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	<title>Pymes y autónomos</title>
	<link>http://www.pymesyautonomos.com</link>
	<description>Porque somos empresa. Pymes, autónomos y emprendedores.</description>
	<pubDate>Thu, 31 Jul 2008 10:26:08 GMT</pubDate>
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    <item>
      <title><![CDATA[La infracotización y sus peligrosas consecuencias]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/31-la-infracotizacion-y-sus-peligrosas-consecuencias</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/31-la-infracotizacion-y-sus-peligrosas-consecuencias</guid>
      <pubDate>Thu, 31 Jul 2008 19:00:49 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="derecha" id="image1453" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/07/1045596_17174712.jpg" alt="Danger" /></p>

	<p>Leyendo un post sobre las <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/28-calculo-de-costes-de-personal-seguridad-social">Cotizaciones de la Seguridad Social</a> de Remo, me ha parecido bastante conveniente contaros una pequeña historia, basada en hechos reales (<em>como los telefims</em>), modificando nombres, hechos, etc&#8230;, para que a la hora de pagar esta &#8220;sangría&#8221; de dinero, pensemos que también estamos garantizándonos nuestra tranquilidad.</p>

	<p>Esta historia podría empezar así:</p>

	<p>José Luis tiene una pequeña empresa de construcción, y está notando la crisis inmobiliaria, sus clientes ya no le llaman para nuevos trabajos, y está finalizando las obras que tiene encargadas. </p>

	<p>Con él trabajan, Paco y Jesús, uno es paleta y el otro peón, y tiene plena confianza en ellos, juntos han superado todas las crisis, y ya van más de 20 años. Así José Luis considera que el incremento del coste de la vida, supera el salario que actualmente paga a sus empleados, pero aunque la economía no acompañe, quiere incrementar la nómina de estos, sin que a él le suponga <strong>más gastos</strong> de cotizaciones, y propone hacer dicha subida a través de un dinero que aparecerá en el recibo salarial bajo el concepto de dietas, los empleados desconocen los efectos, y simplemente saben que van a cobrar más, por lo que el tema queda zanjado, y ese mismo mes, se incrementa la nómina en esta partida.<a name="more"></a></p>

	<p>Transcurridos unos meses, Paco, de 49 años, tiene un <strong>accidente laboral</strong>, cuando estaba subido en una escalera poniendo ladrillos, ésta se viene abajo y cae de ella con tal mala fortuna que se hace añicos la rótula. A Paco le realizan varias operaciones, pero no recupera nunca la movilidad que tenía, con lo cual tras 18 meses de baja le conceden una incapacidad permanente total.</p>

	<p>Por consejo de un amigo, Paco, semanas despues del accidente, acudió a un <strong>abogado</strong> para que revisara la documentación de la baja, las nóminas, su situación, y este le preguntó a qué correspondía el concepto de dietas. Paco no lo sabía. El abogado le informó entonces que de tratarse de <strong>dietas que no tenían justificación</strong>, el empresario había infringido la ley, pues había realizado una infracotización que afectaba a su prestación de incapacidad.</p>

	<p>Así pues, Paco inicia un proceso judicial, y solicita una revisión del importe de la pensión otorgada, pues no se corresponde con la base de cotización real, porque para su cálculo no se tuvo en cuenta estos importes conocidos como “<em>dietas</em>”.</p>

	<p>Se desarrolla el juicio y la sentencia, señala que se ha demostrado que el importe de las dietas no obedece a dieta real alguna, y por lo tanto se considera <strong>mayor salario</strong>, también se determina que ha existido una infracotización por parte del empresario, y en consecuencia José Luís deberá <strong>hacerse cargo de la parte proporcional de la prestación</strong> de incapacidad permanente total correspondiente a la cuota dejada de ingresar, así si Paco debía cobrar 1500 euros de pensión, y según el Instituto Nacional de Seguridad Social sólo debía cobrar 1000 euros en función de la cotización realizada, esos 500 € correrán a cargo del empresario. </p>

	<p><strong>Moraleja</strong>: Llamemos a las cosas por su nombre, y si no son dietas reales, esos importes deben cotizar y tributar, de lo contrario, puede que algún día nos pase como a José Luis.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/Zool_K">Zool K</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[La reinvención de sectores tradicionales]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/24-la-reinvencion-de-sectores-tradicionales</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/24-la-reinvencion-de-sectores-tradicionales</guid>
      <pubDate>Thu, 24 Jul 2008 08:08:16 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image1424" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/07/1040970_63350248.jpg" alt="Mandarin" /></p>

	<p>Muchas veces desde este blog os damos ideas sobre negocios o intentamos inspiraros o haceros reflexionar sobre alguna actividad que consideramos que por su potencial puede resultar interesante.</p>

	<p>Otras veces os exponemos casos concretos, y hoy quería dedicar un post a un sector muy tradicional como puede ser el de la <strong>alimentación</strong>. </p>

	<p>¿Cómo puede <strong>reinventarse</strong> un sector así? ¿Sólo está al alcance de las grandes empresas?<a name="more"></a></p>

	<p>Pues bien, he podido conocer a través de <a href="http://www.infonomia.com/if/articulo.php?id=403&#38;if=64">Infonomia</a>, la existencia de dos casos concretos que me han llamado la atención.</p>

	<p>El primero de ellos es el salto a la web de una <a href="https://www.pescarapita.es/CAS/INDEX.ASP">Cofradía de Pescadores</a> de Sant Carles de la Ràpita, en Tarragona. Desde su tienda online ofrecen sus productos a particulares y empresas, ofreciendo promociones, a la vez que una alta calidad y una buena presentación. De esta forma el cliente obtiene un precio muy competitivo por su compra a la vez que conoce la procedencia y frescura del producto.</p>

	<p>El segundo, es una empresa de cítricos, <a href="http://www.naranjaslola.com/nosotros/venta-fruta-domicilio-naranjas-lola.html">Naranjas Lola</a>, con sede en Cullera, Valencia. En este caso la empresa está formada por los propios productores que venden vía Internet, naranjas naturales a domicilio sin intermediarios. Se comprometen a hacer llegar el pedido de naranjas recién cogidas del árbol a casa del cliente en tan sólo 24 horas. Además también explotan la imagen del cultivo natural y por lo tanto saludable.</p>

	<p>Se trata del salto a la red de dos empresas tradicionales que buscan <strong>nuevas vías</strong> para comercializar sus productos. En ambos casos intentan diferenciarse por:</p>

	<ul>
		<li>Ofrecer un producto de <strong>calidad</strong> y fresco. </li>
		<li>Eliminar la intervención de <strong>terceros</strong>.</li>
		<li>Establecer un producto con un <strong>precio</strong> competitivo.</li>
		<li>Establecen un trato directo con el <strong>cliente final</strong>, pudiendo conocer información muy útil como las preferencias de estos.</li>
	</ul>

	<p>En definitiva, dos claros ejemplos de como se pueden actualizar dos sectores a simple vista muy tradicionales con unas vías de comercialización de sus productos muy prefijadas.</p>

	<p>La única infraestructura que han necesitado es montar sus <strong>tiendas virtuales</strong> y organizar la logística necesaria para poder dar servicio a los nuevos clientes.</p>

