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		<title>Magazine - impagos</title>
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Toda la información para las pymes y los autónomos: fiscalidad, legalidad, administración, recursos humanos. La actualidad analizada y explicada para el autónomo y la pyme		</description>
		<pubDate>2012-02-09 23:09:15</pubDate>

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      <title><![CDATA["Las Administraciones Públicas se han convertido en la principal fuente de destrucción de empleo"]]></title>
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      <pubDate>Thu, 09 Jun 2011 06:00:24 +0000</pubDate>

      <author>Grudiz</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image9816" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/06/cerdito21.png" class="centro_sinmarco" alt="cerdito2" /></p>

	<p>El presidente de la <span class="caps">ATA</span>, Lorenzo Amor, ha sido muy directo en sus declaraciones <a href="http://politica.elpais.com/politica/2011/06/08/actualidad/1307514759_806676.html">al diario &#8220;El País&#8221;</a>. <strong>Las administraciones públicas</strong>, sin distinción de signo político, están contagiando su falta de liquidez a las empresas con las que<strong> acumulan unas deudas cada vez más cuantiosas</strong>.</p>

	<p>No todas las administraciones tienen los mismos problemas de solvencia pero en general la situación es bastante preocupante. Jesús Terciado, presidente de Cepyme, nos da una cifra escalofriante: <strong>desde 2007 han desaparecido el 13% de las pymes</strong> (450.000 empresas) y aproximadamente la mitad por culpa de las <strong>altas tasas de morosidad</strong>.</p>

	<p>¿Y la ley de morosidad? con estas cifras sobran las palabras. Las administraciones de nuestro país tardan el <strong>triple de tiempo que la media europea</strong> en efectuar sus pagos situándose en un plazo aproximado de 5 meses aunque con casos mucho más sangrantes. </p>

	<p>Si entrara en vigor la normativa europea que se estudia aplicar en 2013 supondría que tendríamos que rebajar en 4 meses el periodo de pago a microempresas hasta llegar a uno. ¿Es esto posible visto lo visto o solo se enquistarían las deudas por culpa de las posibles sanciones?<br />
<!--more--></p>

	<p>Los organismos públicos han visto <strong>recortadas sus vías de financiación</strong> y cada vez se habla más de establecer techos de gasto de modo que parece complicado que la situación se pueda solucionar a corto plazo. Mientras dura esta situación muchos empresarios <strong>se ven ahogados</strong> y se arrepienten de haberse convertido en proveedores de ayuntamientos, autonomías y/o estado central. </p>

	<p>&#8220;Nunca se sabe cuándo vas a cobrar pero al final cobras.&#8221; Esta sentencia la he podido escuchar en numerosas ocasiones pero posiblemente muchos piensen que ahora ese &#8220;plazo&#8221; es inaceptable pues cerca del <strong>90% de las pymes han tenido problemas de liquidez</strong> en el primer trimestre de 2011. </p>

	<p>Con la crisis económica un retraso en los cobros pueden ser un gran problema que lastra el crecimiento, <strong>la creación de empleo</strong> y acelera la destrucción de muchas pequeñas empresas. </p>

	<p>Desconozco si las declaraciones de Lorenzo Amor son exageradas (a priori diría que se ha excedido) pero sin duda esconden <strong>parte de una realidad palpable</strong>.</p>

	<p>¿Solución? Cuando el problema <strong>parte del propio sistema</strong> pocas soluciones pueden haber más allá de aumentar las exigencias por vía legal, rezar por una normativa europea que proteja al proveedor y quizás <strong>abrir nuevas líneas <span class="caps">ICO</span> para ayudar a los ayuntamientos</strong> a lograr liquidez. Con el cambio de gobierno en muchos de ellos se puede abrir la caja de pandora. Con las arcas vacías el rango de acción es mínimo y hacen falta soluciones inmediatas o para muchos el pago llegará <strong>demasiado tarde.</strong></p>

