades de Capital</a>. Sin embargo, según el Real Decreto 602/2016, pueden aplicar el Plan General Contable para pymes aquellas sociedades que reúnan los siguientes requisitos:</p>
<!-- BREAK 3 -->
<ul>
<li>El <strong>total de partidas de activo</strong> no puede superar los cuatro millones de euros.</li>
<li>El <strong>importe neto de su cifra de negocios</strong> no puede superar los ocho millones de euros.</li>
<li>El <strong>número medio de trabajadores</strong> durante el ejercicio no debe ser superior a 50.</li>
</ul>

<h2>El contenido de la memoria</h2>

<p>Con la entrada en vigor de la nueva regulación sobre el Plan General Contable para pymes, la memoria se ha quedado reducida a los siguientes diez puntos:</p>
<!-- BREAK 4 -->
<ol>
<li><strong>Objeto social de la empresa y la actividad o actividades a que se dedique</strong>, con su correspondiente identificación en el Registro Mercantil.</li>
<li><strong>Las bases de presentación de las cuentas anuales</strong>, entre las que se incluyen la imagen fiel, principios contables no aplicados, etc.  </li>
<li><strong>Criterios contables y normas de registro y valoración</strong> utilizados en determinadas partidas, como el inmovilizado intangible o las existencias.</li>
<li><strong>Análisis del movimiento del inmovilizado material</strong>, intangible e inversiones inmobiliarias.</li>
<li><strong>Activos financieros</strong>.</li>
<li><strong>Pasivos financieros</strong>.</li>
<li><strong>Fondos propios</strong>.</li>
<li><strong>Situación fiscal</strong>, donde se informará del gasto del impuesto de beneficios, corriente y cualquier otra información que venga exigida por la norma tributaria.</li>
<li><strong>Operaciones con partes vinculadas</strong>.</li>
<li><strong>Otra información</strong>. En este epígrafe se especificarán, entre otras muchas cosas, el número de personas medias empleadas durante el ejercicio y cualquier otra información que a juicio de las personas responsables de elaborar la memoria resulte relevante para mostrar la imagen fiel y la situación financiera de la compañía, así como cualquier otra información que la empresa considere que puede ser interesante.</li>
</ol>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-la-memoria">¿Qué son las cuentas anuales? La Memoria</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/impuesto-formularios-ingresos-468440/">stevepb</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Cómo se determina el precio de mercado en operaciones vinculadas?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/como-se-determina-el-precio-de-mercado-en-operaciones-vinculadas</link>
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                <pubDate>Tue, 29 May 2012 10:00:03 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/117b8e/acuerdo/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;C&#x00F3;mo&#x20;se&#x20;determina&#x20;el&#x20;precio&#x20;de&#x20;mercado&#x20;en&#x20;operaciones&#x20;vinculadas&#x3F;">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>Hemos comentado repetidamente que las operaciones vinculadas se valoran por su <strong>valor normal de mercado</strong>, tal como se recoge en el artículo 16 de la <span class="caps">TRLIS</span> pero, ¿cómo se determina ese valor?. Dado que el peso de la prueba recae sobre el contribuyente, conviene tener a mano los criterios a los que podemos acudir para justificarlo. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La <strong>incorrecta valoración de las operaciones</strong>, en caso de inspección, podría resultar bastante gravoso para las empresas afectadas. Si de ella se derivara una mayor base imponible, aparte de abonar la diferencia de impuesto que nos hubiera correspondido pagar y los intereses de demora aplicables lo más probable es que nos cayera una multa. La falta de ingreso a favor de la Administración se califica de fraude fiscal y siempre es sancionable.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p></p>
<!--more--><p></p>

<p>Existen cinco métodos para determinar el valor de mercado. Explicaremos los tres más utilizados para no entrar en detalles de mayor complejidad.</p>
<ul>
   <li>
   <p>El primer método es del <strong>precio libre comparable </strong>o método <span class="caps">CUP</span>. Consiste en comparar el precio del bien o servicio prestado  entre entidades vinculadas con que que tendría si fuera prestado por entidades independientes.</p>
<!-- BREAK 3 -->
  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>El segundo método es el del <strong>coste incrementado</strong>. Consiste en añadir al valor de adquisición un un producto o al coste de producción del bien o servicio el margen normal que tendría una operación similar realizada por personas independientes.</p>
<!-- BREAK 4 -->
  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>El tercero de los métodos es el del <strong>precio de reventa</strong>, que consiste en la operación contraria a la anterior. Al precio de venta de un bien o servicio se le resta el margen que aplica el que revende en operaciones similares realizadas con entidades independientes.</p>
<!-- BREAK 5 -->
  </li>
 </ul>
<p>El razonamiento utilizado para determinar el valor normal de mercado<strong> se especificará en la Memoria </strong>de las Cuentas Anuales. </p>