	<p>¿<strong>Es este el paso adecuado</strong>? Sin duda Internet está aquí, y si los grandes supermercados tienen sus tiendas on line, ¿porque no la van a tener los productores que además pueden garantizar el origen y calidad del producto?</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.infonomia.com/if/articulo.php?id=403&#38;if=64">Infonomia</a><br />
Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/jkingsbeer">jkingsbeer</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/17-hay-que-replantearselo-todo">Hay que replanteárselo todo</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[El presupuesto perfecto]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/23-el-presupuesto-perfecto</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/07/23-el-presupuesto-perfecto</guid>
      <pubDate>Wed, 23 Jul 2008 16:39:22 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro_sinmarco" id="image1422" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/07/Dibujo.JPG" alt="Presupuesto" /></p>

	<p>Hace unos días tenía una consulta de un cliente sobre la elaboración de un presupuesto ¿Qué tenía que poner y hacer para que este tuviera una <strong>mayor validez</strong>? </p>

	<p>Vamos por partes.</p>

	<p>Un presupuesto bien realizado, debe detallar en primer lugar:</p>

	<ul>
		<li>Nuestra <strong>identificación</strong> fiscal.</li>
		<li>El cliente al que va a dirigido con sus datos completos.</li>
		<li>Los trabajos que se van a efectuar. Es más que aconsejable realizar una <strong>relación</strong> de los mismos, con una breve explicación de qué incluyen.</li>
		<li>Obviamente estableceremos el <strong>precio </strong>de los mismos, ya sea precio global o en función de los parámetros aplicables a nuestra actividad.</li>
		<li>La forma de pago, y el tiempo para hacerlo una vez aceptado el presupuesto.</li>
		<li>Estableceremos el tiempo de validez de nuestra oferta.</li>
		<li>Señalaremos exhaustivamente <strong>qué no incluye </strong>el presupuesto (participación de otros proveedores, piezas no incluidas, impuestos, etc…)</li>
		<li>Por último deberá aparecer nuestra firma, identificando qué puesto ocupamos en la organización, así como la <strong>firma del cliente </strong>con su número de identificación fiscal, su firma y el sello de la empresa.</li>
	</ul>

	<p>Pero, ¿<strong>Qué habremos conseguido con todo esto</strong>? <a name="more"></a></p>

	<p>Pues una vez <strong>firmado y aceptado</strong> por las partes, tendremos lo más parecido a un contrato en nuestras manos, pues existe la voluntad de las partes o consentimiento, hay un objeto cierto del contrato y una causa para su realización.</p>

	<p>Y en cuanto a la <strong>mayor validez que solicitaba mi cliente</strong>, ésta vendrá respaldada porque en caso de impago del cliente podremos acudir a un procedimiento monitorio, pues podremos demostrar que la deuda existe y es exigible, conforme los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (<a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l4t3.html#c1">LEC</a>). </p>

	<p>Imagen | <a href="http://office.microsoft.com/es-es/templates/TC102568653082.aspx?CategoryID=CT101172323082">Microsoft</a></p>



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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[¿Quién paga los excesos del fin de semana?]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/05/17-quien-paga-los-excesos-del-fin-de-semana</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/05/17-quien-paga-los-excesos-del-fin-de-semana</guid>
      <pubDate>Sat, 17 May 2008 07:00:04 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="izquierda" id="image1126" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/05/201959_9428.jpg" alt="Jack Daniel's" /></p>

	<p>Siguiendo con el anterior post dedicado al <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/05/16-absentismo-laboral-hoy-no-me-puedo-levantar">absentismo</a>, me parece interesante difundir una noticia que hace unos días aparecía publicada en el diario <a href="http://www.lavanguardia.es/lv24h/20080421/53457214832.html">La Vanguardia</a>, al dar a conocer datos de un trabajo realizado por la Fundación de Ayuda para la Drogadicción (FAD). </p>

	<p>El citado estudio relaciona el <strong>alcohol y el absentismo</strong>, concluyendo que el 3,1% de las ausencias se producen por este motivo.</p>

	<p>Además, según el Institut Català d´Avaluacions Mèdiques (ICAM), el <strong>31%</strong> de las bajas laborales se produce los <strong>lunes</strong>, y son los jóvenes con edades comprendidas entre 16 y 24 años con mayor incidencia de bajas, cuando obviamente por sus condiciones de salud no deberían tener más achaques que los trabajadores con más de 50 años de edad.</p>

	<p>A buen entendedor pocas palabras bastan, y al parecer la opción lógica es concluir que las juergas del fin de semana repercuten negativamente en las empresas, que ven como alguno de sus empleados estiran el fin de semana a tres días. <a name="more"></a></p>

	<p>Los que estéis al tanto de la información socioeconómica, habréis observado que durante estas últimas semanas han proliferado este tipo de <a href="http://www.europapress.es/catalunya/noticia-coste-absentismo-catalunya-suma-mas-2600-millones-13-pib-pimec-20080418190953.htm">noticias</a> en todos los medios de comunicación, bien difundidas desde las patronales, en el sentido anterior, o bien desde los diversos sindicatos, señalando que las tasas de absentismo provienen en gran medida por la mala organización de la empresa o por la nula aplicación de la ley de prevención de riesgos laborales.</p>

	<p>Bueno, argumentos a favor o en contra, podremos encontrar en ambos bandos, pero lo que sí es cierto es que hay una serie de <strong>costes</strong> que redundan en el empresario, en el trabajador, en la sanidad pública, y en la sociedad en general.</p>

	<p>Y si todo esto lo trasladamos a una pyme o un autónomo, estamos hablando de situaciones que pueden poner en peligro la viabilidad de la empresa y también su sustento de vida.</p>

	<p>Por todo ello, sería conveniente que ambas partes se sentaran en una mesa, dejaran de tirarse trastos a la cabeza y tomaran las medidas adecuadas, para lograr la disminución del absentismo, mejorar la productividad y la eficacia de nuestra economía, a parte de aliviar nuestro sistema de seguridad social, porque cualquier día nos va a dar un susto.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.lavanguardia.es/lv24h/20080421/53457214832.html">La Vanguardia</a><br />
Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/wax115">Wax115</a></p>


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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Absentismo laboral: Hoy no me puedo levantar]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/05/16-absentismo-laboral-hoy-no-me-puedo-levantar</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/05/16-absentismo-laboral-hoy-no-me-puedo-levantar</guid>
      <pubDate>Fri, 16 May 2008 11:33:22 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro_sinmarco" id="image1122" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/05/365944_4286.jpg" alt="Missing" /></p>

	<p>Lunes por la mañana, suena tu teléfono, y al otro lado del hilo telefónico un empleado te dice: “<em>Buenos días Jefe, hoy no puedo ir a trabajar porque he pasado una mala noche, y voy a quedarme descansando</em>”</p>

	<p>En este momento te estás encontrando ante una <strong>ausencia laboral</strong>, y tu planificación para ese día probablemente se desmorone, tendrás que repartir el trabajo entre otros empleados, llamar al cliente para decirle que hoy no podrá ser, que intentarás ir personalmente, o quizá tengas la posibilidad de llamar a un conocido para que te resuelva la papeleta.</p>

	<p>Este tipo de situaciones son muy comunes, aunque las principales afectadas son las grandes empresas, las pymes y pequeños autónomos tampoco se salvan de sufrir sus consecuencias.<a name="more"></a></p>

	<p>En primer lugar habría que hacer una distinción entre <strong>absentismo</strong>, por una parte tendremos el justificado, que es aquel que obedece a bajas médicas, y por otro lado el <strong>injustificado</strong>, que se da cuando el trabajador no aporta documentación alguna que ampare su ausencia. Habitualmente estamos hablando de periodos de ausencia breves, que pueden ser en muchos casos de un día o dos.</p>