	<p>Más información | <a href="http://politica.elpais.com/politica/2011/06/08/actualidad/1307514759_806676.html">El País</a><br />
Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/las-deudas-de-los-ayuntamientos-un-caso-real">Las deudas de los Ayuntamientos. Un caso real</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/impagos-como-cobrar-una-deuda">Impagos: cómo cobrar una deuda</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/bradipo/4333249778/">Bradipo</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Descienden los impagos en marzo, pero también desciende el número de efectos]]></title>
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      <pubDate>Tue, 17 May 2011 15:24:27 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><iframe class="centro_sinmarco" id="efe" src="http://smt-service.info/webtv/iframe.html?fv=tv%3D184%26chnInit%3DiLyROoafYwaS%26videoInit%3DiLyROoafzNc6&w=650&h=374" width="650" height="374" scrolling="no" frameborder="0"></iframe><br />
El Instituto Nacional de Estadística ha publicado los<strong> datos de efecto de comercio impagados durante el mes de marzo</strong> y constata una <strong>caída considerable de los impagos </strong>en efectos comerciales del<strong> 7,4% respecto el mes de marzo de 2010</strong>. Esta caída podría resultar un buen dato a priori pero no lo es tanto cuando comprobamos que el número de efectos en circulación entre ambos meses ha caído también en torno al 5,4%.</p>

	<p>Es decir, tenemos menos impagos en efedctos comerciales y pagos aplazados a la misma vez que <strong>también tenemos menos efectos en circulación</strong>, como síntoma de una menor actividad económica en todos los frentes. Es importante tener en cuenta también, que la mayoría de las empresas están optando por una reducción de los tiempos de crédito acortando los plazos de pago para mejorar su propia tesorería.</p>

	<p>En la mayoría de empresas, el pago aplazado e instrumentado mediante efectos comerciales es la tónica general por lo que estas estadísticas son indicadoras de la capacidad de pago de los clientes. No obstante, se echan en falta <strong>unas distribuciones de impago por sectores</strong>, datos que por desgracia, no proporciona aún el <span class="caps">INE</span>.</p>

	<p>Más Información | <a href="http://www.ine.es/daco/daco42/daco427/ei0311.pdf">INE</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/recursos/mapa-espanol-de-probabilidad-de-impago">Mapa español de probabilidad de impago</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/tratamiento-fiscal-de-los-impagados">Tratamiento fiscal de los impagados</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La hora de deshacerse de un cliente]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/estrategia/la-hora-de-deshacerse-de-un-cliente</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/estrategia/la-hora-de-deshacerse-de-un-cliente</guid>
      <pubDate>Fri, 15 Apr 2011 05:00:33 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image9380" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/04/corte.JPG" class="centro" alt="corte.JPG" /></p>

	<p>A ninguna empresa, y menos en una situación económica como la que estamos viviendo, le sobran los clientes. Sin embargo llegan determinados momentos en los que uno debe plantearse si <strong>hay que deshacerse de un cliente</strong>. En un momento como el actual en el que el problema más habitual al que han de enfrentarse las pymes es el de la morosidad, plantearse el continuar trabajando para un cliente que acumula impagos es cada vez más habitual y llega un punto en el que hay que tomar una decisión.</p>

	<p>¿Hasta que punto merece la pena consumir los recursos de la empresa en servir productos o prestar servicios a álguien que levanta serias dudas sobre la posibilidad de que cumpla con los pagos pasados, presentes o futuros? Es una decisión delicada pero tarde o temprano <strong>debemos ponerle coto</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>A veces se retrasa el momento de deshacerse de este tipo de clientes con el convencimiento de que antes o después podrá ponerse al día y liquidar su deuda con nosotros. Otras veces por temor a que si tomamos esa decisión y dejamos de trabajar con él nunca podremos<strong> recuperar las cantidades que nos adeuda</strong>.</p>

