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        <title>Magazine - facturas-falsas</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 13:19:49 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Estas son las sanciones a las que se puede enfrentar un negocio o autónomo cuyo programa de facturación no esté actualizado ]]></title>
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                <pubDate>Mon, 02 Aug 2021 06:01:18 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/97167b/facturas/1024_2000.jpeg" alt="Estas&#x20;son&#x20;las&#x20;sanciones&#x20;a&#x20;las&#x20;que&#x20;se&#x20;puede&#x20;enfrentar&#x20;un&#x20;negocio&#x20;o&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;cuyo&#x20;programa&#x20;de&#x20;facturaci&#x00F3;n&#x20;no&#x20;est&#x00E9;&#x20;actualizado&#x20;">
    </p>
    <p>Una de las medidas estrella que ha tomado el Ministerio de Hacienda para reducir el peso del fraude fiscal ha sido prohibir el software de doble uso. Se trata de programas de facturación que mediante diferentes técnicas permiten la ocultación de ingresos al fisco. Para ello los programas de facturación tendrán que estar certificados por la Agencia Tributaria para cumplir con una serie de criterios que garanticen la integridad, conservación, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de operaciones. Y si tenemos software antiguo o que <strong>no cumple con esta certificación pueden sancionar a un negocio o autónomo si el programa no está actualizado</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Lo curioso del asunto es que parece que hasta ahora Hacienda estaba haciendo la vista gorda con estos programas, que ¿no estaban prohibidos expresamente? La realidad es que se estima que el <strong>fraude fiscal por este motivo puede estar en torno a 200.000 millones</strong> de euros lo que para el fisco supone dejar de recaudar 60.000 millones de euros anuales en impuestos, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/congreso-limita-nueva-ley-fraude-limita-pagos-efectivo-a-1-000-euros">
     <img alt="El&#x20;Congreso&#x20;limita&#x20;la&#x20;nueva&#x20;ley&#x20;contra&#x20;el&#x20;fraude&#x20;y&#x20;limita&#x20;los&#x20;pagos&#x20;en&#x20;efectivo&#x20;a&#x20;1.000&#x20;euros" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/0c73af/efectivo/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/congreso-limita-nueva-ley-fraude-limita-pagos-efectivo-a-1-000-euros" class="desvio-title js-desvio-title">El Congreso limita la nueva ley contra el fraude y limita los pagos en efectivo a 1.000 euros</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Cuáles son los motivos de sanción que nos pueden aplicar?</h2>
<p>Un comercio o un autónomo que tenga un programa de este tipo puede ser sancionado con <strong>1.000 euros solo por tenerlo</strong>, ni siquiera hace falta que se demuestre que lo han utilizado alguna vez. Es decir, pongamos el caso que en el TPV de un negocio que proviene de un traspaso está el programa de contabilidad antiguo, que por cualquier motivo no se ha eliminado y no cumple con la certificación de Hacienda. El negocio utiliza otro más actual que si cumple con esta certificación. La sanción sería igualmente aplicable.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset-summary article-asset-small article-asset-left">
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     <p class="sumario_izquierda">Tener un programa antiguo de facturación en nuestros sistemas puede salir muy caro</p>
   </div>
</div>
