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        <title>Magazine - cotizacion</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 16:01:01 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[La Seguridad Social planea subir las cuotas de miles de autónomos en 2026. La ATA ha puesto el grito en el cielo sobre los nuevos tramos ]]></title>
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                <pubDate>Fri, 17 Oct 2025 06:00:37 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>La Seguridad Social ha presentado a sindicatos y patronal un borrador con las <strong>nuevas tablas de cotización por ingresos reales</strong> para el periodo 2026-2028, que <strong>supondría una</strong> <strong>subida de cuotas de entre 200 y 2.500 euros anuales</strong>, según el nivel de ingresos.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La medida, aún en fase de negociación, <strong>afectaría a la mayoría de los trabajadores por cuenta propia,</strong> con incrementos más notables para los autónomos con rentas medias, principalmente, que absorberían el grueso de los cambios.</p>
<h2>Qué propone la Seguridad Social</h2>
<p>La propuesta, además, llega en un contexto de <strong>falta de consenso en la mesa de diálogo</strong>, tras la decisión de ATA de no participar mientras no se corrijan los errores de regularización de 2023 y se reforme el acceso al cese de actividad.</p>
<!-- BREAK 2 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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<p>Aun así, el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social quiere aprobar el nuevo marco antes de final de año para su aplicación el <strong>1 de enero de 2026</strong>: el plan consiste en <strong>revisar los tramos del sistema de cotización por ingresos reales</strong>, en vigor desde 2023, para adaptarlos progresivamente hasta 2028.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>Los nuevos tramos implican subidas en prácticamente todos los niveles de rendimiento neto anual, con <strong>especial incidencia en los autónomos que declaran entre 18.000 y 32.000 euros,</strong> donde las cuotas aumentarían entre un 9 % y un 12 % ya en 2026.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Según los cálculos de la propia Federación ATA, recogidos a partir de la documentación oficial trasladada por la Tesorería, los autónomos con menores ingresos —por debajo de 8.000 € anuales— pasarían de pagar <strong>2.400 € al año en 2025 a 2.608 € en 2026</strong>, un incremento del <strong>8,7 %</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>En el tramo medio (entre 24.000 € y 28.000 €), la cuota subiría de <strong>4.680 € a 5.142 €</strong> (+9,9 %), y en los niveles más altos —más de 72.000 € anuales— alcanzaría <strong>9.554 €</strong>, un <strong>34,9 % más</strong> que este año.</p>
<!-- BREAK 6 --><p><strong>La tendencia se mantendría hasta 2028,</strong> cuando las subidas acumuladas oscilarían <strong>entre el 11 % y el 100 % respecto a las cuotas actuales,</strong> consolidando una horquilla de aportaciones que busca hacer el sistema más progresivo.</p>
<!-- BREAK 7 --><h2>Quién gana y quién pierde</h2><p>La nueva tabla mantiene la lógica de que <strong>los que más ingresan coticen más</strong>, pero introduce una <strong>presión adicional en los tramos intermedios,</strong> donde se concentra la mayoría del colectivo de trabajadores autónomos.</p>
<p>Para un trabajador por cuenta propia con rendimientos netos de unos <strong>30.000 € al año</strong>, la cuota pasaría de <strong>4.680 € a unos 5.142 €</strong>, lo que supone <strong>unos 460 € más al año</strong>. Los grandes beneficiados serían los autónomos con rentas más bajas, aunque el margen se reduce: quienes declaran menos de 8.000 € seguirán pagando una cuota reducida (unos 218 € mensuales), pero apenas 20 € menos que un autónomo con rendimientos tres veces superiores.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Por el contrario, los autónomos con <strong>ingresos altos (más de 70.000 €)</strong> asumirían <strong>incrementos de hasta 5.000 € anuales</strong> en 2028, según los cálculos difundidos por ATA.</p>
<!-- BREAK 9 --><p>En conjunto, la tabla refleja un <strong>reajuste generalizado al alza</strong> y una redistribución interna que el Gobierno defiende como “progresiva y sostenible”, pero que las asociaciones advierten que puede <strong>ahogar a los tramos medios</strong>, especialmente en sectores con ingresos variables.</p>
<!-- BREAK 10 --><h2>“Por la evolución de los salarios”</h2><p>El Ministerio justifica la revisión como un <strong>ajuste técnico derivado de la inflación y la evolución de los salarios</strong>, que busca garantizar la sostenibilidad del sistema a medio plazo.</p>
<p>Desde su entrada en vigor, el modelo por ingresos reales ha permitido que más de 700.000 autónomos coticen menos que antes, según datos de la Seguridad Social. Sin embargo, el déficit del régimen especial (RETA) y la necesidad de equilibrar las prestaciones futuras han acelerado la revisión de los tramos.</p>
<!-- BREAK 11 --><p>La ministra de Inclusión, Elma Saiz, ya había avanzado en septiembre su intención de <strong>“consolidar un sistema contributivo equilibrado y sostenible”</strong>, recordando que las bases mínimas deben acompasarse al crecimiento de los ingresos medios y del <strong>Salario Mínimo Interprofesional (SMI)</strong>, actualmente fijado en <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/paginas/2025/110225-rueda-de-prensa-ministros.aspx" target="_new">1.184 € mensuales.</a></p>
<!-- BREAK 12 --><p>Fuentes del Ministerio señalan además que las nuevas cuotas permitirían reforzar el <strong>fondo de protección por cese de actividad</strong>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/ata-exige-cuentas-claras-que-demuestren-que-sistema-cotizaciones-ingresos-reales-funciona">que actualmente deniega seis de cada diez solicitudes, según reconocen los propios informes del organismo.</a></p>
<!-- BREAK 13 --><h2>Reacciones del sector</h2><p>La propuesta ha provocado una fuerte reacción entre las asociaciones de empresarios. Desde la ATA, <strong>Lorenzo </strong>Amor calificó el plan de “nuevo sablazo” y advirtió de que la medida “obvia la realidad de los autónomos”, asegurando que “ni los que apenas facturan 300 € al mes se librarían de pagar más”.</p>
<p>La federación ya ha advertido que no apoyará la reforma mientras no se solucionen los errores de regularización ni se amplíe la cobertura del cese de actividad. Por su parte, <strong>UPTA</strong> y <strong>UATAE</strong> consideran necesario ajustar las cuotas “para hacer el sistema más justo”, aunque piden que se garanticen <strong>medidas transitorias</strong> para quienes no pueden acreditar rendimientos estables. Ambas asociaciones reclaman además un refuerzo del <strong>sistema de comunicación de ingresos a la Agencia Tributaria</strong>, para evitar retrasos y discrepancias en la regularización anual.</p>