<p>Los contribuyentes podrán solicitar que <strong>la administración determine el valor normal </strong>de las operaciones previamente a su realización. El interesado adjuntará una propuesta de valoración identificando las partes y la naturaleza de la transacción. Si estuvieran involucradas entidades de distinta nacionalidad, las administraciones podrían llegar a un acuerdo. De este modo se eliminan los riesgos de inspección tributaria. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>El acuerdo se pondrá de manifiesto al contribuyente para su aceptación y tendrá una vigencia de tres años. <strong>Es vinculante para la Administración</strong>.</p>

<p>En Pymes y Autonomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-ocurre-con-las-operaciones-vinculadas-mal-valoradas">¿Qué ocurre con las operaciones vinculadas mal valoradas?</a><br />
Imagen | <a href ="http://www.flickr.com/photos/universidadcatolica/5286497374/sizes/z/in/photostream/">Pontificia Universidad Católica de Chile</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Qué son las cuentas anuales? La Memoria]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-la-memoria</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-la-memoria</guid>
                <pubDate>Mon, 28 May 2012 11:00:48 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9ca3d7/deposito-cuentas-captura-memoria-1/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Qu&#x00E9;&#x20;son&#x20;las&#x20;cuentas&#x20;anuales&#x3F;&#x20;La&#x20;Memoria">
    </p>
    <p><strong>La Memoria es la última parte de las cuentas anuales</strong>. Su finalidad es la de complementar, ampliar y explicar el contenido del Balance y la Cuenta de Pérdidas y Ganancias. Pero puede contener también otra información no incluida en los apartados anteriores. La Memoria no tiene una estructura fija, pero sí hay unos contenidos mínimos que debe desarrollar de manera que los datos numéricos  se vean apoyados por comentarios explicativos a modo de complemento. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Existen <strong>dos modelos de Memoria: en normal y el abreviado</strong>. Este último pueden presentarlo las PYMES siempre que cumplan al menos dos de las siguientes condiciones durante dos años consecutivos. Que el total de las partidas de activo no supere los. 2.373.997,81 euros; que el importe neto de la cifra anual de negocios sea inferior a 4.747.995,62 euros; que el número medio de trabajadores empleados en el ejercicio no sea superior a 50.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La <strong>información mínima que debe contener la Memoria</strong> puede resumirse en los siguientes apartados:</p>

<ol>
<li><p><strong>Actividad de la empresa</strong>. En primer lugar hay que prodecer a la identificación de la empresa, objeto social y domicilio. </p>
</li>
<li><p><strong>Bases de presentación de las cuentas anuales</strong>. Se incluirán aquí los principios contables aplicados así como los motivos que hubieran causado la falta de aplicación de los mismos. Se recogerá una comparación de la información recogida con la perteneciente al ejercicio anterior. </p>
</li>
<li><p><strong>Distribución de resultados</strong>. Información relativa a la propuesta de distribución de beneficios y al posible reparto de dividendos a cuenta. Se incorporará el estado contable que muestre la disponibilidad de liquidez suficiente para el reparto. </p>
</li>
<li><p><strong>Normas de valoración</strong>.  Este punto incluirá los criterios de valoración aplicados en las distintas partidas y los métodos de cálculo de las correcciones de valor. Para los elementos contenidos en las cuentas expresados en moneda distinto al euro, se indicará el procedimiento empleado para calcular el tipo de cambio a euros.</p>
</li>
</ol>

<p>Concretamente se dará cuenta de los métodos de amortización del inmovilizado, material e inmaterial; de los costes de modernización y mejoras y de cualquier aspecto relevante que pueda afectarle. Se precisarán los criterios de contabilización de los contratos de arrendamiento financiero. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Se incluirán los créditos comerciales, distinguiendo a corto y a largo plazo, reflejando la imputación a resultados de los intereses diferidos. Anotaremos las líneas de descuento y pólizas de crédito, indicando la parte dispuesta al cierre del ejercicio. Se informará también de los impagos producidos. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En cuanto a las existencias, re recogerá también el método de valoración. </p>

