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Hacienda

Darse de alta como autónomo ya no es complicado

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Hace tres semanas realicé los tramites necesarios para darme de alta como autónomo y para ello utilicé el servicio de la ventanilla única de la Cámara de Comercio de mi región. No puedo más que decir que salí bastante contento por la velocidad en la gestión ya que en poco más de una hora había arreglado todo el alta quedando programada para el día 1 de este mes.

Tan solo necesité mi DNI, el número de la seguridad social y un número de cuenta bancaria para domiciliar el pago. Hice todos los tramites en una sola mesa, sin dar rodeos ni rellenar documento alguno. Esto fue así gracias a un sistema que están implantando poco a poco muchas Cámaras que consiste en una conexión mediante internet que “alimenta” a todos los organismos implicados.

El funcionamiento tradicional de la ventanilla única consiste en una serie de mesas en las que se encuentran representantes de organismos como Hacienda Estatal, Gobierno de Canarias (en mi caso), etc… El demandante se mueve de mesa en mesa cumplimentando los pasos con diferentes personas y entidades en un orden determinado.

Me llevé una alegría cuando al sentarme me explicaron que no nos moveríamos de la mesa (aunque no me habría importado ir de mesa en mesa con tal de no ir de organismo en organismo) y que realizaríamos todos los procedimientos con el nuevo sistema que todavía estaban comenzando a implementar allí.

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Renta 2010, cuestiones a considerar para los autónomos y empresarios

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Hoy comienza el plazo para la presentación ordinaria de la Renta 2010, éste se extiende desde el 3 de mayo al 30 de junio y básicamente el impuesto no ha sufrido cámbios, sin embargo hay algunos aspectos que han cambiado y que implican a los autónomos y a los empresarios que sí debemos comentar.

Por un lado, para aquellos que hayan capitalizado su prestación por desempleo para la creación de un proyecto empresarial mediante el pago único de la prestación durante el ejercicio pasado se ha elevado la cantidad exenta de tributación, pasando de los 12.020 euros a los 15.500 euros. De tal manera que sólo deberán declara las cantidades cobradas que excedan de esa cantidad.

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Amenaza de phishing con las devoluciones de la renta 2010 como cebo

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La Brigada de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional (BIT) ha alertado sobre un envío de miles de mensajes con el logotipo falsificado de la Agencia Tributaria que, usando como cebo una supesta devolución de impuestos en el marco de la actual campaña de la renta, piden a los contribuyentes sus datos bancarios.

El mensaje avisa de la devolución de cierta cantidad de dinero, reembolso que se debe a la devolución de la renta, y añade que para recibir esa devolución debemos cubrir un formulario indicándonos que en el plazo de 5 a 7 días recibiremos el dinero correspondiente. Este tipo de estafas a través de la red suele ser habitual y utilizan como anzuelo múltiples motivos, por eso es recomendable estar alerta y recordar ciertos aspectos.

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Caso particular sobre las retenciones del IRPF en las facturas

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Acaba de llegarnos una nueva consulta, en este caso tiene que ver con las retenciones del IRPF que se aplican en las facturas por servicios profesionales. Este es el caso que nos hace llegar el lector:

Hola, tengo una duda que os agradecería si pudieráis resolverla. Soy trabajador autónomo y para realizar un encargo de un cliente tengo que contar con la colaboración de otro autónomo. Yo al cliente tengo que facturarle el 100% del trabajo y éste me retendrá el 15% de IRPF del total de trabajo, pero yo tengo que abonar el 50% de ese importe al otro autónomo que a su vez me hará factura por ese importe y yo tendré que retenerle el 15% de ese 50%.

Mi duda es que de esa forma Hacienda retendrá dos veces por el mismo trabajo, ¿Hay alguna forma de que solo se retenga el 15% del total y luego indicarle a hacienda que el 50% de esa retención corresponde a otra persona?

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Obtención de certificados tributarios de terceras personas por las Administraciones Públicas

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La Agencia Tributaria facilita, a través de su sede electrónica, la obtención de certificados tributarios de terceras personas por las Administraciones Públicas. Este sistena proporciona, a las Administraciones Públicas, certificados tributarios que precisen para la tramitación de procedimientos administrativos de su competencia.

Por supuesto esta cesión directa de información tributaria ha de contar con el previo consentimiento del obligado tributario o estar prevista en una ley. Dicha autorización puede ser revocada por el obligado tributario en cualquier momento.