<!-- BREAK 14 --><p>En el plano político, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.democrata.es/economia/lorenzo-amor-preve-congreso-rechazara-aumento-cuotas-autonomos-reunirse-pp-vox-junts/" >fuentes parlamentarias apuntan que</a><strong> partidos como </strong><strong>PP y </strong><strong>Junts ya han mostrado su oposición a la subida</strong> si llega al Congreso, lo que complica su aprobación sin consenso social previo.</p>
<!-- BREAK 15 --><p>En cualquier caso, el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social prevé cerrar la nueva tabla antes de final de año, de modo que pueda aprobarse mediante <strong>Real Decreto antes del 1 de enero de 2026</strong>. La aplicación sería progresiva hasta 2028, con revisiones anuales en función de la evolución de precios y salarios.</p>
<!-- BREAK 16 --><p>Si se aprueba en estos términos, los autónomos verán <strong>subidas automáticas de cuota cada año</strong>, con un impacto directo sobre su cotización mensual y sobre las prestaciones futuras, incluidas la jubilación y el cese de actividad.</p>
<!-- BREAK 17 --><p>En conclusión, la reforma de los tramos de cotización por ingresos reales pretende reforzar la sostenibilidad del sistema y adaptar las cuotas al nivel de ingresos. Sin embargo, para gran parte del colectivo, el problema no es la lógica del modelo sino su ritmo: <strong>subidas anuales acumuladas de hasta el 30 % en tres años</strong> que reducen el margen de maniobra de miles de autónomos con ingresos medios.</p>
<!-- BREAK 18 --><p>El resultado vuelve a ser el<strong> mismo dilema: más contribución hoy a cambio de una promesa de protección mañana. </strong>Por ahora, los datos nos dicen que la progresividad que prometió el exministro Escrivá hasta 2032 se habría difuminado, alcanzando esos porcentajes en los próximos dos ejercicios fiscales.</p>
<!-- BREAK 19 --><p>Foto: Europa Press - Archivo</p>
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                <title><![CDATA[Confirmado. Pueden negarte la pensión de jubilación con más de 40 años cotizados. Estos son los motivos ]]></title>
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                <pubDate>Thu, 26 Dec 2024 09:01:24 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/425014/pymes-y-autonomos/1024_2000.jpeg" alt="Confirmado.&#x20;Pueden&#x20;negarte&#x20;la&#x20;pensi&#x00F3;n&#x20;de&#x20;jubilaci&#x00F3;n&#x20;con&#x20;m&#x00E1;s&#x20;de&#x20;40&#x20;a&#x00F1;os&#x20;cotizados.&#x20;Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;motivos&#x20;">
    </p>
    <p>Aunque pueda parecer injusto, tener más de 40 años cotizados no garantiza automáticamente el derecho a una pensión de jubilación en España. La Seguridad Social establece requisitos específicos, y no cumplir con ellos puede derivar en la denegación de la prestación, incluso después de décadas de contribuciones</p>
<!-- BREAK 1 --><h2><strong>Requisitos fundamentales para acceder a la pensión de jubilación</strong></h2>
<h3>Período mínimo de cotización y carencia específica</h3>
<p>Para obtener una pensión contributiva, se debe cumplir con un período mínimo de cotización, también conocido como <strong>carencia general</strong>. Este requisito establece que el trabajador debe haber cotizado al menos <strong>15 años</strong>, equivalentes a <strong>5.475 días</strong>. Sin embargo, no basta con haber acumulado este tiempo; al menos dos de esos años deben haberse cotizado dentro de los últimos <strong>15 años previos a la jubilación</strong>, lo que se conoce como <strong>carencia específica</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Un caso práctico es el de<strong> trabajadores que acumularon décadas de cotización al principio de su vida laboral pero que, por diversas razones, dejaron de cotizar en los últimos años</strong>. Aunque puedan tener más de 40 años cotizados, no cumplir con la carencia específica puede derivar en la denegación de la pensión.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/tenemos-cuenta-renta-presion-fiscal-para-espanoles-esta-altas-europa-no-deflactacion-irpf-no-nos-va-a-ayudar">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/tenemos-cuenta-renta-presion-fiscal-para-espanoles-esta-altas-europa-no-deflactacion-irpf-no-nos-va-a-ayudar" class="desvio-title js-desvio-title">Si tenemos en cuenta la renta, la presión fiscal para los españoles está entre las más altas de Europa. La no deflactación del IRPF no nos va a ayudar </a>
   </div>
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<h3>Estar en situación de alta o asimilada al alta</h3>
<p>Además de cumplir con los períodos de cotización, la Seguridad Social exige que el solicitante se encuentre en <strong>situación de alta o asimilada al alta</strong> en el momento de solicitar la jubilación. <strong>Esto significa que el trabajador debe estar cotizando activamente o en una situación considerada equivalente</strong>, como recibir prestación por desempleo, estar en excedencia forzosa o cuidando de familiares bajo ciertas condiciones reconocidas por la normativa.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>No estar en estas situaciones puede ser un motivo directo para que se deniegue la solicitud, aunque se cumplan los requisitos de cotización. Este criterio busca garantizar que la conexión con el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio">sistema de Seguridad Social</a> se mantenga activa en los años previos a la jubilación.</p>
<h3>Estar al corriente de pagos en el caso de los autónomos</h3>
<p>Los trabajadores autónomos enfrentan una barrera adicional: <strong>deben estar al corriente en el pago de sus cuotas a la Seguridad Social.</strong> Tener deudas pendientes, incluso pequeñas, puede bloquear el acceso a la pensión de jubilación. Aunque existe la posibilidad de regularizar los pagos antes de presentar la solicitud, no siempre es un proceso rápido, lo que puede llevar a complicaciones.</p>
<!-- BREAK 4 --><h2><strong>Otros motivos de denegación de la pensión</strong></h2>
<h3>Errores administrativos en el historial de cotización</h3>
<p>En algunos casos, <strong>la denegación se debe a discrepancias o errores en el historial laboral del trabajador.</strong> Periodos de cotización no registrados correctamente pueden influir negativamente en la decisión de la Seguridad Social. Es recomendable solicitar regularmente el <strong>informe de vida laboral</strong> para identificar y corregir cualquier error antes de que sea demasiado tarde.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estos-requisitos-que-necesitas-para-poder-cobrar-paro-trabajar-a-vez-posible-hacerlo" class="desvio-title js-desvio-title">Estos son los requisitos que necesitas para poder cobrar el paro y trabajar a la vez. (Sí, es posible hacerlo) </a>
   </div>
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<h3>Compatibilidad con otras prestaciones o ingresos</h3>
<p>Otro motivo de denegación puede estar relacionado con la <strong>percepción de otras prestaciones que sean incompatibles con la pensión de jubilación, como pensiones por incapacidad permanente total o absoluta</strong>. Asimismo, el desempeño de ciertas actividades económicas sin haber solicitado compatibilidad puede generar conflictos legales que afecten el acceso a la pensión.</p>
