Con la llegada del verano las empresas se ven en la necesidad de planificar los turnos de vacaciones de sus empleados y es que pese a que el propio Estatuto de los Trabajadores nos recuerda en su artículo 38 punto 2 que debe producirse de común acuerdo con el trabajador… no siempre es tan fácil.
Cuadrar los calendarios vacacionales puede ser un foco de conflicto si no se planifica correctamente así que debe ser realizado con bastante antelación y precaución. Hay que evitar que los departamentos se queden demasiado “cojos” y que las vacaciones de los responsables sean un problema para el desempeño habitual del trabajo.
En muchos casos tendremos que hacer auténticas acrobacias y lidiar con contradicciones. Unos querrán Agosto para cuadrar con las vacaciones de sus parejas, otros no lo querrán por ser temporada alta, etc, etc… dejarlo para última hora puede ser una locura pues además tenemos que atender a algunas consideraciones legales.
Antes de confeccionarlo estudiemos los convenios colectivos en los que se encuadran los trabajadores pues podrían darnos ciertas bases para los turnos. Algunos marcan prioridad para los trabajadores con responsabilidades familiares, otros por antigüedad… y otros no marcan ninguna.





