<rss version="2.0"
     xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
     xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/">
        <channel>
        <title>Magazine - hipoteca</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 16:00:22 +0000</pubDate>
        <generator>https://www.pymesyautonomos.com</generator>
        <atom:link href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/hipoteca/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
                                        <item>
                <title><![CDATA[Los autónomos sufren la subida de la cuota hipotecaria de su local hasta en 100 euros]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-sufren-subida-cuota-hipotecaria-su-local-100-euros</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-sufren-subida-cuota-hipotecaria-su-local-100-euros</guid>
                <pubDate>Fri, 01 Sep 2023 10:00:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/b82632/pexels-rdne-stock-project-8293651/1024_2000.jpeg" alt="Los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;sufren&#x20;la&#x20;subida&#x20;de&#x20;la&#x20;cuota&#x20;hipotecaria&#x20;de&#x20;su&#x20;local&#x20;hasta&#x20;en&#x20;100&#x20;euros">
    </p>
    <p>El incremento de los tipos de interés por parte del Banco Central Europeo (BCE), también afecta de manera negativa a los autónomos y a la <strong>cuota hipotecaria de su local.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>Más del<strong> 60% </strong>de los trabajadores por cuenta propia, sufre una subida de al menos <strong>100 euros al mes en la hipoteca de su local, </strong>según datos de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE)</p>
<h2>Impacto negativo en la viabilidad económica de los autónomos debido al euríbor</h2>
<p>A todos los problemas que debe hacer frente un autónomo en la actualidad, ahora se suma la <strong>tendencia alcista del euríbor</strong>.</p>
<p>El <strong>euríbor a 12 meses</strong>, es el índice que se utiliza como referencia en la mayoría de préstamos hipotecarios a tipo variable en España.</p>
<p>En agosto se situó en <strong>una media del 4,071%</strong>, su primera caída en 20 meses, ya que desde enero de 2022 no ha parado de subir. ¿Una buena noticia para los autónomos? No, porque se mantiene elevado en comparación con agosto de 2022, cuando el índice se situó en el <strong>1,249%</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/deuda-comercial-ahoga-a-pymes-2-400-millones">
     <img alt="La&#x20;deuda&#x20;comercial&#x20;ahoga&#x20;a&#x20;las&#x20;pymes&#x20;hasta&#x20;los&#x20;2.400&#x20;millones&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/0efd4b/pexels-mikhail-nilov-6963914/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/deuda-comercial-ahoga-a-pymes-2-400-millones" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/deuda-comercial-ahoga-a-pymes-2-400-millones" class="desvio-title js-desvio-title">La deuda comercial ahoga a las pymes hasta los 2.400 millones </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Subidas en las cuotas hipotecarias de los locales</h2>
<p>Desde la UATAE han dado a conocer los cambios en los precios de las letras hipotecarias que los autónomos han experimentado en sus locales comerciales y los datos<strong> “no son nada alentadores”</strong>, subraya María José Landaburu, secretaria general de UATAE.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Según el análisis extraído, el 27,6% ha experimentado un aumento de 100€ en el coste de su cuota mensual de la hipoteca. Además, <strong>el 20,7% ha sufrido un incremento de 150 euros</strong>, mientras que otro<strong> 20,7% ha experimentado un aumento de 250 euros.</strong></p>
<p>«Las políticas que están llevando a cabo desde el BCE con la subida de intereses están <strong>repercutiendo de forma directa en la solvencia de los autónomos</strong>”, ha afirmado la secretaria general de la organización, María José Landaburu.</p>
<!-- BREAK 4 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Las hipotecas inversas como complemento de la jubilación ¿en qué consisten y por qué son tan polémicas?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/hipotecas-inversas-como-complemento-jubilacion-que-consisten-que-polemicas</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/hipotecas-inversas-como-complemento-jubilacion-que-consisten-que-polemicas</guid>
                <pubDate>Thu, 12 Dec 2019 08:01:33 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/80b1e5/key-2323278_640/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;hipotecas&#x20;inversas&#x20;como&#x20;complemento&#x20;de&#x20;la&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;&#x00BF;en&#x20;qu&#x00E9;&#x20;consisten&#x20;y&#x20;por&#x20;qu&#x00E9;&#x20;son&#x20;tan&#x20;pol&#x00E9;micas&#x3F;">
    </p>