<!-- BREAK 6 --><h3>Falta de documentación adecuada</h3>
<p>La Seguridad Social requiere que el solicitante aporte la documentación necesaria para respaldar su solicitud. La falta de pruebas de cotización o errores en la presentación de la documentación pueden resultar en la denegación temporal o definitiva de la prestación.</p>
<!-- BREAK 7 --><h2><strong>Consecuencias de no cumplir con los requisitos</strong></h2>
<p>Cuando se deniega la pensión contributiva, el trabajador puede enfrentarse a una situación económica complicada, especialmente si ya ha dejado de trabajar. En casos extremos, la única alternativa es recurrir a la <strong>pensión no contributiva</strong>, siempre que se cumplan los criterios de ingresos bajos y residencia en España durante al menos 10 años.</p>
<!-- BREAK 8 --><p>Sin embargo, estas prestaciones son significativamente inferiores a las pensiones contributivas y no ofrecen la misma estabilidad económica.</p>
<p>Por ello para <strong>prevenir problemas al solicitar la jubilación </strong>es importante revisar <strong>periódicamente tu vida laboral. </strong>Hacerlo<strong> </strong><a rel="noopener, noreferrer" href="https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Categorias/Vida%20laboral%20e%20informes/Informes%20sobre%20tu%20situacion%20laboral/Informe%20de%20tu%20vida%20laboral">a través del portal de la Seguridad Social</a> te permitirá identificar errores o períodos no cotizados.</p>
<!-- BREAK 9 --><p><strong>También la planificación, que duda cabe, es clave.</strong> Si has tenido periodos sin cotizar recientemente, considera estrategias para volver a estar en situación de alta o asimilada al alta antes de solicitar la jubilación.</p>
<p>Asesorarte con un abogado especializado en pensiones o un gestor laboral puede ayudarte a entender mejor los requisitos y las normativas vigentes, así como a evitar errores costosos. Y es que, <strong>las leyes sobre pensiones pueden cambiar, como se observa en las reformas periódicas del sistema de la Seguridad Social</strong>. Mantenerte informado sobre los cambios te permitirá adaptar tus planes de jubilación en consecuencia.</p>
<!-- BREAK 10 --><p>Imágenes | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.instagram.com/sanchezcastejon/">Instagram</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/photos/banknotes-currency-finance-euro-7850299/">Pixabay</a></p>
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                <title><![CDATA[El pequeño autónomo es una especie en extinción en 2023 ]]></title>
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                <pubDate>Tue, 03 Oct 2023 10:01:56 +0000</pubDate>
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      <img src="https://i.blogs.es/b156bc/pexels-oleksandr-p-1172207/1024_2000.jpeg" alt="El&#x20;peque&#x00F1;o&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;es&#x20;una&#x20;especie&#x20;en&#x20;extinci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;2023&#x20;">
    </p>
    <p>El año comenzó con el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estas-8-diferencias-nueva-cuota-autonomo-2023-anterior-sistema-cotizacion">nuevo sistema de cotización para los autónomos</a>. Las cuotas de autónomo, hasta diciembre de 2022, <strong>eran totalmente independientes a lo que ganaba el autónomo</strong> con su actividad económica.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>A raíz de esta reforma, han surgido algunos <strong>inconvenientes que afectan al pequeño autónomo</strong>. Veamos los motivos por los que esta medida impide progresar a los trabajadores por cuenta propia.</p>
<h2>Si ganas 670 euros al mes pagas 234 euros de cuota de autónomo</h2>
<p>Para empezar, ganar<strong> 670 euros</strong> al mes ya resulta llamativo porque esa cifra ni roza el Salario Mínimo (SMI) y pagar de cuota <strong>234 euros</strong> supone mucho dinero.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Sin embargo, si ganas <strong>6.000 euros</strong>, cotizas <strong>509 euros</strong> al mes. La diferencia entre el primer ejemplo y éste es clara.</p>
<p>Desde hace años, los pequeños autónomos son una raza en extinción porque <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/octubre-mes-crucial-para-autonomos-su-calendario-fiscal">afrontan muchas obligaciones fiscales</a>. Desde la asociación <a rel="noopener, noreferrer" href="https://aupa-autonomos.es/que-es-aupa/">AUPA </a>(Autónomos Unidos Para Actuar) se hacen eco de estas diferencias entre un sector que se considera crucial para la economía de nuestro país.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/freelancers-espanoles-que-trabajan-cobran-europa">
     <img alt="Los&#x20;freelancers&#x20;espa&#x00F1;oles&#x20;son&#x20;los&#x20;que&#x20;m&#x00E1;s&#x20;trabajan,&#x20;pero&#x20;menos&#x20;cobran&#x20;de&#x20;Europa&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/4a3d94/pexels-liza-summer-6347902/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/freelancers-espanoles-que-trabajan-cobran-europa" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/freelancers-espanoles-que-trabajan-cobran-europa" class="desvio-title js-desvio-title">Los freelancers españoles son los que más trabajan, pero menos cobran de Europa </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Desventajas de la nueva cuota de autónomos para los pequeños autónomos</h2>
<p>A raíz de esta reforma, han surgido varias <strong>desventajas que afectan en su mayoría a los pequeños autónomos:</strong></p>
<ul>
  <li>En la mayoría de los casos, los autónomos<strong> cotizarán como trabajadores del régimen general</strong>. Esto genera controversia ya que las empresas son las encargadas de sostener en su mayor parte la cotización del trabajador. Mientras que, los autónomos asumen por completo esta obligación económica.</li>
  <li>Se acabó la opción de elegir cómo ahorrar. <strong>Ya no es posible para los autónomos apostar por cotizar menos</strong>, lo que elimina la posibilidad de obtener mayores ingresos de forma inmediata o cotizar más y disponer en el futuro de una mejor prestación.</li>
  <li>A pesar de que los autónomos suponen un impulso para la economía de nuestro país generando empleo y negocio, son los menos protegidos. <strong>No pueden beneficiarse de convenios colectivos o trienios</strong>. Y son los que cada mes están expuestos a la incertidumbre de sus ingresos, horas extras y todos los factores que suponen emprender.</li>
  <li><strong>Es más complicado generar empleos</strong>, ya que pagan más en su cuota de autónomo.</li>
  <li>Dicha reforma <strong>no contempla ninguna modificación en relación al desempleo</strong> de los trabajadores por cuenta propia.</li>
</ul><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/sistema-modulos-anomalia-agencia-tributaria-se-resiste-a-desaparecer">
