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        <title>Magazine - fotografia</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 13:18:43 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[La importancia del periodismo fotográfico en un evento empresarial]]></title>
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                <pubDate>Sat, 20 Jul 2019 07:00:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/2025a5/disney-677382_640/1024_2000.png" alt="La&#x20;importancia&#x20;del&#x20;periodismo&#x20;fotogr&#x00E1;fico&#x20;en&#x20;un&#x20;evento&#x20;empresarial">
    </p>
    <p>No hay red social que pertenezca a una empresa, aunque sea microscópica que no cuente con su fondo lleno de logos de los patrocinadores y un grupo de hombres y mujeres riendo como si hubieran visto una buena película de Woody Allen, delante.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Es lógico que las imágenes venden y que para dar difusión a una reunión, una cena empresarial o un evento festivo relacionado con trabajo, haya que capturar imágenes. <strong>¿Pero son tan profesionales como se debería? ¿Se confunde lo divertido con chabacano?</strong></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Participar en eventos empresariales es imprescindible</h2>

<p>Hay que acudir. Quizás no haya ganas porque te guste más posar para tu pareja o con tu grupo de amigos, pero es trabajo. Hay que arreglarse y acudir a un lugar donde charlarás con más personas y el objetivo será hacer contactos o mejorar o difundir la imagen de nuestra empresa, perfecto.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset-summary article-asset-normal"><div class="asset-content"><div class="sumario">¿Pero a quién se le ha pedido que organice el sarao? ¿Son profesionales? ¿Han confundido un acto profesional con una boda o una despedida de soltero?</div></div></div><p>En foros sobre organización de bodas, encuentras a chicas que considera falto de originalidad y hasta ridículo el hecho de contar con un fotocol o un fotomatón. Gente haciendo cola para hacerse una foto. ¡Es una boda! No una presentación de una película.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/management/empleados-que-son-obligados-a-motivarse-en-charlas-impartidas-por-expertos-en-felicidad">
     <img alt="Empleados&#x20;que&#x20;son&#x20;obligados&#x20;a&#x20;motivarse&#x20;en&#x20;charlas&#x20;impartidas&#x20;por&#x20;expertos&#x20;en&#x20;felicidad&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/eec2ef/halloween-1746354_640/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/management/empleados-que-son-obligados-a-motivarse-en-charlas-impartidas-por-expertos-en-felicidad" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/management/empleados-que-son-obligados-a-motivarse-en-charlas-impartidas-por-expertos-en-felicidad" class="desvio-title js-desvio-title">Empleados que son obligados a motivarse en charlas impartidas por expertos en felicidad </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>El inicio es tan importante como el desarrollo del evento</h2>

<p>La diversión no está reñida ni con el buen gusto y lo más importante: la repercusión. Esto no es una boda, es un encuentro social donde todos tienen un fin: darse a conocer. Y que sus futuros clientes, tengan a través de imágenes o vídeos información útil, no el último modelo que nos hemos comprado.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset-summary article-asset-small"><div class="asset-content"><p class="sumario_derecha">La importancia de creación y participación en eventos empresariales es uno de los pilares del mundo corporativo</p></div></div><p>No debe quedar reducida al mero acto, sino que precisa de un trabajo de promoción y elaboración de contenidos paralelos. ¿Pero qué contenidos pueden ser útiles y atractivos?</p>
<!-- BREAK 6 -->
<h2>Contar con un buen equipo de comunicación</h2>

<p>Este círculo de contenidos, que tiene un evento como núcleo, debe desarrollarse tanto para promocionar su llegada como para complementarlo una vez terminado. </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>El primer paso para lograr unos buenos resultados con nuestras fotos es contar con un equipo de comunicación exclusivamente dedicado al trabajo de recopilación de contenido y al posterior proceso de tratamiento de las imágenes. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>El equipo debe cubrir distintas perspectivas del acto o elaborar distintos materiales (fotografías, vídeos, entrevistas…) </p>