<p>Se anotarán ingresos y gastos desglosándolos según su naturaleza.</p>

<p>Se informará de las subvenciones obtenidas y de su criterio de imputación a resultados.</p>

<p>Se aclararán las dotaciones para provisiones, especialmente las destinadas a la cobertura de pensiones y similalres. </p>

<p>Se incluirá el criterio de contabilización del impuesto sobre beneficios. </p>

<ol>
<li><p><strong>Activo inmovilizado</strong>. Se analizarán los movimientos de las partidas del resto de inmovilizado indicando el saldo inicial, las entradas y salidas y el saldo final. </p>
</li>
<li><p><strong>Capital social</strong>. Si existen varias clases de acciones, se indicará el número y valor nominal de cada una de ellas. </p>
</li>
<li><p><strong>Deudas</strong>. Importe de las deudas de duración residual superior a cinco años así como de las que  tengan garantía real, indicando su forma y naturaleza.</p>
</li>
<li><p><strong>Empresas de grupo y asociadas</strong>. Se identificará el nombre y domicilio de las empresas en las que la sociedad posea, directa o indirectamente, como mínimo el 3% del capital y cotizan el bolsa y el 20% para el resto. Se anotará el importe del capital, reservas y resultado del último ejercicio de aquéllas. </p>
</li>
<li><p><strong>Gastos</strong>. Se desglosarán las cargas sociales y las aportaciones para pensiones. Se recogerán los créditos incobrables y las provisiones para insolvencias. </p>
</li>
<li><p>En cuanto a la <strong>situación fiscal</strong>, se informará de la antigüedad de los créditos por bases imponibles negativas y su plazo previsto de aplicación. </p>
</li>
</ol>

<p>11.Se informará de las <strong>operaciones vinculadas </strong>identificando las partes, la naturaleza de la operación y su valoración. </p>

<ol>
<li><strong>Plazos de pago a proveedores</strong>. Se anotarán el importe de los pagos a proveedores que haya cumplido los plazos fijados en la ley y el que los haya excedido. </li>
</ol>