     <img alt="El&#x20;sistema&#x20;de&#x20;m&#x00F3;dulos&#x20;es&#x20;una&#x20;anomal&#x00ED;a&#x20;seg&#x00FA;n&#x20;la&#x20;Agencia&#x20;Tributaria,&#x20;pero&#x20;se&#x20;resiste&#x20;a&#x20;desaparecer&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/f58432/pexels-pixabay-210679/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/sistema-modulos-anomalia-agencia-tributaria-se-resiste-a-desaparecer" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/sistema-modulos-anomalia-agencia-tributaria-se-resiste-a-desaparecer" class="desvio-title js-desvio-title">El sistema de módulos es una anomalía según la Agencia Tributaria, pero se resiste a desaparecer </a>
   </div>
  </div>
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</div>
<h2>Cada vez hay menos autónomos</h2>
<p>España ha perdido <strong>6.167 autónomos entre el último mes de 2022 y marzo de 2023, en contraste con el crecimiento del empleo de los trabajadores por cuenta ajena</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>No se trata de pagar una cuota cero, esa cuota implica la jubilación, sanidad, pero <strong>¿Se puede vivir con una jubilación de un autónomo?</strong> ¿Habrá jubilaciones dignas?</p>
<p>Cuando leemos comentarios y reflexiones de trabajadores por cuenta propia, sólo piden <strong>igualdad</strong>. Y eso implica, pagar lo justo cuando los ingresos son bajos y que no se vean beneficiados sólo los que ganen más.</p>
<!-- BREAK 5 --><p><a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/jovenes-no-quieren-ser-autonomos-espana-no-les-faltan-motivos">Los jóvenes no quieren ser autónomos,</a> y los mayores lo son, en su mayoría, porque no les queda otra opción. Si tuvieran la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/65-autonomos-no-vocacion-infoempleo-adecco">oportunidad de obtener un contrato por parte de una empresa</a>, <strong>no dudarían en firmar</strong>.</p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Emprender y trabajar por cuenta ajena será un poco más fácil con la nueva ley de Startups, así puedes aprovecharlo ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/emprender-trabajar-cuenta-ajena-sera-poco-facil-nueva-ley-startups-asi-puedes-aprovecharlo</link>
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                <pubDate>Sat, 24 Dec 2022 07:00:41 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/10abbe/cho-felicidad-trabajo/1024_2000.jpeg" alt="Emprender&#x20;y&#x20;trabajar&#x20;por&#x20;cuenta&#x20;ajena&#x20;ser&#x00E1;&#x20;un&#x20;poco&#x20;m&#x00E1;s&#x20;f&#x00E1;cil&#x20;con&#x20;la&#x20;nueva&#x20;ley&#x20;de&#x20;Startups,&#x20;as&#x00ED;&#x20;puedes&#x20;aprovecharlo&#x20;">
    </p>
    <p>Cuando alguien piensa en emprender, en hacer realidad su proyecto, lanzar su propia empresa y empezar a trabajar por su cuenta, uno de los principales miedos es tener que vivir sin un ingreso estable, la nómina que nos facilita trabajar por cuenta ajena. En muchos casos, supone renunciar a un empleo para liderar o ayudar a levantar un proyecto en el que creemos. Si no queremos hacerlo del todo es interesante tener en cuenta que <strong>emprender y y trabajar por cuenta ajena será un poco más fácil con la nueva ley de Startups</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Con la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-21739">publicación en el BOE</a> de la Ley de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, que así se ha llamado y que está en vigor desde el 23 de diciembre, se alivia en parte la situación de estos emprendedores que lo son a tiempo parcial, ya que <strong>combinan su trabajo por cuenta ajena y lanzan a la vez su empresa</strong>.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/este-paraiso-fiscal-prometido-nueva-ley-startups-para-atraer-inversion-capital">
     <img alt="Este&#x20;es&#x20;el&#x20;para&#x00ED;so&#x20;fiscal&#x20;prometido&#x20;de&#x20;la&#x20;nueva&#x20;Ley&#x20;de&#x20;startups&#x20;para&#x20;atraer&#x20;inversi&#x00F3;n&#x20;y&#x20;capital&#x20;&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/6d7e8c/ministra-calvinyo/375_142.jpeg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/este-paraiso-fiscal-prometido-nueva-ley-startups-para-atraer-inversion-capital" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/este-paraiso-fiscal-prometido-nueva-ley-startups-para-atraer-inversion-capital" class="desvio-title js-desvio-title">Este es el paraíso fiscal prometido de la nueva Ley de startups para atraer inversión y capital  </a>
   </div>
  </div>
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<h2>La bonificación para los emprendedores en pluriactividad en las cuotas de la Seguridad Social</h2>
<p>Esta situación de estar de alta de forma simultánea en dos regímenes de la Seguridad Social se conoce como <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/autonomos-pluriactividad-pueden-tener-grave-problema-cotizacion-ingresos-reales">pluriactividad</a>. Además de la cotización que paga la empresa por este trabajador, en su actividad económica como autónomo, él también<strong> tiene que cotizar en función de los rendimientos</strong> de esta actividad.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Es aquí donde van a tener la posibilidad de recibir una <strong>bonificación de dicha cuota durante los tres primeros años de actividad</strong> que compatibilicen trabajo por cuenta ajena y actividad dentro de la startup. Según la disposición adicional cuarta de la ley:</p>
<blockquote>A los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos por poseer el control efectivo, directo o indirecto, de una empresa emergente regulada en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes, y que, de forma simultánea, trabajen por cuenta ajena para otro empleador, les resultará de aplicación una bonificación del cien por cien de la cuota correspondiente a la base mínima establecida con carácter general, en cada momento, en el citado régimen especial durante los tres primeros años</blockquote>
<p>Una buena noticia, pero que <strong>se queda corta en su ámbito de actuación</strong>, ya que solo afecta a las empresas de base tecnológica. La justificación se indica en el preámbulo de la ley indicando que las empresas emergentes presentan características específicas como el alto riesgo derivado de su alto contenido innovador, la incertidumbre sobre el éxito de su modelo de negocio, que dificulta la financiación en las fases iniciales, al exigir capital para poder madurar y probar sus ideas antes de que la empresa empiece a generar ingresos.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>No por ello, las personas que buscan crear su propia empresa, levantar su negocio sin dejar de trabajar por cuenta ajena asumen también riesgos, y esta bonificación seguro que sería un <strong>plus interesante para muchos que quieren dar el paso de dejar su empleo para montar su propia empresa</strong>, pero temen que esos ingresos no les permitan salir adelante al menos hasta consolidar la base de clientes necesaria.</p>
<h2>¿Se puede emprender a tiempo parcial?</h2>