    <p>Que las pensiones son más bien exiguas en nuestro país es algo que no se le escapa a nadie. En el caso de los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-implica-jubilacion-activa-para-autonomo">autónomos</a>, <strong>la situación es todavía más sangrante</strong>, ya que su cuantía <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/por-que-los-autonomos-cobran-una-pension-mucho-mas-baja-que-los-asalariados">es aproximadamente un 40% inferior a la de los asalariados</a>. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Ante esta situación, <strong>el Banco de España ha propuesto incentivar el retraso en la edad de jubilación</strong> y complementar la pensión con otras fórmulas financieras. Entre ellas, destaca la <strong>hipoteca inversa</strong>, una alternativa poco conocida en España y que, sin embargo, está muy de moda en otros países europeos.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La hipoteca inversa <strong>es una operación financiera diseñada para personas mayores de 65 años</strong> a través de la cual se puede obtener dinero por la vivienda en propiedad sin perder su titularidad. El Banco de España lo define como un crédito o préstamo garantizado con una hipoteca que recae sobre la vivienda habitual.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Dicho de otro modo, <strong>consiste en hipotecar una vivienda de nuestra propiedad para obtener liquidez</strong> y de este modo poder complementar la pensión de jubilación. En España, esta figura  está regulada en la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-21086">Ley 41/2007</a>. Cualquier entidad financiera puede ofrecer una hipoteca inversa, y el mercado es cada vez más creciente en España.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<h2>¿Por qué no terminan de despegar las hipotecas inversas?</h2>

<p>A pesar de todo, las hipotecas inversas <strong>no han pasado de ser un instrumento más bien residual entre los mayores de 65 años</strong> en la última década. En 2017 se constituyeron en España apenas 31 préstamos de este tipo, según el Consejo General del Notariado, y el resto de años el número de hipotecas inversas es muy similar.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="desvio-container">
  <div class="desvio">
   <div class="desvio-figure js-desvio-figure">
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estas-nuevas-condiciones-para-acceder-a-tu-jubilacion-2020">
     <img alt="Estas&#x20;son&#x20;las&#x20;nuevas&#x20;condiciones&#x20;para&#x20;acceder&#x20;a&#x20;tu&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;2020" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/e11400/grandma-1185687_640/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
   <div class="desvio-summary">
    <div class="desvio-taxonomy js-desvio-taxonomy">
     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estas-nuevas-condiciones-para-acceder-a-tu-jubilacion-2020" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/estas-nuevas-condiciones-para-acceder-a-tu-jubilacion-2020" class="desvio-title js-desvio-title">Estas son las nuevas condiciones para acceder a tu jubilación en 2020</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Además de que la mayoría de personas desconocen el funcionamiento de una hipoteca inversa, <strong>nuestra cultura explica en cierto modo el porqué un producto de este tipo no terminen de despegar</strong>. En España viven 8,8 millones de personas con edad igual o superior a 65 años, de los cuales el 89% ostenta la propiedad de una vivienda, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://ine.es/">según datos del INE</a>. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>La vivienda es, por tanto, el principal vehículo de ahorro e inversión de las familias españolas. En este sentido, la mayoría de expertos sostienen que el factor cultural es el que más peso tiene. La mayoría de personas, después de su fallecimiento, <strong>no quiere dejar una vivienda con cargas</strong> y obligar a sus herederos a asumir la deuda contraída. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>A ello se le suma <strong>la pobre oferta existente por parte de las entidades financieras</strong> y su nula transparencia. Son productos a los que todavía les falta mucho recorrido y desarrollo para ser considerados verdaderos instrumentos para complementar la jubilación.</p>
<!-- BREAK 8 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Qué gastos se derivan de la formalización de préstamos con entidades bancarias? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-gastos-se-derivan-de-la-formalizacion-de-prestamos-con-entidades-bancarias</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-gastos-se-derivan-de-la-formalizacion-de-prestamos-con-entidades-bancarias</guid>
                <pubDate>Thu, 18 Jul 2013 15:37:39 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/e89b57/2855869710_94a466766e_z/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Qu&#x00E9;&#x20;gastos&#x20;se&#x20;derivan&#x20;de&#x20;la&#x20;formalizaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;pr&#x00E9;stamos&#x20;con&#x20;entidades&#x20;bancarias&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>Los <strong>préstamos con garantía hipotecaria</strong> son un recurso al que muchas veces deben recurrir las empresas para conseguir liquidez y evitar la quiebra. No es inusual el caso de los socios de entidades mercantiles que aportan capital a la sociedad hipotecando un inmueble de su propiedad. A pesar de la escasez de crédito, este tipo de operaciones todavía se siguen realizando. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Cuando se formaliza la operación, el banco liquida sobre lo prestado una serie de conceptos cuya naturaleza con frecuencia no nos molestamos en averiguar, pero que suelen alcanzar una cuantía elevada. Detallamos a continuación los más comunes.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><ul>