<p>Existen cierto estados contables que no se recogen como una cuenta anual separada, pero si deben reflejarse en uno de los puntos de la Memoria. Aparecerán aquí los <strong>estados contables que no coinciden con los fiscales </strong>debido a las diferencias temporales y permanentes.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Como información adicional no recogida en los puntos anteriores, se informará del <strong>número medio de personas asalariadas </strong>en el ejercicio. Se dará también detalle de la naturaleza y propósito de los negocios de la empresa no recogidos en el balance que puedan ser relevantes para la situación financiera presente o futura. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Deberá indicarse cualquier otra información no incluida en el modelo de la memoria que sea necesaria para permitir el conocimiento de la situación y actividad de la empresa en el ejercicio, facilitando la comprensión de las cuentas anuales de manera que reflejen la <strong>imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa</strong>.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-son-las-cuentas-anuales-el-estado-de-flujos-de-efectivo">¿Qué son las cuentas anuales? El estado de flujos de efectivo</a>
Imagen | </p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Las cuentas son válidas si lo que se discute son cuestiones extracontables]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/las-cuentas-son-validas-si-lo-que-se-discute-son-cuestiones-extracontables</link>
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                <pubDate>Wed, 30 Nov 2011 10:10:13 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/95bcb0/cuentas/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;cuentas&#x20;son&#x20;v&#x00E1;lidas&#x20;si&#x20;lo&#x20;que&#x20;se&#x20;discute&#x20;son&#x20;cuestiones&#x20;extracontables">
    </p>
    <p>Una reciente sentencia del Tribunal Supremo establece que, aun habiendo alguna discrepancia, <strong>las cuentas anuales son válidas si lo que se discute son cuestiones extracontables</strong>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Si la discusión se refiere a la memoria o cualquier otro aspecto<strong> que no afecte al resultado</strong> de la actividad, no cabe la nulidad de dichas cuentas.</p>
<!--more--><p>En el caso al que se refiere este fallo, la inexactitud en la redacción de las cuenta anuales de la sociedad en cuestión no es óbice para la anulación de las mismas, teniendo en cuenta que esa inexactitud <strong>no afecta a los resultados contables</strong> reflejados en las mismas.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Según el ponente de la sentencia, en estas circunstancias "la nulidad de los acuerdos con los que se aprobaron las cuentas de un ejercicio no puede paralizar la actividad de la sociedad ni exime a los administradores de formular las cuentas de los siguientes ejercicios".</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Estas discrepancias no están fundamentadas en la gestión de los administradores societarios sino en inexactitudes<strong> en la redacción de las propias cuentas</strong>, por lo que no cabe su nulidad.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Entiende el ponente que esta situación podría ser muy perjudicial para la empresa ya que la anulación de las cuentas <strong>impedría la formulación de las de ejercicios posteriores</strong>, no habiendo motivos para ello de naturaleza contable. Eso sí, habrá obligación de reflejar en las mismas el hecho de que hay un litigio pendiente.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/3566876/11/11/Las-cuentas-son-validas-si-se-rebaten-temas-no-contables-.html">El Economista</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/deposito-de-cuentas-anuales-novedades-para-2010">Depósito de cuentas anuales: novedades para 2010</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/tutxa/4720172571/"> sabanna</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Depósito de cuentas 2008: confección de memoria y resto de apartados]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deposito-de-cuentas-2008-confeccion-de-memoria-y-resto-de-apartados</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deposito-de-cuentas-2008-confeccion-de-memoria-y-resto-de-apartados</guid>
                <pubDate>Wed, 15 Jul 2009 16:39:25 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/11e842/deposito-cuentas-captura-memoria/1024_2000.jpg" alt="Dep&#x00F3;sito&#x20;de&#x20;cuentas&#x20;2008&#x3A;&#x20;confecci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;memoria&#x20;y&#x20;resto&#x20;de&#x20;apartados">
    </p>
    <p>Continuando con la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deposito-de-cuentas-2008-descarga-del-software-y-confeccion">presentación telemática de las cuentas anuales</a>, el siguiente paso sería la <strong>confección de la memoria</strong>. El software de este ejercicio, tiene la memoria incorporada dentro del programa y genera los apartados estándar para cada tipo de memoria.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Para la memoria abreviada, más usual en las pymes, <strong>se presentan 14 apartados </strong>que coinciden con los definidos por el nuevo plan general de contabilidad. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Dentro de cada apartado, encontramos una página para texto libre y otra en donde encontramos los cuadros normalizados para la introducción numérica de los datos de cada uno de ellos. Véase la imagen que ilustra el post para hacernos una idea.</p>
<!-- BREAK 3 --><!--more--><p>Estos cuadros facilitan enormemente la confección de la memoria desde luego, aunque <strong>echo en falta el traslado de datos</strong> desde balance a estos cuadros en todos los casos que se puede llevar a cabo esta operación.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Por último nos encontramos con los apartados para la autocartera en donde colocaremos que no hemos realizado operaciones con ella o cumplimentaríamos los movimientos realizados, cumplimentamos la instancia de presentación y los datos de la certificación de la huella digital.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>El software <strong>realiza una comprobación previa </strong>de los balances, la cuenta de pérdidas y ganancias, el ECPN y memoria. Esta comprobación se hace como paso previo a la generación del depósito telemático y codificación del fichero de presentación.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En el siguiente post veremos cómo se genera el fichero de presentación del depósito de cuentas y se adjunta la certificación del administrador de las cuentas anuales</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/deposito+cuentas">Depósito de cuentas 2008</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Depósito de cuentas 2008: descarga del software y confección de cuentas anuales]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deposito-de-cuentas-2008-descarga-del-software-y-confeccion</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deposito-de-cuentas-2008-descarga-del-software-y-confeccion</guid>
                <pubDate>Wed, 15 Jul 2009 16:18:20 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/2a0322/software-deposito-cuentas-digital/1024_2000.jpg" alt="Dep&#x00F3;sito&#x20;de&#x20;cuentas&#x20;2008&#x3A;&#x20;descarga&#x20;del&#x20;software&#x20;y&#x20;confecci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;cuentas&#x20;anuales">
    </p>
    <p>Este año vamos con retraso por todos los frentes posibles. Si tenemos poco tiempo para sociedades, <strong>el depósito de cuentas no se queda atrás</strong>. El Registro Mercantil Central ha proporcionado el software para la confección del depósito de cuentas digital hace un par de días.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Después de la respectiva pataleta, vamos a meternos en materia con las obligaciones que tenemos que llevar a cabo con el Registro Mercantil. El mecanismo ideal a seguir es la <strong>presentación telemática de las cuentas anuales</strong>, punto que no es tan complejo como puede parecer a priori. Vamos paso a paso con el procedimiento.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>El primer punto tenemos que llevar a cabo es la <strong>descarga del programa </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.registradores.org/registroVirtual/descargas.do">Depósito Digital de Cuentas v2.13</a>. Este software corre sólo bajo Windows y es imprecindible que tengamos instalado previamente <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.microsoft.com/downloads/thankyou.aspx?familyId=79bc3b77-e02c-4ad3-aacf-a7633f706ba5&displayLang=es">Microsoft.net Framework 2.0</a>. Os recomiendo que instaléis previamente este software si no lo teneis ya.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Una vez instalado, procedemos a dar de alta el depósito que vayamos a crear, lo nombramos con ocho letras máximo, seleccionamos el tipo de cuentas a depostar, bien normales, abreviadas o pymes y entramos a los distintos formularios de cada página.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La estructura del balance, cuenta de pérdidas y ganancias y estado de cambios en el patrimonio neto viene comparada con el ejercicio anterior. Recordemos que para las cuentas del ejercicio 2008, no es obligatoria la comparación de las cuentas con el ejercicio 2007, por lo que esos datos los cumplimentaremos si queremos. Si no vamos a llevar a cabo su comparación, dejaremos en blanco los datos de fechas referidos al ejercicio anterior en la primera página del depósito.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset-image article-asset-small article-asset-center">
 <div class="asset-content">
                   <img class="centro_sinmarco" height=220 width=500 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/450_1000.jpg 450w, https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/650_1200.jpg 681w,https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/1024_2000.jpg 1024w, https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/1366_2000.jpg 1366w" src="https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/450_1000.jpg" alt="deposito cuentas cpatura 2">
   <img alt="deposito cuentas cpatura 2" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/38961b/deposito-cuentas-captura-2/450_1000.jpg">
   
