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        <title>Magazine - hacienda</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 12:29:46 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Hacienda pisa el acelerador con las devoluciones: cuánto dinero reciben de media los trabajadores por cuenta propia]]></title>
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                <pubDate>Thu, 04 Jun 2026 06:00:00 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/beff1d/hacienda-renta-devoluciones-2026/1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;pisa&#x20;el&#x20;acelerador&#x20;con&#x20;las&#x20;devoluciones&#x3A;&#x20;cu&#x00E1;nto&#x20;dinero&#x20;reciben&#x20;de&#x20;media&#x20;los&#x20;trabajadores&#x20;por&#x20;cuenta&#x20;propia">
    </p>
    <p>La campaña de la Renta entra en su recta final. El plazo para presentarla finalizará el martes 30 de junio. De hecho, aquellos contribuyentes cuyo resultado sea “a ingresar” y quieran domiciliar el pago deberán realizar el trámite antes del 25 de este mismo mes.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Sin embargo, ya son millones los contribuyentes que han recibido el ingreso correspondiente a su devolución. Y entre ellos, cómo no, miles de autónomos.</p>
<h2><strong>Más de ocho millones de contribuyentes ya han recibido su devolución</strong></h2>
<p>Los datos disponibles muestran que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Paginas/2026/010626-campana-renta-atencion-oficinas.aspx" >la Agencia Tributaria ha acelerado el ritmo de las devoluciones durante las últimas semanas</a>. Hasta el momento, ya <strong>se ha abonado aproximadamente el 75% de las solicitudes</strong> con derecho a devolución presentadas durante esta campaña.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-revisara-declaraciones-todos-autonomos-este-ano-incluso-han-recibido-devolucion">
     <img alt="Hacienda&#x20;revisar&#x00E1;&#x20;las&#x20;declaraciones&#x20;de&#x20;todos&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;este&#x20;a&#x00F1;o,&#x20;incluso&#x20;si&#x20;ya&#x20;han&#x20;recibido&#x20;la&#x20;devoluci&#x00F3;n&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/a36963/pymes-y-autonomos/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-revisara-declaraciones-todos-autonomos-este-ano-incluso-han-recibido-devolucion" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda revisará las declaraciones de todos los autónomos este año, incluso si ya han recibido la devolución </a>
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<p>En términos económicos, Hacienda ha transferido más de <strong>5.700 millones de euros</strong> a cerca de 8,3 millones de contribuyentes. La Administración estima tramitar alrededor de 25,25 millones de declaraciones, lo que supone un 2% más respecto al ejercicio anterior.</p>
<!-- BREAK 3 --><h2><strong>La devolución media ronda los 690 euros</strong></h2>
<p>Pero, ¿cuál es <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/hacienda/hacienda-ha-pagado-75-devoluciones-renta-cuanto-estan-cobrando-autonomos/20260602180939054146.html" >la cantidad media que están recibiendo los autónomos</a> que tienen derecho a devolución? Tomando como referencia los importes ya abonados y el número de contribuyentes beneficiados, la devolución media se sitúa actualmente <strong>en torno a los 690 euros</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Esta cifra, claro está, sirve únicamente como orientación, ya que la cantidad final depende de numerosos factores individuales.</p>
<p>En el caso de los autónomos, la existencia de gastos deducibles, las retenciones practicadas durante el ejercicio, las aportaciones a sistemas de previsión social o determinadas deducciones autonómicas pueden provocar lógicas diferencias muy importantes entre unas declaraciones y otras.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2><strong>Hacienda prevé devolver más de 13.000 millones de euros</strong></h2>
<p>Las previsiones oficiales apuntan a que el importe total de las devoluciones durante esta campaña alcanzará los <strong>13.271 millones de euros</strong>.</p>
<p>Y paralelamente, la Administración calcula que las declaraciones con resultado a ingresar generarán una recaudación superior a los 24.600 millones de euros.</p>
<p>A medida que se aproxima el cierre del plazo, la Agencia Tributaria mantiene además diversos mecanismos para reducir errores y facilitar la corrección voluntaria de posibles incidencias detectadas en las declaraciones ya presentadas.</p>
<!-- BREAK 6 --><h2><strong>Ojo con las cartas que están llegando a miles de autónomos</strong></h2>
<p>Junto a las devoluciones, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.businessinsider.es/economia/miles-contribuyentes-espana-tendran-que-rectificar-su-declaracion-renta-tras-recibir-aviso-agencia-tributaria_6967812_0.html" >Hacienda también ha intensificado el envío de comunicaciones informativas</a> destinadas a aquellos contribuyentes en cuya declaración se han <strong>detectado discrepancias</strong> respecto a los datos fiscales disponibles.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>Miles de autónomos están recibiendo estas notificaciones tanto por correo postal como a través de los <strong>canales electrónicos habilitados</strong> por la Administración.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-devolvera-900-euros-proxima-declaracion-renta-miles-personas-pueden-reclamar-cantidad">
     <img alt="Hacienda&#x20;devolver&#x00E1;&#x20;hasta&#x20;900&#x20;euros&#x20;en&#x20;la&#x20;pr&#x00F3;xima&#x20;declaraci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;la&#x20;Renta.&#x20;Miles&#x20;de&#x20;personas&#x20;pueden&#x20;reclamar&#x20;la&#x20;cantidad" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/256adf/hacienda-devolvera-hasta-900-euros-en-la-proxima-declaracion-de-la-renta.-miles-de-personas-pueden-reclamar-la-cantidad/375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/hacienda-devolvera-900-euros-proxima-declaracion-renta-miles-personas-pueden-reclamar-cantidad" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda devolverá hasta 900 euros en la próxima declaración de la Renta. Miles de personas pueden reclamar la cantidad</a>
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<p>Estas cartas no significan automáticamente el inicio de una inspección ni implican la imposición de una sanción. Su finalidad es ofrecer al contribuyente la posibilidad de <strong>revisar la información presentada</strong> y corregir posibles errores antes de que se inicie un procedimiento formal de comprobación.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Durante esta campaña ya se ha remitido una primera tanda de decenas de miles de comunicaciones, aunque la previsión es alcanzar alrededor de <strong>130.000 avisos</strong> antes de que finalice el proceso.</p>
<h2><strong>Cómo revisar las diferencias detectadas por la Agencia Tributaria</strong></h2>
<p>Las comunicaciones enviadas incluyen indicaciones precisas para que el contribuyente pueda consultar las discrepancias observadas por la Administración.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>A través de los servicios habilitados en la sede electrónica, los autónomos pueden acceder a los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ayuda/consultas-informaticas/renta-ayuda-tecnica/renta-web-tramitacion-borrador-declaracion.html" >apartados correspondientes de Renta Web</a> y comprobar <strong>qué información no coincide</strong> con los datos fiscales que maneja Hacienda.</p>
<p>Desde esa misma plataforma es posible presentar una <strong>declaración rectificativa</strong> cuando se confirme la existencia de errores u omisiones.</p>
<p>En campañas anteriores, muchos contribuyentes optaron por corregir voluntariamente sus declaraciones tras recibir estos avisos, evitando posteriores requerimientos, intereses de demora o posibles sanciones derivadas de una regularización posterior.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://unsplash.com/es/fotos/persona-que-viste-chaqueta-gris-a-cuadros-con-solapa-con-muescas-y-sombrero-gris-que-oculta-la-cara-hkmFpLzlsrQ" >mahdi rezaei</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://unsplash.com/es/fotos/mujer-sentada-en-el-suelo-con-vestido-marron-VzqEavUGnss" >Priscilla Du Preez</a></p>
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                <title><![CDATA[El Supremo cambia las reglas: miles de autónomos podrían recuperar dinero que Hacienda daba por perdido ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 25 May 2026 06:01:34 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>Miles de autónomos y pequeñas empresas podrían tener una nueva vía para recuperar cantidades pagadas de más a Hacienda incluso después de haber pasado una inspección tributaria.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Una <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.fiscal-impuestos.com/sites/fiscal-impuestos.com/files/STS-510-2026.pdf" >reciente sentencia del Tribunal Supremo</a> ha aclarado algo que puede tener consecuencias importantes para muchos contribuyentes: una comprobación parcial realizada por la Agencia Tributaria <strong>no cierra automáticamente</strong> la puerta a futuras rectificaciones.</p>