	<p>¿<strong>Por qué se da el absentismo</strong>? Las respuestas son tantas como trabajadores tengas en tu empresa. Habitualmente suelen darse en casos en los que hay una falta de motivación del empleado, bien a nivel personal, bien porque el trabajo no le enriquece, considera que no está bien remunerado, o supuestos de burning, síndrome del quemado, por citar algunos.</p>

	<p>¿<strong>Cómo se puede resolver</strong>? Aquí está el gran dilema de los Directores de Recursos Humanos, que están entre el premio y el castigo, bien premiar por ir a trabajar (aunque a algunos empresarios les puede parecer una obscenidad) o bien utilizar mano dura y empezar con una retahíla de sanciones que puede tener dos consecuencias que el trabajador se avenga a razones o bien que reaccione e incremente su comportamiento.</p>

	<p>¿Qué haces en tu empresa ante estas situaciones?</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/wilhei66">Wilhei66</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[eMule vs. Agencia de Protección de Datos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/27-emule-vs-agencia-de-proteccion-de-datos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/27-emule-vs-agencia-de-proteccion-de-datos</guid>
      <pubDate>Sun, 27 Apr 2008 06:33:41 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="izquierda" id="image1042" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/emule.jpg" alt="emule" /></p>

	<p>El tema de las nuevas tecnologías y su uso es una materia siempre de actualidad. Ayer mismo, podíamos conocer a través del diario “<a href="http://www.lavanguardia.es/free/edicionimpresa/res/20080426/53459046915.html">La Vanguardia</a>” que la Agencia de Protección de Datos recomienda <strong>bloquear la instalación de programas de intercambio de archivos</strong> como eMule en hospitales, escuelas, bancos y cualquier otra entidad pública o privada que maneje ficheros con datos personales. </p>

	<p>Asimismo, recoge el diario que dicho organismo ya ha sancionado tres casos en los que miles de datos han circulado por la red por culpa de un uso negligente de programas de descarga de archivos, existiendo 18 expedientes más abiertos a espera de resolución. De los tres citados, el más grave se sancionó con multa de <strong>150.000 euros </strong>(ahí es nada), y se produjo cuando un trabajador de una clínica de Bilbao difundió por descuido a través de eMule los datos de 11.000 pacientes.<a name="more"></a></p>

	<p>Como veis de momento es una <strong>recomendación</strong>, extensible a muchas empresas, aunque tiene como aliciente para obedecerla el hecho de las cuantiosas sanciones impuestas, y la <strong>preocupación</strong> cada vez mayor de los ciudadanos por la protección que se hace de sus datos, según el <a href="https://212.170.242.196/upload/Prensa/2008/abril/np_barometro_febrero_2008_2.pdf">barómetro</a> de febrero del CIS, el <strong>70%</strong> de los ciudadanos se muestran preocupados por el uso y tratamiento de su información.</p>

	<p>De todas formas, no deja de asombrarme el hecho de que cualquier trabajador pueda instalar en su equipo ese tipo de software, que seguramente muy poco tiene que ver con el desempeño de sus tareas diarias, y que ni empresario ni administración (en sus propias instalaciones) <strong>hayan tomado cartas en el asunto</strong> con antelación, ya sea a través de la aplicación de <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/01/26-y-tu-que-haces-viendo-esa-web">normas internas de uso</a> de sus sistemas informáticos, como mediante la aplicación de medidas disciplinarias.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.lavanguardia.es/free/edicionimpresa/res/20080426/53459046915.html">La Vanguardia</a></p>



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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Guía breve: Cómo comportarse en un juicio]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/26-guia-breve-como-comportarse-en-un-juicio</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/26-guia-breve-como-comportarse-en-un-juicio</guid>
      <pubDate>Sat, 26 Apr 2008 14:37:18 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image1040" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/gavel.jpg" alt="Gavel" /></p>

	<p>Por el hecho de ser empresario se incrementan las posibilidades que tiene un ciudadano de acudir ante la <strong>Justicia</strong>, ya sea como demandante, con el objetivo de garantizar el respeto de sus derechos, como podría ser realizar una reclamación contra un cliente moroso, o una vulneración de su marca, un robo, etc… o bien como demandado, con el fin de defenderse de acusaciones, como pueden ser los supuestos de una reclamación de salarios ante la jurisdicción social, o como imputado en vía penal por un accidente de trabajo por falta de medidas de seguridad e higiene.</p>

	<p>Así pues, el propio tráfico mercantil y el día a día de nuestra actividad económica, pueden conllevar el aumento de posibilidades de comparecer ante nuestra Administración de Justicia.</p>

	<p>Por ello, es imprescindible tener unas <strong>pequeñas nociones de cómo comparecer y actuar en un Juzgado</strong>, no se trata de tener que conocer en profundidad el funcionamiento, pero sí tener unas simples ideas claras al respecto.</p>

	<p>En primer lugar si hemos de acudir al Juzgado debemos comparecer <strong>vestidos</strong> de forma correcta, muchos Juzgados prohíben la entrada a personas que lleven bermudas o pantalones cortos en verano (<em>también chancletas, prometo que he visto el cartel en la puerta de una sala de vistas</em>), pues se considera una falta de respeto hacia la institución. <a name="more"></a></p>

	<p>Otro aspecto que deberíamos tener en cuenta es el uso del <strong>teléfono móvil</strong>, está totalmente prohibido, se debe llevar en silencio o apagado, a no ser que el propio teléfono móvil sea una prueba del proceso.</p>

	<p>En cuanto a los formalismos, debemos tener claro que nos dirigiremos siempre con el tratamiento de <strong>cortesía</strong> habitual, es decir, de usted, a todos los presentes. No es necesario dirigirse al Juez con ningún apelativo especial, simplemente tratarlo con respeto y no tutear a nadie.</p>

	<p>También deberemos guardar <strong>silencio</strong>, aunque no estemos de acuerdo con lo que allí oigamos, ya se encargará nuestra defensa de mostrar nuestra disconformidad con lo alegado.</p>

	<p>Si comparecemos como testigos o como parte y somos interrogados, habrá que intentar contestar con un <strong>sí</strong> o con un <strong>no</strong>, y si es necesario extenderse, seremos breves y concisos. En caso de duda, pedid que os repitan la pregunta, es normal que los nervios puedan afectarnos.</p>

	<p>En cuanto al desarrollo del pleito es conveniente que nuestro abogado nos informe de cómo se va a desarrollar, así como el lugar en el que debemos permanecer durante y después de nuestra intervención.</p>

	<p>Concluyendo, si tenemos en cuenta estos pequeños consejos o pautas, podemos tener garantizado que nuestra intervención en el procedimiento será la correcta, y no pasaremos más nervios que los necesarios.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/creationc">Creationc</a></p>



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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Revisa tu presencia en Internet, porque puede venir Pato Cojo]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/16-revisa-tu-presencia-en-internet-porque-puede-venir-pato-cojo</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/16-revisa-tu-presencia-en-internet-porque-puede-venir-pato-cojo</guid>
      <pubDate>Wed, 16 Apr 2008 08:30:48 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image987" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/What%20are%20U%20thinking.jpg" alt="What are U thinking?" /></p>

	<p>Internet es un gran medio de comunicación que está abierto a todos y su facilidad de uso permite que cualquier persona pueda expresarse libremente y que sus palabras tengan una gran difusión.</p>