<p>Lo que no me queda muy claro es <strong>si cuando se lanza una startup se puede seguir trabajando por cuenta ajena</strong>. Uno de los principales motivos esgrimidos para otorgar financiación a startups es su equipo de trabajo y lo comprometidos que están en su empresa. Y hacerlo a tiempo parcial no parece la mejor de las ideas.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-inversion-empresas-nueva-creacion-que-requisitos-hay">
     <img alt="Deducci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;inversi&#x00F3;n&#x20;en&#x20;empresas&#x20;de&#x20;nueva&#x20;creaci&#x00F3;n&#x3A;&#x20;qu&#x00E9;&#x20;requisitos&#x20;hay" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/adf475/laptops-g489d3eac6_1280/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-inversion-empresas-nueva-creacion-que-requisitos-hay" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/deduccion-inversion-empresas-nueva-creacion-que-requisitos-hay" class="desvio-title js-desvio-title">Deducción por inversión en empresas de nueva creación: qué requisitos hay</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Además que <strong>en la mayoría de proyectos siempre falta tiempo</strong>. Conseguir que el proceso madure dedicando menos horas porque estamos trabajando por cuenta ajena muchas veces no es suficiente. Se entiende siempre como una situación transitoria, pero es muy complicado que funcione.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>La parte positiva es que va a <strong>permitir reclutar talento que ya está trabajando por cuenta ajena </strong>para sumar efectivos a la causa que de otra manera sería muy complicado poder incorporar.&nbsp;</p>
<p>Especialmente en sectores tecnológicos, perfiles que muchas veces es <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/encontrar-personal-para-mi-empresa-era-problema-entonces-recurrimos-al-networking">difícil encontrar</a>, pero a los que tener la <strong>posibilidad de desarrollar su propio negocio</strong> les puede resultar muy atractivo. Otra cosa será a las empresas dónde están contratados, donde quizás el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/pacto-no-concurrencia-que-aspectos-legales-hay-que-tener-cuenta-queremos-aplicarlo-a-nuestros-empleados">pacto de no concurrencia </a>pueda ser la fórmula para limitar estas actividades extras.&nbsp;</p>
<!-- BREAK 6 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Esta es la razón por la que cambiar de cuota a lo largo de 2023 será lo más inteligente para muchos autónomos ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/esta-razon-que-cambiar-cuota-a-largo-2023-sera-inteligente-para-muchos-autonomos</link>
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                <pubDate>Wed, 21 Dec 2022 08:01:16 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8ccaa4/autonomo-cambio-base-cotizacion/1024_2000.jpeg" alt="Esta&#x20;es&#x20;la&#x20;raz&#x00F3;n&#x20;por&#x20;la&#x20;que&#x20;cambiar&#x20;de&#x20;cuota&#x20;a&#x20;lo&#x20;largo&#x20;de&#x20;2023&#x20;ser&#x00E1;&#x20;lo&#x20;m&#x00E1;s&#x20;inteligente&#x20;para&#x20;muchos&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;">
    </p>
    <p>La cotización por ingresos reales <strong>supone que el autónomo tenga que hacer una previsión de beneficios</strong> y cotizar a la Seguridad Social según esas estimaciones.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>La clave de este nuevo sistema es que la Agencia Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) <strong>van a cruzar los datos del autónomo</strong>, para comprobar si los rendimientos estimados inicialmente por el autónomo coinciden con los rendimientos definitivos declarados en la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/te-has-equivocado-al-presentar-declaracion-renta-asi-puedes-subsanar-errores">declaración de la renta</a> por la actividad de su negocio.</p>
<p>Esto puede producir <strong>tres escenarios</strong> distintos:</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales">
     <img alt="15&#x20;dudas&#x20;que&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;tienen&#x20;con&#x20;la&#x20;llegada&#x20;de&#x20;la&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;ingresos&#x20;reales" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/af5edc/trabajador-autonomo/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales" class="desvio-title js-desvio-title">15 dudas que los autónomos tienen con la llegada de la cotización por ingresos reales</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>1) Tener que pagar más cotizaciones a la Seguridad Social</h2>
<p>Si los rendimientos netos son superiores a los del tramo elegido, <strong>habrás cotizado menos de lo previsto</strong>, por lo que la Seguridad Social te notificará y tendrás que ingresar la diferencia. El plazo para pagar lo que te faltó por cotizar es hasta el último día del mes siguiente desde que se informe al autónomo.</p>
<!-- BREAK 2 --><h2>2) Que te devuelvan el exceso de cotizaciones a la Seguridad Social</h2>
<p>Si los rendimientos netos que tenías previstos son inferiores a los del tramo elegido supone que tu <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/no-he-pagado-cuota-autonomos-este-mes-estas-consecuencias-tener-deudas-seguridad-social">cotización a la Seguridad Social</a> es superior a lo que te correspondía. En estos casos, <strong>la Seguridad Social, de oficio, realizará las devoluciones al autónomo</strong> antes del 30 de abril del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/estos-principales-modelos-fiscales-que-debe-presentar-autonomo-ejercicio">ejercicio fiscal</a> siguiente.</p>
<!-- BREAK 3 --><h2>3) Obtener un resultado neutro sin regularización</h2>
<p>Si los rendimientos netos definitivos del ejercicio fiscal se encuentran en el tramo elegido durante todo el año, es que <strong>has cotizado lo necesario</strong>. En este caso, no procede regularizar cantidad alguna ante la Seguridad Social.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/calcular-tus-ingresos-como-autonomo-para-saber-tu-grupo-cotizacion-facil-esta-sencilla-formula">
     <img alt="Calcular&#x20;tus&#x20;ingresos&#x20;como&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;para&#x20;saber&#x20;tu&#x20;grupo&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;es&#x20;f&#x00E1;cil&#x20;con&#x20;esta&#x20;sencilla&#x20;f&#x00F3;rmula&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/9eae48/calculo-rendimiento-neto/375_142.jpeg">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/calcular-tus-ingresos-como-autonomo-para-saber-tu-grupo-cotizacion-facil-esta-sencilla-formula" class="desvio-title js-desvio-title">Calcular tus ingresos como autónomo para saber tu grupo de cotización es fácil con esta sencilla fórmula </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Por qué razón se debería cambiar la base de cotización?</h2>
<p>Con el nuevo sistema, la principal razón para cambiar la base de cotización es <strong>para ajustar los rendimientos previstos a los ingresos reales </strong>que vamos obteniendo.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>En este sentido, te puedes identificar con uno de estos dos tipos de autónomos:</p>