<p>Hasta ahora, numerosos negocios consideraban que una revisión de Hacienda suponía el final del recorrido. No había más donde acogerse. La idea de volver a reclamar deducciones olvidadas, errores fiscales o impuestos ingresados de forma incorrecta <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/hacienda/supremo-permite-autonomos-recuperar-miles-euros-inspecciones-archivadas-hacienda/20260521163648053874.html" >parecía prácticamente descartada</a>.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/supremo-abre-puerta-a-que-autonomos-reclamen-rapido-sus-facturas-al-estado">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/supremo-abre-puerta-a-que-autonomos-reclamen-rapido-sus-facturas-al-estado" class="desvio-title js-desvio-title">El Supremo abre la puerta a que los autónomos reclamen más rápido sus facturas al Estado </a>
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<p>Sin embargo, ahora si un elemento concreto nunca fue revisado durante aquella actuación, todavía podría existir margen legal para modificarlo.</p>
<h2><strong>Qué cambia realmente tras una inspección parcial</strong></h2>
<p>La resolución judicial nace a partir de <strong>un caso relacionado con el Impuesto sobre Sociedades y grupos empresariales</strong>, aunque el criterio podría extenderse a numerosos autónomos y pymes sometidos a comprobaciones limitadas.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>El principio es sencillo: una actuación parcial afecta únicamente a los aspectos revisados expresamente por Hacienda. Lo que queda fuera de esa comprobación no necesariamente queda cerrado para siempre.</p>
<p>¿Y qué significa esto en la práctica? Que un autónomo al que revisaron determinadas facturas, un gasto concreto o una parte específica de un impuesto podría <strong>mantener opciones para reclamar posteriormente</strong> otros elementos que nunca fueron objeto de análisis.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>IVA, deducciones y amortizaciones olvidadas</strong></h2>
<p>Entre los supuestos más habituales aparecen errores frecuentes que muchos pequeños negocios descubren tiempo después.</p>
<p>Existen casos de cuotas de <a rel="nofollow, sponsored, noopener, noreferrer" target="_blank" class="js-ecommerce" id="link-ecommerce-1" href="https://www.webedia-afilia.com/redirect?url=https%3A%2F%2Fwww.bbva.es%2Ffinanzas-vistazo%2Fae%2Ffinanciacion%2Fiva-soportado-y-repercutido.html&category=actualidad&site=pymesyautonomos&ecomPostExpiration=not_classified&postId=48595" data-vars-affiliate-url="https://www.bbva.es/finanzas-vistazo/ae/financiacion/iva-soportado-y-repercutido.html" >IVA soportado</a> que nunca se dedujeron correctamente, amortizaciones olvidadas, incentivos fiscales omitidos o deducciones que quedaron fuera de una declaración.</p>
<p>También pueden producirse errores en la aplicación de retenciones o problemas derivados de <strong>facturas rectificativas que no llegaron a incorporarse</strong> correctamente a la contabilidad.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Uno de los ejemplos más sencillos se encuentra en las <strong>liquidaciones trimestrales</strong> del IVA.</p>
<p>Si una comprobación anterior se centró exclusivamente en determinadas facturas emitidas, podrían existir otros apartados no analizados previamente que todavía permitan solicitar modificaciones. La clave reside en identificar con precisión qué elementos quedaron realmente fuera del alcance inicial de la revisión.</p>
<!-- BREAK 6 --><h2><strong>El documento fundamental que tener a mano</strong></h2>
<p>Para saber si todavía existe margen para reclamar, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.iberley.es/temas/plazo-las-actuaciones-inspectoras-tributarias-19841" >es recomendable revisar cuidadosamente la documentación generada durante el proceso inspector</a>.</p>
<p>La comunicación de inicio, las diligencias realizadas y el acta final suelen delimitar exactamente qué conceptos examinó Hacienda y cuáles no llegaron a formar parte de la actuación administrativa. Dicha revisión documental puede resultar decisiva.</p>
<p>Muchos autónomos descubren años después que determinadas partidas nunca fueron comprobadas formalmente, pese a asumir que toda la declaración había quedado revisada en su totalidad.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-ocurre-seguridad-social-me-ha-cobrado-cuota-autonomos-estando-baja">
     <img alt="Qu&#x00E9;&#x20;ocurre&#x20;si&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;me&#x20;ha&#x20;cobrado&#x20;la&#x20;cuota&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;estando&#x20;de&#x20;baja" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/bb7d7f/cobrar-cuotas-de-autonomos-estando-de-baja-seguridad-social./375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-ocurre-seguridad-social-me-ha-cobrado-cuota-autonomos-estando-baja" class="desvio-title js-desvio-title">Qué ocurre si la Seguridad Social me ha cobrado la cuota de autónomos estando de baja</a>
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<p>La diferencia entre una <strong>comprobación parcial y una inspección completa</strong> puede terminar condicionando futuras reclamaciones.</p>
<h2><strong>También podría afectar a determinadas pymes</strong></h2>
<p>La resolución del Supremo también puede tener efectos en pequeñas y medianas empresas relacionadas con determinadas deducciones rechazadas anteriormente.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>El caso analizado por el tribunal se refería a cuestiones vinculadas a grupos consolidados dentro del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2014-12328" >Impuesto sobre Sociedades</a>, un régimen específico con requisitos legales concretos.</p>
<p>Algunas compañías podrían ahora disponer de argumentos para <strong>revisar decisiones tributarias anteriores</strong> relacionadas con beneficios fiscales denegados.</p>
<p>Aunque el impacto final va a depender de cada situación particular, la sentencia introduce un criterio que podría ampliar las posibilidades de reclamación en determinados supuestos.</p>
<h2><strong>Reclamar también tiene riesgos</strong></h2>
<p>No obstante, iniciar una solicitud de rectificación <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientos/GZ28.shtml" >no garantiza automáticamente una devolución favorable</a>.</p>
<p>El contribuyente debe demostrar documentalmente que existe un error y acreditar con precisión las cantidades reclamadas. La carga de la prueba continúa recayendo sobre quien presenta la solicitud.</p>
<p>Además, reclamar puede generar efectos secundarios no siempre previstos. Es decir, una solicitud para corregir un punto concreto puede <strong>abrir nuevas revisiones tributarias</strong>. La Agencia Tributaria podría analizar otros aspectos relacionados con la declaración si detecta elementos susceptibles de comprobación adicional.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>El límite general para solicitar rectificaciones suele situarse en cuatro años desde la finalización del periodo voluntario de presentación del impuesto. Sin embargo, recursos, actuaciones previas o requerimientos administrativos pueden modificar el cómputo y complicar el cálculo final.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eleconomista.es/economia/noticias/13911035/05/26/arcadi-espana-anuncia-que-iniciara-una-ronda-con-las-ccaa-para-presentar-el-modelo-de-financiacion.html" >El economista</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/judgement-gavel-court-regulation-6722634/" >Sergeitokmakov</a></p>
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                <title><![CDATA[Giro con Verifactu: Hacienda aclara qué debes hacer con tu software actual]]></title>
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                <pubDate>Mon, 18 May 2026 06:00:00 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>La llegada de Verifactu ha encendido las alarmas entre autónomos y pequeñas empresas. A medida que se acerca la adaptación obligatoria, miles de negocios se hacen exactamente la misma pregunta: ¿habrá que decir adiós al software de facturación de siempre? La duda se ha extendido con fuerza porque el cambio afecta directamente a herramientas que muchos utilizan a diario y que podrían quedar fuera de las nuevas exigencias marcadas por Hacienda.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>España <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.eldia.es/economia/2026/04/10/microcreditos-impulsan-autoempleo-pleno-record-128901377.html" >cuenta con más de 3,3 millones de autónomos</a> y más de 2 millones de empresas que tendrán que adaptarse progresivamente al nuevo modelo.</p>
<p>Muchos negocios acumulan años de registros, facturas y documentación en programas que utilizan desde hace tiempo. La posibilidad de perder ese historial o de enfrentarse a sanciones les había puesto, como es lógico, nerviosos.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2><strong>El verdadero problema no es guardar el software antiguo</strong></h2><p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-24840" >normativa</a> establece requisitos técnicos muy concretos para los sistemas informáticos de facturación. El objetivo es <strong>impedir alteraciones posteriores en los registros</strong> y reforzar la trazabilidad de las operaciones económicas.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/nuevo-sistema-autonomos-envien-sus-facturas-tiempo-real-a-hacienda">
     <img alt="Nuevo&#x20;sistema&#x20;para&#x20;que&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;env&#x00ED;en&#x20;sus&#x20;facturas&#x20;en&#x20;tiempo&#x20;real&#x20;a&#x20;Hacienda" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3732f8/pexels-karolina-grabowska-5900132/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/nuevo-sistema-autonomos-envien-sus-facturas-tiempo-real-a-hacienda" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/nuevo-sistema-autonomos-envien-sus-facturas-tiempo-real-a-hacienda" class="desvio-title js-desvio-title">Nuevo sistema para que los autónomos envíen sus facturas en tiempo real a Hacienda</a>