<p>Pongamos el caso de un programa de pago por uso, que desarrollan pongamos el caso en Polonia y hemos contratado porque resulta muy económico. Si no está certificado con la Agencia Tributaria y lo estamos utilizando, 5<strong>0.000 euros de multa por cada año que lo hayamos estado utilizando</strong>. &nbsp;Una cantidad suficiente como para verificar que nuestro programa cumple con esta certificación y estamos cubiertos.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Más grave sería el caso en el que se demuestre que se están utilizando para ocultar ingresos al fisco, ya que <strong>la sanción subiría hasta los 150.000 euros por cada año en el que se haya estado utilizando</strong> de forma fraudulenta. Son cantidades lo suficientemente importantes como para comprometer la viabilidad de un negocio si está ocultando ingresos al fisco.</p>
<p>Por último los <strong>fabricantes, vendedores o distribuidores de los programas </strong>de contabilidad que no dispongan de esta nueva certificación del Ministerio de Hacienda serán sancionados con 150.000 euros por cada año que los hayan fabricado, vendido o distribuido.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2>Un doble fraude</h2>
<p>Lo cierto es que el problema con estos programas es que además se comete un doble fraude. Por un lado se declaran menos ingresos de los realmente obtenidos, por otro el IVA que se ha cobrado a los clientes luego no se declara.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/problema-economia-sumergida-no-pagar-efectivo-1-000-euros-vender-emitir-factura">
     <img alt="El&#x20;problema&#x20;de&#x20;la&#x20;econom&#x00ED;a&#x20;sumergida&#x20;no&#x20;es&#x20;pagar&#x20;en&#x20;efectivo&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;1.000&#x20;euros,&#x20;es&#x20;vender&#x20;sin&#x20;emitir&#x20;factura" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/6443fe/factura/375_142.jpg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/problema-economia-sumergida-no-pagar-efectivo-1-000-euros-vender-emitir-factura" class="desvio-title js-desvio-title">El problema de la economía sumergida no es pagar en efectivo más de 1.000 euros, es vender sin emitir factura</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Es decir, no es solo que no se pague a Hacienda, sino que <strong>cobran el IVA al cliente, se ejerce de recaudador, y luego no se ingresa</strong>. O dicho de otro modo, si un cliente paga 100 euros por un producto o servicio que luego no se declara, 21 euros van a parar directamente a la caja del negocio.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Lo cierto es que<strong> veremos cómo se desarrollan las campañas</strong> para evitar este tipo de programas. Ya hemos visto con otras similares que Hacienda suele aplicar una primera informativa con el envío de cartas que hace que muchos negocios se pongan al día y otra segunda ejemplarizante, donde se busca llamar la atención con la inspección de negocios muy conocidos que sirvan para que otros tomen nota.</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Hacienda pone la lupa en el régimen de módulos ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 01 Mar 2019 08:30:28 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5e4a18/lupa-hacienda/1024_2000.jpg" alt="Hacienda&#x20;pone&#x20;la&#x20;lupa&#x20;en&#x20;el&#x20;r&#x00E9;gimen&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;">
    </p>
    <p>Hace años que Hacienda tiene en el punto de mira el régimen de módulos. Sin embargo duda a la hora de dar el paso. Desde hace dos años deberían haberse reducido los límites máximos, pero ninguno de los dos Gobiernos que tenían que aplicar dicha medida lo hicieron. Ahora <strong>Hacienda planea poner la lupa en el régimen de módulos</strong> para controlar las facturas falsas.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Por un lado se intenta acotar estas facturas falsas para que otras empresas no se puedan deducir el IVA por productos o servicios que no han sido prestados. Por otro, las <strong>empresas en el sistema de módulos emiten estas facturas para seguir tributando por el mismo</strong>, sorteando de esta manera los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/asi-queda-sistema-modulos-2019-publicada-orden-regulatoria-boe">límites establecidos</a> en 250.000 como norma. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-que-tributan-modulos-seguiran-siendo-unos-privilegiados-ano">