<h2>Publicación en web</h2>

<p>En cuanto a la publicación en la página web, una estrategia puede consistir en detenerse a capturar determinadas instantáneas cargadas de detalles explicativos que logren transmitir el evento a los espectadores en un reducido número de fotos.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Y luego está la otra opción, la de llenar nuestra página web con imágenes intrascendentes, que puede resultar poco provechosas para nuestra audiencia.   </p>
<!-- BREAK 10 -->
<h2>Consejos y errores a evitar</h2>

<ul>
<li><p>Trabajar con cámaras en modo automático es un error, ya que muchas veces no se adaptará a las condiciones del entorno tal y como lo necesitamos o no nos proporcionará los resultados correctos.</p>
</li>
<li><p>Evitar el flash siempre que no sea necesario. Muchas veces la iluminación del lugar evitará tener que usar flash externo y así no acabar en una posible fotografía sobrexpuesta o quemada.</p>
</li>
<li><p>Realizar siempre más de una fotografía de cada toma y así evitaremos el tener una fotografía idónea que esté movida o se corte  un elemento importante.</p>
</li>
<li><p>Sé creativo y consigue imágenes espontáneas. Juega con perspectivas, ángulos inusuales o situaciones emocionales y fuera de lo convencional.</p>
</li>
</ul>

<p>Imagen|<a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/vectors/disney-danza-alegr%C3%ADa-estilo-de-vida-677382/">Pixabay</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[¿Es el currículum sin foto una medida eficaz para evitar la discrimación? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/es-el-curriculum-sin-foto-una-medida-eficaz-para-evitar-la-discrimacion</link>
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                <pubDate>Wed, 28 Dec 2016 09:01:56 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/e011c6/application-1756273_640/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Es&#x20;el&#x20;curr&#x00ED;culum&#x20;sin&#x20;foto&#x20;una&#x20;medida&#x20;eficaz&#x20;para&#x20;evitar&#x20;la&#x20;discrimaci&#x00F3;n&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>Parece que el Gobierno está decidido a cambiar los hábitos laborales en España. Si hace unos días <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/cambio-de-horario-y-fin-de-jornada-laboral-a-las-6-propuestas-para-el-pacto-por-la-conciliacion">propuso una serie de medidas para que la jornada laboral acabase a las seis de la tarde</a>, la nueva ocurrencia del Ejecutivo es <strong>eliminar la fotografía y otros datos personales de los CV con el objetivo de evitar la discriminación por sexo</strong> en los procesos de selección. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero, ¿cuánto recorrido puede tener esta propuesta? ¿Es cierto que los departamentos de recursos humanos se fijan tanto en los aspectos físicos del candidato más allá de su experiencia o formación? </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Ya existen límites a la discriminación</h2>

<p>Lo cierto es que, en la actualidad, <strong>ya existen ciertos límites a la discriminación por sexo en las entrevistas de trabajo</strong> y procesos de selección. No te pueden preguntar nada que tenga ver con tu salud, origen étnico o extracción social y se vigila muy de cerca la posibilidad de que existe discriminación o prejuicios sobre alguna discapacidad real o percibida.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Evidentemente, <strong>esto se traduce en que el entrevistador no puede tomar ninguna decisión basándose únicamente en la fotografía del candidato</strong>. Debe juzgar únicamente las capacidades y el potencial del futuro empleado tomando en cuenta sus habilidades y su experiencia laboral.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>A esto hay que añadir un factor fundamental en las empresas: <strong>su imagen</strong> corporativa. Ninguna empresa quiere ser considerada como un mal sitio para trabajar o un lugar donde se discrimine por razón de sexo. El <em>boca a oreja</em> constituye un elemento que todas las compañías tienen en cuenta cuando se dan a conocer, y este tipo de prácticas, desde luego, no ayudan.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>Pero, ¿las empresas contratan por las apariencias?</h2>