	<p>Sin embargo llega un momento en que no merece la pena alargar esta situación. Primero porque cuanto mayor es la cantidad adeudada mayor es <strong>el impacto negativo</strong> en nuestro negocio, ya no sólo por el gasto que nuestra empresa habrá de soportar por el hecho de servir esa mercancía o prestar ese servicio, sino por el esfuerzo y el tiempo que requiere estar constantemente reclamando las cantidades que nos adeuda. </p>

	<p>Lógicamente debemos analizar la situación, hay muchas personas o empresas que utilizan estos sistemas como<strong> método de autofinanciación</strong> pero que, a largo plazo, acaban cumpliendo, ante esta situación debemos actuar con inteligencia porque es muy posible que podamos reconducir ese escenario sin necesidad de prescindir de ellos.</p>

	<p>Por contra, hay otros que <strong>voluntaria o involuntariamente</strong> no van a pagar. Voluntariamente porque son morosos expertos que acostumbran a tensar la cuerda e intentar sacar provecho de la buena fe del otro mientras éste lo soporta, involuntariamente porque esa deuda puede proceder de una delicada situación económica que tiene difícil solución. Sea por un motivo o por el otro, llega un punto en que no podemos mantener la situación más allá de lo razonable y debemos cortarle el crédito.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/la-morosidad-es-el-autentico-cancer-de-las-pymes-en-espana"> La morosidad es el auténtico cáncer de las pymes en España</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/duhhquagliato/4156164449/">  Eduardo Quagliato</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Las grandes empresas incumplen los plazos de pago mucho más que las pymes]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/las-grandes-empresas-incumplen-los-plazos-de-pago-mucho-mas-que-las-pymes</link>
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      <pubDate>Mon, 07 Feb 2011 15:52:45 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8774" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/02/cobrar.JPG" class="centro" alt="cobrar.JPG" /></p>

	<p>Un estudio realizado por Informa D&B a fecha 31 de diciembre de 2010 indica que el 57,13% de las empresas<strong> no respetan las condiciones de pago pactadas con sus proveedores</strong>, lo que pone de manifiesto la poca efectividad de la Ley contra la Morosidad. </p>

	<p>El estudio refleja que<strong> sólo el 8,21% de las grandes compañías respetan los plazos de pag</strong>o, frente al al 50,03% de las micropymes y el 41,42% de las pymes. Sin embargo, una vez que se superan los 120 días de demora el porcentaje de impagos de las grandes empresas baja al 2,37%, lo que da la impresión de que este incumplimiento se hace de manera sistemática y sin ningún motivo aparente.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Por un lado este estudio nos sirve para comprobar que la Ley no está sirviendo para el objetivo que se planteó y además el grado de cumplimiento <strong>es inversamente proporcional al tamaño de las empresas</strong>, lo que abunda en que el ahogo de las pymes por falta de liquidez viene determinado tanto por la falta de financiación como por la actuación contra las normas de las grandes empresas.</p>

	<p>¿Cuál puede ser la explicación de que <strong>más del 90% de las grandes empresas paguen tarde</strong> a sus proveedores y, sin embargo, ese porcentaje de morosidad se rebaje a menos del 2,5% semanas después? ¿Tan difícil resulta cumplir la Ley y no demorar sistemáticamente esos pagos con el evidente perjuicio a esos proveedores, muchos de ellos pymes con recursos más limitados que pueden verse en grandes dificultades por estos comportamientos?</p>

	<p>La posición de poder de las grandes frente a las pequeñas se pone de manifiesto una vez más y la falta de elementos de control sobre este tipo de actuaciones <strong>pone en evidencia la efectividad de esta norma</strong>, aunque poco se podía esperar de una Ley cuyos primeros incumplimientos ya provenian de las propias Administraciones.</p>