     <img alt="Los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;que&#x20;tributan&#x20;por&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;seguir&#x00E1;n&#x20;siendo&#x20;unos&#x20;privilegiados&#x20;un&#x20;a&#x00F1;o&#x20;m&#x00E1;s&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/a9fc78/maria-jesus-montero/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-que-tributan-modulos-seguiran-siendo-unos-privilegiados-ano" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/autonomos-que-tributan-modulos-seguiran-siendo-unos-privilegiados-ano" class="desvio-title js-desvio-title">Los autónomos que tributan por módulos seguirán siendo unos privilegiados un año más </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>El tipo de IRPF medio por el que t<strong>ributan los inscritos en módulos es del 7,27%</strong>, con datos de 2016, mientras que el global de los autónomos lo hace por un 20,33%. Es normal que cada vez que les dicen que esto se va a acabar se les pongan los pelos de punta, porque la diferencia de lo que pagan, respecto a lo que podrían pagar es importante.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Lo que cambiará Hacienda para tener un mayor control es que en los libros de IRPF, además de incluir ventas e ingresos, compras y gastos, <strong>se haga constar el NIF de la otra parte</strong>. De esta manera se puede hacer un seguimiento que dificulte o impida el fraude. La medida entraría en vigor en 2020 y es más una traba burocrática que otra cosa. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En mi opinión, habrá que ver si el Gobierno que resulte de las elecciones está de acuerdo o no con esta medida. Por otro lado, lo normal es que pasadas dicha fecha, <strong>en 2020 se bajen los límites a 150.000 euros</strong>, más todavía con presupuestos prorrogados y la necesidad de cumplir con el déficit, no creo que Hacienda vaya a soltar ese hueso y los jugosos ingresos que conlleva. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/magnifying-glass-sheet-desk-map-626174/">Angelo_Giordano</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[La contabilidad falsa: una epidemia que se extiende]]></title>
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                <pubDate>Tue, 23 Sep 2014 21:17:20 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/319a5f/650_1000_245566134_273df1da96_z-2/1024_2000.jpg" alt="La&#x20;contabilidad&#x20;falsa&#x3A;&#x20;una&#x20;epidemia&#x20;que&#x20;se&#x20;extiende">
    </p>
    <p>Es incuestionable que los mayores controles se realizan sobre las empresas que reducen sus bases imponibles <strong>incluyendo en sus gastos facturas falsas o deduciendo facturas de manera indebida</strong>, en estos casos la maquinaria de hacienda trabaja para asegurar que cada empresa cumpla debidamente con sus obligaciones fiscales.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Pero, <strong>¿quien trabaja para asegurar que las empresas no declaran más ingresos de los debidos?</strong>, la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-maquillaje-contable">manipulación del resultado</a> contable es una práctica cada vez más extendida y parece que las auditoras o no se enteran o miran para otro lado, ya que no paran de saltar noticias en los medios de comunicación de <strong>empresas de cartón piedra que se desploman de la noche a la mañana</strong> cuando sus cuentas basadas en mentiras se hacen insostenibles.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<h2>Tesco y su falsa contabilidad</h2>