<p>A igualdad de condiciones, la apariencia es un valor añadido, <strong>pero no debería ser el criterio principal para seleccionar a un candidato</strong>. Sin embargo, existe jurisprudencia en la que los tribunales de justicia aceptan que en ciertos trabajos de cara al público, se valore la buena presencia a la hora de seleccionar un candidato. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En la práctica, <strong>la apariencia sí sirve como filtro</strong>, especialmente enposiciones de mayor autoridad. Según varios estudios de universidades australianas y estadounidense, se ha llegado a demostrar que la percepción física que se tiene sobre ciertas personas puede ser un elemento discriminatorio, especialmente en términos de salario.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>De hecho, según la Universidad de Florida, <em>una mujer que pese 11 kilos menos que la media puede llegar a ganar 10.947 euros anuales más. La mujer que supere en 11 kilos la media podría llegar a percibir hasta 9.734 euros menos</em>.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>No obstante, eliminar del CV cierta información, como los datos personales o la propia fotografía, no siempre sería un buen argumento para evitar la discriminación. Las empresas tienen mecanismos más que suficientes para <strong>averiguar la apariencia física de una persona</strong> y, en todo caso, siempre solicitarán una entrevista presencial o por teléfono. Parece que la propuesta de la ministra Dolors Monserrat no tendrá mayor recorrido, o eso parece.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/management/debo-quitar-formacion-de-mi-cv-si-quiero-acceder-a-un-puesto-de-menor-cualificacion">¿Debo quitar formación de mi CV si quiero acceder a un puesto de menor cualificación?</a></p>

<p>Imagen | loufre</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El poder de la imagen: Instagram, ¿qué es y cómo usarlo en las empresas?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/el-poder-de-la-imagen-instagram-que-es-y-como-usarlo</link>
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                <pubDate>Mon, 10 Sep 2012 15:31:28 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/b15886/nuevaweb_instagram/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;poder&#x20;de&#x20;la&#x20;imagen&#x3A;&#x20;Instagram,&#x20;&#x00BF;qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;usarlo&#x20;en&#x20;las&#x20;empresas&#x3F;">
    </p>
    <p>Es <strong>innegable el poder de la imagen en el marketing</strong>. La tendencia de la sociedad hacia una cultura claramente visual debe ser también aprovechada por las empresas. Es un <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.genbetasocialmedia.com/social-media-corporativo/las-imagenes-son-esenciales-en-el-plan-de-marketing-infografia">vehículo casi inigualable</a> para llegar a la audiencia y para transmitir mensajes, por lo que el contenido generado por las marcas (grandes o pequeñas) en redes sociales debería tener entre sus ingredientes una alta carga visual.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Es cierto que su uso en aumento representa el fenómeno de la <strong>simplificación absoluta de los contenidos</strong>, como nos comentaba hace unos meses <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.abc.es/blogs/jose-luis-orihuela/public/post/del-weblog-al-pinboard-11312.asp">en este post</a> el profesor de la Universidad de Navarra, José Luis Orihuela. Pero para hacer que esa tendencia se vuelva en contra de la empresa, se debe plantear la utilización de todo el potencial de lo visual combinada con una estudiada estrategia de contenidos con mayor profundidad.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Ante esa tendencia de la que hablamos ha surgido en los últimos años <strong>una serie de plataformas de creación de contenidos visuales que pueden resultar muy útiles en la estrategia de las marcas</strong>. Hoy vamos a hablar de una: <a rel="noopener, noreferrer" href="http://instagram.com/">Instagram</a>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<h2>¿Qué es instagram?</h2>