	<p>Muchas veces no sólo es suficiente con dictar leyes si no se puede garantizar o vigilar su cumplimiento. Además al falta de un severo régimen sancionador provoca que el &#8220;respeto&#8221; a dicha norma sea, más bien, pequeño. Lo que nos demuestra que, al final, <strong>los grandes pagan como y cuando quieren y los que sufren las consecuencias son los pequeños</strong>.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.europapress.es/economia/noticia-economia-empresas-mas-57-empresas-no-respeta-plazos-pactados-proveedores-20110207170426.html">Europa Press</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/la-efectividad-de-la-nueva-ley-contra-la-morosidad">La &#8220;efectividad&#8221; de la nueva Ley contra la Morosidad</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/visentico/420922342/"> Visentico / Sento</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Los argumentos de los gobernantes nos permitirían defraudar]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/los-argumentos-de-los-gobernantes-nos-permitirian-defraudar</link>
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      <pubDate>Sun, 23 Jan 2011 13:00:35 +0000</pubDate>

      <author>Fran Carreira</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8597" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/01/agencia-tributaria.jpg" class="centro" alt="Agencia tributaria" /><br />
Estoy un poco cansado ya de la <strong>doble vara de medir</strong> de nuestros gobernantes (presentes y pasados) que justifican sus salarios, sus primas, sus gastos con un argumento que no nos dejan utilizar al común de los contribuyentes. Se escudan en que su peso relativo en el conjunto de la economía española es irrelevante.</p>

	<p>Si cada autónomo, o cada pequeña o mediana empresa comparase los impuestos que debe pagar con el conjunto de los impuestos que recauda el estado, llegaría a la misma conclusión que sus señorías, lo que pago yo no es importante, es una muy pequeña fracción del total, <strong>¿qué importa si no la pago?</strong> <!--more--></p>

	<p>Mis ingresos anuales como autónomo este año (soy arquitecto) no han llegado a 30.000 euros, de los que hacienda me ha ido reteniendo un 15% en cada una de mis facturas, lo que supone 4.500 euros, ahora me toca (como a todos los autónomos) cerrar el balance anual, descontar gastos, pagar <span class="caps">IVA</span>, y todas esas cosas que conocemos de sobra.</p>

	<p>Si no hubiese tenido gasto alguno tendría que aportar otros 1.500 euros, pero probablemente la cuenta me salga a devolver, es decir , ya he pagado (en retenciones) más de lo que me correspondería; cuando llegue el momento haré la declaración del <span class="caps">IRPF</span> y pediré al estado que me devuelva lo que me ha cobrado &#8220;de más&#8221;, y ellos se tomarán su tiempo para hacerlo, (desde unos días a unos meses).</p>

	<p>Mi caso no es excepcional, aún no siendo arquitectos, hay muchos autónomos y que no superan los 100.000 euros de ingresos; suponiendo que no hubiesen tenido gasto alguno, sólo <br />
de <span class="caps">IRPF</span> tendrían que pagar 20.000 euros como máximo.</p>

	<p>Si pudiese dejar de pagar impuestos durante un año o dos (mientras dura la crisis) <strong>la repercusión que eso tendría sobre las arcas del estado sería irrelevante</strong>, con hacer media sesión menos en el senado ya habrían ahorrado lo que yo he hubiese dejado de pagar. Y a mí me permitiría gastar en otra cosa (por la que pagaría impuestos) o ahorrar (pagando impuestos por el rendimiento que me generase ese ahorro).</p>

	<p>Una pyme destina a impuestos una parte muy importante de sus ingresos, parte se va en las nóminas de sus trabajadores, sobre los beneficios remanentes aún ha de aportar otra cantidad.</p>

	<p>Si en una situación de crisis como la que vivimos, en lugar de un iniciar un <span class="caps">ERE</span>, las pymes pudiesen someterse a una suerte de periodo de carencia que les permitiese no pagar esos impuestos (sobre todo en aquellos casos en que son los <strong>impagos de alguna administración</strong> la causa de sus problemas económicos) durante un tiempo, probablemente se salvarían algunos puestos de trabajo, tal vez sólo unas decenas. </p>

	<p>Con los impuestos que tenía que pagar esa empresa a lo mejor sólo se tienen que privar de las dietas un par de ministros durante un año.</p>