<p>En este caso ha tocado fuera de nuestras fronteras y han rodado las cabezas de cuatro directivos de las divisiones comercial y de negocios, de la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://cincodias.com/cincodias/2014/09/22/empresas/1411406014_951219.html">cadena británica de supermercados Tesco</a> que se ha desplomado este lunes en la Bolsa de Londres un 11,59% después de que <strong>la empresa reconociera que se habían “exagerado” los resultados</strong> del primer semestre de su ejercicio fiscal.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En este caso, según informó la empresa en un comunicado, se han identificado varios “errores” en sus cuentas <strong>reconociendo de manera adelantada ingresos comerciales</strong> y a una acumulación de costes retrasados.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En este caso parece que se les fue la pinza en 250 millones de libras (318 millones de euros).</p>

<p>Gowex parece ser una gota más en medio de un mar de empresas que se empeñan en e<strong>ngrosar las arcas del fisco</strong>, mientras engañan a accionistas, entidades financieras y en este caso parece que hasta se la han metido al presidente y al consejero delegado que han afirmado que han descubierto un problema grave y han respondido de forma acorde.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Imagen |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/orsorama/"> Franco</a></p>

<p>En Pynmes y Autónomos |  <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-desarrollo-del-plan-contable-de-la-empresa">El desarrollo del Plan Contable de la empresa</a></p>
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                <title><![CDATA[¿Cómo podemos acreditar la autenticidad de una factura a efectos de IVA?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/como-podemos-acreditar-la-autenticidad-de-una-factura-a-efectos-de-iva</link>
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                <pubDate>Mon, 05 May 2014 09:01:45 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/925f92/2693815369_d554854cf9_z/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;C&#x00F3;mo&#x20;podemos&#x20;acreditar&#x20;la&#x20;autenticidad&#x20;de&#x20;una&#x20;factura&#x20;a&#x20;efectos&#x20;de&#x20;IVA&#x3F;">
    </p>
    <p>En el momento de enfrentarse a un inspección es normal que Hacieda revise tanto las facturas emitidas como las recibidas a efectos de comprobar que las liquidaciones del impuesto son correctas. Más allá de presentar los libros-registro y los documentos correspondientes ¿<strong>cómo podemos acreditar que esas facturas son auténticas</strong>?</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La Ley del IVA nos indica que <strong>dicha autenticidad se acredita</strong> a través de los "controles de gestión usuales de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo". Lógicamente este concepto es tan ambíguo que no aclara nada, sin embargo una <a rel="noopener, noreferrer" href="http://petete.meh.es/Scripts/know3.exe/tributos/CONSUVIN/texto.htm?NDoc=30205&Consulta=%2EEN+NUM-CONSULTA+%28V0861-14%29&Pos=0&UD=1">resolción de la Dirección General de Tributos</a> aclara un poco este tema.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>En el caso del proveedor de los bienes o del prestador de los servicios, éste podrá verificar la autenticidad de una factura <strong>cuando se acredite su correspondencia</strong> con una orden de compra, los documentos de transporte y la recepción del pago. En el caso del destinatario, se podría acreditar con la correspondencia de la factura con una orden de compra autorizada (confirmación de compra), el albarán de entrega, la notificación de pago y de envío. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Estos son, sin embargo, "sólo algunos ejemplos típicos de documentos que pueden estar disponibles en una empresa; es perfectamente posible verificar la correspondencia de otros muchos documentos con la factura". Básicamente se trata de ofrecer un <strong>vínculo comprobable entre una factura y la entrega de bienes o prestación de servicios</strong> que permita verificar si la factura correspondiente refleja la efectiva ejecución de la entrega de bienes o la prestación de servicios.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Evidentemente en el caso de un compra-venta es mucho más sencillo, porque al haber una entrega de mercancía se genera una documentación acreditativa de la misma que sirve para<strong> autentificar la operación</strong>, en caso de las prestaciones de servicio a veces el tema puede resultar más complicado. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Por tanto, para evitar problemas posteriores, es conveniente <strong>tener base para acreditar la autenticidad de las facturas</strong>, más allá de presentar éstas para justificar las liquidaciones presentadas. Si no tenemos esa acreditación podríamos encontrarnos con algun disgusto al finalizar el procedimiento por parte de Hacienda.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/en-que-casos-pueden-emitirse-facturas-con-distinta-serie">¿En qué casos pueden emitirse facturas con distinta serie?</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/cybrgrl/2693815369/">cybrgrl</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El Plan de Lucha contra el Fraude aumenta el control de las actividades en módulos y toma otras medidas]]></title>
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                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-plan-de-lucha-contra-el-fraude-aumenta-el-control-de-las-actividades-en-modulos-y-toma-otras-medidas</guid>
                <pubDate>Sat, 14 Apr 2012 14:15:16 +0000</pubDate>
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    </p>
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<p>Se aprobó ayer por el Consejo de Ministros el nuevo <strong>Plan de Lucha contra el Fraude</strong> con el que se quiere plantar batalla a la evasión fiscal y la economía sumergida. Este plan incluye varias medidas como la ya comentada <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-gobierno-limitara-los-pagos-en-efectivo-a-los-2500-euros">prohibición de los pagos en efectivo en operaciones de importe superior a 2.500 euros</a>, pero también incorpora una exclusión del <strong>régimen de módulos</strong>, la obligación de comunicar cuentas, valores o propiedades en el extranjero, etc.</p>
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<p>Pendientes de la publicación en el <span class="caps">BOE</span> del texto completo en el que podamos ver la manera de instrumentalizar estas medidas para poder hacer una evaluación de las mismas, vaya por delante que <strong>el control del fraude y la economía sumergida es esencial </strong>en un país en el que las estimaciones cifran que el impacto de las operaciones opacas suponen unos 85.000 millones de euros. Eso sí, la idoneidad de esta nueva regulación la veremos cuando se conozcan los resultados de la misma.</p>
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<!--more--><p></p>