<li><p><strong>Gastos de tasación</strong>. La cantidad máxima que se puede solicitar se calcula en función de la valoración del inmueble. La tasación debe realizarla una sociedad especializada en la materia e inscrita en el Registro Oficial del Banco de España. </p>
</li>
<li><p><strong>Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD)</strong>. Como su nombre indica, este impuesto grava todo acto que reviste validez jurídica. Dado que su gestión es autonómica, el importe puede variar de una comunidad a otra, pero suele oscilar entre el 0,5% y el 1%. Un dato a precisar sobre la liquidación de AJD es que no se aplica sobre importe solicitado, sino sobre el principal incrementado en el valor de la Responsabilidad Hipotecaria. Este concepto viene a ser el riesgo de incumplimiento en la devolución del préstamo. Se calcula aplicando al principal un porcentaje en calidad de intereses, ordinarios y de mora, gastos y costas judiciales. Cada entidad fija su porcentaje.</p>
</li>
<li><p><strong>Gastos de notaría.</strong> Son los derivados del otorgamiento de la escritura del préstamo hipotecario. Su cálculo se realiza también en función del valor de responsabilidad hipotecaria.</p>
</li>
<li><p><strong>Gastos de inscripción en el Registro</strong>. La hipoteca se inscribe en el Registro de la Propiedad como una carga sobre el inmueble, de manera que, si se procede a su venta, el comprador sabrá que tiene pagos pendientes de liquidar. </p>
</li>
<li><p><strong>Gastos de gestoría</strong>. Estos trámites suelen realizarse por medio de un gestor, normalmente encargado por el banco. De este modo, el comprador no tiene que preocuparse en averiguar el procedimiento a seguir. Tan solo tiene que abonar los gastos que supone. </p>
</li>
</ul>

<p>A estos gastos hay que añadirles las comisiones que siempre cobran las entidades, como la de apertura y los seguros normalmente obligatorios de vida y hogar.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En Pymes y Autónomos |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/todos-reclaman-mas-credito-para-las-pymes-pero-nadie-hace-nada">Todos reclaman más crédito para las pymes pero nadie hace nada</a>
Imagen |<a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/rahego/2855869710/">Raúl Hernández González</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Tipos de interés al 2,5% ¿Ponemos los préstamos a tipo fijo?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/tipos-de-interes-al-25-ponemos-los-prestamos-a-tipo-fijo</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/tipos-de-interes-al-25-ponemos-los-prestamos-a-tipo-fijo</guid>
                <pubDate>Thu, 04 Dec 2008 13:33:33 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9cc398/euribor/1024_2000.jpg" alt="Tipos&#x20;de&#x20;inter&#x00E9;s&#x20;al&#x20;2,5&#x25;&#x20;&#x00BF;Ponemos&#x20;los&#x20;pr&#x00E9;stamos&#x20;a&#x20;tipo&#x20;fijo&#x3F;">
    </p>
    <p></p>
<p>Bajada sin precedentes la que realiza el <span class="caps">BCE</span> hoy en los tipos de interés: 0.75% de golpe que sumado a la bajada del mes de octubre, nos quedamos en el 2,5%. Con lo cual, <strong>el euribor debe de seguir bajando tal cual lleva haciendo más de un mes</strong>. Hoy se encuentra en torno al 3,8%, y debe y tiene que seguir bajando en picado.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>¿Son buenas noticias para las empresas? Si, ¿Son buenas noticias para la economía? Pues para eso, que hablen los economistas. En definitiva, y adonde yo quería llegar. Es hora de comenzarse a plantear <strong>ajustar los créditos en nuestra empresa a tipo fijo.</strong> Hoy por hoy es prematuro, pero muchos de nosotros hemos sufrido en nuestras carnes intereses bajos, pero mucho más elevados que los firmados en un principio.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p></p>

<p>La particularidad que tenemos en la financiación a crédito empresarial, frente el crédito a particulares, es que estos presentan plazos de amortización mucho más bajos que los que presentan los particulares, sobre todo a nivel hipotecario. En las empresas, las entidades financieras no suelen dar hipotecas a plazos superiores a quince o veinte años, con lo cual realizar un cambio de tipos no tiene por qué significar un cambio en el plazo de amortización.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p><strong>La pregunta del millón de dólares es donde se van a parar los tipos de interés y cual es el nivel óptimo de cambio.</strong> Vistas las perspectivas macro, es posible que los tipos bajen incluso más, pero ir sondeando el tema con las distintas entidades financieras, tanto a nivel de costes como condiciones de cambio es una opción a estudiar nada despreciable.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elpais.com/articulo/economia/BCE/rebaja/tipos/75/puntos/basicos/25/mayor/bajada/historia/elpepueco/20081204elpepueco_1/Tes">El Pais</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://euribor.com.es/">euribor.com.es</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Aprobadas las medidas para familias hipotecadas (I)]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/aprobadas-las-medidas-para-familias-hipotecadas-i</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/aprobadas-las-medidas-para-familias-hipotecadas-i</guid>