	<p>Es probable que si pymes y autónomos viesen reducida su carga impositiva fuesen capaces de aumentar su productividad, pagar un poco más a sus empleados, y quien sabe, tal vez hasta podrían volver a generar empleo.</p>

	<p>Por poner un ejemplo, sólo con que los 350 diputados, prescindieran de 1000 euros de sus dietas al mes durante un año, 1400 autónomos con ingresos inferiores a 25.000 euros podrían dejar de pagar impuestos ese año. Eso a sus señorías no les afectaría al bolsillo, pero a esos 1400 autónomos les supondría poder pagar algunas facturas y sobrevivir un año más.</p>

	<p>Y es que si esos gastos se pueden justificar por su insignificancia, esos ingresos también son insignificantes (luego prescindibles).</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/cuan-larga-es-nuestra-vida-laboral">¿Cuán larga es nuestra vida laboral?</a><br />
Imagen | Fran Carreira</p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La morosidad es el auténtico cáncer de las pymes en España]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/la-morosidad-es-el-autentico-cancer-de-las-pymes-en-espana</link>
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      <pubDate>Mon, 20 Dec 2010 14:00:29 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8234" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/12/cementerio.JPG" class="centro" alt="cementerio.JPG" /></p>

	<p>Según afirma el experto en morosidad Pere J. Brachfield, en relación al informe de la Plataforma Multisectorial de Lucha Contra la Morosidad (<span class="caps">PMCM</span>), el 67% de las empresas españolas que han cerrado en los últimos 3 años ha sido a causa de la falta de liquidez provocada por los impagos y retrasos en el cobro de facturas. <strong>La morosidad se ha convertido en un auténtico cáncer</strong> que amenaza la subsistencia de muchas pymes y una buena parte de ese problema está provocado por las propias Administraciones Públicas.</p>

	<p>Los datos del mismo informe revelan que el sector público español ha pagado en 2010 a 154 días, <strong>frente a los 67 </strong>del plazo medio en la UE y, según Brachfield el problema se agrava ante la &#8220;falta de voluntad política para resolver el problema&#8221;.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>La <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/aprobacion-definitiva-de-la-ley-de-morosidad">Ley de lucha contra la morosidad</a> aprobada recientemente podría servir de inicio para corregir este problema, pero teniendo en cuenta los datos que revelan <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/la-efectividad-de-la-nueva-ley-contra-la-morosidad">la falta de cumplimiento de la misma</a> por parte de las distintas administraciones locales, autonómicas o estatales <strong>el panorama no puede ser más preocupante</strong>.</p>

	<p>Si partimos de que la reactivación de la economía depende en gran medida de la regeneración de la actividad empresarial y no se toman medidas efectivas para fomentar la creación de nuevas empresas y la viabilidad de las que ya exiten, podemos estar seguros de que <strong>será imposible esa regeneración</strong>.</p>

	<p>Porque el problema no es ya que muchas pymes decidan no prestar servicios a las Administraciones Públicas para evitar esos retrasos en los cobros porque el impago de estas administraciones provoca un <strong>efecto bola de nieve</strong> que antes o después puede afectar a una empresa que no contrate con la Administración pero sí lo haga alguno de sus clientes.</p>

	<p>Antes esos retrasos en los cobros se podían arreglar mediante servicios de financiación como descuento de efectos, pólizas de crédito, etc. Ahora eso es prácticamente imposible ya que las entidades financieras <strong>cierran el acceso a estos productos</strong> a muchas pymes, por lo que en muchos casos la situación es insostenible.</p>

	<p>El porcentaje de cierres derivados de la morosidad sólo se puede calificar de<strong> monstruoso</strong>. Creo que un 67% de ceses de actividad provocados por este tema es tan bestial que no es suficiente con la promulgación de una Ley, sino que se han de crear los mecanismos de control para que la Administración Pública sea la primera en cumplirla, no hay otro camino de frenar esta sangría.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.expansion.com/2010/12/20/economia/1292847454.html">Expansión</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/normativa-europea-para-el-control-de-la-morosidad">Normativa europea para el control de la morosidad</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/daquellamanera/4281353225/">Daquella Manera</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El embargo de créditos de proveedores]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-embargo-de-creditos-de-proveedores</link>
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      <pubDate>Wed, 03 Nov 2010 16:48:08 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7605" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/11/aeat-logo.jpg" class="centro_sinmarco" alt="aeat-logo.jpg" /></p>

