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Deducción del IVA en la importación

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Aduana

Aunque imagino que la gran mayoría de empresas que llevan a cabo importaciones están al corriente del cambio legislativo que supuso la aprobación de la Disposición Final Séptima de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado y la Ley 4/2008 de supresión del impuesto sobre el patrimonio respecto a la deducción del IVA en las importaciones, no está de más recordarlo por su importancia y trascendencia práctica.

Las modificaciones introducidas tenían como finalidad avanzar en el tiempo el derecho a la deducción del IVA soportado en las importaciones. La primera de las modificaciones llevadas a cabo, con efectos de 1 de enero de 2008, pareció dar algún que otro dolor de cabeza porque el cambio deseado no fue lo preciso que debió ser por falta de rigor en cuanto a técnica legislativa se refiere. Esa situación de incertidumbre pareció quedar clara a raíz de una resolución de la propia Dirección General de Tributos V0551-08 que afirmaba:

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