   </div>
  </div>
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<p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-23186" >Ley General Tributaria</a> contempla sanciones importantes para quienes mantengan herramientas de facturación no adaptadas a los nuevos requisitos. Las <strong>multas pueden alcanzar los 50.000 euros</strong> por ejercicio cuando se utilicen programas que incumplan las exigencias establecidas.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Por ello, muchos profesionales pueden pensar que conservar instalado un programa antiguo puede representar un problema legal.</p>
<p>La Agencia Tributaria es clara: la clave no está ya en almacenar información histórica, sino en la capacidad real que tenga ese software para seguir emitiendo nuevas facturas.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>Mantener el histórico de facturas sí será posible</strong></h2>
<p>Miles de autónomos guardan años de actividad empresarial en sus sistemas informáticos. Facturas emitidas, operaciones pasadas, consultas fiscales o documentos necesarios para posibles comprobaciones forman parte de archivos que <strong>muchos negocios necesitan conservar</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>En este escenario, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu/preguntas-frecuentes/cuestiones-generales-ambitos-aplicacion.html" >Hacienda diferencia claramente entre conservar registros y seguir utilizando un sistema antiguo para la actividad diaria</a>.</p>
<p>Si el programa únicamente permanece accesible para consultar información o revisar documentos históricos y ya no dispone de funcionalidad activa para emitir nuevas facturas, mantenerlo <strong>no supondría incumplir la normativa</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Esto elimina una de las principales preocupaciones de pequeños negocios que temían verse obligados a borrar bases de datos completas o eliminar años de documentación acumulada.</p>
<h2><strong>El riesgo aparece cuando el programa sigue funcionando</strong></h2>
<p>La situación cambia completamente si el software conserva la capacidad operativa para generar nuevas facturas <strong>una vez entren en vigor las obligaciones</strong> del reglamento.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>En ese caso, la mera existencia de una herramienta no adaptada podría considerarse una <strong>infracción si Hacienda</strong> detecta que sigue utilizándose para actividades de facturación.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/al-fin-pymes-autonomos-podran-hacer-declaracion-impuestos-online-asi-funciona-nuevo-sistema-facilitado-hacienda">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/al-fin-pymes-autonomos-podran-hacer-declaracion-impuestos-online-asi-funciona-nuevo-sistema-facilitado-hacienda" class="desvio-title js-desvio-title">Al fin pymes y autónomos podrán hacer declaración de impuestos online: así funciona el nuevo sistema facilitado por Hacienda </a>
   </div>
  </div>
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<p>La diferencia puede parecer mínima, pero técnicamente es importante: el problema no es el archivo histórico; el riesgo aparece cuando el programa continúa activo como <strong>herramienta de gestión y emisión</strong>.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Por ello, quienes mantengan software antiguo deberán comprobar que ha quedado deshabilitado para la creación de nuevas facturas o que su función queda limitada únicamente a la consulta documental.</p>
<h2><strong>Qué recomienda Hacienda para evitar problemas futuros</strong></h2>
<p>La recomendación pasa por <strong>reducir riesgos </strong>y simplificar procesos. Una de las opciones más aconsejables consiste en <strong>exportar los datos históricos </strong>para almacenarlos en otros formatos que no obliguen a conservar el sistema antiguo.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>También se aconseja consultar con el proveedor tecnológico si existe una <strong>actualización compatible </strong>con la nueva regulación o estudiar la migración a plataformas adaptadas.</p>
<p>Otra alternativa disponible es <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu.html" >la herramienta gratuita de facturación impulsada por la Agencia Tributaria</a>, diseñada para quienes busquen una solución ajustada a los nuevos requisitos.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>Las fechas ya están marcadas en el calendario. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deberán utilizar sistemas adaptados desde el 1 de enero de 2027. Para quienes tributen por IRPF, incluidos numerosos autónomos, la obligación comenzará el 1 de julio de ese mismo año.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://graffica.info/quien-ha-disenado-el-logo-de-verifactu/" >Graffica</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/woman-thinking-question-mark-doubt-5723452/" >Tumisu</a></p>
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                <title><![CDATA[Ya hay fecha definitiva: la factura electrónica entrará en vigor en julio de 2027 (calendario actualizado) ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 20 Apr 2026 06:01:50 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/6e5aac/calendario-actualizado-facturacion-electronica-2027/1024_2000.jpeg" alt="Ya&#x20;hay&#x20;fecha&#x20;definitiva&#x3A;&#x20;la&#x20;factura&#x20;electr&#x00F3;nica&#x20;entrar&#x00E1;&#x20;en&#x20;vigor&#x20;en&#x20;julio&#x20;de&#x20;2027&#x20;&#x28;calendario&#x20;actualizado&#x29;&#x20;">
    </p>
    <p>Ha costado, pero por fin la factura electrónica ya tiene calendario definitivo en España. La Agencia Tributaria ha sacado a audiencia pública la orden que regulará el repositorio nacional de facturas, <strong>una plataforma obligatoria a la que autónomos y empresas deberán enviar sus facturas.</strong></p>
<!-- BREAK 1 --><p>Este sistema tiene como objetivo controlar los plazos de pago y mejorar la trazabilidad de las operaciones. Si se cumplen los plazos previstos, dicha obligación comenzará <strong>en julio de 2027 para las grandes empresas.</strong></p>
<h2><strong>Proyecto normativo ya disponible</strong></h2>
<p>El proyecto normativo, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.hacienda.gob.es/sgt/normativadoctrina/proyectos/16042026-proyecto-pom-factura-electronica.pdf" >disponible en la web oficial de Hacienda</a>, establece la creación de una infraestructura que permitirá centralizar la información de facturación.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>A su vez, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://portal.mineco.gob.es/es-es/Paginas/index.aspx" >esta herramienta estará conectada con el Ministerio de Economía</a>, que podrá analizar los tiempos de pago en el tejido empresarial.</p>
<p>La orden en tramitación regula una plataforma pública que funcionará como eje del sistema. A través de ella, <strong>las empresas enviarán sus facturas electrónicas, facilitando su control por parte de la Administración</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Este mecanismo complementa el desarrollo del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/iva/sistemas-informaticos-facturacion-verifactu.html" >sistema Verifactu</a>, diseñado para <strong>garantizar la integridad y conservación de los registros de facturación</strong>.</p>
<p>La normativa se integra dentro del marco de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-15818" >Ley Crea y Crece</a>, cuyo objetivo es reducir la morosidad comercial en España.</p>
<p>Y es que, según el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://cepyme.es/storage/2025/08/Observatorio-morosidad-1t_2025_v02-DEF.pdf" >Observatorio de Morosidad de la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME)</a>, el periodo medio de pago de las facturas se situó en 2025 en <strong>más de 80 días en algunos casos</strong>.</p>
<h2><strong>Entrada en vigor prevista para julio de 2027</strong></h2>
<p>El calendario depende directamente de la aprobación definitiva de la orden ministerial. <strong>La Agencia Tributaria prevé su publicación en julio de 2026.</strong></p>
<p>A partir de ese momento, <strong>se activará una cuenta atrás de doce meses que culminará con la obligatoriedad de la factura electrónica en julio de 2027 </strong>para determinados contribuyentes.</p>
<p>Este primer grupo estará formado por empresas con una facturación superior a ocho millones de euros. Posteriormente, la obligación se extenderá al resto del tejido empresarial, <strong>incluyendo autónomos, en un proceso escalonado que se prolongará hasta 2029</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>El desarrollo normativo también se coordina con el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/pdf/2023/BOE-A-2023-24840-consolidado.pdf" >Reglamento de los Sistemas Informáticos de Facturación (RRSIF)</a>, que establece los requisitos técnicos de los programas de facturación.</p>
<h2><strong>Calendario de aplicación de la factura electrónica (actualizado)</strong></h2>
<p>Por tanto, la hoja de ruta prevista por la Administración se estructura en varias fases claramente diferenciadas:</p>
<ul><li><strong>Julio de 2026</strong></li></ul>
<p>Publicación de la orden que regula el repositorio nacional de facturas</p>