	<p>Por ello es muy importante que si nuestra empresa tiene presencia en este medio de comunicación, a través de un blog, portal, o simplemente como anunciante, e incluso en páginas web que ofrecen valoraciones sobre un producto o servicio, por ejemplo Ciao, entre otras, <strong>revisemos qué se dice de nosotros</strong>, para poder atajar rápidamente rumores malintencionados, o aclarar situaciones que contadas desde un solo punto de vista pueden diferir mucho de la realidad.</p>

	<p>Un ejemplo de la importancia de este punto lo pudimos ver hace poco en un foro de automóviles, <a href="http://www.forocoches.com/">Forocoches</a>, en el que un participante, con el alias de Pato Cojo, difundía el rumor que la entidad financiera <strong>Caja Castilla-La Mancha</strong> (<a href="http://portal.ccm.es/">CCM</a>) iba a entrar de forma inminente en <strong>suspensión de pagos</strong>, por lo que instaba a todo el mundo a retirar sus fondos de ella. <a name="more"></a></p>

	<p>El bulo se fue extendiendo <strong>velozmente</strong>, y llego a oídos de jubilados y pensionistas que se apresuraron a retirar sus fondos de dicha entidad. Incluso algunos directores de otros bancos, rivales de CCM, dieron cierta veracidad al bulo, para así poder generar negocio para su entidad. Finalmente la cordura se impuso, y el asunto no llegó a más, pero el <strong>daño</strong> ya se había producido.</p>

	<p>La <strong>moraleja</strong> en este caso es sencilla, debemos <strong>vigilar la imagen</strong> de nuestro negocio en todos los frentes, e Internet es uno de ellos. La difamación puede venir desde un <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/02-el-cliente-no-siempre-tiene-la-razon">cliente</a> insatisfecho, que considera que no se le ha tratado como debía, o de un empleado cuya salida de la empresa no fue la deseada.</p>

	<p>Porque puede que haya más de un Pato Cojo <strong>suelto</strong>...</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.expansion.com/edicion/exp/opinion/es/desarrollo/1104543.html">Expansión</a><br />
Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/johnnyberg">Johnnyberg</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[El Gobierno estudia exigir a las empresas seguros obligatorios]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/14-el-gobierno-estudia-exigir-a-las-empresas-seguros-obligatorios</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/14-el-gobierno-estudia-exigir-a-las-empresas-seguros-obligatorios</guid>
      <pubDate>Mon, 14 Apr 2008 15:43:21 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image980" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/Fire.pg.jpg" alt="fire" /></p>

	<p>Según una noticia publicada recientemente en el diario <a href="http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1108811.html">Expansión</a>, Ejecutivo y Fiscalía negocian la regulación de una nueva ley específica por la que las empresas deberían asegurar la cobertura por <strong>fallecimiento</strong> y <strong>daño a la salud</strong> de la plantilla. </p>

	<p>Al parecer, dicho seguro de responsabilidad civil tendría como objeto los accidentes laborales y protección de la salud de los empleados por infracciones de las medidas de seguridad en el trabajo, y sería extensible tanto a las empresas <strong>principales</strong> como a las <strong>subcontratadas</strong> cuando empleen trabajadores.</p>

	<p>Como medida de “<em>presión</em>”, se plantea que las empresas que carezcan del señalado seguro no puedan obtener licencias, autorizaciones o los permisos necesarios “<em>para la ejecución de las obras o para el desarrollo de actividades fabriles</em>”, además, la empresa principal podrá exigir a la subcontratada la demostración que tiene concertado el seguro, imaginamos que so pena de cargar ella con las consecuencias del incumplimiento por parte de la subcontratada.<a name="more"></a></p>

	<p>El objetivo que se persigue con esta medida es facilitar que el trabajador, o su familia, pueda cobrar la indemnización en el <strong>menor tiempo posible</strong>, en aquellos supuestos que exista responsabilidad por parte de la empresa en los hechos.</p>

	<p>Esta medida tiene sus <strong>ventajas</strong> e <strong>inconvenientes</strong>. En cuanto a las primeras, el empresario se asegura que si ocurre un desgraciado accidente, no tendrá que cerrar la empresa para poder hacer frente a los pagos derivados de la indemnización, dejando en la calle a otros empleados. Recordemos que en la actualidad, el <a href="http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.t2.html#a123">recargo de prestaciones</a> en caso de accidente o enfermedad profesional <strong>no es asegurable</strong>, y por lo tanto, en el supuesto de producirse alguna de estas situaciones que tengan su origen en el trabajo y de concurrir una falta de medidas de prevención, además de un nexo causal entre el accidente o enfermedad y la falta de dicha medida de seguridad, responde la empresa <strong>directamente</strong> con su patrimonio.</p>

	<p>Por lo que hace referencia a los inconvenientes, podemos señalar que supondrá un mayor <strong>coste</strong> para la empresa, pues aunque cumpla escrupulosamente con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, tendrá que correr con el coste añadido de realizar dichos seguros, probablemente sin poder repercutirlos en el precio de sus servicios o productos, y como decíamos en un anterior <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/11-emprendedor-yo-estas-loco-o-que">post</a>, se añade una mayor <strong>burocracia</strong> al desempeño de su actividad.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.expansion.com/edicion/exp/economia_y_politica/economia/es/desarrollo/1108811.html">Expansión</a><br />
Imagen |<a href="http://www.sxc.hu/profile/RobinUtrac"> RobinUtrac</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[¿Puedes vigilar a tus empleados con cámaras?]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/08-puedes-vigilar-a-tus-empleados-con-camaras</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/04/08-puedes-vigilar-a-tus-empleados-con-camaras</guid>
      <pubDate>Tue, 08 Apr 2008 11:39:12 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="izquierda" id="image963" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/Lidl.jpg" alt="Lidl for president" /></p>

	<p>Imagino que muchos de vosotros os habréis planteado esta pregunta al conocer la semana pasada que algunas cadenas de supermercados, concretamente <strong>Lidl </strong>y <strong>Plus</strong>, instalaban <strong>cámaras secretas</strong> en sus centros de trabajo en Alemania para controlar a sus empleados, conocer intimidades, ideas políticas, tendencias sexuales, afinidades con el resto de compañeros, incluso cuantas veces iban al baño, confeccionando con dicha información minuciosos informes sobre cada uno de sus trabajadores.</p>

	<p>Bien, obviamente en <strong>España no es posible instalar cámaras con esos objetivos</strong>, e imagino que en Alemania tampoco, visto el revuelo que se ha levantado con la publicación de la noticia.</p>

	<p>Pero, <strong>sí que puedes vigilar a tus empleados</strong>, con objetivos relacionados con las facultades de control del correcto desempeño de las tareas  por el trabajador, siempre y cuando cumplas unos requisitos legales y de respeto a los derechos fundamentales. <a name="more"></a></p>

	<p>Nuestro Tribunal Supremo, viene a señalar que se consideran <strong>lícitas</strong> las pruebas obtenidas a través de dichos medios de grabación siempre y cuando exista una adecuación y proporcionalidad del medio utilizado para obtener la evidencia, respetando en todo momento el derecho a la intimidad del trabajador, e impidiendo que se produzca una intromisión empresarial cuando existen métodos alternativos para obtener la prueba. </p>

	<p>Por otra parte, para garantizar la legalidad de dicha medida, nuestros Tribunales Superiores de Justicia señalan que la misma debe ser <strong>pública</strong> y <strong>manifiesta</strong> (no deben estar escondidas), y ser de <strong>general conocimiento</strong> por los trabajadores, además de tener un objetivo relacionado con el poder de dirección y organización empresarial. El supuesto más claro de aplicación, serían las ubicadas encima de las cajas registradoras de las gasolineras.</p>