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Hacienda, el cazador cazado

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Hacienda, el cazador cazado

El otro día estaba viendo un reportaje en la televisión donde se hablaba (de una forma crítica) de como las grandes, medianas e incluso pequeñas economías buscaban las fórmulas para evadir capital y pagar menos impuestos. Y si bien ese tono crítico puedo aceptarlo cuando se trata de empresas o particulares que delinquen, no lo entiendo cuando se trata de personas o empresas que lo único que hacen es buscar ingeniosas soluciones completamente legales para pagar menos impuestos.

¿Es bueno o malo aquel que pretende pagar menos impuestos? Yo como siempre he dicho en esta misma tribuna, haría un monumento al que consigue pagar menos impuestos (entendiendo siempre que lo hace de una forma absolutamente legal, dando por supuesto que no apruebo lo contrario). Pues entiendo que del mismo formo que la agencia tributaria, que el fisco busca mil y una maneras (dicen que legales) de “pescar” al contribuyente, veo de lo más lógico que el contribuyente intente (legalmente) escapar del fisco.

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Las empresas están obligadas a facilitar todos los datos que Hacienda les requiera, aunque sean ajenos

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Una sentencia del Tribunal Supremo (TS), de 13 de enero de 2011, anula un auto de la Audiencia Nacional en el cual se descartaba que la Agencia Tributaria tuviera atribuciones para solicitar a las empresas información sobre terceras personas sin que estas demandas de datos estuvieran ligadas a actas de inspección de dichas empresas o de esas terceras personas.

Por tanto, los órganos de inspección de Hacienda puede solicitar información sobre los clientes de las empresas sin necesidad de que esta información esté vinculada a inspecciones o comprobaciones sobre la situación tributaria ni de la propia empresa ni de esos clientes.

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El nuevo sello electrónico de la Agencia Tributaria

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En el BOE del pasado 12 de febrero se publicó la resolución de 4 de febrero de 2011, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), sobre uso de código seguro de verificación y por la que se crean los sellos electrónicos de este organismo. Esta medida tiene el objetivo de mejorar el servicio de transmisión de información y comunicaciones por vía electrónica que la Agencia Tributaria presta a los ciudadanos en condiciones de máxima seguridad jurídica.

El código seguro de verificación es un sistema de firma electrónica vinculado a la Administración Pública, órgano o entidad y, en su caso, a la persona firmante del documento, que permite comprobar la integridad del documento mediante el acceso a la sede electrónica correspondiente. este sistema ya se venía utilizando en las transmisiones por vía telemática.

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Plan de Control Tributario 2011: el control del fraude en fase recaudatoria

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Tras analizar el primer gran bloque del Plan de Control Tributario, centrado en la comprobación e investigación del fraude fiscal, vamos a ver en qué consite el segundo de los grandes ámbitos en los que se articula el Plan, el control del fraude en fase recaudatoria. Las actuaciones de este segundo bloque van dirigidas a lograr el cobro de las regularizaciones y liquidaciones derivadas de las actuaciones de control tributario.

Se reforzará el control de deudores con incumplimiento sistemático de sus obligaciones fiscales. Se realizarán actuaciones de embargo de los bienes y créditos de estos deudores en función de la información contable que se pueda recabar en las citadas actuaciones. Esto tendrá una doble finalidad, por un lado la de cobrar la deuda pendiente y, por otro, impedir la actuación en el mercado de estos sujetos, que con su proceder no sólo perjudican a la Hacienda Pública sino que realizan una competencia ilícita en el sector económico en el que ejercen sus actividades, por la ventaja que les supone este fraude fiscal respecto a otras empresas de la competencia.

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La lucha contra el fraude en 2011

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Hoy, 7 de febrero, se ha publicado en el BOE el Plan de Control Tributario para 2011 con el que el Gobierno pretende intensificar las medidas de lucha contra el fraude y la economía sumergida. Dicho plan contempla la colaboración entre Hacienda, la Inspección de trabajo y la Tesorería General de la Seguridad Social.

El desarrollo del Plan General de Control Tributario se agrupará en tres grandes ámbitos. El primero llevará a cabo actuaciones de comprobación e investigación sobre el fraude fiscal, principalmente en los sectores o actividades en los que existe una mayor percepción del fraude, como es el caso de los profesionales o los contribuyentes con signos externos de riqueza que no se correspondan con los niveles de renta declarados.

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