<p>Inicio del cómputo de plazos para la implantación obligatoria</p>
<ul><li><strong>Enero de 2027</strong></li></ul>
<p>Entrada en vigor de los requisitos de los programas de facturación para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades</p>
<ul><li><strong>Julio de 2027</strong></li></ul>
<p>Obligación de factura electrónica para empresas con más de 8 millones de euros de facturación anual</p>
<p>Aplicación de los requisitos técnicos del RRSIF para contribuyentes de IRPF</p>
<ul><li><strong>Julio de 2028</strong></li></ul>
<p>Extensión de la factura electrónica a autónomos y empresas con menor volumen de ingresos</p>
<ul><li><strong>Julio de 2029</strong></li></ul>
<p>Obligación para autónomos persona física de comunicar los estados de las facturas</p>
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estas-dudas-habituales-nueva-factura-electronica-programas-facturacion" class="desvio-title js-desvio-title">Estas son las dudas más habituales sobre la nueva factura electrónica y los programas de facturación  </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<h2><strong>Dos años de adaptación para los autónomos</strong></h2>
<p><strong>Uno de los cambios más relevantes afecta a los autónomos persona física. </strong>La normativa introduce un periodo de adaptación más amplio para este colectivo, que dispondrá de dos años para cumplir completamente con todas las obligaciones.</p>
<!-- BREAK 5 --><p><strong>Durante el primer año deberán comenzar a emitir facturas electrónicas conforme al nuevo formato. </strong>En el segundo, se exigirá informar sobre los estados de cada factura, lo que incluye la aceptación o rechazo comercial, así como la fecha de pago efectivo.</p>
<p>Este sistema <strong>permitirá conocer con precisión cuándo se abona una factura, diferenciando entre distintos métodos de pago.</strong></p>
<p>Por ejemplo, se tendrá en cuenta la fecha del ingreso en efectivo, el adeudo en cuenta en caso de transferencia o el momento en que se produce una compensación de deudas.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/tanta-alarma-factura-electronica-para-nada-gobierno-confirma-esta-alternativa-que-sera-sencilla-gratuita">
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    </div>
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   </div>
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<p>Además, la normativa aclara que <strong>los mecanismos de financiación anticipada, como el confirming o el factoring, no se considerarán como pago efectivo</strong> hasta que el proveedor reciba el importe.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>La obligatoriedad de informar sobre el estado de las facturas permitirá a la Administración disponer de datos detallados sobre los tiempos de pago en la economía real.</p>
<p><strong>Este seguimiento, se supone, facilitará la detección de incumplimientos y contribuirá a reducir la morosidad, uno de los principales problemas para pymes y autónomos.</strong></p>
<!-- BREAK 7 --><p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/illustrations/financial-analysis-accounting-4560047/" >Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/illustrations/thinking-question-think-man-mark-4695538/" >Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[Hacienda flexibiliza los requisitos de experiencia en licitaciones públicas y abre la puerta a que más pymes vuelvan a competir por contratos de obra ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/hacienda-flexibiliza-requisitos-experiencia-licitaciones-publicas-abre-puerta-a-que-pymes-vuelvan-a-competir-contratos-obra</link>
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                <pubDate>Thu, 16 Apr 2026 06:00:32 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/02f479/pymes-hacienda-participacion-obras-publicas/1024_2000.jpeg" alt="Hacienda&#x20;flexibiliza&#x20;los&#x20;requisitos&#x20;de&#x20;experiencia&#x20;en&#x20;licitaciones&#x20;p&#x00FA;blicas&#x20;y&#x20;abre&#x20;la&#x20;puerta&#x20;a&#x20;que&#x20;m&#x00E1;s&#x20;pymes&#x20;vuelvan&#x20;a&#x20;competir&#x20;por&#x20;contratos&#x20;de&#x20;obra&#x20;">
    </p>
    <p>Buenas noticias para las pymes que anhelaban poder acceder a la contratación pública de obra. A partir de este mismo año, autónomos y pymes pueden acreditar su experiencia técnica con trabajos realizados en los últimos diez años, ampliando el margen respecto al límite anterior de cinco.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La modificación, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-2026" >recogida en la Orden HAC/34/2026</a>, tiene como objetivo aumentar la concurrencia en <strong>determinados sectores donde el número de licitadores era reducido.</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><p>El ajuste llega, además, en un momento en el que la contratación pública mantiene un gran peso en la economía.&nbsp;</p>
<p>Según datos de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.hacienda.gob.es/rsc/oirescon/informe-anual-supervision-2025/ias2025-resumen-ejecutivo-es.pdf" >Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon)</a>, el volumen de licitación pública en España superó los 40.000 millones de euros en 2025. Aunque eso sí, la participación de pymes seguía siendo limitada en ciertos segmentos técnicos.</p>
<!-- BREAK 3 --><h2><strong>Un cambio normativo que amplía el acceso a contratos públicos</strong></h2><p>La ampliación del periodo de acreditación de experiencia supone una modificación directa en los criterios de clasificación empresarial regulados por <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12902" >la Ley de Contratos del Sector Público</a>.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nueva-ley-ascensores-abre-negocio-3-000-millones-para-pymes-autonomos-sector">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nueva-ley-ascensores-abre-negocio-3-000-millones-para-pymes-autonomos-sector" class="desvio-title js-desvio-title">La nueva ley de ascensores abre un negocio de 3.000 millones para pymes y autónomos del sector </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<p>Hasta ahora, muchas empresas quedaban excluidas al no poder justificar trabajos recientes, <strong>pese a contar con trayectoria suficiente.</strong></p>
<p>Con la nueva regulación, <strong>esa experiencia previa vuelve a ser válida</strong>, lo que incrementa el número de compañías que pueden concurrir a licitaciones. Este cambio afecta especialmente a sectores técnicos donde los ciclos de contratación son irregulares y pueden pasar varios años entre adjudicaciones.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Además, la medida se alinea con las recomendaciones de la Comisión Europea para fomentar la participación de pymes en la contratación pública, recogidas en <a rel="noopener, noreferrer" href="https://single-market-economy.ec.europa.eu/smes/sme-strategy_en" >informes como el Small Business Act</a>.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2><strong>Sectores donde se aplicará la flexibilización</strong></h2><p>Eso sí, dicha modificación no se extiende a todas las actividades. Se limita a subgrupos específicos donde se había detectado una baja competencia.&nbsp;</p>
<p>Entre ellos destacan las <strong>infraestructuras terrestres, las obras ferroviarias, hidráulicas, marítimas y proyectos vinculados a la energía</strong>.</p>
<p>Esta selección responde a análisis previos de la Administración, que han identificado áreas con escaso número de empresas clasificadas.&nbsp;</p>
<p>Según datos de la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://contrataciondelestado.es/" >Plataforma de Contratación del Sector Público</a>, en algunos procedimientos apenas concurrían dos o tres licitadores, lo que reducía la competitividad.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Al ampliar el número de empresas que cumplen los requisitos, <strong>se espera mejorar la concurrencia y favorecer una mayor diversidad de ofertas.</strong></p>
<h2><strong>La recuperación de experiencia “antigua” cambia el escenario</strong></h2><p>Uno de los efectos más inmediatos es <strong>la recuperación de valor de proyectos ejecutados hace años</strong>. En sectores donde la actividad depende de inversiones públicas o ciclos económicos, esta posibilidad resulta clave para muchas pymes.</p>
<p>Esto permite a empresas que no han tenido adjudicaciones recientes volver a posicionarse en el mercado público.</p>
<p>Además, la clasificación obtenida influye directamente en el tipo de contratos a los que se puede acceder. <strong>Y claro está: una mejora en la categoría abre la puerta a licitaciones de mayor volumen económico</strong>, lo que puede traducirse en oportunidades de crecimiento.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>El procedimiento exige acreditar la experiencia mediante certificados de buena ejecución, emitidos por clientes o administraciones públicas. Estos documentos deben cumplir los requisitos técnicos establecidos para ser válidos.</p>
