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El cachondeo de la Dirección Electrónica Vial: más de 8.000 ayuntamientos siguen notificando multas en papel

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Tal y como nos avanzó ayer Fran Carreira, todas las empresas deben contar con una dirección electrónica vial obligatoria para recibir las notificaciones de la Dirección General de Tráfico. Aunque el procedimiento de alta en la Dirección Electrónica Vial no es especialmente complejo, si molesta que se obligue por decreto ley a las empresas a su internetización sin mirar la verdadera realidad del tejido empresarial.

Pero si nos doblegamos ante este avance, que realmente persigue objetivos tan sumamente loables, no puedo entender cómo a los ayuntamientos se les ha dado un plazo de dos años para adaptarse a la notificación telemática de las multas, por lo que este servicio, inicialmente sólo le sirve a la DGT. La Administración Pública obliga a las empresas a una adaptación que no es capaz de poner en práctica de manera previa en todos los ayuntamientos. A efectos prácticos, más de 8.000 ayuntamientos seguirán notificando las multas en papel hasta mayo del 2012

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La Dirección Electrónica Vial es obligatoria para personas jurídicas.

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BOTON DEV
Recientemente estamos viendo una campaña publicitaria que anuncia la creación de la DEV (Dirección Electrónica Vial) , como una vía para agilizar la comunicación con tráfico, más bien la de tráfico con nosotros. En la publicidad nos recuerdan que es obligatorio para las empresas darse de alta y voluntario para los particulares.

¿Qué sentido tiene esta nueva dirección electrónica? Ya existe desde hace tiempo la DEU (Dirección electrónica única) que emite Correos y sirve para recibir a través de ella todas las comunicaciones procedentes de las diferentes administraciones de las que nos queramos dar de alta, de manera que podemos elegir si queremos que hacienda nos envíe un email o un certificado, si queremos que nos notifiquen las multas de tráfico telemáticamente o por correo tradicional, o casi cualquier otro tipo de notificación telemática.

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Entra en vigor la notificación telemática de multas para empresas

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multas telematicas
Hoy entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y esta ley, trae novedades muy importantes para las personas jurídicas, los procedimientos de notificación de multas y la implantación obligatoria de la e-Administración.

Todas las personas jurídicas están obligadas a recibir las multas por medios telemáticos. En el caso de que la empresa no haya notificado una dirección electrónica para notificaciónes, la DGT asignará a todo titular de una autorización administrativa de conducción o de circulación de vehículo, y con carácter previo a su obtención, una Dirección Electrónica Vial (DEV).

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La prostitución como actividad económica

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prostitucion

Os informaré cuál es el criterio que la Dirección General de Tributos tiene respecto la prostitución como actividad económica. La consultante plantea a Hacienda las siguientes cuestiones:

¿Qué epígrafe sería aplicable en el Impuesto sobre Actividades Económicas a la actividad de prostitución en el caso de que se trabajara por cuenta propia? ¿Qué documentos fiscales y qué libros es preciso rellenar y llevar a los efectos de poder desarrollar dicha actividad?

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Lo barato no siempre sale caro

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laser

En una consulta vinculante de la Dirección General de Tributos se plantea el caso de una empresa dedicada a la prestación de servicios de depilación láser y otros de dermoestética que son prestados mediante una empleada psicóloga. La consultante desea saber la tributación en el IVA en tal caso.

El razonamiento que hace la Dirección General de Tributos es que están exentos del IVA los servicios de asistencia médica, quirúrgica y sanitaria, relativa al diagnóstico, prevención y tratamiento de enfermedades, prestados por profesionales médicos o sanitarios según el ordenamiento jurídico vigente, aunque los profesionales médicos o sanitarios que presten los referidos servicios actúen por medio de una sociedad mercantil o se los presten a la misma y, ésta, a su vez, facture dichos servicios al destinatario de los mismos.

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