<p>Es una mezcla entre aplicación y red social para compartir fotos a través del teléfono móvil. Nació en octubre de 2010 y tras año y medio en el mercado y unos 50 millones de usuarios fue adquirida por Facebook para reforzar la gestión de la imagen por parte del gigante fundado por Zuckerberg.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En un primer momento, la aplicación fue diseñada exclusivamente para iPhone, aunque hace unos meses se lanzó la versión para Android, con lo que su audiencia se incrementó notablemente. Hoy la plataforma <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.rtve.es/noticias/20120906/facebook-cierra-compra-instagram-supera-5000-millones-fotos-compartidas/561787.shtml">ha superado los 80 millones de usuarios</a> y los <strong>5.000 millones de archivos publicados</strong>. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>La aplicación permite hacer la fotografía, retocarla con distintas herramientas y filtros y publicarla no sólo en su plataforma en torno a la cual se ha construido una red social muy interesante, sino en el resto de las principales redes (Facebook, Twitter o Tumblr, entre otras).</p>
<!-- BREAK 6 -->
<h2>¿Qué se puede hacer con ella?</h2>

<p>Llegados a este punto, habrá empresas que se pregunten qué puede hacer dentro de la estrategia de marketing en redes sociales de su negocio con esta herramienta. Pese a que haya sectores con mejores condiciones intrínsecas para su uso (hostelería, moda, motor…), <strong>con un poco de imaginación puede ser muy útil para presentar una imagen distinta de la marca</strong>. He aquí algunas posibilidades:</p>
<!-- BREAK 7 --><ul>
   <li>
   <p>Un portfolio distinto.</p>

  </li>
   <li>
   <p>Otra forma de compartir eventos de la empresa.</p>

  </li>
   <li>
   <p>Mayor transparencia y mayor humanización de la firma. Hoy la audiencia en redes sociales reclama mayor transparencia de las compañías de las que son seguidores acérrimos. Mostrar las oficinas y algunos de los trabajadores, exhibir el ‘making off’ del último spot televisivo o fotografiar el proceso de fabricación de sus productos a través de imágenes pueden ser otras alternativas.</p>
<!-- BREAK 8 -->
  </li>
   <li>
   <p>Lograr una mayor participación de la audiencia, organizando concursos para premiar las imágenes que mejor reflejen la filosofía de la compañía.</p>