	<p>En su afán por cobrar aquellas deudas contraidas por los contribuyentes con la Administración Tributaria, Hacienda está procediendo al <strong>embargo de créditos de proveedores</strong>. Cualquier autónomo o pyme puede recibir una diligencia de embargo de Agencia Tributaria ordenando la retención y el pago a la misma, de aquellas facturas pendientes de abono a algún proveedor que tenga impagos y éstos, una vez que se encuentran en vía ejecutiva, no hayan sido atendidos por el deudor en cuestión.</p>

	<p>Si una empresa incumple sus obligaciones de pago con Hacienda y ésta dicta procedimiento ejecutivo de esas deudas, puede obligar a los clientes de esta empresa a, en lugar de hacer el pago al proveedor, <strong>ingresar las cantidades pendientes de pago en la Agencia Tributaria</strong>. Hacienda tiene información de quienes son los clientes del contribuyente moroso a través del modelo 347 de operaciones con terceros, en este modelo informativo las empresas y autónomos hacen constar los datos de aquellos clientes o proveedores a los que emite, o de los que recibe, una facturación anual superior a 3.000 euros. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En caso de recibir una comunicación de este tipo por parte de la Agencia Tributaria, la empresa que la reciba debe comunicar antes de 10 días el <strong>importe de las cantidades pendientes de pago </strong>al obligado en cuestión, así como de los plazos en los que esos pagos han de hacerse efectivos.</p>

	<p>A partir de ese momento, la empresa debe <strong>congelar los pagos a ese proveedor y hacer los oportunos ingresos </strong>en las cuentas de Hacienda, bien a través de cartas de pago o de domiciliación bancaria a través de la web de la Agencia Tributaria.</p>

	<p>En caso de que no existiera cantidad pendiente de pago alguna, <strong>deberá hacerse constar de todas formas</strong>, ya que el hecho de no contestar al requerimiento la Administración puede obligar a responder solidariamente del pago de la deuda.</p>

	<p>Además el incumplimiento de las órdenes de embargo puede dar lugar a la <strong>apertura de un expediente sancionador</strong>. Además se considerará esta acto como obstrucción o inhibición de dicha orden, por lo que se podría incurrir también en responsabilidad penal.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/a-la-agencia-tributaria-tambien-le-cuesta-cobrar">A la Agencia Tributaria también le cuesta cobrar</a><br />
Imagen | <a href="http://www.aeat.es">Agencia Tributaria</a> </p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Reclamar deudas a través de un procedimiento monitorio]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/reclamar-deudas-a-traves-de-un-procedimiento-monitorio</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/reclamar-deudas-a-traves-de-un-procedimiento-monitorio</guid>
      <pubDate>Fri, 29 Oct 2010 09:40:55 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7545" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/10/deuda.JPG" class="centro" alt="deuda.JPG" /></p>

	<p>El <strong>procedimiento monitorio </strong>es un recurso que se utiliza para reclamar el pago de una deuda a través del Juzgado. Es un procedimiento especial dentro de los procedimientos judiciales que no requiere la interposición de una demanda, sino una petición a los Tribunales civiles para la reclamación del pago.</p>

	<p>Este procedimiento se puede solicitar para deudas de hastra 250.000 euros y para la interposición del mismo <strong>no se necesita abogado ni procurador</strong>.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Después de realizar varias tentativas de cobro, podemos encontrarnos con la imposibilidad de que nuestro cliente abone las facturas pendientes, se nos plantea entonces, la posibilidad de reclamar el pago por vía judicial. El procedimiento monitorio <strong>es una opción rápida y sencilla</strong> para hacer este tipo de reclamaciones.</p>