	<p>Por lo tanto, el empresario <strong>antes de tomar una decisión de este calado deberá sopesar los perjuicios</strong>, como el enrarecimiento del clima laboral que puede generar la misma, y los beneficios que le puede conllevar.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.elmundo.es/papel/2008/04/06/mercados/2362697.html">El Mundo</a><br />
Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/amosnet">Amosnet</a></p>




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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[¿Debes pagar las visitas al médico de tus trabajadores?]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/27-debes-pagar-las-visitas-al-medico-de-tus-trabajadores</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/27-debes-pagar-las-visitas-al-medico-de-tus-trabajadores</guid>
      <pubDate>Thu, 27 Mar 2008 11:37:04 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image924" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/03/pills.jpg" alt="Pills" /></p>

	<p>La respuesta a la pregunta que titula este post no puede ser más <strong>ambigua</strong>, porque como todos sabéis en Derecho no siempre dos más dos suman cuatro, existen interpretaciones, o diferentes normativas aplicables, y este caso es uno de ellos. </p>

	<p>Así pues, <strong>pagar el tiempo de ausencia de nuestros trabajadores</strong> con motivo de sus visitas al médico dependerá de <strong>dos factores</strong>.<a name="more"></a></p>

	<p>El primero de ellos, es el <strong>convenio colectivo</strong>, pues ante el silencio que muestra el Estatuto de los Trabajadores en este caso concreto, debemos acudir a estos textos legales para conocer si las ausencias de nuestros empleados para visitar al médico de cabecera o especialista son o no retribuidas. Podemos partir de la premisa que la gran mayoría de los convenios también guardan silencio al respecto, y por lo tanto entrará en juego el segundo factor al que me refería antes, que no es otro que la <strong>voluntad </strong>del empresario de retribuir estos tiempos.</p>

	<p>Pero como decía antes, hay una serie de convenios que <strong>sí</strong> establecen una serie de visitas al médico retribuidas con carácter anual, y a su vez distinguen entre visitas al médico de cabecera y visitas a médicos especialistas. La solución a la que han llegado estos convenios colectivos pueden ser diferentes, a modo de ejemplo pueden retribuir 12 visitas anuales al médico de cabecera y todas las que sean necesarias a los médicos especialistas. Obviamente, en este supuesto el empresario, <strong>deberá retribuir</strong> estas ausencias como horas efectivamente trabajadas.</p>

	<p>En todos los casos, ya sean retribuidas o no, el empleado tiene la obligación de <strong>comunicar </strong>su ausencia al empresario en cuanto tenga conocimiento de la misma y <strong>justificarla</strong>.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/CathyK">Cathyk</a></p>


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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Copiemos a los grandes: Productos para colectivos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/18-copiemos-a-los-grandes-productos-para-colectivos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/18-copiemos-a-los-grandes-productos-para-colectivos</guid>
      <pubDate>Tue, 18 Mar 2008 15:25:49 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image872" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/03/Hook.JPG" alt="Hook" /></p>

	<p>Muchas veces oímos en los diferentes medios de comunicación que tal o cual compañía se acuerda de los autónomos y pequeños empresarios y les ofrece la adquisición de ciertos productos de forma preferente, o con un descuento determinado.</p>

	<p>Por citar unos ejemplos sencillos tenemos a las entidades financieras o las compañías de telefonía móvil (<a href="http://www.cajamadridempresas.es/CajaMadrid/Home/puente?pagina=68000&#38;origen_cm=W3_P4131_S1703">Caja Madrid</a>, <a href="http://www.cincodias.com/articulo/empresas/Banesto/potencia/tarifa/plana/autonomos/cdsmerA00/20060921cdscdiemp_33/Tes/">Banesto</a>, <a href="https://www.tiendaempresasvodafone.com/empresas/fichaproducto.asp?IDProducto=316141&#38;Pte=4786235&#38;EsCliente=No&#38;PlanPrecios=24&#38;ServicioRM=BB&#38;OficinaVodafone=No&#38;Accion=Ver&#38;Item=Inicio&#38;Apto=99&#38;SubApto=1&#38;Secitp=YNPHWBCV5H5O8ZP0F8V69URJBL7HZG9NT30JZHP7TO4904Z9LZ">Vodafone</a>…) que ofrecen servicios sin comisiones, préstamos con un bajo interés, seguros de enfermedad gratuitos los primeros, y planes especiales de facturación telefónica o la adquisición subvencionada de determinados teléfonos móviles los segundos.</p>

	<p>Pues bien, ¿<strong>por qué no imitarlos a la hora de captar nuestra clientela</strong>? Imaginad por un momento que tenemos una librería especializada en textos jurídicos, además de otras materias y que los abogados son una importante fuente de negocio, pues bien en este caso nos podemos dirigir al Colegio de Abogados de nuestra provincia y preguntarles si ofrecen algún tipo de servicio de este tipo a sus colegiados, (podéis ver un ejemplo en la web del <a href="http://www.icab.es/?go=e6598a7e63ddfde868aa4a3b3362ea7ee754e00c72f56311c3cf581530ae1753fb06f48f9054728860087d43796cbbbaebd19fbaa14cfeada4cc177ee350f9b3ead6a47ee7bc38a9a074a973b5f4fecf49b16aa0cbd37805ac5cc1fd27b2cef81cfd6d4665dd5868493ec8f0705fe8bd">Colegio de Abogados de Barcelona</a>). En este caso, al abogado igual le dará comprar un libro en un sitio o en otro si por ejemplo en nuestra librería le ofrecemos, un 10% de descuento en el segundo libro que adquiera, además de esta forma podemos potenciar las ventas de nuestros libros de otras materias.<a name="more"></a></p>

	<p>Este ejemplo es <strong>extrapolable a otro tipo de actividades y servicios</strong>, (una ferretería puede tener acuerdos de compra preferente con el Gremio de empresas de Carpintería, una gasolinera puede regalar lavados de automóvil por un determinado número de repostajes…) simplemente se trata de determinar:</p>

	<ul>
		<li>Qué <strong>cliente</strong> nos interesa</li>
		<li>Cómo podemos <strong>llegar </strong>a él</li>
		<li>Cómo podemos hacer que venga a nosotros (el <strong>gancho</strong>)</li>
	</ul>

	<p>En cuanto al gancho, no siempre tiene que ser económico, se trata de tener imaginación, y que éste tenga interés o suponga un valor para el público al que va dirigido.</p>

	<p>Pues bien, manos a la obra, <strong>vamos</strong> a abrir nuevas vías de negocio.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/danjaeger">Danjaeger</a></p>



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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[¿Cuándo debes pagar a tus trabajadores?]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/15-cuando-debes-pagar-a-tus-trabajadores</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/15-cuando-debes-pagar-a-tus-trabajadores</guid>
      <pubDate>Sat, 15 Mar 2008 09:30:30 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro" id="image857" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/03/682423_88496930.jpg" alt="50" /></p>

	<p>O como un detalle como este puede variar tanto de una empresa a otra. Bien el motivo es sencillo, el Estatuto de los Trabajadores <strong>guarda silencio al respecto</strong>, y sólo dedica un artículo a esta cuestión, concretamente el artículo 29, señalando que:</p>

	<p><blockquote>“La liquidación y el pago del salario se harán puntual y documentalmente en la fecha y lugar convenidos o conforme a los usos y costumbres. El período de tiempo a que se refiere el abono de las retribuciones periódicas y regulares no podrá exceder de un mes.”</blockquote></p>