  </li>
 </ul>
<h2>Algunos usos interesantes</h2>

<p>En torno a un <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.genbetasocialmedia.com/otros/el-40-de-las-principales-marcas-tiene-cuenta-en-instagram">40 % de las grandes marcas</a> están presentes en la plataforma y, con toda probabilidad, irá en aumento. Algunas experiencias pueden ser interesantes. Destacamos tres:</p>
<!-- BREAK 9 --><ul>
   <li>
   <p><a rel="noopener, noreferrer" href="http://web.stagram.com/n/starbucks/">Starbucks:</a> es una de las multinacionales punteras en el mundo de las redes sociales y la estrategia 2.0. Su capacidad para innovar en este ámbito ha estado más que demostrada en todo este tiempo. En el caso de Instagram en su cuenta tiene 820.000 usuarios a los que no sólo obsequia con fotografías paradisíacas que refuerzan su imagen de marca, sino que deja que sean ellos quienes envíen sus imágenes.</p>
<!-- BREAK 10 -->
  </li>
   <li>
   <p><a rel="noopener, noreferrer" href="http://web.stagram.com/n/nike/">Nike:</a> cuenta con 420.000 y no sólo se centra en sus productos deportivos, sino que explota la imagen de los deportistas a los que patrocinan, lo que genera un interés muy alto y un gran engagement.</p>
<!-- BREAK 11 -->
  </li>
   <li>
   <p><a rel="noopener, noreferrer" href="http://web.stagram.com/n/tiffanyandco/">Tiffany:</a> Es una marca de joyas de lujo. En su cuenta de Instagram, en la que tiene más de 130.000 seguidores, no sólo muestra sus productos sino el proceso de fabricación, con el que refuerza su imagen de marca, justificando sus altos precios.</p>
<!-- BREAK 12 -->
  </li>
 </ul>
<p>Son muchos los ejemplos de grandes compañías que están usándola de forma original y efectiva. Ahora, cada empresa, sea grande o pequeña, debe valorar, como ya hemos dicho <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/utilizar-las-redes-sociales-si-pero-con-objetivos-y-un-plan">en alguna ocasión</a>, si ese puede ser un canal efectivo y dar el paso. Nada está escrito y <strong>las posibilidades son enormes</strong>.</p>
<!-- BREAK 13 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/hay-vida-mas-alla-de-facebook-y-twitter-otras-redes-sociales">Hay vida más allá de Facebook y Twitter: otras redes sociales</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/utilizar-las-redes-sociales-si-pero-con-objetivos-y-un-plan">¿Utilizar las redes sociales? Sí, pero con objetivos y un plan</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Vender una fotografía paso a paso (II)]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/vender-una-fotografia-paso-a-paso-ii</link>
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                <pubDate>Thu, 15 Oct 2009 18:16:23 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/596a6a/como-facturar-una-fotografia-1/1024_2000.jpg" alt="Vender&#x20;una&#x20;fotograf&#x00ED;a&#x20;paso&#x20;a&#x20;paso&#x20;&#x28;II&#x29;">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
Una vez hemos cumplido con los requisitos legales con Hacienda, la otra gran cuestión que queda pendiente es el <strong>hipotético alta en autónomos</strong>. En nuestra mente está asociado que cualquier actividad que pase por Hacienda, requiere una cotización como autónomos, extremo que es así como norma general pero no siempre.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Como hecho diferenciador para las actividad descrita, el punto distintivo es la propia consideración que tengamos de la actividad. Si es una actividad empresarial (vendiendo las fotos) tiene un tratamiento y si es una actividad profesional, que vende los derechos de uso de la fotografía tiene otro tratamiento totalmente distinto.<br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
<h3>Alta en autónomos</h3><br />
Dado que hablamos de venta puntual, no me dedico habitualmente ni de manera empresarial a esta actividad y el tiempo empleado es ínfimo en la realización de una fotografía frente a la jornada laboral, <strong>no es necesario cotizar en autónomos, sea el importe que sea el que se factura</strong>. Es decir, es indiferente, facturar 100 euros que 15.000 euros por una foto. No tiene relación con el desempeño de trabajo por cuenta propia.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Este criterio es <strong>radicalmente opuesto si yo vendo la foto como actividad empresarial</strong>. En ese caso, si se genera ordenación material de medios técnicos y sea el importe que sea, la Seguridad Social puede exigir el alta en autónomos, aunque sólo haya sido un día en un mes.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La norma no escrita que sigue la <span class="caps">TGSS</span> para eximir de esta cotización dentro de las actividades empresariales son las siguientes:</p>
<ul>
   <li>
   <p>El importe facturado sea inferior al <span class="caps">SMI</span> (624 euros)</p>

  </li>
   <li>
   <p>Se tenga una fuente principal de ingresos independiente</p>

  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>No se esté cobrando el desempleo o cualquier otro tipo de prestación por parte de la <span class="caps">TGSS</span>.</p>

  </li>
 </ul>
<p><br />
En cualquier otro caso, el alta es autónomos es exigible por un mes entero, apróximadamente 260 euros, de manera independiente a que yo haya estado sólo un día dado de alta en hacienda.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p><h3>Otras obligaciones en materia de impuestos</h3><br />
Dar de alta una actividad empresarial genera dos gastos a nivel municipal de pequeño importe pero a tener en cuenta. Aparecen dos cargos que son:</p>
<!-- BREAK 6 --><ul>
   <li>
   <p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-impuesto-revolucionario-de-las-camaras-de-comercio">cuota cameral</a>.</p>

  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p>Las tasas de basura industrial.</p>