                <pubDate>Sat, 29 Nov 2008 15:30:12 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/e2317f/tranquilidad1/1024_2000.jpg" alt="Aprobadas&#x20;las&#x20;medidas&#x20;para&#x20;familias&#x20;hipotecadas&#x20;&#x28;I&#x29;">
    </p>
    <p>El Consejo de Ministros aprobó ayer 28 de noviembre de 2008 el Real Decreto de medidas para las familias hipotecadas con dificultades y para favorecer la creación de empleo. Entre otras medidas que trato en el siguiente post, la norma prevé:</p>
<!-- BREAK 1 -->
<ul>
<li>Una moratoria temporal parcial en el pago de las cuotas hipotecarias.</li>
<li>Reducción de las retenciones de los que están pagando una hipoteca.</li>
</ul>
<!--more--><p><strong>Hipoteca</strong>:
En primer lugar, se facilitará una moratoria temporal parcial en el pago de las hipotecas. Podrán solicitar esta moratoria los titulares de una hipoteca sobre su vivienda habitual suscrita antes del 1 de septiembre de 2008, siempre que el importe inicial de esa hipoteca fuera inferior a los 170.000 euros, no se encuentre en situación de mora y se cumpla alguna de estas condiciones:</p>
<!-- BREAK 2 -->
<ul>
<li>Estar desempleado o pasar a estarlo antes del 1 de enero de 2010 y cobrar prestación por desempleo contributiva o no contributiva.</li>
<li>Ser trabajador autónomo que haya cesado su negocio o acredite ingresos anuales inferiores a tres veces del IPREM (algo más de 18.900 euros).</li>
<li>Ser pensionista de viudedad. </li>
</ul>

<p>El primer punto flaco de la medida es que su aplicación requerirá el <strong>acuerdo entre el interesado y la entidad de crédito</strong>. Imagino que con la finalidad de mitigar el efecto perverso que este requisito puede provocar entre las partes, se decreta que el Ministerio de Economía instruirá al Instituto de Crédito Oficial para que concierte los correspondientes convenios con las entidades de crédito en los que se determinarán las condiciones financieras y las garantías de dichas operaciones.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p><strong>Rebaja de retenciones:</strong>
La segunda medida del Real Decreto supone la reducción de las retenciones y los pagos fraccionados en el IRPF para los trabajadores que se aplican la deducción por adquisición de vivienda con financiación ajena.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Todos los <strong>trabajadores por cuenta ajena</strong>, que tengan ingresos por trabajo inferiores a 33.000 euros anuales y que se aplican la deducción por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena en el IRPF, podrán solicitar una reducción de dos puntos en las retenciones aplicadas en sus nóminas. En el caso de los <strong>autónomos</strong>, con ingresos anuales inferiores a los 33.000 euros, se podrán reducir el 2 por 100 de sus <strong>rendimientos </strong>en los pagos fraccionados.
Los contribuyentes que ya están pagando una hipoteca por su vivienda habitual y deseen que se les aplique la rebaja de retenciones podrán comunicarlo a su empresa <strong>antes del 31 de diciembre de 2008</strong>. Esta rebaja también será aplicable a hipotecas firmadas a partir de 2009, debiendo comunicarse a la empresa esa circunstancia.
La Agencia Tributaria pondrá a disposición de las empresas el modelo de comunicación que deberá utilizarse y el programa de ayuda para el cálculo de retenciones.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Estamos de acuerdo que <strong>guerra </strong>y <strong>paz </strong>son conceptos antagónicos, aunque seguramente no estaremos de acuerdo en la elección de uno u otro como deseable: La gran mayoría elegiríais la paz, yo elijo la guerra. ¿Qué falla? ¿Soy raro? no falla nada y aquí nadie es raro, lo que sucede es que no os he informado del contexto de la elección.
Estamos de acuerdo que ante las dificultades existen dos opciones, luchar o aplacarse. Por lo que veo, el legislador no entiende cuál debe ser la preferente. La norma prioriza el sosiego y la tranquilidad del perceptor de la ayuda frente al esfuerzo excepcional que se requiere como necesario para obtener una solución mejor. En estos momentos la legislación debería forzar la lucha y la proactividad del ciudadano, no favorecer la quietud por ser más lucrativa. Una vez conocido el contexto, tal vez más personas estéis de acuerdo en que dependiendo de éste, lucha y paz pueden ser éticamente aptos. <strong>¿A dónde llegaremos si nos invitan a comportarnos como caracoles?
