Una sentencia de la Audiencia Nacional establece que las empresas deben justificar las dietas exentas que paga a sus trabajadores por los deplazamientos por motivos de trabajo. Eso implica que no es suficiente con los documentos internos y que han de conservarse los justificantes que prueben la procedencia de la misma.
La sentencia establece que “esos documentos internos acreditarían, en todo caso, el abono al trabajador de determinadas cantidades en concepto de dietas, pero no la realidad y razón de los desplazamientos, que es uno de los requisitos esenciales para aplicar la exención”.