	<p>La petición de la apertura de un procedimiento monitorio debe hacerse a través de un escrito donde debemos manifestar la situación de impago y justificarla con todos los documentos que dispongamos: contratos, facturas, albaranes, etc. Debemos, además, justificar <strong>que se haya intentado el cobro </strong>&#8220;amistosamente&#8221; antes de proceder judicialmente. </p>

	<p>Para justificar la tentativa de cobro es suficiente acreditar la comunicación por escrito al acreedor del requerimiento de cobro de la deuda. La mejor manera de hacerlo es a través de <strong>burofax</strong>.</p>

	<p>En el momento en que el Juzgado recibe la petición, le dá trámite enviando al acreedor una notificación de la apertura del procedimiento. Desde el momento en que el acreedor la recibe, dispone de 20 días <strong>para oponerse a la misma</strong>.</p>

	<p>Si no manifiesta su oposición, para lo que deberá presentar un escrito de oposición a través de un abogado y procurador dependiendo de la cuantía de la deuda, automáticamente <strong>se dá por reconocida la deuda y se puede solicitar la ejecución de la misma</strong>.</p>

	<p>Si se opone y puede justificar el motivo de la misma, el procedimiento se deriva entonces a un procedimiento judicial (ordinario o verbal) necesitaremos abogado y procurador e iremos a una <strong>vista declarativa</strong> donde cada uno expondrá su punto de vista y el Juez decidirá sobre la misma.</p>

	<p>Como antes comentaba, el procedimiento monitorio es una vía rápida de reclamación y que muchas veces, mediando un Juzgado, puede servir para<strong> agilizar el cobro </strong>de esas facturas pendientes.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/impagos-como-cobrar-una-deuda">Impagos: cómo cobrar una deuda</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/daquellamanera/4723323082/">Daquella manera</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[A Díaz Ferrán le siguen creciendo los enanos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/a-diaz-ferran-le-siguen-creciendo-los-enanos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/a-diaz-ferran-le-siguen-creciendo-los-enanos</guid>
      <pubDate>Wed, 15 Sep 2010 14:57:33 +0000</pubDate>

      <author>Remo</author>
      <description><![CDATA[
      <p><iframe class="youtube-player" type="text/html" width="640" height="480" src="http://www.youtube.com/embed/mBaWFvhxhNc" frameborder="0"></iframe><br />
El último proceso judicial en el que se encuentra implicado <strong>Díaz Ferrán</strong>, presidente de la <span class="caps">CEOE</span> ha sido la <strong>sentencia judicial que lo condena a pagar la nómina de un trabajador</strong> de Air Comet de su patrimonio personal, de manera independiente al procedimiento concursal en el que se encuentra la aerolínea.</p>

	<p>Esta sentencia hay que leerla despacio, puesto que los titulares de prensa y los comentarios que se han realizado en muchos medios dan a entender que Ferrán debe pagar esta nómina porque sí, por el mero hecho de ser el presidente de la empresa; extremo que no es correcto y nada tiene que ver con el proceso judicial que lo ha condenado al pago de la nómina. El proceso se sustenta en un<strong> procedimiento de ejecución de aval personal</strong>, que había prestado Ferrán a los trabajadores en la huelga que hicieron los trabajadores en el año 2009.<br />
<!--more--><br />
Díaz Ferrán había argumentado que el aval se &#8220;estaba malinterpretando&#8221; y por tanto, donde dije digo, digo diego, al igual que daba por hecho que no se podía abonar a los trabajadores al encontrarse en marcha el procedimiento concursal. El juez, dictamina que el aval es un aval y que si la empresa no paga, paga el que avala, al igual que el orden de prelación de c´reditos no altera la masa patrimonial del concurso puesto que realmente quien paga es el avalista.</p>

