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Hacienda se suma a la ley contra la morosidad
03 julio 2008
Aunque no es ni cierto, ni politicamente correcto el título que acabo de colocarle a este post, la Agencia Tributaria, se compromete a abonar a los sufridos contribuyentes del IRPF la devolución solicitada antes que finalice el mes de julio.
Buenas noticias las que nos trae hacienda, sobre todo si las cumple, porque de los 18,5 millones de declarantes en renta, 14,2 millones de declaraciones son a devolver. Y el caso, que parece que es para tirar cohetes, no debiera de serlo tanto. Y os cuento por qué.
En primer lugar, las comunicaciones de datos o declaraciones informativas más importantes a la Agencia Tributaria se realizan el 30 de enero de cada año, dígase rendimientos del trabajo, resúmenes de préstamos hipotecarios, movimientos de fondos, compraventas de acciones….
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Anticipando el IVA
27 mayo 2008

Recientemente hemos reflejado como, bien por cambios de criterio de Hacienda, bien por el propio mecanismo fiscal de un producto novedoso en el ámbito inmobiliario, nos encontramos con que tenemos que soportar, transitoriamente, una fuerte carga de IVA. Hacienda nos debe dinero y ya sabemos que paga, pero tarde y sin intereses. Lo que resulta sumamente gracioso teniendo en cuenta que somos meros recaudadores. En esencia, el IVA no debería condicionar nuestra actividad empresarial. Y sin embargo lo hace. En ocasiones hay quien se beneficia de excesos de tesorería, pero también hay muchos que se convierten en financieros involuntarios de Hacienda.
Los promotores inmobiliarios son un buen ejemplo de actividad empresarial donde esto ocurre. Pero en general podemos hablar de todas aquellas que requieren fuertes inversiones y con largos periodos de recuperación. También ocurre en aquellas entidades con una gran actividad exportadora. Nos encontramos con uno de nuestros principales deudores. A la espera de que el Gobierno se digne a tomar medidas en el asunto y agilice las devoluciones. ¿Qué podemos hacer? Para muchos resultará obvio, pero me consta que no para todos.
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Sector inmobiliario: la crisis y el IVA (I)
26 mayo 2008
Desde fuera, desde la óptica del contribuyente, sobre todo si es pequeño, Hacienda (la estatal, la autonómica, etc…) parece un monolito, rígida, y sin flexibilidad alguna. Sin embargo, los que la conocen de cerca saben que no es así. Si hay una política pública acomodaticia, anticíclica, con interpretaciones de todo tipo en función de la partitura económica, esa es la de la política fiscal, ya sea la de altos vuelos o la más doméstica. Sobre todo ahora que, la política monetaria, la política aduanera., los tipos de cambio y las subvenciones a tutiplen han desaparecido como alternativas para nuestros políticos.
La crisis económica ha hecho que nuestros gobernantes se rasquen la cabeza, buscando soluciones. Una de las medidas que se ha barajado es anticipar las devoluciones del IVA, lo cual es toda una novedad si tenemos en cuenta que a Hacienda no le gustaba nada que se tomase esta decisión. Históricamente siempre había preferido, claro está, que se optase por la compensación, y presionaba en tal sentido. En función de como se liquidase el IVA, nos podíamos encontrar con fuertes retrasos, superiores a los 6 meses. Casi nada.
Pues bien, conviene que, los pequeños promotores inmobiliarios que nos lean, sean conscientes de que, sin haberse aprobado todas las medidas necesarias para agilizar el anticipo de ese IVA (y que, dado su marco fiscal y ciclos productivos les ayudaría enormemente), Hacienda ha adoptado un criterio que, sin duda, les perjudica en dicho sentido.
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Cambios en el IVA para el 2009
30 abril 2008
Dentro de las medidas para estímulo para la economia, se ha publicitado por el Consejo de Ministros la agilización en los trámites de devolución del IVA. Actualmente, las empresas que tienen IVA pagado en exceso, no tienen más remedio que esperar al cierre del ejercicio para solicitar la devolución del IVA.
A partir de la solicitud, que corresponde con la presentación del modelo 390, es decir el 30 de enero del ejercicio siguiente, la AEAT tiene un plazo de seis meses para tramitar dicha devolución. Si ese plazo es excedido, que puede serlo por multitud de factores, la Administración liquidará los correspondientes intereses de demora que transcurran hasta la fecha efectiva de la devolución.
No obstante, se nos adelanta mediante la campaña informativa que “se podrá solicitar la devolución mensual o trimestral del IVA si este presenta saldo a favor de la empresa”. No se legislado nada al respecto aún, pero inicialmente es una medida que ayudará a gestionar la tesorería de muchas empresas.
Aunque tengo bastantes reservas sobre la misma, porque por mi experiencia con la AEAT en devoluciones de tributos, es mala por la lentitud con el procedimiento actual, hoy en día, son determinantes los siguientes factores:
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Cazamorosos: negocio en alza
14 febrero 2008

En los últimos meses se han cuadriplicado las devoluciones de recibos bancarios. Los datos de las entidades de crédito son inequívocos: desde 2004 a 2007 se ha doblado el número de créditos que los bancos califican como de dudoso cobro. Y es que cada vez somos más impuntuales a la hora de pagar. La subida de los tipos de interés, la cesta de la compra, el Euribor… son los factores que están provocando el retraso de los pagos de los recibos de telefonía, créditos al consumo y otros.
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