<ul>
  <li>El autónomo que quiere <strong>evitar llevarse disgustos al terminar el año</strong>. Piensa con prudencia, y tiene claro que prefiere ajustar al alza las cuotas de autónomo, y cotizar de más para que le devuelvan, ya que si cotiza de menos, se puede llevar un susto importante y tener que pagar todo junto, una cantidad que a lo mejor después no tiene.</li>
  <li>El autónomo que prefiere tener ajustadas las bases de cotización &nbsp;a los beneficios reales de su negocio, de forma <strong>que la Seguridad Social no acumule un exceso de cotización</strong>, ya que esto implica que la administración tenga un dinero de la empresa paralizado hasta que realicen la devolución. Lo prefiere ajustar para que el resultado sea cero e incluso no le importa que haya que pagar algo al final.</li>
</ul><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-funciona-calculadora-cuotas-cotizaciones-ingresos-reales-seguridad-social">
     <img alt="As&#x00ED;&#x20;funciona&#x20;la&#x20;calculadora&#x20;de&#x20;cuotas&#x20;de&#x20;cotizaciones&#x20;por&#x20;ingresos&#x20;reales&#x20;de&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/bcf1cc/calcucladora/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-funciona-calculadora-cuotas-cotizaciones-ingresos-reales-seguridad-social" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/tramites/asi-funciona-calculadora-cuotas-cotizaciones-ingresos-reales-seguridad-social" class="desvio-title js-desvio-title">Así funciona la calculadora de cuotas de cotizaciones por ingresos reales de la Seguridad Social  </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Cuándo se puede realizar el cambio de base de cotización?</h2>
<p>Podrás <strong>cambiar la base de cotización hasta 6 veces al año</strong>, en 2022 eran 4. En realidad, con el nuevo sistema, la posibilidad de cambiar la base de cotización está abierta todo el año, si bien lo que debe fijarse es en la fecha que el cambio será efectivo. Los plazos son los siguientes:</p>
<!-- BREAK 6 --><ul>
  <li>Entre el 1 de enero y el 28 de febrero. El cambio surte efecto el <strong>1 de marzo</strong>.</li>
  <li>Entre el 1 de marzo y el 30 de abril. La fecha de aplicación de la modificación es el <strong>1 de mayo</strong>.</li>
  <li>Entre el 1 de mayo y el 30 de junio, con fecha de efecto el <strong>1 de julio</strong>.</li>
  <li>Entre el 1 de julio y el 31 de agosto. Se aplica el cambio el <strong>1 de septiembre</strong>.</li>
  <li>Entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre, los cambios tendrán lugar el <strong>1 de noviembre</strong>.</li>
  <li>Entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre, se realizarán los cambios con efecto <strong>1 de enero</strong> del año siguiente.</li>
</ul>
<p>En cada una de estas ventanas de cambio, el autónomo podrá <strong>aprovechar para revisar su base de cotización</strong> y que se ajuste al máximo a lo que verdaderamente está ganando con su negocio.</p>
<!-- BREAK 7 --><script>
 (function() {
  window._JS_MODULES = window._JS_MODULES || {};
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   var instagramScript = document.createElement('script');
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   instagramScript.async = true;
   instagramScript.defer = true;
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  }
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Así funciona la calculadora de cuotas de cotizaciones por ingresos reales de la Seguridad Social  ]]></title>
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                <pubDate>Sun, 04 Dec 2022 12:06:08 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/bcf1cc/calcucladora/1024_2000.jpeg" alt="As&#x00ED;&#x20;funciona&#x20;la&#x20;calculadora&#x20;de&#x20;cuotas&#x20;de&#x20;cotizaciones&#x20;por&#x20;ingresos&#x20;reales&#x20;de&#x20;la&#x20;Seguridad&#x20;Social&#x20;&#x20;">
    </p>
    <p>Apenas quede un mes para que entre en vigor una de la reformas más importantes en los últimos años para los autónomos. &nbsp;Para despejar las dudas de los autónomos, el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/tramites/simuladorRETAPublico">portal Import@ss</a> de la Seguridad Social ha lanzado una<strong> calculadora de cuotas cotizaciones por ingresos reales</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>El nuevo modelo de cotización por ingresos reales va a suponer que los autónomos ya no podrán optar a cotizar por la base mínima independientemente de cuanto dinero ingresen con su actividad. Pero ojo, eso no significa que no puedan elegir, podrán seguir haciéndolo dentro del tramo de cotización que les corresponda.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales">
     <img alt="15&#x20;dudas&#x20;que&#x20;los&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;tienen&#x20;con&#x20;la&#x20;llegada&#x20;de&#x20;la&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;ingresos&#x20;reales" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/af5edc/trabajador-autonomo/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/15-dudas-que-autonomos-tienen-llegada-cotizacion-ingresos-reales" class="desvio-title js-desvio-title">15 dudas que los autónomos tienen con la llegada de la cotización por ingresos reales</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Cómo funciona la calculadora de cuotas de cotizaciones por ingresos reales</h2>
<p>Lo primero que vemos al entrar en la &nbsp;calculadora de la Seguridad Social es un aviso donde nos indica que se trata de un cálculo informativo. De igual manera la cuota que nos indicará se muestra sin aplicar deducciones. Para utilizar la calculadora lo primero que tenemos que <strong>tener claro es cuáles son nuestros ingresos netos</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>A modo informativo y en la información de la calculadora nos indican que lo más sencillo es acudir a la declaración de la RENTA del año anterior. A estos ingresos se les aplicará una <strong>deducción por gastos genéricos del 7%</strong>, porcentaje que, en el caso de socios mercantiles o socios laborales, que hayan estado de alta como autónomos 90 días en el año, la deducción se reduce a un 3%. Las cantidades a tener en cuenta son:</p>
<ul>
  <li>Si tributamos por<strong> </strong>estimación directa los rendimientos netos serían la suma de las cantidades que aparecen en el modelo 100 de la declaración en las casilla 0224 y 0186.</li>
  <li>Si tributamos por estimación objetiva sería la suma de las casillas de rendimiento neto previo, 1465 o rendimiento neto minorado 1539 en el caso de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.</li>
  <li>Para el régimen de atribución de rentas en rendimientos de actividades económicas sería el resultado de la casilla 1577.</li>
</ul>
<p>Con esta referencia ya sabemos <strong>donde encuadrar nuestros ingresos y qué tramo elegir.</strong> Tras indicar el tramo nos aparece la cuota que pagaríamos entre la base mínima y la máxima que podemos elegir para dicho tramo.</p>
