
Tal y como nos avanzó ayer Fran Carreira, todas las empresas deben contar con una dirección electrónica vial obligatoria para recibir las notificaciones de la Dirección General de Tráfico. Aunque el procedimiento de alta en la Dirección Electrónica Vial no es especialmente complejo, si molesta que se obligue por decreto ley a las empresas a su internetización sin mirar la verdadera realidad del tejido empresarial.
Pero si nos doblegamos ante este avance, que realmente persigue objetivos tan sumamente loables, no puedo entender cómo a los ayuntamientos se les ha dado un plazo de dos años para adaptarse a la notificación telemática de las multas, por lo que este servicio, inicialmente sólo le sirve a la DGT. La Administración Pública obliga a las empresas a una adaptación que no es capaz de poner en práctica de manera previa en todos los ayuntamientos. A efectos prácticos, más de 8.000 ayuntamientos seguirán notificando las multas en papel hasta mayo del 2012