	<p>Evidentemente,<strong> Ferrán ha errado el tiro</strong> y es muy probable que los trabajadores de Air Comet cobren todos las dos últimas nóminas que les debe la empresa de los fondos personales del presidente de la <span class="caps">CEOE</span>. La lección que se aprende es clara: la palabra y el compromiso solidario de aval hay que cumplirlo, sin valerse de treiquiñuelas judiciales de concursos de acreedores o similares. </p>

	<p>Vía | <a href="http://www.elpais.com/articulo/economia/Diaz/Ferran/pagara/bolsillo/nominas/trabajador/Air/Comet/elpepueco/20100913elpepueco_10/Tes">El PAis</a> y <a href="http://www.elpais.com/articulo/economia/Diaz/Ferran/ausenta/primer/juicio/pagar/nominas/Air/Comet/elpepueco/20100906elpepueco_5/Tes">El PAis</a><br />
En El Blog Salmón | <a href="http://www.elblogsalmon.com/gestiones/empresarios/diaz-ferran">Díaz Ferrán</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/management/diaz-ferran-ejemplo-de-lo-que-nunca-debe-decir-un-empresario">Díaz Ferrán: ejemplo de lo que nunca debe decir un empresario</a><br />
Vídeo | <a href="http://www.youtube.com/watch?v=mBaWFvhxhNc&feature=player_embedded">Youtube</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Nueva línea del ICO para Ayuntamientos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nueva-linea-del-ico-para-ayuntamientos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nueva-linea-del-ico-para-ayuntamientos</guid>
      <pubDate>Sat, 21 Aug 2010 19:58:17 +0000</pubDate>

      <author>Mister Empresa</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image6771" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/08/ico1.jpg" class="centro" alt="ico1.jpg" /></p>

	<p>El Gobierno, a través del Instituto de Crédito Oficial (<span class="caps">ICO</span>) va a poner en marcha una serie de líneas de financiación para <strong>que los ayuntamientos puedan pagar las facturas</strong> que tienen pendientes con empresas y autónomos.</p>

	<p>La apertura de estas <strong>líneas del ICO</strong> constaba en una de las enmiendas de la Ley de Morosidad que se introdujo en el Senado y que se aprobó en el Congreso, si bien, la puesta en marcha de esta iniciativa se está retrasando por su complejidad.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Ya tratamos, en post anteriores, que la aprobación y puesta en marcha de la Ley de Morosidad, lejos de servir de ayuda a las pymes que se ahogan por el alto índice de impagos, podría resultar más asfixiante <strong>si las primera que incumplen la Ley son las administraciones locales</strong>, que acumulan deudas millonarias con las empresas privadas.</p>

	<p>Esa problemática se agudiza, primero con la propia falta de liquidez de estas administraciones y, segundo, con la prohibición de aumentar su ya elevadísimo endeudamiento. La puesta en marcha de estas nuevas líneas podría servir para el pago de estas deudas, si bien otras iniciativas anteriores en la misma línea<strong> no consiguieron aliviar la situación</strong> en su momento.</p>

	<p>Tampoco sabemos cuál va a ser el criterio del <span class="caps">ICO</span> para la concesión de estas lineas, si va a haber &#8220;barra libre&#8221; o si se manejarán factores de selección que puedan hacer que los Ayuntamientos con mayor nivel de endeudamiento no consigan liquidez, por lo que <strong>la efectividad de la medida podría reducirse</strong>.</p>

	<p>La cuestión principal es que deben darse prisa en solucionar esta situación, el tiempo corre en contra de los &#8220;acreedores&#8221; y puede ocurrir que, cuando los Ayuntamientos vayan a pagar, <strong>sea demasiado tarde</strong>. </p>

	<p>Más Información | <a href="http://www.eleconomista.es/espana/noticias/2390219/08/10/El-Gobierno-creara-lineas-del-ICO-para-que-los-ayuntamientos-paguen-sus-facturas.html"> El Economista</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/las-deudas-de-los-ayuntamientos-un-caso-real"> Las deudas de los Ayuntamientos. Un caso real</a><br />
Imagen | <a href="http://www.ico.es"> ICO</a></p>      ]]></description>
      </item>
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