<!-- BREAK 3 --><div class="article-asset-image article-asset-normal article-asset-center">
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                   <img class="centro_sinmarco" height=490 width=938 loading="lazy" decoding="async" sizes="100vw" fetchpriority="high" srcset="https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/450_1000.jpeg 450w, https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/650_1200.jpeg 681w,https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/1024_2000.jpeg 1024w, https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/1366_2000.jpeg 1366w" src="https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/450_1000.jpeg" alt="Calculadora Cuotas">
   <img alt="Calculadora Cuotas" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/1fd247/calculadora_cuotas/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<p>Es interesante porque si estamos cercanos a los límites de un tramo u otro podemos optar por subir la cuota por si tenemos un buen año y saltamos al siguiente tramo de cotización. O pagar el mínimo y guardarnos ese dinero por si al saltar el tramo y liquidar tenemos que pagar más de lo cotizado.</p>
<!-- BREAK 4 --><p>Después nos ofrece un resumen que desglosa la cotización en función de los diferentes conceptos que se incluyen, como contingencias comunes, contingencias profesionales o cese de actividad entre otras. También nos informa de <strong>nuestra base de cotización</strong>.</p>
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   <img alt="Calculadora Cuotas2" class="centro_sinmarco" src="https://i.blogs.es/e9cec2/calculadora_cuotas2/450_1000.jpeg">
   
      </div>
</div>
<h2>¿Voy a pagar más o menos que antes?</h2>
<p>La gran pregunta para muchos es si van a pagar más o menos que antes de cuota de autónomos. Si cogemos el tramo que hemos elegido como ejemplo, la realidad es que <strong>si los ingresos netos superan estos 1300 euros les va a tocar pagar más</strong>. Eso siempre que antes estuvieran pagando por la base mínima.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023">
     <img alt="Estos&#x20;son&#x20;los&#x20;principales&#x20;cambios&#x20;de&#x20;la&#x20;prestaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;cese&#x20;de&#x20;actividad&#x20;de&#x20;aut&#x00F3;nomos&#x20;en&#x20;2023" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/17b74d/cese-actividad-autonomo/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/estos-principales-cambios-prestacion-cese-actividad-autonomos-2023" class="desvio-title js-desvio-title">Estos son los principales cambios de la prestación de cese de actividad de autónomos en 2023</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Los que estén por debajo de este tramo se ahorrarán un poco, y realmente <strong>los que más lo notarán son los autónomos con ingresos netos por debajo de 670 euros</strong>. Pero tampoco es que el ahorro que consiguen de unos 60 euros vaya a suponer un cambio drástico.</p>
<!-- BREAK 6 --><p>Por último, en la calculadora y los enlaces informativos nos avisan que si el 1 de enero de 2023 ya figuramos de alta como autónomo, hay que i<a rel="noopener, noreferrer" href="https://portal.seg-social.gob.es/wps/portal/importass/importass/Colectivos/Trabajo+Autonomo/guia?1dmy&urile=wcm%3apath%3a/wps/wcm/connect/importass/importass_contenidos/categorias/altas%2C+bajas+y+modificaciones/bajas+y+modificaciones/moddatosautonomos">nformar de los rendimientos </a>antes del 31 de octubre del 2023, salvo que se haya comunicado un cambio de base de cotización porque los rendimientos supongan una base de cotización diferente a aquella por la que se venía cotizando.</p>
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 (function() {
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Qué es el Mecanismo de Equidad Intergeneracional y cuánto nos va a quitar en la nómina a partir de 2023 ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/que-mecanismo-equidad-intergeneracional-cuanto-nos-va-a-quitar-nomina-a-partir-2023</link>
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                <pubDate>Sat, 12 Nov 2022 19:00:29 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/39c9b4/nomina-calculo/1024_2000.jpeg" alt="Qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;el&#x20;Mecanismo&#x20;de&#x20;Equidad&#x20;Intergeneracional&#x20;y&#x20;cu&#x00E1;nto&#x20;nos&#x20;va&#x20;a&#x20;quitar&#x20;en&#x20;la&#x20;n&#x00F3;mina&#x20;a&#x20;partir&#x20;de&#x20;2023&#x20;">
    </p>
    <p>Con el sistema de pensiones todos sabemos que hay un elefante en la habitación pero parece que nadie quiere nombrar este hecho. Se acerca el momento en los que los trabajadores nacidos en la explosión demográfica de los 60 y 70 se empiezan a jubilar. Y el incremento de las pensiones que hay que pagar será muy notable, tanto como para <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/entorno/imagen-que-explica-que-pensiones-no-sostenibles-espana">poner en peligro todo el sistema</a>. Es aquí donde entra el nuevo <strong>Mecanismo de Equidad Intergeneracional, un nuevo concepto en la cotización </strong>que veremos reflejado en nuestras nóminas en enero de 2023.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Se trata de una medida temporal, se aplicará <strong>desde 2023 a 2033</strong>, pero será complicado que llegado ese momento se considere que el sistema de pensiones tiene una buena salud financiera como para que se retire. Todo lo recaudado va a revertir en la hucha de las pensiones.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/planes-pensiones-empresas-todo-que-necesitas-saber-para-aprovecharlos-pagar-renta">
     <img alt="Planes&#x20;de&#x20;pensiones&#x20;de&#x20;empresas,&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;saber&#x20;para&#x20;aprovecharlos&#x20;y&#x20;pagar&#x20;menos&#x20;en&#x20;la&#x20;RENTA" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/3fb9dc/ahorro-fiscal/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/planes-pensiones-empresas-todo-que-necesitas-saber-para-aprovecharlos-pagar-renta" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/planes-pensiones-empresas-todo-que-necesitas-saber-para-aprovecharlos-pagar-renta" class="desvio-title js-desvio-title">Planes de pensiones de empresas, todo lo que necesitas saber para aprovecharlos y pagar menos en la RENTA</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>¿Cuánto se cotiza por el <strong>Mecanismo de Equidad Intergeneracional?</strong></h2>
<p>Este Mecanismo de Equidad Intergeneracional sustituye al factor de sostenibilidad que se venía aplicando hasta ahora a las pensiones. Va a suponer una <strong>carga para los trabajadores en activo, pero también para las empresas</strong> que son las que en mayor medida van a contribuir a mejorar la salud de la hucha de las pensiones.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>El <strong>tipo aplicado para el Mecanismo de Equidad Intergeneracional será del 0,6%</strong>. Esto en un sueldo medio va a suponer 12 euros menos y si hablamos de salario mínimo sería de unos 6 euros.</p>