</strong>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/11/03-reducciones-en-la-cuota-hipotecaria-para-autonomos-y-desempleados">Reducciones en la cuota hipotecaria para autónomos y empleados</a></p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/aguarate/3011245930/">Galería de Aguarate</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Planteamiento real de un trabajador a su jefe ante las medidas "hipotecarias"]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/planteamiento-real-de-un-trabajador-a-su-jefe-ante-las-medidas-hipotecarias</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/planteamiento-real-de-un-trabajador-a-su-jefe-ante-las-medidas-hipotecarias</guid>
                <pubDate>Tue, 04 Nov 2008 00:17:17 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5db972/acuerdo-laboral/1024_2000.jpg" alt="Planteamiento&#x20;real&#x20;de&#x20;un&#x20;trabajador&#x20;a&#x20;su&#x20;jefe&#x20;ante&#x20;las&#x20;medidas&#x20;&quot;hipotecarias&quot;">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>Esta tarde, he asistido a la siguiente conversación que os transcribo literalmente, sin cortapisas ni añadidos. Antes de entrar en materia os pongo en antecedentes sobre las particularidades de ambos. Por un lado, <strong>pyme que no está atravesando su mejor momento,</strong> tanto financiero como en ventas, con un jefe(J) que se quiere ahorrar hasta el agua de la cisterna por los motivos anteriores.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>El segundo protagonista, un <strong>trabajador</strong>(T) fiel y eficiente donde los haya, <strong>con un endeudamiento alto y con una nómina aceptable</strong> para el puesto que ocupa. La confianza mutua entre ambos es muy buena. Su situación laboral, un contrato indefinido con dos años de antigüedad y un salario bruto mensual de unos 1.500 euros líquidos. Pasemos a la conversación:</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br></p>
<blockquote>T: ... mire D. José, que han dicho hoy en el telediario, que el gobierno va a permitir aplazar parte de la hipoteca durante dos años….<br>
J: No sé, no he visto yo las noticias hoy.<br>
T: Le cuento; parece ser que el gobierno va a permitir aplazar parte de las cuotas de las hipotecas de los desempleados durante dos años.<br>
J: ¿Y….?<br>
T: Pues que he estado yo pensando, que como bien sabe, yo no llego a fin de mes ni queriendo. Tengo 900 euros de letra del banco, con lo que me quedan 600 euros para vivir, y a mi mujer, la mandaron al paro hace dos meses, y con el nene chico….<br>
J: No me pidas aumento de sueldo que sabes que no hay un duro….<br>
T: No, lo que yo había pensado era que me despidiera. <strong>Yo sigo trabajando en negro</strong>, usted se ahorra la seguridad social mía, y de paso yo puedo aplazar parte de la hipoteca que está la cosa muy mal, y así dispongo de más dinero que no tengo ni para pipas. Vamos que cobro 1.500 euros y pagaría de hipoteca 450 euros con lo que me queda limpio 1.050 euros.<br>
J: ¿Pero tu estás seguro que ha dicho eso el gobierno?<br>
T: Si, estoy seguro, y eso se puede hacer a partir de enero. Además, con los 450 euros que usted se ahorra de seguridad social, me puede subir el sueldo en 200 euros y aquí ganamos todos.<br>
J:......... (censurado por mi propia seguridad jurídica)</blockquote><br>
Pues bien, el desenlace de la conversación, os lo dejo a vuestra propia imaginación, pero <strong>es la primera reacción que he notado de un trabajador que no está desempleado</strong> con la medida que se ha anunciado hoy. Me induce a pensar que esta conversación y la medida que se ha puesto sobre la mesa, pueden provocar un ligero aumento de la economía sumergida, contando con la connivencia entre trabajadores y empresarios.</p>

<p>Y ya que me he puesto a reflexionar sobre la medida, a efectos económicos, hago la siguiente operación. Un trabajador cobra 1.100 euros mensuales líquidos; paga de hipoteca 600 euros por lo que dispone realmente de 500 euros al mes. Va al paro y tiene derecho a un desempleo de unos 840 euros mensuales, pasando a pagar de hipoteca 250 euros al mes. Dispone realmente de 590 euros mensuales. ¿Qué le interesa al trabajador a corto plazo, tra<strong>bajar o cobrar el desempleo? ¿Aceptará este trabajador un trabajo que le vuelvan a pagar 1.100 euros líquidos mensuales?</strong></p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Sacad vuestras propias conclusiones.</p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/11/03-reducciones-en-la-cuota-hipotecaria-para-autonomos-y-desempleados">Reducciones en la cuota hipotecaria para autónomos y desempleados</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/lumaxart/2136953043/">Lumaxart en Flickr</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Reducciones en la cuota hipotecaria para autónomos y desempleados]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/reducciones-en-la-cuota-hipotecaria-para-autonomos-y-desempleados</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/reducciones-en-la-cuota-hipotecaria-para-autonomos-y-desempleados</guid>
                <pubDate>Mon, 03 Nov 2008 12:49:36 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/no-image/1024_2000.jpg" alt="Reducciones&#x20;en&#x20;la&#x20;cuota&#x20;hipotecaria&#x20;para&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;y&#x20;desempleados">
    </p>