<!-- BREAK 8 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/solo-1-cada-4-euros-fondos-europeos-recuperacion-economica-llega-a-economia-real" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/solo-1-cada-4-euros-fondos-europeos-recuperacion-economica-llega-a-economia-real" class="desvio-title js-desvio-title">Solo 1 de cada 4 euros de los fondos europeos de recuperación económica llega a la economía real </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>El plazo máximo de resolución se sitúa en seis meses, según la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565" >Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas</a>.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>El incremento del número de empresas clasificadas va a tener, como no, un impacto directo en la competencia. A mayor concurrencia, mayor presión sobre las ofertas económicas y técnicas.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>De hecho, según el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.funcas.es/wp-content/uploads/2023/05/Reformas-para-impulsar-la-competencia-en-Espana.pdf" >informe Reformas para impulsar la competencia en España</a> realizado por Funcas y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), la falta de competencia en algunos contratos afecta a la eficiencia del gasto público. Por ello, <strong>se espera que la reforma busque corregir estee desequilibrio.</strong></p>
<!-- BREAK 11 --><p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/construction-site-engineer-4020496/" >Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/helmet-industrial-security-logistic-1636347/" >Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[Hacienda intensifica la vigilancia sobre los autónomos que venden online en 2026: control a plataformas, pagos electrónicos, IVA y actividad en redes sociales ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 06 Apr 2026 06:00:56 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/1a97c0/noticias-autonomos/1024_2000.png" alt="Hacienda&#x20;intensifica&#x20;la&#x20;vigilancia&#x20;sobre&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;que&#x20;venden&#x20;online&#x20;en&#x20;2026&#x3A;&#x20;control&#x20;a&#x20;plataformas,&#x20;pagos&#x20;electr&#x00F3;nicos,&#x20;IVA&#x20;y&#x20;actividad&#x20;en&#x20;redes&#x20;sociales&#x20;">
    </p>
    <p>¿Eres autónomo y tienes una pequeña empresa que opera en Internet? Ojo, porque esto te interesa.</p>
<p>En 2026 todo ha cambiado. El nuevo Plan de Control Tributario ya no depende tanto de inspecciones puntuales, sino del cruce automatizado de grandes volúmenes de información procedente de múltiples fuentes. Y en buena parte el auge del comercio electrónico tiene la culpa.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Las ventas digitales llevan años creciendo a ritmos de doble dígito, impulsadas por el cambio de hábitos de consumo y la digitalización de los negocios. Un escenario que sí, ha abierto nuevas oportunidades a autónomos, pero también ha obligado a la Administración a adaptar sus mecanismos de control para evitar bolsas de fraude.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2><strong>Plataformas, pagos y sistemas europeos</strong></h2><p>Hacienda contará con <strong>información procedente de plataformas digitales, proveedores de servicios de pago y sistemas de intercambio de datos</strong> a nivel europeo. Esta combinación permitirá reconstruir con mayor precisión el volumen real de ingresos de cada contribuyente.</p>
<p>Uno de los cambios clave es la obligación de las plataformas de remitir datos detallados sobre la actividad de sus usuarios.</p>
<p>Esto incluye importes, número de operaciones y frecuencia de las ventas. <strong>A ello se suma la información de pagos electrónicos, que ofrece una trazabilidad prácticamente completa de los cobros.</strong></p>
<!-- BREAK 3 --><p>El resultado es un sistema en el que los ingresos declarados podrán contrastarse automáticamente con los datos disponibles.</p>
<p>Cualquier discrepancia relevante podrá activar procesos de comprobación sin necesidad de una denuncia previa o una inspección tradicional.</p>
<h2><strong>El comercio electrónico en el epicentro del control fiscal</strong></h2><p><strong>El comercio online se mantiene como una de las prioridades estratégicas de la Agencia Tributaria</strong>.</p>
<p>El foco se sitúa especialmente en operaciones en las que intervienen varios países, donde la complejidad fiscal es mayor y el riesgo de errores o irregularidades se incrementa.</p>
<!-- BREAK 4 --><p><strong>Uno de los aspectos más vigilados será el IVA.</strong> Hacienda revisará si los vendedores están correctamente dados de alta, si aplican el régimen adecuado y si las cantidades declaradas coinciden con la realidad de su actividad. Este control se extiende tanto a ventas nacionales como a operaciones intracomunitarias.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>También se analizarán estructuras que intentan trasladar la tributación a otros países de la Unión Europea para reducir la carga fiscal.</p>
<p>Estas prácticas serán objeto de comprobación específica, especialmente cuando existan indicios de que la actividad se desarrolla realmente en España.</p>
<h2><strong>Las plataformas digitales se convierten en fuente directa de información</strong></h2><p><strong>Marketplaces y plataformas de compraventa juegan un papel central en el nuevo modelo de control</strong>. La normativa europea obliga a estos operadores a facilitar información sobre los vendedores que utilizan sus servicios cuando superan determinados umbrales de actividad.</p>
<p>Esto afecta directamente a plataformas populares en España, que pasan a ser una vía directa de suministro de datos a la Agencia Tributaria.</p>
<p>El margen para ocultar ingresos se reduce significativamente, ya que las operaciones quedan registradas y comunicadas de forma sistemática.</p>
<p>Además, <strong>el cruce con los datos de proveedores de pago permitirá detectar actividad económica no declarada, especialmente en operaciones transfronterizas</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>El sistema distingue entre ventas ocasionales y actividad recurrente, lo que permite identificar cuándo un particular está actuando en realidad como profesional.</p>
<!-- BREAK 7 --><h2><strong>Regularización de la situación censal de los vendedores online</strong></h2><p>Otro eje de actuación es la comprobación de <strong>la situación censal de los contribuyentes. </strong>Hacienda continuará con los procesos de regularización iniciados en ejercicios anteriores para identificar a quienes venden por Internet sin estar correctamente dados de alta.</p>
<p>Este control incluye <strong>la verificación de obligaciones formales, como el alta en el régimen correspondiente, la correcta clasificación de la actividad o el cumplimiento de requisitos específicos</strong> en operaciones internacionales. Los pequeños vendedores que operan de forma habitual en plataformas serán especialmente analizados.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>El volumen y la frecuencia de las ventas serán determinantes para diferenciar entre actividad ocasional y actividad económica. Cuando se superan ciertos niveles, la obligación de declarar y tributar se activa con claridad.</p>
<!-- BREAK 9 --><h2><strong>También afectó a influencers y creadores</strong></h2><p>El Plan de 2026 también amplía el foco hacia los ingresos generados en redes sociales. <strong>Los creadores de contenido, influencers y perfiles que monetizan su actividad digital estarán sujetos a un mayor nivel de control.</strong></p>
<p>Hacienda analizará tanto los ingresos directos como los acuerdos comerciales, colaboraciones y pagos en especie. También prestará atención a la residencia fiscal de estos contribuyentes, especialmente en casos en los que operan en varios países.</p>
<!-- BREAK 10 --><p><strong>La trazabilidad de los ingresos en este ámbito ha mejorado notablemente gracias a la información procedente de plataformas y sistemas de pago</strong>, lo que facilita detectar discrepancias entre lo percibido y lo declarado.</p>
<!-- BREAK 11 --><h2><strong>El papel del análisis masivo de datos en el control tributario</strong></h2><p>La clave del nuevo modelo no es solo la cantidad de información disponible, sino la capacidad de procesarla. Hacienda ha avanzado en sistemas de análisis masivo de datos que permiten identificar patrones de riesgo y detectar irregularidades con mayor rapidez.</p>
<p>El cruce de información incluye datos de plataformas digitales, movimientos financieros, operaciones internacionales e incluso información aduanera.</p>
<p>Esta visión global permite reconstruir la actividad económica de forma mucho más precisa que en el pasado.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/ecommerce-online-shop-euro-money-3640321/" >Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[Los autónomos se hartan. Ya han reclamado a Hacienda que concrete cómo deben tributar los trabajadores acogidos al régimen de módulos ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-se-hartan-han-reclamado-a-hacienda-que-concrete-como-deben-tributar-trabajadores-acogidos-al-regimen-modulos</link>
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                <pubDate>Thu, 26 Mar 2026 07:00:54 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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    </p>
    <p>A pocos días del cierre del primer trimestre fiscal, miles de profesionales siguen sin una directriz clara sobre cómo deben tributar en 2026 si están acogidos al sistema de módulos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La organización UPTA ha puesto cifras a esta situación, alertando de que cientos de miles de autónomos permanecen en un limbo normativo.</p>
<p>La ausencia de una comunicación oficial impide planificar pagos, calcular impuestos o incluso decidir si conviene mantenerse en el régimen actual o prepararse para un cambio.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2><strong>Un decreto fallido que deja todo en el aire</strong></h2>