      </div>
</div>
<p>Una diferencia importante con otros ejercicios la tenemos en la inclusión de la columna <strong>"Notas de la memoria</strong>". Esta columna se utiliza para referenciar las explicaciones detalladas de cada partida dentro de la memoria que hemos llevado a cabo.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>La confección de la memoria, instancia y certificación de cuentas la dejamos para el siguiente post.</p>

<p>Descarga software | a href="https://www.registradores.org/registroVirtual/descargas.do">Registro Mercantil - Depósito Digital de Cuentas v2.13
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/deposito+cuentas">Depósito de cuentas 2008</a></p>
<!-- BREAK 7 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Partidas/operaciones del NPGC (VI): Inmovilizado intangible]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-vi-inmovilizado-intangible</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-vi-inmovilizado-intangible</guid>
                <pubDate>Sat, 29 Mar 2008 17:25:35 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/80bf71/informatica/1024_2000.jpg" alt="Partidas&#x2F;operaciones&#x20;del&#x20;NPGC&#x20;&#x28;VI&#x29;&#x3A;&#x20;Inmovilizado&#x20;intangible">
    </p>
    <p>¿Realmente era necesario el cambio de denominación de inmaterial a intangible?  En fin, desaparece el fondo de comercio lo cual ya ha sido tenido en cuenta a la hora de preparar el balance de inicio de 2008. Las <strong>NRV </strong>relativas al inmovilizado material expuestas en <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/26-partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material">Partidas/operaciones del NPGC (V): Inmovilizado material</a> también son aplicables a los elementos del inmovilizado intangible con excepción de lo dispuesto en las NRV particulares sobre el inmovilizado intangible (apartado 3.3.4).</p>
<!-- BREAK 1 -->
<ul>
<li><strong>Definición.</strong> Son aquellos elementos patrimoniales intangibles constituidos por derechos susceptibles de valoración económica, así como los anticipos entregados a cuenta por este tipo de inmovilizados. Además, dentro de lo que establece el Marco Conceptual de la Contabilidad, serán incluidos derechos comerciales, propiedad intelectual o licencias.</li>
</ul>
<!--more--><ul>
<li><p><strong>Valoración inicial.</strong> Para ser reconocido como un inmovilizado intangible, un elemento debe cumplir la definición de activo y los criterios de registro o reconocimiento contable contenidos en el Marco Conceptual de la Contabilidad y cumpla el criterio de identificabilidad (separable y surja de derechos legales o contractuales).</p>
</li>
<li><p><strong>Valoración posterior. </strong>Deberá determinarse si la vida útil del inmovilizado intangible es definida o indefinida. En este sentido es preciso considerar, entre otros, la utilización esperada por parte de la empresa, los ciclos típicos del producto, la incidencia de la obsolescencia o la estabilidad de la industria. <strong>No se amortizarán los inmovilizados intangibles con vida útil indefinida.</strong></p>
</li>
<li><p><strong>Memoria (nota 7). </strong>En la nota 7 sobre el inmovilizado intangible, se describen los movimientos de cada partida y otras informaciones de forma similar a lo expuesto en la nota 5 de la memoria que versa sobre el inmovilizado material.</p>
</li>
</ul>