	<p>Por lo tanto, la empresa y trabajador deberán convenir, o <strong>llegar a un acuerdo</strong>, en cuanto a la fecha de pago, y en caso contrario se estará a los usos y costumbres del lugar. Obviamente los usos y costumbres, pueden variar, tanto del lugar, como en el sector, por ejemplo, muchas empresas de construcción, acostumbran a hacer un pago quincenal de la nómina, en este caso a través de un anticipo. Debéis saber que todo trabajador tiene derecho a cobrar un <strong>anticipo </strong>de su salario, a cuenta del trabajo efectivamente realizado.</p>

	<p>Lo que queda manifiestamente claro, es que <strong>el pago no deberá exceder del mes</strong>, en la práctica hay muchas empresas que han adelantado la fecha de pago del 31 del mes corriente al 25. Debemos tener en cuenta que nuestro empleado, igual que nosotros, debe hacer frente a obligaciones de pago, por lo que la puntualidad en el mismo es muy importante.<a name="more"></a></p>

	<p>Por otra parte en cuanto a la <strong>forma de realizar el pago</strong> también se estará al pacto entre las partes, si bien, lo más aconsejable es a través de transferencia bancaria o talón nominativo barrado. El motivo es sencillo, garantizar que queda rastro bancario del pago realizado, y así protegernos frente a posibles demandas de reclamación de cantidad, que de otra forma sería difícil de demostrar. Los gastos de gestión de la transferencia o pago de la nómina nunca recaerán en el empleado.</p>

	<p>Por último la <strong>documentación del salario</strong> deberá hacerse a través de un recibo individual, lo que conocemos como nómina o recibo de salario, que deberá ajustarse por lo determinado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social o por los Convenios Colectivos.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/lince86">Lince86</a></p>



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    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Qué hacer ante una Inspección de Trabajo ]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/11-que-hacer-ante-una-inspeccion-de-trabajo</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/11-que-hacer-ante-una-inspeccion-de-trabajo</guid>
      <pubDate>Tue, 11 Mar 2008 09:47:58 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro_sinmarco" id="image838" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/03/button.jpg" alt="button" /></p>

	<p>¡Te ha tocado! Hace unas semanas hablábamos de los <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/14-plan-general-tributario-2008-o-como-nos-van-a-vigilar-este-ano">planes de actuación tributaria</a>, ahora es el turno de conocer el <strong>funcionamiento de la Inspección de Trabajo</strong>.</p>

	<p>Las formas más habituales de <strong>inicio de la actividad</strong> inspectora son:</p>

	<ul>
		<li>Por orden de un superior</li>
		<li>Por iniciativa del propio Inspector</li>
		<li>Por denuncia realizada contra el empresario</li>
		<li>Por orden de una Administración Pública o Juzgado</li>
	</ul>

	<p><a name="more"></a></p>

	<p>Así pues, si algún día eres uno de los muchos afortunados que reciben una visita de la Inspección de Trabajo, debes saber que el Inspector tiene reconocidas por Ley <strong>facultades</strong> que consisten en solicitar:</p>

	<ul>
		<li>Que le acompañes en la inspección al centro de trabajo</li>
		<li>La aportación de documentación sociolaboral tuya o de tus empleados</li>
		<li>Requerirte para que comparezcas en las oficinas públicas </li>
		<li>Hacer mediciones o tomar muestras</li>
	</ul>

	<p>Además, recuerda que debes tener siempre a su disposición el <strong>Libro de Visitas</strong>, y en caso de ser requerido a la sede del organismo público deberás aportarlo para que el Inspector pueda dejar constancia de las actuaciones realizadas.</p>

	<p>Por otra parte, debes saber que la obstaculización a la labor inspectora está tipificada como infracción grave, con sanciones que van, en su grado mínimo, de 626 a 1.250 euros; en su grado medio de 1.251 a 3.125 euros; y en su grado máximo de 3.126 a 6.250 euros. </p>

	<p>¿Pero qué se entiende por <strong>obstaculización</strong>? La Ley lo define como:</p>

	<p><blockquote>“las acciones u omisiones que perturben, retrasen o impidan el ejercicio de los Inspectores de Trabajo”</blockquote></p>

	<p>Por lo tanto, lo aconsejable en estas situaciones es colaborar con la Inspección.</p>

	<p>Imagen| <a href="http://www.sxc.hu/profile/enimal">Enimal</a></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Gallinas a 20.000 voltios]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/09-gallinas-a-20000-voltios</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/03/09-gallinas-a-20000-voltios</guid>
      <pubDate>Sun, 09 Mar 2008 16:14:26 GMT</pubDate>
      <author>Anxo Penalonga</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro_sinmarco" id="image826" alt="idea.jpg" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/03/idea.jpg" />Emprender por vocación o necesidad. He aquí una historia más que curiosa sobre lo segundo. No se trata de una empresa propiamente dicha pero sí de un ejemplo que ilustra la capacidad de las personas para <em>&#8220;buscarse la vida&#8221;</em>. Hace seis meses dos hermanos, José Luis y Manuel Meirás, <strong>salieron a pasear</strong> y el cerco que rodea las torres de alta tensión de 20.000 voltios de su aldea en Oseiro (A Coruña), <strong>les encendió la bombilla.</strong> <strong>Qué desaprovechada esta valla y el terreno que guarda</strong>. Fueron a comprar cuatro gallinas por  22 euros y levantaron una caseta de madera para que se protegiesen de la lluvia. Listo el gallinero. Rutina diaria de trabajo: cargar con verduras, pan reseso y pienso para el engorde de las aves. Ahora ya son 21 las gallinas (hubo unos cuantos gallos que ya acabaron en la cazuela) que ponen docena y media de huevos a la semana.</p>

	<p><a name="more"></a> Por supuesto, <strong>la autoridad ya se ha interesado por la situación</strong>, pero los hermanos Meirás que no trabajan en otra cosa, han esgrimido muy buenas razones para mantener su medio de vida. Cuando la Guardia Civil se ha acercado para advertir de que ese no es un lugar adecuado para criar aves, se han defendido como gallos de pelea. <strong><em>&#8220;No le hago daño a nadie”</em> &#8211; afirma uno de los hermanos. <em>“Todo lo contrario, pues las gallinas mantienen limpia la torreta”</em></strong>.</p>

	<p>Y no solo eso. Las gallinas ya son como de la familia o por lo menos ya tienen nombre. Ahí tenemos a Punki (por su pintoresca cresta), Fátima (la más guapa y lozana, bautizada así en recuerdo a un viejo amor) o Candelaria (la más garbosa del gallinero).</p>

	<p>Sorprendente. Cuando los 1.200 vecinos de Oseiro llevan diez años rogando a Dios para que les quiten de encima las líneas de alta tensión, <strong>van dos vecinos y hacen del problema una oportunidad</strong>.</p>

	<p>¿Gallinas poniendo huevos bajo de las <em>temidas</em> torres de alta tensión? Solo falta que las compañías eléctricas vean en esto una oportunidad para demostrar que son inocuas para la salud&#8230;</p>

	<p><em>Imagen | <a href="http://www.buscarempleo.es/category/consejos/page/10">Buscarempleo.es</a></em><br />
Vía | <a href="http://www.lavozdegalicia.es/galicia/2008/03/09/0003_6637355.htm">La Voz de Galicia</a><em><br />
</em></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[“Quiero despedir a fulanito sin pagarle ni un duro”]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/27-aquiero-despedir-a-fulanito-sin-pagarle-ni-un-duroa</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/27-aquiero-despedir-a-fulanito-sin-pagarle-ni-un-duroa</guid>
      <pubDate>Wed, 27 Feb 2008 15:57:34 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro_sinmarco" id="image780" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/02/Speak.JPG" alt="Speak" /></p>