<p>El origen del problema se encuentra en la caída del conocido decreto ‘ómnibus’, que incluía la prórroga de los límites de facturación para seguir dentro del sistema de módulos durante 2026.</p>
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     <img alt="El&#x20;Gobierno&#x20;se&#x20;compromete&#x20;a&#x20;dar&#x20;una&#x20;soluci&#x00F3;n&#x20;urgente&#x20;a&#x20;la&#x20;pr&#x00F3;rroga&#x20;del&#x20;sistema&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;por&#x20;el&#x20;que&#x20;tributan&#x20;miles&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;a&#x20;pocos&#x20;d&#x00ED;as&#x20;del&#x20;cierre&#x20;del&#x20;primer&#x20;trimestre&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/8a7940/blog-salmon/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/gobierno-se-compromete-a-dar-solucion-urgente-a-prorroga-sistema-modulos-que-tributan-miles-autonomos-a-pocos-dias-cierre-primer-trimestre" class="desvio-title js-desvio-title">El Gobierno se compromete a dar una solución urgente a la prórroga del sistema de módulos por el que tributan miles de autónomos a pocos días del cierre del primer trimestre </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<p>Este marco <strong>permitía a los autónomos mantenerse en este régimen si no superaban los 250.000 euros de ingresos anuales y otros umbrales vinculados a su actividad</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Sin embargo, tras no prosperar en el Congreso, estos límites han quedado en el aire. Si no se aprueba una nueva medida, <strong>los topes podrían reducirse prácticamente a la mitad, situándose en torno a los 125.000 euros anuales</strong>. Este cambio supondría la salida automática de miles de contribuyentes del sistema simplificado.</p>
<h2><strong>El riesgo de pasar a estimación directa</strong></h2>
<p>El principal temor del colectivo es <strong>tener que abandonar los módulos y pasar al sistema de estimación directa.</strong> Este modelo implica una gestión mucho más compleja, basada en el cálculo del beneficio real mediante el registro detallado de ingresos y gastos.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Para muchos pequeños negocios, especialmente en sectores como el transporte, la hostelería o el comercio, este cambio supondría un aumento significativo de la carga administrativa.</p>
<p>Además, <strong>introduce mayor incertidumbre en la previsión fiscal, ya que los impuestos dejan de ser predecibles</strong> y dependen directamente de la evolución del negocio.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>En contraste, el sistema de módulos permite calcular el rendimiento en base a indicadores objetivos como el número de empleados, la superficie del local o el consumo energético. Esto <strong>facilita la planificación y reduce el margen de error en las declaraciones.</strong></p>
<h2><strong>Impacto económico y presión sobre sectores clave</strong></h2>
<p>La posible modificación de los límites no solo afecta a la gestión fiscal, sino también a la viabilidad de muchos negocios. Sectores con márgenes ajustados podrían ver incrementada su carga tributaria si pasan a estimación directa, especialmente en un contexto de costes operativos elevados.</p>
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   </div>
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<p>Además, el cambio podría generar un efecto en cadena en la economía real. <strong>Menor capacidad de previsión implica menor inversión, y esto puede traducirse en una ralentización de la activida</strong>d en ámbitos donde el autónomo tiene un peso determinante.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>La situación es especialmente delicada si se tiene en cuenta que el sistema de módulos sigue siendo utilizado por más de un millón de contribuyentes en España, según datos de la Agencia Tributaria.</p>
<h2><strong>Críticas a Hacienda y pérdida de confianza</strong></h2>
<p>Las asociaciones del sector han elevado el tono de sus críticas ante lo que consideran una falta de planificación por parte del Gobierno. Denuncian que la <strong>ausencia de claridad normativa genera inseguridad jurídica y dificulta el cumplimiento de las obligaciones fiscales.</strong></p>
<!-- BREAK 9 --><p>El problema no es solo técnico, sino también de confianza. La incertidumbre prolongada erosiona la relación entre la Administración y los contribuyentes, que reclaman reglas claras y estables para poder operar con normalidad.</p>
<p>Desde el colectivo se insiste en que no se trata únicamente de una cuestión fiscal, sino de garantizar estabilidad en el tejido productivo. La falta de respuesta en un momento clave del calendario tributario agrava la sensación de desprotección.</p>
<!-- BREAK 10 --><h2><strong>Reducciones fiscales que no compensan la incertidumbre</strong></h2>
<p>En paralelo, <strong>la Agencia Tributaria mantiene una reducción del 5% en el rendimiento neto para quienes tributan por estimación objetiva</strong>. Esta medida beneficia a más de un millón de autónomos y supone un impacto recaudatorio estimado de 114 millones de euros.</p>
<!-- BREAK 11 --><p>Sin embargo, este alivio fiscal resulta insuficiente si no se acompaña de una normativa clara. Para muchos profesionales, el principal problema no es cuánto pagar, sino no saber cómo hacerlo.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elmundo.es/andalucia/2025/01/09/677eaa7efdddff50668b45af.html" >El Mundo</a></p>
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                <title><![CDATA[Hacienda controlará mucho más los pagos y cobros por Bizum. De ahí la importancia a que todos estos ingresos queden totalmente declarados ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 16 Mar 2026 07:01:54 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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    </p>
    <p>¿Eres autónomo y utilizas Bizum? ¡cuidado! Hacienda ha reforzado el control sobre los pagos realizados a través de esta herramienta, especialmente cuando se utilizan para actividades profesionales o comerciales.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>El crecimiento de este sistema de transferencias inmediatas, que <strong>ya cuenta con más de 25 millones de usuarios en España y millones de operaciones diarias</strong>, ha llevado a la Agencia Tributaria a vigilar con mayor detalle los movimientos que se realizan mediante esta aplicación.</p>
<p>La digitalización de los pagos permite a la administración disponer de más información que nunca sobre las <strong>transacciones económicas de los contribuyentes</strong>.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/hacienda-no-se-limita-a-pagos-encima-3-000-euros-controlara-todas-transferencias" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda ya no se limita a los pagos por encima de los 3.000 euros y controlará todas las transferencias </a>
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<p>Gracias al intercambio de datos con las entidades financieras, <strong>los movimientos realizados con el móvil quedan registrados</strong> y pueden ser analizados dentro de los procesos de control fiscal.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Por este motivo, <strong>los ingresos que se reciban a través de Bizum derivados de una actividad económica deben declararse correctamente en la declaración de la Rent</strong>a, del mismo modo que ocurre con cualquier otro método de pago.</p>
<p>La Agencia Tributaria pone el foco, como no podía ser de otra manera, especialmente en los autónomos y profesionales que utilizan esta herramienta para cobrar servicios o productos.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>Bizum y el aumento del control fiscal</strong></h2>
<p>El aumento del uso de pagos móviles ha cambiado la forma en que se realizan muchas transacciones cotidianas. <strong>En el caso de los autónomos, cada vez es más habitual recibir pagos de clientes mediante aplicaciones como Bizum</strong>, lo que facilita las operaciones rápidas y reduce la dependencia del efectivo.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>Sin embargo, estos movimientos también dejan un rastro digital que puede ser analizado por las autoridades fiscales.</p>
<p>La normativa aprobada recientemente ha reforzado las obligaciones de información de las entidades bancarias, lo que <strong>permite a Hacienda disponer de más datos sobre las transacciones que realizan los contribuyentes</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>La modificación del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria, introducida mediante el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2025-6599" >Real Decreto 253/2025</a>, ha ampliado los mecanismos de control sobre los pagos electrónicos.</p>
<p>Desde la entrada en vigor de estos cambios, las entidades financieras deben informar de movimientos que antes podían pasar más desapercibidos.</p>
<p>Esto incluye operaciones realizadas mediante tarjeta o a través del teléfono móvil, un ámbito en el que Bizum ocupa un lugar destacado debido a su popularidad entre usuarios y pequeños negocios.</p>
<h2><strong>Los ingresos recibidos mediante Bizum también tributan</strong></h2>
<p>Uno de los aspectos que más dudas genera entre los contribuyentes es si los pagos recibidos a través de Bizum deben declararse. <strong>La respuesta depende del origen de la transacción.</strong></p>