<p>Imagen |  <a href="hhttp://centros2.pntic.mec.es/cp.margarita.xirgu/programas.html">mec</a>
En pymesyautonomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/17-partidasoperaciones-del-npgc-ii-existencias">II. Existencias </a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/18-partidasoperaciones-del-npgc-iii-moneda-extranjera">III. Moneda extranjera </a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/24-partidasoperaciones-del-npgc-iv-iva-e-igic">IV. IVA e IGIC</a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/26-partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material">V.Inmovilizado material</a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/05-partidasoperaciones-del-npgc-vii-ancmv-y-gemv">VII. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta </a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/11-partidasoperaciones-del-npgc-viii-arrendamientos-y-otras-operaciones-de-naturaleza-similar">VIII. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar</a></p>
<!-- BREAK 2 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Partidas/operaciones del NPGC (V): Inmovilizado material]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material</guid>
                <pubDate>Wed, 26 Mar 2008 06:10:36 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/aab406/maquinaria22/1024_2000.jpg" alt="Partidas&#x2F;operaciones&#x20;del&#x20;NPGC&#x20;&#x28;V&#x29;&#x3A;&#x20;Inmovilizado&#x20;material">
    </p>
    <p>De entrada lo más obvio es la renumeración del subgrupo del Inmovilizado material que pasa del 22 al 21 debido a la desaparición de los gastos de establecimiento. Pero hay muchas más novedades, entre las cuales destacamos variaciones en los gastos financieros a imputar y el deterioro de valor conjunto para las llamadas UGE.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<ul>
<li><p><strong>Definición. </strong>Elementos patrimoniales tangibles representados por bienes, muebles o inmuebles con excepción de los citados en otros grupos como es el caso del subgrupo 22. <em>Inversiones inmobiliarias</em>.</p>
</li>
<li><p><strong>Valoración inicial.</strong> Se valorarán por su COSTE, ya sea el precio de adquisición o el coste de producción.</p>
</li>
</ul>

<p>El <strong>precio de adquisición</strong> incluye el importe facturado por el vendedor después de deducir cualquier descuento o rebaja en el precio y todos los gastos adicionales directamente relacionados hasta que se produce su puesta en condiciones de funcionamiento. El antiguo PGC permitía la inclusión de los gastos financieros en el precio de adquisición o coste de producción si se habían devengado antes de que el elemento estuviera en condiciones de funcionamiento. En cambio el NPGC contempla su inclusión si se han devengado y <strong>el período hasta que el elemento esté en condiciones de funcionamientos es superior a un año</strong>. Es decir, si es inferior a un año no se podrán incluir.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>El <strong>coste de producción</strong> incluirá el precio de adquisición de materias primas y otras materias consumibles, costes directamente imputables y la parte que razonablemente corresponda de los costes indirectamente imputables.</p>
<!-- BREAK 3 --><!--more--><ul>
<li><strong>Valoración posterior.</strong> Posteriormente a su entrada en el patrimonio empresarial, los elementos del inmovilizado material se valorarán por su <strong>valor contable o en libros</strong> el cual se obtiene restándole al valor inicial la amortización acumulada y las correcciones por deterioro de valor. Los criterios de amortización pueden ser el lineal, números dígitos y por último, el del tanto fijo sobre una base amortizable decreciente. El deterioro de valor se producirá cuando el valor contable es menor que el importe recuperable. El cálculo puede hacerse de forma individual o <strong>de forma conjunta </strong>en lo que se denomina <strong>Unidad Generadora de Efectivo (UGE)</strong>.</li>
</ul>

<blockquote>El <strong>importe recuperable</strong> será el mayor importe entre el valor en uso y su valor razonable menos los costes de venta estimados.</blockquote>