  </li>
 </ul>
<p><br />
No se puede especificar exactamente el importe de cada una, dado que en el caso de la primera es un porcentaje sobre el beneficio de la actividad profesional y en el segundo es una tasa local que varía en función del ayuntamiento.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p><strong>Disclaimer para los lectores habituales</strong>: Quizá os parezca unos posts un poco simples en materia fiscal, pero este serie que he publicado hoy va orientado para fotógrafos, no para autónomos o empresarios curtidos en mil batallas fiscales.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/como-se-factura-una-foto-de-manera-legal-cara-a-hacienda">¿Cómo se factura una foto de manera legal cara a Hacienda?</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/vender-una-foto-paso-a-paso-i">Vender una foto paso a paso (I)</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/ntx/235356185/">ntx</a></p>
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                <title><![CDATA[Vender una foto paso a paso (I)]]></title>
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                <pubDate>Thu, 15 Oct 2009 18:06:33 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/7515bb/como-facturar-una-fotografia/1024_2000.jpg" alt="Vender&#x20;una&#x20;foto&#x20;paso&#x20;a&#x20;paso&#x20;&#x28;I&#x29;">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
Continuando con el post anterior, ya hemos determinado que la fotografía que me dispongo a vender <strong>es una actividad profesional</strong>. Partiendo de esta premisa, tengo que tener en cuenta, que sea el importe que sea, es decir, lo mismo da 50 euros, que 10.000 euros, tengo que emitir una factura oficial.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero claro, para emitir una factura oficial, previamente hay que <strong>dar de alta la actividad en Hacienda </strong>con el correspondiente modelo censal. Esta obligación de alta y baja consiste principalmente en cambiar mi condición fiscal en Hacienda.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p></p>