<!-- BREAK 7 --><p>Cuando el dinero corresponde a una actividad económica, como el pago de un servicio o la venta de un producto, esos ingresos deben incluirse en la contabilidad y declararse en el impuesto correspondiente. Esto afecta especialmente a trabajadores por cuenta propia que utilizan Bizum para cobrar a sus clientes.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/hacienda-priorizara-investigar-a-autonomos-pymes-alto-riesgo-economia-sumergida-estas-claves-control-tributario">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/hacienda-priorizara-investigar-a-autonomos-pymes-alto-riesgo-economia-sumergida-estas-claves-control-tributario" class="desvio-title js-desvio-title">Hacienda priorizará investigar a los autónomos y pymes con &quot;alto riesgo de economía sumergida&quot;. Estas son las claves del control tributario </a>
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<p>La Agencia Tributaria considera que cualquier ingreso derivado de una actividad profesional debe formar parte de la base imponible, independientemente del medio de pago utilizado.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Por tanto, <strong>el hecho de que una transacción se realice mediante Bizum no cambia su tratamiento fiscal</strong>.</p>
<p>En cambio, <strong>los movimientos entre particulares sin contraprestación económica, como el reparto de una cena o un regalo entre amigos, no se consideran ingresos sujetos a tributación.</strong></p>
<!-- BREAK 9 --><h2><strong>Los límites para presentar la declaración de la Renta</strong></h2>
<p>La obligación de presentar la declaración de la Renta depende de los ingresos obtenidos durante el ejercicio fiscal. En términos generales, los contribuyentes que perciben más de 22.000 euros anuales de un solo pagador deben presentar la declaración.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>Cuando existen dos o más pagadores, el límite se reduce a 15.876 euros anuales. Estos umbrales determinan si un trabajador está obligado o no a presentar la declaración ante Hacienda.</p>
<p>También existen situaciones específicas relacionadas con prestaciones públicas. Por ejemplo, quienes hayan percibido únicamente prestaciones por desempleo durante el ejercicio y no superen los límites establecidos pueden no estar obligados a presentar la declaración.</p>
<!-- BREAK 11 --><h2><strong>Deducciones que pueden reducir la factura fiscal</strong></h2>
<p>Para muchos autónomos, optimizar la declaración de la Renta resulta fundamental para reducir la carga fiscal. Como es lógico, una de las claves consiste en identificar correctamente los gastos deducibles asociados a la actividad profesional.</p>
<!-- BREAK 12 --><p>Entre los gastos más habituales se encuentran <strong>la cuota de autónomos</strong>, que puede deducirse íntegramente, así como el alquiler de locales o espacios de trabajo. También pueden incluirse <strong>gastos relacionados con material profesional o equipamiento necesario para desarrollar la actividad.</strong></p>
<p>Otros conceptos deducibles incluyen <strong>servicios profesionales como gestoría</strong>, asesoría jurídica o consultoría.</p>
<p>Las <strong>inversiones en publicidad y marketing</strong> también pueden considerarse gastos vinculados al negocio.</p>
<p>Los autónomos que utilizan <strong>internet y teléfono</strong> para su actividad pueden incluir estos servicios dentro de los gastos deducibles, siempre que estén relacionados con el desarrollo de su trabajo. En determinados casos, también es posible deducir <strong>gastos del vehículo</strong> si su uso es exclusivamente profesional.</p>
<!-- BREAK 13 --><p>Para quienes trabajan desde casa, la normativa permite deducir <strong>una parte proporcional de suministros como luz, agua o gas, además del acceso a internet o los gastos de comunidad</strong> vinculados al espacio utilizado para la actividad.</p>
<p>Además, el control de los tramos del IRPF durante el año puede ayudar a planificar mejor los pagos fiscales. La situación familiar también influye en el resultado final de la declaración, ya que existen deducciones relacionadas con hijos, familia numerosa o discapacidad, así como beneficios fiscales establecidos por las comunidades autónomas.</p>
<!-- BREAK 14 --><script>
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                <title><![CDATA[Estas son las razones por las que Hacienda te va a reclamar la devolución del dinero cobrado por ayudas europeas ]]></title>
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                <pubDate>Tue, 17 Feb 2026 07:00:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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    </p>
    <p>Las ayudas europeas han sido el salvavidas financiero de miles de autónomos y pequeñas empresas en los últimos años. <strong>Fondos vinculados a digitalización, sostenibilidad o modernización</strong> han permitido a muchos negocios invertir en tecnología, renovar instalaciones o mejorar procesos internos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Sin embargo, lo que para muchos parecía una inyección sin sobresaltos puede empezar a convertirse en una preocupación real.</p>
<p><strong>La Agencia Tributaria prepara un sistema de revisión más ágil y sistemático para analizar expedientes financiados con cargo al Plan de Recuperación.</strong></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regularizacion-cuotas-ha-afectado-casi-a-mitad-autonomos-espanoles-mayoria-ha-pagado-tendra-que-abonar-cotizaciones-pendientes">
     <img alt="La&#x20;regularizaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;cuotas&#x20;ha&#x20;afectado&#x20;casi&#x20;a&#x20;la&#x20;mitad&#x20;de&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;espa&#x00F1;oles.&#x20;La&#x20;mayor&#x00ED;a&#x20;ha&#x20;pagado&#x20;de&#x20;menos&#x20;y&#x20;tendr&#x00E1;&#x20;que&#x20;abonar&#x20;cotizaciones&#x20;pendientes&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/5b2d30/la-regularizacion-de-cuotas-ha-afectado-casi-a-la-mitad-de-los-autonomos-espanoles.-la-mayoria-ha-pagado-de-menos-y-tendra-que-abonar-cotizaciones-pendientes/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/regularizacion-cuotas-ha-afectado-casi-a-mitad-autonomos-espanoles-mayoria-ha-pagado-tendra-que-abonar-cotizaciones-pendientes" class="desvio-title js-desvio-title">La regularización de cuotas ha afectado casi a la mitad de los autónomos españoles. La mayoría ha pagado de menos y tendrá que abonar cotizaciones pendientes </a>
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<p>O lo que es lo mismo. Quien no pueda demostrar que cumplió exactamente las condiciones, podría verse obligado a devolver parte o la totalidad del importe recibido.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Y el riesgo no afecta únicamente a grandes compañías, sino <strong>también a micropymes y profesionales por cuenta propia.</strong></p>
<h2><strong>Hacienda intensifica el control sobre los fondos europeos</strong></h2>
<p>Hasta ahora, muchos beneficiarios confiaban en que, una vez ejecutado el proyecto y recibido el pago, el expediente quedaba prácticamente cerrado. Sin embargo, <strong>la Administración está evolucionando hacia un modelo de supervisión proactiva</strong> que revisará de oficio miles de ayudas concedidas en los últimos ejercicios.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>El reintegro puede activarse cuando no se haya ejecutado el gasto comprometido en los términos aprobados, cuando no se hayan alcanzado los hitos previstos o cuando falte documentación acreditativa.</p>
<p>La <strong>comprobación podrá iniciarse tanto por el organismo concedente como por las autoridades responsables del control de fondos europeos</strong>, incluso sin que exista sospecha de fraude.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>En caso de que el beneficiario no atienda el requerimiento en plazo voluntario, el procedimiento podría derivar en vía ejecutiva, con los correspondientes recargos e intereses.</p>
<p>Para muchas pequeñas empresas, el problema no es tanto la sanción como la falta de liquidez para afrontar una devolución inesperada meses después de haber invertido el dinero.</p>
<!-- BREAK 5 --><h2><strong>Los errores administrativos, el gran talón de Aquiles</strong></h2>
<p>Uno de los aspectos más delicados es que gran parte de los reintegros no se deben a un uso indebido intencionado, sino a fallos formales<strong>. Gastos realizados fuera del plazo autorizado, facturas incompletas, desviaciones respecto al proyecto inicial o cambios no comunicados</strong> pueden activar un procedimiento de devolución.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>También se están detectando casos en los que el software implantado no cumple los requisitos técnicos exigidos por el programa de ayudas o no se ajusta a los estándares establecidos en la convocatoria.</p>
<p>En estos supuestos, aunque el negocio haya invertido el dinero, <strong>la Administración puede entender que no se alcanzó el objetivo comprometido.</strong></p>
<p>La clave está en que la ayuda no se consolida simplemente con realizar el gasto, sino con poder justificarlo de forma rigurosa.</p>
<p>La <strong>ausencia de certificados, informes técnicos o pruebas de ejecución</strong> efectiva puede convertirse en el detonante de un requerimiento.</p>
<h2><strong>No alcanzar los objetivos comprometidos tiene consecuencias</strong></h2>
<p>Muchas convocatorias exigen no solo la adquisición de bienes o servicios, sino la consecución de indicadores concretos. En programas de digitalización, por ejemplo, se exige demostrar la implantación real de herramientas y su impacto en la actividad.</p>