<blockquote>Una <strong>UGE </strong>será el grupo identificable más pequeño de activo que genere flujos de efectivo individuales independientes de los generados por otros activos o grupos de activos.</blockquote>

<ul>
<li><p><strong>Baja.</strong> La diferencia entre el importe que se obtenga de un inmovilizado material menos los gastos de la operación y su valor contable determinarán el beneficio o pérdida a llevar a la cuenta de PyG</p>
</li>
<li><p><strong>Memoria (notas 4, 5 y 6).</strong> En la <strong>nota 4</strong> se detallarán los criterios de: registro y valoración del inmovilizado intangible y material, calificación de terrenos, construcciones, inversiones inmobiliarias y permutas. En la <strong>nota 5</strong> sobre el inmovilizado material se detallará el movimiento de cada partida del balance y de sus correspondientes amortizaciones acumuladas y correcciones de valor por deterioro de valor. También se informará de múltiples costes y partidas, desde los estimados de desmantelamiento hasta el resultado del ejercicio derivado de la enajenación del inmovilizado material pasando por el importe de gastos financieros capitalizados, compromisos firmes de compra o subvenciones recibidas relacionadas con el inmovilizado material. En la <strong>nota 6</strong> se describirán los inmuebles clasificados como inversiones inmobiliarias.</p>
</li>
</ul>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.c-recomsa.com/maquinaria.html">c-recomsa</a>
En pymesyautonomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/17-partidasoperaciones-del-npgc-ii-existencias">II. Existencias </a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/18-partidasoperaciones-del-npgc-iii-moneda-extranjera">III. Moneda extranjera </a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/24-partidasoperaciones-del-npgc-iv-iva-e-igic">IV. IVA e IGIC</a><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/26-partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material" /> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/29-partidasoperaciones-del-npgc-vi-inmovilizado-intangible">VI.Inmovilizado intangible</a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/05-partidasoperaciones-del-npgc-vii-ancmv-y-gemv">VII. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta </a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/11-partidasoperaciones-del-npgc-viii-arrendamientos-y-otras-operaciones-de-naturaleza-similar">VIII. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar</a></p>
<!-- BREAK 4 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Partidas/operaciones del NPGC (III): Moneda extranjera]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-iii-moneda-extranjera</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/partidasoperaciones-del-npgc-iii-moneda-extranjera</guid>
                <pubDate>Tue, 18 Mar 2008 15:47:05 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/0f44df/divisas_2/1024_2000.jpg" alt="Partidas&#x2F;operaciones&#x20;del&#x20;NPGC&#x20;&#x28;III&#x29;&#x3A;&#x20;Moneda&#x20;extranjera">
    </p>
    <p><strong></p>
<p></strong></p>