<p><h3>Alta y baja de la actividad</h3>
 El modelo a <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_01_al_99/036/mod036.pdf">cumplimentar es el modelo 036 (<span class="caps">PDF</span> autorellenable)</a>, disponible en la web de Hacienda. Este modelo no tiene ningún coste presentarlo, pero si tiene sanción si no se presenta y se emite una factura.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Este modelo sirve para dar de alta la actividad profesional, cumplimentar el epígrafe de actividades económicas, que para el caso comentado es el epígrafe<em> &#8220;861: Pintores, escultores, ceramistas, artesanos, grabadores y artistas similares&#8221;</em>, incluido dentro de las actividades profesionales.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Este modelo lo presentaré el día que yo emita la factura y <strong>lo volveré a presentar al día siguiente solicitando la baja </strong>de todas las actividades declaradas. Es un modelo farragoso de cumplimentar y ante la duda, es recomendable acudir a cualquier delegación de Hacienda donde nos orientarán para que no tengamos ningún error.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p><h3>El IVA</h3><br />
Al importe de venta que yo haya estipulado para la foto, tengo que sumarle el <span class="caps">IVA</span> por un lado, 16%(cambiará al 18% en breve) y restarle el 15% en concepto de retención del <span class="caps">IRPF</span>. Como dijimos en el post anterior, esta cantidad se considera como pago a cuenta de mi declaración de la renta. Ejemplo sencillito. Supongamos que vendo una foto por 1.000 euros<br />
Base: 1.000 euros<br />
Retención <span class="caps">IRPF</span> (15%): &#8211; 150 euros<br />
<span class="caps">IVA</span> (16%): + 160 euros<br />
A cobrar: 1.010 euros.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Estos 160 euros que yo he cobrado, hay que ingresarlos a Hacienda y este ingreso se realiza mediante el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www5.aeat.es/es13/h/ie93030b.html">modelo 303</a>. Este modelo me va a servir para llevarlo a cualquier banco una vez confeccionado y abonar los 160 euros del ejemplo anterior. La presentación la tengo que hacer con los primeros 20 días siguientes a la finalización del trimestre en el que he emitido la factura. Si yo emití la factura el 20 de agosto, y realicé los trámites de alta y baja en el mes de agosto, tendré que pagar este modelo entre el 1 y 20 de octubre.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p><strong>No se puede olvidar el resumen anual de IVA</strong>, <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.aeat.es/wps/portal/ProgramaAyuda?channel=4e84ea4c0e129010VgnVCM1000004ef01e0a____&ver=L&site=56d8237c0bc1ff00VgnVCM100000d7005a80____&idioma=es_ES&menu=0&img=0">modelo 390</a>, que es un modelo informativo que se presenta durante el mes de enero del ejercicio siguiente, recopilando todas las facturas emitidas del año anterior. Aunque sólo haya realizado una sola factura, la presentación de este modelo es obligatoria y conlleva una fuerte sanción no hacerlo. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Una vez presentado este modelo, solo me queda considerar estos ingresos profesionales en mi declaración de la renta. Este punto es importante porque obliga a presentarla aunque los ingresos hayan sido mínimos.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/como-se-factura-una-foto-de-manera-legal-cara-a-hacienda">¿Cómo se factura una foto de manera legal cara a Hacienda?</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/k-naia/318147672/">k-naia</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Cómo se factura una foto de manera legal cara a Hacienda?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/como-se-factura-una-foto-de-manera-legal-cara-a-hacienda</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/como-se-factura-una-foto-de-manera-legal-cara-a-hacienda</guid>
                <pubDate>Thu, 15 Oct 2009 17:10:18 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/89d818/presupuesto-fotos/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;C&#x00F3;mo&#x20;se&#x20;factura&#x20;una&#x20;foto&#x20;de&#x20;manera&#x20;legal&#x20;cara&#x20;a&#x20;Hacienda&#x3F;">
    </p>
    <p></p>
<p><br />
Los compañeros de <a href="https://www.xatakafoto.com/">Xatakafoto</a> han realizado un post bastante ilustrativo sobre los pasos para presupuestar un trabajo de fotografía. Claro está, que en este punto han surgido las dudas de siempre. Existen bastantes aficionados a la fotografia, que en un momento dado, alguien les quiere comprar alguno de sus trabajos y no está claro como hay que <strong>vender una foto legalmente cara a Hacienda y a la Seguridad Social</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Esta misma duda es la que ya hemos tratado para diferentes actividades, como son diseños webs, escribir en blogs, u otras muchas actividades esporádicas que pueden generar un dierto flujo de ingresos. Ahora, pongámonos en contexto. Imaginemos que llega alguna empresa y me quiere comprar una fotografía que yo tengo en Flickr para su propio uso. Vamos a darle morbo al asunto y supongamos que me ofrecen por dicho trabajo 5.000 euros <strong>¿qué pasos sigo para que sea todo legal?</strong><br /></p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p><br />
<h3>Distinguir entre actividad profesional y empresarial</h3><br />
A la hora de trabajos artísticos, como es el caso, tenemos que diferenciar dos tipos de venta distintas:</p>
<!-- BREAK 3 --><ul>
   <li>
   <p>Venta de las fotografías en sí que se califican como <strong>actividad empresarial</strong>. Imaginemos la realización de un reportaje de boda, que la propiedad íntegra del trabajo pasa a sus dueños o realizar reportajes por encargo para agencias de publicidad o medios de comunicación que adquieren la propiedad plena del trabajo</p>
<!-- BREAK 4 -->
  </li>
 </ul>

