De regalo las primeras cuotas de la hipoteca y... un IRPF mayor

Cuando el promotor ofrece como gancho comercial el pago de las primeras cuotas hipotecarias del inmueble que estamos decididos a adquirir, está en la obligación de informarnos aunque le pese y con razón, de las obligaciones y gastos que ese regalo nos ocasionará.
Lo cierto es que teniendo en cuenta los tiempos que corren y todas las soluciones fiscales posibles que hubiera podido recibir esta solución comercial, creo que se ha optado por la más gravosa para el comprador. Efectivamente podría interpretarse como un simple descuento, como una ganancia patrimonial sujeta a un tipo fijo, o como un rendimiento de capital inmobiliario pudiéndose restar del mismo las cantidades pagadas en concepto de gastos.