<p>Dos diferencias importantes con respecto al antiguo PGC de 1990: las transacciones en <strong>moneda extranjera</strong> (identificada por contraste frente a la de referencia o funcional) y la <strong>conversión de las Cuentas Anuales a la moneda de presentación</strong>. Es decir, antes solo se distinguía entre dos clases de moneda - euro y moneda extranjera-. Ahora se han añadido dos nuevos conceptos de moneda: la<strong> moneda funcional y la de presentación</strong>. La <strong>moneda funcional</strong> es la del entorno principal en el que opera la empresa. Salvo prueba en contra, se entenderá que la moneda funcional de las empresas domiciliadas en España es el euro. Por ejemplo, puede haber empresas domiciliadas en España que, operando principalmente en Inglaterra, tengan como moneda funcional la libra esterlina, y no el euro.</p>
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<ul>
<li><strong>Definición.</strong> Una transacción en moneda extranjera es aquella cuyo importe se denomina o debe ser liquidado en una moneda distinta de la funcional, distinguiéndose dos tipos de elementos patrimoniales en moneda extranjera: <strong>partidas monetarias</strong> (que se vayan a recibir o pagar con una cantidad determinada de unidades monetarias como efectivo, créditos o deudas) y <strong>partidas no monetarias </strong>(que se vayan a recibir o pagar con una cantidad no determinada de unidades monetarias como por ejemplo los inmovilizados materiales, las inversiones inmobiliarias o las existencias). Siguiendo con el ejemplo de la empresa domiciliada en España cuya moneda funcional es la libra esterlina, una transacción en dólares habría que convertirla a la moneda funcional aplicando el tipo de cambio existente en ese momento entre la libra esterlina y el euro.</li>
</ul>
<!--more--><ul>
<li><p><strong>Valoración inicial de las partidas monetarias y las partidas no monetarias</strong>. Toda transacción en moneda extranjera será convertida a moneda funcional, en la fecha en la que se cumplan los requisitos para su reconocimiento, mediante la aplicación del <strong>tipo de cambio al contado</strong> al importe en moneda extranjera. <strong>El tipo de cambio al contado</strong> es el que se utiliza en las transacciones con entrega inmediata. Podrá utilizarse un <strong>tipo de cambio medio del periodo</strong> para aquellas operaciones desarrolladas a lo largo de un intervalo de tiempo que no exceda de un mes.</p>
</li>
<li><p><strong>Valoración posterior de las partidas monetarias. </strong>Al cierre del ejercicio se volverán a valorar las partidas aplicando el tipo de cambio de cierre existente en esa fecha. Las diferencias, positivas o negativas, se <strong>reconocerán en la cuenta de PyG del ejercicio en el que surjan</strong>. Es decir, una diferencia significativa con el antiguo PGC es que con el NPGC <strong>TODAS</strong> las partidas monetarias deben ser “ajustadas” al cierre llevando la diferencia a la cuenta de PyG. El antiguo PGC integraba las diferencias positivas no realizadas en la cuenta 135. <em>Diferencias positivas en moneda extranjera</em>.</p>
</li>
<li><p><strong>Valoración posterior de las partidas no monetarias a coste histórico.</strong> En este tipo de partidas como por ejemplo el inmovilizado el <strong>tipo de cambio de referencia es el histórico o el de la fecha en el que fueron registradas</strong>. Cuando un activo no monetario denominado en su día en moneda extranjera se amortice, las dotaciones se calcularán sobre el importe “histórico” en moneda funcional. Eso sí, <strong>al cierre podrá reconocerse un deterioro de valor si el valor de mercado del inmovilizado en moneda extranjera es inferior a su valor contable o en libros</strong>.</p>
</li>
<li><p><strong>Valoración posterior de las partidas no monetarias valoradas a valor razonable.</strong> En este caso <strong>el tipo de cambio de referencia es el de la fecha de determinación del valor razonable</strong>. Si se trata de Activos Disponibles para la venta (ADV), cualquier diferencia de cambio al cierre será llevada al ECPN mientras que si se trata de Activos Mantenidos para Negociar (AMN) u otros activos financieros a valor razonable (OAVR) serán reconocidos en el resultado del ejercicio.</p>
</li>
</ul>

<blockquote>Si la moneda de presentación de las Cuentas Anuales (en euros) es distinta de la funcional <strong>debido a que se trata de sucursales o negocios conjuntos</strong>, la <strong>conversión </strong>se realizará aplicando los criterios establecidos en las <strong>Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas</strong>. La empresa domiciliada en España cuya moneda funcional es la libra esterlina utilizará el euro como moneda de presentación.</blockquote>

<ul>
<li><strong>Memoria (notas 4 y 11).</strong> En la <strong>nota 4</strong>, punto 9, se informará sobre los criterios de valoración de las transacciones en moneda extranjera, criterios de imputación de diferencias de cambio y criterios de conversión del tipo de cambio. En la <strong>nota 11</strong>, dedicada en exclusiva a la moneda extranjera, la información a incluir serán entre otros, los importes denominados en moneda extranjera (vigentes o realizados) o los cambios en la moneda funcional.</li>
</ul>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/www.eumed.net">eumed</a>
En pymesyautonomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/17-partidasoperaciones-del-npgc-ii-existencias">II. Existencias </a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/24-partidasoperaciones-del-npgc-iv-iva-e-igic">IV. IVA e IGIC</a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/26-partidasoperaciones-del-npgc-v-inmovilizado-material">V.Inmovilizado material</a>  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/03/29-partidasoperaciones-del-npgc-vi-inmovilizado-intangible">VI. Inmovilizado intangible</a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/05-partidasoperaciones-del-npgc-vii-ancmv-y-gemv">VII. Activos no corrientes y grupos enajenables de elementos mantenidos para la venta </a> <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/04/11-partidasoperaciones-del-npgc-viii-arrendamientos-y-otras-operaciones-de-naturaleza-similar">VIII. Arrendamientos y otras operaciones de naturaleza similar</a></p>
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