    <p>Se está cocinando una nueva medida relativa a los créditos hipotecarios. Mediante comparecencia esta mañana, el presidente del Gobierno ha anunciado la aprobación de un decreto en el transcurso de esta semana, por lo cual <strong>autónomos que hayan tenido que cerrar su negocio o desempleados pueden aplazar el 50% de la cuota hipotecaria durante dos años.</strong></p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Por otro lado, aquí no se cuenta con las entidades financieras, pero para evitar controversias y suspicacias al efecto, el ICO avalará las cuotas aplazadas a los ciudadanos que se encuentren en esta situación. Los límites que se fijan inicialmente para favorecerse de estas medidas son:</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><ul>
<li><p><strong>170.000 euros como máximo de importe de hipoteca</strong>. No se especifica por ahora si capital pendiente o total prestado.</p>
</li>
<li><p><strong>500 euros mensuales</strong> como máximo de aplazamiento en la cuota.</p>
</li>
<li><p>Tampoco se especifica si la hipoteca en cuestión se ha formalizado para acceder a la vivienda habitual, si ha sido para segunda vivienda, como vía de refinanciación o incluso si se ha utilizado como préstamos entre familiares, fórmula muy usual para emprendedores jóvenes, en donde la figura de hipotecado y parado no coinciden.</p>
</li>
<li><p>Se va a considerar la deducción por adquisición de vivienda con financiación ajena como bonificación a integrar en el cálculo de las retenciones mensuales. Para que nos entendamos, se van a<strong> disminuir los porcentajes de retenciones</strong> en nómina para los que hacen deducciones de créditos hipotecarios en renta para ingresos inferiores a 33.000 euros.</p>
</li>
</ul>

<p>En definitiva, la medida tal cual suena, va a tener un coste importante por varios motivos. Se evalúa en 500.000 personas los afectados en esta situación. Si esto es así, se podrán aplazar la friolera de 6.000 millones de euros como máximo en estos dos años. Estos aplazamientos van a generar unos intereses, que no se dice quién va a correr con los gastos, dígase el banco, el hipotecado o el ICO, pero el banco mucho que sea el paganini de la medida, dado que tengo serias dudas legales para hacer una moratoria de pago sin generar intereses sobre los importes aplazados.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Esta medida, se presenta como otra medida adicional a la ya presentada de <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/2008/11/01-nueva-bonificacion-de-1500-euros-para-contratacion-de-desempleados">favorecimiento del empleo de los parados</a>, la cual comentaba este fin de semana en estas mismas páginas. La valoración real de la medida la tendremos que realizar una vez esté aprobada porque me parece a mí, que tiene un coste nada despreciable y se requiere modificar bastantes leyes en nuestro espacio jurídico. Estaremos atentos a los movimientos del gobierno esta semana.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elmundo.es/mundodinero/2008/11/03/economia/1225711336.html">El mundo</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Nos puede arruinar la crisis?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nos-puede-arruinar-la-crisis</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nos-puede-arruinar-la-crisis</guid>
                <pubDate>Sat, 04 Oct 2008 17:47:13 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/b01660/cab_360/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Nos&#x20;puede&#x20;arruinar&#x20;la&#x20;crisis&#x3F;">
    </p>
    <p>Esta pregunta la lanzó hace unos días el <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.antena3.com/PortalA3com/360-grados/capitulos/P_81655">programa de Antena3 360º</a>. Y me sorprendió bastante el resultado. <strong>Más del 82% de los votantes cree que si es posible que se arruinen con la crisis.</strong> Este tipo de encuentas no tiene porqué tener ningún tipo de validez, y tampoco se le debe dar ninguna lectura, porque ni se sabe la muestra, si es representativa, si cumple las condiciones que debe presentar una encuesta para obtener ciertas conclusiones o incluso si presenta algún tipo de manipulación por parte de la cadena.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero es muy llamativo, y además creo que se está provocando un cierto pánico social por la interpretación de estas preguntas en nuestra sociedad. La única lectura viable de todos los que votaron es que realmente tienen la cofianza por los suelos, y una situación económica bastante peliaguda. Pero, <strong>¿que debemos hacer si nos encontramos en esta situación?</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Nuestra legislación recoge la posibilidad que tengamos asumidas más deudas que los ingresos que recibamos, y es la vía posible para intentar solventar nuestra crítica situación. La única vía jurídica que nos queda en este caso es solicitar el concurso voluntario de acreedores, acogiendonos a dicha figura com personas físicas sin actividad empresarial o como autónomos si tenemos actividad empresarial.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>¿Cuando puede considerar un particular o autónomo que se encuentra en suspensión de pagos? <strong>Cuando los compromisos de pago adquiridos superen a los ingresos que recibe,</strong> y tampoco posea un patrimonio suficiente para hacer frente a estos pagos. Cuando una persona física se encuentra en esta situación, tiene comprometido todo su patrimonio personal frente a sus deudas.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Supongamos una persona en paro, o un  autónomo que le disminuyen los ingresos brutalmente y tiene por ejemplo una vivienda con hipoteca, el préstamo del coche, deudas del negocio, las cuotas de las tarjetas de crédito y otras financiaciones que se queda en paro o no tiene dinero suficiente para pagar a todo el mundo <strong>¿Que ventajas tiene solicitar el concurso de acreedores?</strong></p>