	<p>Si me dieran un euro por cada vez que he oído la frase que titula este post, ahora mismo estaría disfrutando de una jubilación dorada y anticipada.</p>

	<p>Cuando un empresario toma la <strong>decisión</strong> de despedir a alguien, teniendo en cuenta o no lo comentado en este mismo <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/25-el-despido-aspectos-a-considerar">blog</a> hace unos días, muchas veces se encuentra en la situación que no sabe cómo ejecutarlo. Uno de los motivos, puede ser las amplias posibilidades que el ordenamiento laboral ofrece, aunque estas no son siempre fáciles de comprender.</p>

	<p>Si lo que se pretende es realizar un despido “<em>sin pagar ni un duro</em>”, el procedimiento a seguir es el <strong>despido disciplinario</strong>. Este despido se basa en un incumplimiento muy grave por parte del empleado, ahora bien, ¿<strong>qué se entiende por incumplimiento muy grave</strong>? <a name="more"></a></p>

	<p>La respuesta habrá que ir a buscarla al <strong>convenio colectivo</strong> que resulte de aplicación según la actividad de la empresa, y en el Estatuto de los Trabajadores. Habitualmente en casi todos los convenios colectivos se establece un <strong>código de conducta laboral</strong>, en el que se tipifican las infracciones en: leves, graves y muy graves. Cada infracción conlleva una sanción en función de su graduación. Obviamente las muy graves habilitan al empresario para proceder a realizar un despido disciplinario, o lo que es lo mismo, sin pagar ni un duro.</p>

	<p>Ahora bien, el empleado siempre tendrá la posibilidad de solicitar la <strong>revisión</strong> de la sanción disciplinaria ante el juzgado de lo social, por lo que llegado el momento, el empresario deberá demostrar que ha impuesto dicha sanción cumpliendo escrupulosamente la <strong>legalidad </strong>vigente y que el hecho o infracción realizada por el trabajador era merecedora de la sanción más grave, esto es despido.</p>

	<p>Por lo tanto, antes de realizar este tipo de despido, es aconsejable acudir a un <strong>profesional</strong> para que dirija nuestros pasos, pues seguramente dicho despido disciplinario acabe siendo revisado en los juzgados.</p>

	<p>Imagen: <a href="http://www.sxc.hu/profile/danzo08">Danzo08</a></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Deja que tu web desarrolle tu empresa]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/21-deja-que-tu-web-desarrolle-tu-empresa</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/21-deja-que-tu-web-desarrolle-tu-empresa</guid>
      <pubDate>Wed, 20 Feb 2008 22:22:56 GMT</pubDate>
      <author>Presunto Culpable</author>
      <description><![CDATA[	<p><img id="image748" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/02/The_Internet_by_eminkey2003.jpg" alt="The_Internet_by_eminkey2003.jpg" class="centro_sinmarco"/><br />
Un antiguo latinismo decía <em><a href="http://buscon.rae.es/draeI/SrvltGUIBusUsual?TIPO_HTML=2&#38;TIPO_BUS=3&#38;LEMA=do+ut+des">do ut des</a></em>, esto es, doy para que me des.<br />
Aplicaremos esta joya del saber clásico a nuestras empresas para sacar el máximo partido de nuestras páginas web.</p>

	<p>Con el permiso del omnisciente, omnipresente y omnipotente Sr. O&#8217;Reilly, me atreveré a decir que en parte, <strong>la web 2.0 mantiene este principio</strong>: do ut des.</p>

	<p>La web 2.0 ha convertido los sitios en una suerte de plazas medievales que <strong>hacen girar la vida en torno a sí</strong>. La nueva generación de internautas acude a las webs buscando <strong>conocimiento, interacción y socialización</strong>. Se trata de una experiencia colaborativa que acaba por <strong>transformar</strong> el funcionamiento  de las propias webs, evolucionándolas según los deseos de sus usuarios.</p>

	<p>¿Por qué no utilizar esta <strong>sinergia</strong> para convertir nuestra web en el centro de la evolución de nuestro negocio?<a name="more"></a>La idea que intento transmitir es: convierte tu web en una plaza en la que <strong>tus visitantes trabajen para tí</strong> inconscientemente y desarrollen tu negocio, te indiquen qué camino quieren que siga. </p>

	<p>Conseguir ésto requerirá un poco de inversión por tu parte. Comienza por contratar los servicios de un <strong>estudio profesional que dé una vuelta de tuerca a tu vieja web</strong>. Evidentemente, la apariencia 2.0 es esencial. Pídeles que piensen, que expriman su creatividad, que utilicen <strong>mashups</strong>, que creen algún tipo de <strong>comunidad</strong>, que se marquen una<strong> campaña agresiva</strong> en medios, que difundan tu nuevo sitio por blogs, nanopublicaciones y redes sociales.Y luego échate a dormir.</p>

	<p>Deja que comiencen las primeras visitas e <strong>interactúa</strong> (o encárgate de que alguien de tu organización interactúe) con tus visitantes. Crea promociones, haz concursos con premios geeks (iPods, Wiis, PS3, MP4s&#8230;). Empuja, en fin, a tus visitantes para que se mojen y <strong>participen</strong>, para que analicen los servicios que prestas o los productos que vendes&#8230; y entonces <strong>pídeles que te ayuden a mejorarlos</strong>.</p>

	<p>Empieza a recoger los frutos de tu siembra. Verás como entre muchas ideas tontas y sin sentido llegará una que te guste, que te de una pista sobre cómo <strong>innovar</strong>, sobre cómo <strong>alejarte de tu competencia</strong>, o sobre <strong>qué rumbo dar a tu negocio</strong>. </p>

	<p>Escucha sus propuestas y trabaja sobre estas ideas. Aquellos que ya sean fieles seguidores de ese espacio 2.0 que has creado rápidamente difundirán todas las novedades que introduzcas, y comprarán los nuevos productos que ofrezcas o contratarán los nuevos servicios que crees. Y lo harán porque han nacido de sus ideas, y verán reflejados sus gustos y necesidades.</p>

	<p><strong>Do ut des</strong>. Deja que tu web evolucione tu negocio. Deja que tu web desarrolle tu empresa.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2007/11/19-paginas-web-de-empresa">Páginas Web de Empresa</a></p>

	<p>Imagen | <a href="http://eminkey2003.deviantart.com">eminkey2003</a></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[La psicología y la economía: El dinero tiene miedo]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/15-la-psicologia-y-la-economia-el-dinero-tiene-miedo</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/15-la-psicologia-y-la-economia-el-dinero-tiene-miedo</guid>
      <pubDate>Fri, 15 Feb 2008 10:37:06 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro"id="image690" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/02/construcci%C3%B3n.JPG" alt="Imag city" /></p>

	<p>Después de mi primera compra de acciones en bolsa (las famosas Telefónica Móviles) me di cuenta que <strong>la economía no se rige por razones objetivas</strong>, ¿Cómo podía ser que una empresa que daba enormes beneficios cayera en bolsa desde su primer día de cotización y no se recuperara hasta la definitiva compra de sus participaciones por parte de su matriz Telefónica? Ah, claro el fin de la burbuja de Internet, y poco importaba que la empresa incrementara cada año su facturación así como su cartera de clientes.</p>