<!-- BREAK 7 --><p><strong>En ayudas para eficiencia energética o modernización comercial, es necesario acreditar mejoras medibles.</strong></p>
<p>Si la empresa no logra probar que alcanzó esos indicadores, <strong>el reintegro puede ser parcial o total en función del grado de incumplimiento</strong>. La graduación del reintegro permite ajustar la devolución al nivel de ejecución real, pero no elimina el impacto financiero para el beneficiario.</p>
<!-- BREAK 8 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/trabajar-60-horas-semanales-para-ser-productivos-modelo-americano-no-encaja-europa-pymes">
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<p>En este contexto, la falta de seguimiento durante el desarrollo del proyecto se ha convertido en uno de los principales factores de riesgo. <strong>Muchas pymes se centraron en ejecutar rápidamente la inversión sin revisar en detalle las obligaciones posteriores de justificación.</strong></p>
<!-- BREAK 9 --><h2><strong>La documentación, el elemento decisivo</strong></h2>
<p>Conservar toda la documentación exigida es fundamental. <strong>Facturas, contratos, justificantes de pago, informes técnicos y comunicaciones con proveedores deben estar perfectamente archivados y disponibles</strong> ante cualquier requerimiento.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>La Administración puede solicitar aclaraciones incluso meses después de finalizado el proyecto.</p>
<p>La pérdida de documentación o la imposibilidad de acreditar el destino exacto de los fondos <strong>puede dar lugar a un reintegro, aunque el proyecto se haya ejecutado materialmente.</strong> En este punto, el cumplimiento documental se convierte en el verdadero escudo frente a posibles reclamaciones.</p>
<!-- BREAK 11 --><p>Además, el aumento del volumen de expedientes pendientes de revisión incrementa la incertidumbre.</p>
<p>Miles de ayudas concedidas en los últimos años todavía no han pasado por un proceso exhaustivo de comprobación. A medida que finalicen los plazos de ejecución, los requerimientos podrían multiplicarse.</p>
<!-- BREAK 12 --><p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://es.wikipedia.org/wiki/Ursula_von_der_Leyen">Wikipedia</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/europe-europe-day-european-flag-5198326/">Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[La Justicia vuelve a frenar a Hacienda y protege las deducciones por suministros de los autónomos que trabajan desde casa ]]></title>
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                <pubDate>Tue, 27 Jan 2026 07:01:27 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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    </p>
    <p>Una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha limitado de forma clara la capacidad de Hacienda para recortar las deducciones por suministros a los autónomos que desarrollan su actividad profesional desde el domicilio.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>El fallo refuerza ya no solo la seguridad jurídica de estos trabajadores, sino que <strong>corrige una práctica administrativa</strong> que venía generando un alto grado de inseguridad fiscal.</p>
<p>La resolución, fechada el pasado 22 de septiembre, da la razón a un autónomo que tenía habilitada una parte de su vivienda como despacho profesional.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/supremo-vuelve-a-frenar-a-hacienda-no-se-puede-multar-a-autonomos-probar-culpa-dolo-negligencia">
     <img alt="El&#x20;Supremo&#x20;vuelve&#x20;a&#x20;frenar&#x20;a&#x20;Hacienda&#x3A;&#x20;no&#x20;se&#x20;puede&#x20;multar&#x20;a&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;sin&#x20;probar&#x20;culpa,&#x20;dolo&#x20;o&#x20;negligencia" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/cafa50/el-supremo-vuelve-a-frenar-a-hacienda-no-se-puede-multar-a-autonomos-sin-probar-culpa-dolo-o-negligencia/375_142.jpeg">
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   </div>
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<p>En su caso, el espacio destinado a la actividad representaba el 15% del total del inmueble, porcentaje que venía aplicando para deducir gastos como electricidad, agua, telefonía, internet, alquiler y seguros.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Pese a ello, <strong>la Agencia Tributaria redujo de nuevo la deducción aplicando un segundo filtro vinculado al tiempo efectivo de trabajo diario</strong>, una interpretación que ahora ha sido rechazada por el tribunal.</p>
<h2><strong>El origen del conflicto con Hacienda</strong></h2>
<p>En la práctica habitual, <strong>los autónomos que trabajan desde casa aplican el porcentaje correspondiente a los metros cuadrados afectos a la actividad sobre los gastos generales de la vivienda.</strong></p>
<!-- BREAK 3 --><p>Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y se ha consolidado como la base legal para deducir suministros cuando el domicilio coincide con el lugar de trabajo.</p>
<p>Sin embargo, en los últimos años Hacienda ha venido aplicando un criterio adicional. <strong>Además del porcentaje de superficie, exigía reducir aún más la deducción en función del tiempo efectivo de trabajo</strong>, limitándolo generalmente a una jornada estándar de ocho horas diarias durante cinco días a la semana.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Esta interpretación suponía, en la práctica, una doble minoración que reducía de forma significativa el importe deducible.</p>
<p>El caso analizado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid refleja con claridad esta situación.</p>
<p>Aunque la Administración aceptó el porcentaje del 15% correspondiente al espacio destinado a la actividad, <strong>posteriormente aplicó una reducción adicional basada en el número de horas trabajadas, lo que derivó en una menor deducción de los gastos de telefonía e internet.</strong></p>
<h2><strong>Un criterio contrario a la normativa del IRPF</strong></h2>
<p>La sentencia considera que esta forma de proceder es contraria a la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-20764">Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas</a>.</p>
<p>El tribunal recuerda que el artículo 30.2.5º de la norma no contempla la aplicación de un segundo porcentaje vinculado al tiempo de uso del espacio. <strong>Es decir, una vez determinado el porcentaje de afectación de la vivienda, no procede aplicar una reducción adicional por horas de trabajo.</strong></p>
<p>Según recoge el fallo, la ley no exige que el autónomo pruebe cuántas horas diarias utiliza ese espacio para desarrollar su actividad.</p>
<p>La afectación del inmueble se determina por su uso profesional, no por una medición horaria que, además, resulta difícilmente objetivable en el trabajo por cuenta propia.</p>
<p>Este razonamiento supone un cambio relevante en la interpretación administrativa y <strong>refuerza la posición de los contribuyentes frente a criterios restrictivos que no están expresamente recogidos en la norma.</strong></p>
<!-- BREAK 5 --><h2><strong>Más seguridad jurídica para los autónomos</strong></h2>
<p>La sentencia aporta claridad en un terreno especialmente conflictivo. &nbsp;A diferencia de los trabajadores asalariados, <strong>los autónomos no están sujetos a un horario rígido ni a un registro de jornada.</strong></p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/supremo-abre-puerta-a-que-autonomos-reclamen-rapido-sus-facturas-al-estado" class="desvio-title js-desvio-title">El Supremo abre la puerta a que los autónomos reclamen más rápido sus facturas al Estado </a>
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<p>Su actividad puede extenderse de forma irregular a lo largo del día, lo que hace inviable establecer límites temporales precisos para el uso del espacio de trabajo.</p>
<!-- BREAK 7 --><p>El tribunal subraya que aplicar una reducción adicional por horas <strong>supone introducir una exigencia no prevista legalmente y genera una desigualdad injustificada.</strong></p>
<p>La decisión judicial refuerza así el <strong>principio de seguridad jurídica </strong>y evita interpretaciones discrecionales por parte de la Administración.</p>
<p>Además, el fallo recuerda que la ley ya fija un criterio objetivo al establecer que el porcentaje deducible se calcule en función de la superficie destinada a la actividad. Ese parámetro, por sí solo, resulta suficiente para determinar la deducción aplicable.</p>
<h2><strong>Implicaciones prácticas de la sentencia</strong></h2>
<p><strong>La resolución del TSJ de Madrid abre la puerta a que muchos autónomos puedan defender sus deducciones frente a posibles regularizaciones de Hacienda.</strong></p>
<p>También sienta un <strong>precedente</strong> relevante para futuras comprobaciones, al limitar la capacidad de la Administración para aplicar interpretaciones más restrictivas que las previstas en la ley.</p>
<p>Asimismo, el fallo refuerza la deducibilidad de gastos como el alquiler, la electricidad, el agua o el seguro del inmueble, incluso en aquellos casos en los que existan incidencias formales relacionadas con el IVA.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>El tribunal entiende que estas circunstancias no impiden considerar el inmueble como afecto a la actividad profesional a efectos del IRPF.</p>
<p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/home-office-homework-at-home-4974639/">Pixabay</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.instagram.com/mjmonteroc/">Instagram</a></p>
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