<!-- BREAK 5 -->
<ul>
<li><p>Paralización de los procedimientos judiciales de reclamación de cantidades, entre ellos la ejecución hipotecaria.</p>
</li>
<li><p>Realización de unos acuerdos de quita con los acreedores reduciendo la deuda pendiente (que normalmente van a ser los bancos) con un máximo del 50% de la deuda.</p>
</li>
<li><p>Paralización de intereses de demora, sobre todo los originados por entidades financieras.</p>
</li>
<li><p>Libre disposición del patrimonio bajo la supervisión del administrador concursal.</p>
</li>
</ul>

<p>Si nos encontramos en una situación desesperada, conseguir una quita en la deuda pendiente de un importe del 30% o del 40% nos puede solucionar varios problemas de un plumazo. Podemos ajustar el valor de nuestros bienes al valor real del mercado, de tal forma que si podemos optar por ejemplo a vender un inmueble o un local, sobretodo cuando ha existido sobrevaloración en el mercado y el precio de los inmuebles está bajando. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>A nivel de particulares, el principal deudor suele ser el banco que ha concedido la hipoteca, y tal y como comenta <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/2008/03/31-es-el-concurso-de-acreedores-la-solucion-para-las-familias-en-crisis">IC en este artículo</a>, si el banco tiene la garantía real del préstamo cubierto con la ejecución hipotecaria, no tiene porqué siquiera sentarse a negociar. <strong>Pero hay varios factores que pueden forzar la negociación,</strong> como la caida en picado de las ventas de inmuebles, con su consiguiente ajuste de valor.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>El valor del inmueble en subasta va a ser muy superior al valor del bien en el mercado, con lo cual, lo más probable es que la subasta se declare desierta. Supongamos el siguiente escenario; Hipoteca de 200.000 € sobre inmueble adquirido por 200.000 € en 2.006. En la zona de ese inmueble, los valores de compraventa han caido a 160.000 € ¿Que le interesa más al banco realizar una quita en el préstamo o quedarse con el inmueble y no venderlo? Yo creo que la primera opción. No obstante, en el concurso de acreedores no son tdo ventajas porque:</p>
<!-- BREAK 8 -->
<ul>
<li><p><strong>El plazo máximo que vamos a disponer para saldar nuestras deudas va a ser cinco años</strong>, con lo cual si somos personas físicas y nuestros únicos ingresos provienen del trabajo, se nos puede complicar mucho pagar por ejemplo una hipoteca en cinco años. Para salvar este escollo debemos renegociar una hipoteca o créditos a más plazo con tras entidades, situación bastante complicada en la actualidad.</p>
</li>
<li><p>El proceso judicial que solicitamos implica la contratación de un abogado y procurador. <strong>Es un proceso complejo, largo y costoso.</strong></p>
</li>
<li><p>El concurso de acreedores define la figura del administrador concursal, como responsable de la administración de nuestras finanzas. Obviamente, el admnistrador concursal no trabaja por amor al arte, y su coste puede ser elevado en situaciones de cierta complejidad. <strong>Este coste se le repercute al deudor.</strong></p>
</li>
</ul>

<p>Via | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.antena3.com/PortalA3com/360-grados/capitulos/P_81655">Antena 3.</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.antena3.com/PortalA3com/360-grados/P_81655">Antena 3</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Algunos escenarios para solventar la crisis: Ejecuciones Hipotecarias]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/algunos-escenarios-para-solventar-la-crisis-ejecuciones-hipotecarias</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/algunos-escenarios-para-solventar-la-crisis-ejecuciones-hipotecarias</guid>
                <pubDate>Fri, 04 Jul 2008 15:38:32 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/52a7cf/20070402164115-forges-hipoteca/1024_2000.jpg" alt="Algunos&#x20;escenarios&#x20;para&#x20;solventar&#x20;la&#x20;crisis&#x3A;&#x20;Ejecuciones&#x20;Hipotecarias">
    </p>
    <p>No deja de llamar la atención e<strong>l nivel de sobreendeudamiento que ha alcanzado gran parte de la sociedad,</strong> tanto a nivel empresarial como particular. Me hago eco del cálculo que estima la Asociación de Usuarios de Bancos y Cajas de Ahorros sobre la situación actual de hipotecas en posición de riesgo de ejecución.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Estiman a día de hoy en 60.000 familias con hipotecas en mora, y calculan que de mantenerse las perspectivas económicas esta cifra alcanzará las 120.000 familias. Estas cifras las pone de manifiesto la "<em>Asociación de afectados de la crisis hipotecaria<strong>"</strong></em><strong>.¿Que conclusiones se pueden sacar </strong>de todo este embrollo?</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>En primer lugar que <strong>existe una Asociación de Afectados por la Crisis Hipotecaria.</strong> Vamos, como si firmar una hipoteca en variable, y que los tipos de interés suban, se deba a factores externos a los hipotecados. Vamos a ser serios señores: Firmar un préstamo en variable conlleva un nivel de riesgo, más elevado en algunos casos que en otros, y cuando se toma una decisión financiera hay que evaluar el presente y el futuro.</p>
