
El anteproyecto de Ley de Igualdad de Género que está preparando el departamento de la Ministra Pajín contempla una modificación importante en el Estatuto de los Trabajadores al modificar el Art 38.3 para que las vacaciones durante los periodos de baja no se pierdan y se puedan disfrutar a posterior.
Esta modificación equipara las situaciones de incapacidad temporal con las suspensiones de contrato por maternidad o paternidad, de tal manera que si un trabajador que tiene fechadas sus vacaciones durante el mes de agosto, está en baja por IT durante ese periodo, los días no disfrutados por vacaciones serán recuperables incluso al año natural siguiente.



Y con estos incentivos no hay excusa que valga. La pyme que no implante un
¿Cuántos de nosotros hemos realizado preguntas a nuestros candidatos sobre su estado civil, número de hijos, edad… realizando una entrevista de trabajo?. Pues probablemente, todos, absolutamente todos, nos interesamos por datos de carácter personal de los futuros candidatos a formar parte de la plantilla de nuestra empresa.