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Intereses de demora

Los fallos de Hacienda los pagamos entre todos

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Intereses Demora

La presentación telemática de modelos de Hacienda, que casi todos hemos usado alguna vez, tiene un fallo en el diseño que, en algunos casos les obliga a efectuar devoluciones de importes; que pueden llevar aparejados unos intereses de demora que pagamos todos de una u otra forma.

El formulario web comprueba los posibles errores en la declaración cuando le das a “firmar y enviar” pero no cuando vas a solicitar el NRC (abono a través de tu entidad financiera) de tal forma que es posible que no te des cuenta de algún error hasta no haber ordenado ya el pago.

Os cuento un caso que me sucedió muy recientemente, que se resolvió a mi favor y cobré unos intereses de demora que hemos tenido que pagar entre todos.

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Recargos por pagar los autónomos fuera de plazo

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El pago de la Seguridad Social es un pago obligatorio de los que no debemos dejar pasar bajo ningún concepto. Hago especial hincapié en este extremo dado que nos ha llegado una consulta sobre el recargo que tiene no pagar la seguridad social de los autónomos o seguros sociales en plazo y a nivel financiero es una de las peores decisiones que podemos tomar.

Como bien sabemos, mensualmente tenemos que abonar a la TGSS el pago de nuestra seguridad social y la seguridad social de todos los trabajadores que se encuentren en alta durante el mes anterior. Si tenemos domiciliado este pago, se cargará en cuenta el último día del mes y si no lo domiciliamos, podemos pagarlo en cualquier entidad financiera durante el mes en curso. En el caso de que no lo paguemos en plazo, los recargos que nos aplicarán serán los siguientes:

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No me hagáis perder el tiempo: ¡Pagadme!

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En un post anterior informé de la existencia de ciertas cláusulas en los contratos firmados entre empresas independientes en virtud de las cuales la compañía pagadora condicionaba el desembolso del dinero por los servicios o productos adquiridos a la obtención de un certificado emitido por la administración conforme se estaba al corriente de obligaciones, ya fueran tributarias, de seguridad social, etc.

En el citado post informé también que esas peticiones me parecían excesivas si no eran legalmente exigibles (subcontratación, etc.). Pues bien, ahora iré un poco más lejos y os diré que ese tipo de cláusulas pueden llegar a ser incluso nulas de pleno derecho. Por tanto, ¿Podemos exigir el cobro de una factura aunque no dispongamos del certificado que nos exige el pagador?

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