	<p>En la <strong>actualidad</strong> está sucediendo algo parecido, la construcción se ha erigido como principal actividad económica de nuestro país, y desde hace unos meses se ha visto perjudicada por los medios de comunicación que no hacían más que anticipar la bajada de ventas del sector, y por lo tanto un descenso de sus precios. <a name="more"></a></p>

	<p>En esta situación de <strong>crisis psicológica </strong>y unos precios tan elevados, muchos particulares han decidido lógicamente posponer su decisión de compra. Obviamente a menor demanda, deben reducirse los precios para poder vender. Pero estos medios de comunicación que irresponsablemente han ayudado a crear esta crisis de falta de confianza, han olvidado la privilegiada situación que ocupa la actividad de construcción dentro de la economía española, de ella <strong>dependen miles de empleos y familias</strong>, y si bien la bajada de precios se podía haber hecho de forma escalonada, (pues pocos españoles podían hacer frente con sus salarios al exorbitante precio de los pisos) suponiendo un aterrizaje de las ventas paulatino, se ha anticipado, pues como dice el título de este post, <strong>el dinero tiene miedo</strong>, y los bancos han cerrado el grifo, no hay promotor al que no se le haya negado un crédito para poder continuar con su actividad, a pesar que sus relaciones con la entidad bancaria hayan sido siempre perfectas, exentas de incumplimientos por su parte. Como consecuencia, se está dando una <strong>sangría de recortes</strong> de puestos de trabajo y suspensiones de pago por parte de las promotoras, con el grave perjuicio para la economía nacional que ello conlleva.</p>

	<p>Así pues, ya hemos olvidado los grandes beneficios que generaban hasta hace poco las grandes constructoras y promotoras inmobiliarias, y el dinero huye de ellas, ¿pero hacia donde? </p>

	<p>El Gobierno confía, incrédulamente, que el sector de la<strong> industria</strong>, pueda absorber el empleo perdido por la construcción. Parece ser que ya han olvidado los cierres de las grandes plantas de Delphi, Samsung, Levi’s, Durex, las amenazas de Nissan y Renault de cerrar sus plantas de producción… y de la implantación de las propias empresas españolas en Marruecos o países del este de Europa.</p>

	<p>Por lo tanto, el panorama económico para los próximos meses <strong>no es nada halagüeño</strong>, y probablemente hasta después de las elecciones no veamos un aumento de las ventas de la vivienda y de los vehículos. Mientas tanto, los medios de comunicación no hacen más que hurgar en la herida, y continuar haciendo su apología de la crisis económica, (uy, lo que ha subido la leche) también auspiciada por diferentes partidos políticos, sin ser conscientes que hay muchas personas que actúan en consecuencia ante sus manipuladas informaciones con los efectos que puede tener.</p>

	<p>Porque al final en economía <strong>la psicología también influye</strong>.</p>

	<p>Foto: <a href="http://www.sxc.hu/profile/chrisjewis">Chrisjewis<br />
</a></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Rumores: "Me han contado que..."]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/11-rumores-me-han-contado-que</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/11-rumores-me-han-contado-que</guid>
      <pubDate>Mon, 11 Feb 2008 15:50:25 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="derecha_sinmarco"id="image665" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/02/Megaphone.JPG" alt="Megaphone" /></p>

	<p>Conozco más de una empresa de servicios, en la que el medio de comunicación más utilizado no es el e-mail, es el <strong>rumor</strong>. </p>

	<p>Los rumores nacen normalmente en la pausa del café o del desayuno, se suelen hacer en <strong>voz baja</strong>, pues de esta forma parece que la información que se transmite es todavía más interesante. Respecto al contenido, puedes encontrarte de todo, desde algún comentario sobre un compañero de trabajo (algo que ha hecho, dejado de hacer, su indumentaria, el peloteo al jefe…) o de la empresa (<em>es que la situación económica no es buena, este mes no se ha podido pagar el impuesto “X”</em>…). </p>

	<p>En alguna empresa me he llegado a encontrar que era <strong>¡la propia Dirección quién extendía el rumor!</strong>, con el objetivo que éste llegase a oídos del interesado, ahorrándose de esta forma tener que transmitir el contenido, probablemente “<em>desagradable</em>” (llamada de atención…), directamente a esa persona.<a name="more"></a></p>

	<p>En general es muy difícil evitar la <strong>proliferación </strong>de estos rumores, y debemos partir de la base que en sus inicios puede que alguna información cierta albergara en su contenido, aunque dependiendo de la escala de transmisión del rumor, cuanto más al final de ella nos encontremos, menos veracidad tendrá.</p>

	<p>Por otra parte, los rumores <strong>no benefician a nadie</strong> pues llegan incluso a formar parte del mercadeo sobre la situación de la empresa, “<em>yo te cuento esto si tú me dices aquello</em>” , añadiendo incertidumbre, afectando a las relaciones laborales entre los propios compañeros o entre empresario y empleados, suponiendo una pérdida de tiempo y un desgaste, pues no podemos estar todo el día atajando rumores que pueden estar infundados.</p>

	<p>El problema del rumor radica en la <strong>falta de una buena comunicación</strong> entre la Dirección de la empresa respecto a sus empleados, y cada empresa es un mundo, por lo tanto dar una solución generalizada es difícil. Aunque los principios en los que debe basarse una buena comunicación son la honestidad, la sinceridad y la falta de intermediarios, por lo tanto, no utilicemos a terceros para informar si podemos comunicarlo nosotros directamente.</p>

	<p>Foto: <a href="http://www.sxc.hu/profile/omacaco">Omacaco</a></p>


 ]]></description>
    </item>
	
    <item>
      <title><![CDATA[Subvención al fomento de la ocupación indefinida para menores de 30 años]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/08-subvencion-al-fomento-de-la-ocupacion-indefinida-para-menores-de-30-anos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/2008/02/08-subvencion-al-fomento-de-la-ocupacion-indefinida-para-menores-de-30-anos</guid>
      <pubDate>Fri, 08 Feb 2008 10:07:22 GMT</pubDate>
      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[	<p><img class="centro"id="image634" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/02/Working%20people.JPG" alt="Work" /></p>

	<p>La Generalitat de Catalunya publicó el pasado 17 de diciembre de 2007 una orden (TRE/471/2007 de 5 de diciembre) por la cual se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de ayudas extraordinarias para el fomento y mantenimiento de la ocupación de los jóvenes para 2008. </p>

	<p>A través de ella se desarrolla una subvención para la transformación en indefinidos de aquellos contratos de <strong>duración determinada o temporal</strong> de jóvenes, de hasta 30 años de edad, concertados con anterioridad a la publicación de dicha orden. El plazo para proceder a realizar esta transformación y solicitar dicha subvención finaliza el próximo día <strong>30 de junio de 2008</strong>.<a name="more"></a></p>

	<p>El importe de la subvención asciende a <strong>2000 euros</strong> por cada empleado transformado a indefinido y el pago será único. Sólo pueden aspirar a esta subvención aquellas empresas que empleen a trabajadores cuyo lugar de trabajo esté situado en Cataluña.</p>

	<p>A mi juicio se trata de una <strong>buena iniciativa</strong> para incentivar la contratación indefinida, después de que hayan desaparecido las bonificaciones por transformación indefinida de contratos temporales con motivo de la reforma laboral de 2006. </p>

	<p>Para más info: <a href="http://www.gencat.cat/treball/">Generalitat de Catalunya</a><br />
Foto: <a href="http://www.sxc.hu/profile/winjohn">Winjhon</a></p>



 ]]></description>
    </item>
	

  </channel>
</rss>