<ul>
   <li>
   <p><strong>Venta del derecho o licencia de uso</strong>. Esta venta se aplica a trabajos artísticos, no incluidos dentro del epígrafe anterior. En este caso, se realiza una actividad profesional y no empresarial, con las consiguientes diferencias a efectos tributarios y de cotización.</p>
<!-- BREAK 5 -->
  </li>
 </ul>
<p><br />
En el caso de una venta puntual de una foto, nos encontramos ante el segundo supuesto, por lo que siempre estaremos encuadrados como profesionales y no realizaremos actividad empresarial.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p><h3>¿Es necesaria el alta en Hacienda?</h3><br />
Se tienen que distinguir dos supuestos importantes, relativos a la <strong>ordenación material de medios para llevar a cabo la fotografía</strong>. Si los medios que he utilizado son de mi propiedad, cámara, trípode, software de edición&#8230; en ese caso, estoy realizando una actividad económica profesional.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Por contra, si la empresa que me va a pagar la foto pone a mi disposición, cámaras, decorados, software y todo lo necesario para llevar a cabo dicha fotografía, la cantidad que me paguen por dicha foto, tendría la consideración de rendimientos del trabajo.<br />
En el primer supuesto, hay que cumplir una serie de obligaciones formales con hacienda, sencillas pero laboriosas a la vez.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>En el segundo caso, es perfectamente legal emitir un mero recibo, que conste la venta de los derechos de uso de la foto y al que se le haya aplicado por parte del pagador un 15% de retención. Esta cantidad que ingreso, se computará como rendimientos del trabajo dentro de la declaración del <span class="caps">IRPF</span> y el pagador tendrá que ingresar el 15% que me ha retenido a Hacienda.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Como el caso general es que la foto ya esté realizada y la ordenación de medios materiales haya sido por cuenta del fotógrafo, en el siguiente post, explicaremos paso a paso cómo tenemos que actuar con Hacienda y la Seguridad Social para <strong>actuar como fotógrafo profesional.</strong></p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>Vía | <a href="https://www.xatakafoto.com/guias/guia-para-presupuestar-un-trabajo-fotografico">Guía para presupuestar un trabajo fotográfico</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://manolotoledo.es/">manolotoledo.es</a> </p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Fotografiando inmuebles]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/fotografiando-inmuebles</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/fotografiando-inmuebles</guid>
                <pubDate>Tue, 27 May 2008 17:40:37 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/f5060a/penthouse-20en-20brisbane/1024_2000.jpg" alt="Fotografiando&#x20;inmuebles">
    </p>
    <p>Si echo la vista atrás, he de reconocer que<strong> jamás hubiese imaginado como iba a cambiar el mundo de la fotografia</strong>. La irrupción en el mercado de consumo masivo de las cámaras digitales, el software de tratamiento de imágenes, las aplicaciones de internet 2.0, ha configurado una realidad totalmente distinta. En el mundo de los negocios, por ejemplo, han permitido que, <strong>el pequeño empresario se busque la vida por cuenta</strong>, sin tener que recurrir a subcontratar servicios que, difícilmente podría rentabilizar.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Pero el que uno pueda sacarse sus propias fotos<strong> no quiere decir que lo haga bien</strong>. Ni en cuanto a detalles de forma ni de planteamiento. Es por ello, que aunque enfocado a los agentes inmobiliarios, me ha parecido encontrarme con la web que os presento a continuación. Sin duda, muchos de los consejos que encontréis en la misma podréis trasladarlos a vuestra actividad profesional.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Se trata de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://photographyforrealestate.net">Photography For Real Estate</a>, un blog dedicado a la <strong>fotografía en el ámbito del sector inmobiliario</strong>. El autor se ha tomado la molestia de editar un decálogo de consejos en vídeo para que tengamos claras las ideas básicas, amén de exponer un amplio repertorio de temas en las entradas del  blog, desde temas evidentes (iluminación, uso del flash, etc) hasta otros más genéricos (marketing, asuntos legales, etc). Como no podía ser menos,<a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/groups/photographyforrealestate/pool/"> ha creado su propio grupo en Flickr </a>para sus lectores.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Vía | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.inmoblog.com/index.php/videos/consejos-y-tecnicas-para-fotografiar-pisos/">Blog Inmobiliario</a></p>

<p>Foto | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/26645527@N04/2526990731/in/pool-photographyforrealestate">highshots</a></p>
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