<h2>La limitacion de los pagos en efectivo</h2>

<p>Esta medida implica que se establece un <strong>límite para los pagos en efectivo</strong> de las operaciones en las que intervengan empresarios o profesionales. Este límite se establece en 2.500 euros y no se incluyen las operaciones con entidades financieras. Este límite se aplicará a los pagos que se efectúen a partir de la entrada en vigor de la medida, aunque la operación fuese acordada antes.</p>
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<p>La sanción que se aplicará por el incumplimiento de esta normativa será del <strong>25% del importe de la operación</strong> y la norma obliga a guardar los justificantes de pago de estas operaciones durante cinco años. A lo largo de este periodo los intervinientes podrán ser requeridos para demostrar que el pago se ha hecho mediante un medio admitido por la legislación.</p>
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<p>La responsabilidad por el incumplimento de esta norma <strong>será solidaria para el pagador y el cobrador</strong>, así que la Administración podrá dirigirse contra cualquiera de ellos. Si bien se abre un procedimiento de exención de esta responsabilidad para aquellos intervinientes que denuncien estos incumplimientos en el plazo de tres meses desde la fecha de pago.</p>
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<h2>Circunstancias que supondrán la exclusión del sistema de módulos</h2>

<p>Otra de las medidas que se incluyen en este plan es <strong>la exclusión del sistema de módulos</strong> para aquellos empresarios que, estando acogidos al método de tributación por estimación objetiva, facturen menos del 50% de sus ingresos a particulares, siempre que sus rendimientos íntegros superen los 50.000 euros anuales. </p>
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<p>Esto afectará principalmente a carpinteros, fontaneros, electricistas, albañiles o transportistas. El Gobierno asume que este régimen es un foco de fraude mediante la <strong>emisión de facturas falsas</strong> y pretende poner coto a estas prácticas con esta medida.</p>
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<h2>Obligación de informar sobre activos en el extranjero</h2>

<p>Se establece la <strong>obligación de información sobre la titularidad, apoderamiento o el hecho de ser beneficiarios de activos en el extranjero</strong>. Esto afecta a las cuentas bancarias, participaciones o acciones de empresas, seguros de vida o cualquier otro bien o activo que los contribuyentes españoles tengan en cualquier otro país.</p>
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<p>Se fija una sanción de de <strong>5.000 euros por cada dato</strong> o conjunto de datos omitidos, con un mínimo de 10.000 euros y éstas no prescribirán.</p>

<p>La economía globalizada puede favorecer el hecho de que mucos rendimientos económicos obtenidos en otros países pasen inadvertidos para la Hacienda epsñola, por eso se daopta esta medida.</p>
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<h2>Otras medidas</h2>

<p>Se impondrán sancionies para aquellos contribuyentes que estando obligados a reaalizar presentaciones de liquidaciones o declaraciones informativas<strong> por vía telemática</strong>, incumplan esta obligación.</p>
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<p>Se fija una <strong>tasa judicial</strong>, de entre 150 y 10.000 euros, por el ejercicio de la potestad jurisdiccional en el ámbito civil, social o  contencioso-administrativo. Se bonificará con el 10% de la tasa a los que realicen el pago por vía telemática.</p>
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<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/todos-los-espanoles-seremos-inspectores-de-hacienda">Todos los españoles seremos inspectores de hacienda</a><br />
Imagen | La Moncloa</p>
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