<!-- BREAK 3 --><!--more--><p>En segundo lugar, y tal como me comentaba el gerente de una inmobiliaria, <strong>en este país, el más tonto tiene un Mercedes, un pisito de 240.000 €, y sus vacaciones en la costa........</strong> Eso si, a base de créditos porque cuando comprarse  un piso de 240.000 € nos costaba 500 € al mes con el tipo de interés al 2,5%, todo hijo de vecino con una nominita de 1.200 € se iba para el notario, firmaba su préstamo, y después a celebrarlo con unas cañas con el director del banco.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Ahora que esa hipoteca cuesta al mes cerca de 1.400 € (con los tipos al 6%), vienen los lamentos, las asociaciones de afectados y solicitar el auxilio de papá estado. Pues señores, <strong>por aquí se dice "a ajo y agua...."</strong> y quién no pueda pagar la hipoteca, el coche o irse de vacaciones, que coja el mismo director del banco que celebró la concesión de tan magnífico préstamo, y celebren la ejecución hipotecaria en el juzgado de turno.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Eso sí, cuando a este director se le comiencen a acumular los ladrillos en lugar de las cuotas, el banco no tendrá más remedio que subastar por cuatro duros, y ahí quizá sea cuando la economía vuelva a relanzarse, porque recordemos siempre que los bancos prestan dinero y quieren dinero, nunca ladrillos.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elmundo.es/mundodinero/2008/07/04/economia/1215171939.html">El Mundo</a> </p>

<p>Imagen | <a href="#/home/">Forges</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Los divorciados ya pueden desgravarse la hipoteca de los hijos]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/los-divorciados-ya-pueden-desgravarse-la-hipoteca-de-los-hijos</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/los-divorciados-ya-pueden-desgravarse-la-hipoteca-de-los-hijos</guid>
                <pubDate>Mon, 26 May 2008 12:04:47 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1caaaa/hipoteca/1024_2000.jpg" alt="Los&#x20;divorciados&#x20;ya&#x20;pueden&#x20;desgravarse&#x20;la&#x20;hipoteca&#x20;de&#x20;los&#x20;hijos">
    </p>
    <p>Por supuesto me refiero a quienes no compartan la casa con ellos sino con la ex pareja. Si esos divorciados/separados residen en otra vivienda, el <strong>límite de deducción anual para ambas es de 9.015 euros</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Es para alegrarse de por fin se haya hecho <strong>justicia </strong>a una situación gravísima, pues al hecho de verte separado de tus hijos tenías que unir el pagar (sin deducción alguna) una no-inversión elevada y para casi toda la vida. Todo ello sin contar con el alquiler o segunda hipoteca (si es que te la daban) que había que pagar aparte. Sin duda, la medida constituirá un <strong>balón de oxígeno </strong>para los achuchados divorciados/separados.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Lo sorprendente de todo esto es la <strong>poca difusión</strong> que ha tenido esta noticia en los medios de comunicación cuando afecta principalmente a dos colectivos tan amplios como son las personas que se hayan separado o divorciado y los mayores de 65 años o en situación de dependencia severa.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Y es que además, el nuevo concepto de vivienda habitual permite que los mayores de 65 años y las personas con discapacidad severa o gran dependencia puedan acogerse a la <strong>exención por transmisión de vivienda habitual y por reinversión</strong> no sólo en el momento de la venta, sino <strong>hasta dos años antes de que ésta se produzca</strong>. Esta modificación permite que las personas de este colectivo interesadas en vender su vivienda puedan abandonar el inmueble y disponer de un plazo adicional para realizar la venta sin perder la exención.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Mismo parece que la medida <strong>quiera pasar de puntillas</strong> no vaya a ser que se entere todo el mundo. ¿Por qué no habrá anunciado esta medida el partido que al final ganó las elecciones en vez de ponerse a regalar dinero de mala manera?</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.elpais.com/articulo/economia/nuevo/IRPF/permite/divorciados/deducir/vivienda/habitual/residan/hijos/elpepieco/20070331elpepieco_11/Tes">elpais.es</a>
En Pymes y Autonomos |  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/vivienda+habitual">viviendahabitual</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.sindinero.org/blog/fotos/hipoteca.jpg">jrmora en sindinero.org</a></p>
<script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
  var headElement = document.getElementsByTagName('head')[0];
  if (_JS_MODULES.instagram) {
   var instagramScript = document.createElement('script');
   instagramScript.src = 'https://platform.instagram.com/en_US/embeds.js';
   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
   headElement.appendChild(instagramScript);
  }
 })();
</script>

                    ]]>
                </description>
            </item>
            </channel>
</rss>