<div class="article-asset-summary article-asset-normal article-asset-center">
 <div class="asset-content">
     <div class="sumario">La generación actual cargará con más cotización para sostener el sistema de pensiones sin tener garantizada las suyas</div>
   </div>
</div>
<p>La <strong>empresa se hará cargo de la cotización del 0,5%</strong>, unos 10 euros en dicho salario medio según<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/inclusion/Documents/2021/181121-_MECANISMO%20DE%20EQUIDAD%20INTERGENERACIONAL_v12%20(2).pdf"> datos del Gobierno</a> y el trabajador tendrá una merma de 2 euros en su salario, al hacerse cargo del 0,1% restante.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>El Gobierno aspira a ir rellenando el Fondo de Reserva para <strong>tener un colchón de cerca de 50.000 millones</strong> de euros en esa década entre 2023 y 2033 y no es un objetivo sencillo porque depende de la buena marcha de la economía y una rentabilidad de este fondo de más del 8%, algo muy difícil de conseguir.</p>
<h2>Un aumento de los costes laborales y menos salario para ofrecer</h2>
<p>Lo cierto es que al final este esfuerzo que realiza <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.elblogsalmon.com/economia-domestica/cada-vez-existe-mayor-brecha-salario-jovenes-pensiones-mayores">la generación que está en activo</a> permitirá tener un poco más de margen para poder maniobrar en caso de apuros económicos para las pensiones. Pero no va a solucionar el <strong>incremento constante que va a suponer la jubilación de la generación del baby boom</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/nomina-paso-a-paso-como-leerla-saber-que-esta-bien">
     <img alt="La&#x20;n&#x00F3;mina&#x20;paso&#x20;a&#x20;paso,&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;leerla&#x20;y&#x20;saber&#x20;que&#x20;est&#x00E1;&#x20;bien" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/e257d1/office-ga240a1678_1280/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/nomina-paso-a-paso-como-leerla-saber-que-esta-bien" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/nomina-paso-a-paso-como-leerla-saber-que-esta-bien" class="desvio-title js-desvio-title">La nómina paso a paso, cómo leerla y saber que está bien</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Y cada vez son menos el número de cotizantes que están en activo por cada persona jubilada. Esto <strong>inevitablemente llevará a que se aumenten las cotizaciones</strong> y al abrir la puerta con el Mecanismo de Equidad Intergeneracional no se puede descargar que este porcentaje del 0,6% aumente en el futuro.</p>
<!-- BREAK 5 --><p>La otra vía sería la inyección en el sistema de pensiones de liquidez vía presupuestos, lo que implicaría que o <strong>suben los ingresos del estado mejorando la recaudación o se recorta</strong> de otras partidas.</p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Despedir una empleada del hogar ya no será tan fácil y la cotización por desempleo, estos son los cambios con la nueva legislación laboral que entra en vigor hoy ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/despedir-empleada-hogar-no-sera-facil-cotizacion-desempleo-estos-cambios-nueva-legislacion-laboral-que-entra-vigor-hoy</link>
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                <pubDate>Thu, 08 Sep 2022 08:11:09 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/73ef35/empleadas-hogar/1024_2000.jpeg" alt="Despedir&#x20;una&#x20;empleada&#x20;del&#x20;hogar&#x20;ya&#x20;no&#x20;ser&#x00E1;&#x20;tan&#x20;f&#x00E1;cil&#x20;y&#x20;la&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;por&#x20;desempleo,&#x20;estos&#x20;son&#x20;los&#x20;cambios&#x20;con&#x20;la&#x20;nueva&#x20;legislaci&#x00F3;n&#x20;laboral&#x20;que&#x20;entra&#x20;en&#x20;vigor&#x20;hoy&#x20;">
    </p>
    <p>El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes un Real Decreto para mejorar las condiciones laborales de las personas que trabajan como empleadas del hogar. Con su <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14680">publicación en el BOE</a> de hoy ha entrado en vigor y con importantes cambios en la legislación laboral en aspectos tan significativos como la facilidad para <strong>despedir a una empleada de hogar o la obligación de cotización por desempleo</strong> para generar dicho derecho una vez que se pierde el trabajo.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>A efectos prácticos para las trabajadoras de este colectivo será que se generarán nuevos derechos de desempleo, para lo cual va a ser obligatorio cotizar por desempleo y al Fondo de Garantía Salarial. Dichas c<strong>otizaciones se aplicarán ya el próximo 1 de octubre</strong> y se garantiza la cobertura de las trabajadoras en caso de insolvencia del empleador.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/kellys-lado-atractivo-turismo">
     <img alt="Las&#x20;kellys,&#x20;o&#x20;el&#x20;lado&#x20;menos&#x20;atractivo&#x20;del&#x20;turismo&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/799860/girl-1531575_640/375_142.jpg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/kellys-lado-atractivo-turismo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/kellys-lado-atractivo-turismo" class="desvio-title js-desvio-title">Las kellys, o el lado menos atractivo del turismo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Bonificaciones para la cotización por desempleo</h2>
<p>Los empleadores van a tener derecho a una reducción del 80% de las cotizaciones por desempleo y FOGASA. No es la única bonificación, puesto que se mantiene la reducción de un 20% en la aportación que deban realizar los empleadores a la Seguridad Social por contingencias comunes.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>Además la intención del Ministerio de Trabajo es <strong>incrementar los tramos de bonificación superiores al 20%</strong> en función del número de personas que formen parte del hogar y la renta del mismo.</p>
<p>Otra novedad está en la obligación del empleador de <strong>asumir las cotizaciones de trabajadoras al servicio del hogar que presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales</strong>, aunque previamente hubieran acordado que se asumieran por parte del trabajador como autónomo.</p>
<!-- BREAK 3 --><p>En este caso, será obligatorio <strong>comunicar a la Tesorería General de la &nbsp;Seguridad Social, durante el mes de enero de 2023, los datos necesarios</strong> &nbsp;para el cálculo y el pago de las cuotas de la Seguridad Social, y en &nbsp;especial los datos bancarios precisos para el pago de las cotizaciones.</p>
<h2>Causas de la extinción de contrato de una empleada del hogar</h2>
<p>Otra de las novedades importantes afectan a las causas del despido. Desaparece la figura del desestimiento. El artículo 11 del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-14680">RD 6/2022, de 6 de septiembre</a> establece que:</p>
<!-- BREAK 4 --><blockquote>1. La relación laboral de carácter especial del servicio &nbsp;del hogar familiar podrá extinguirse por las causas establecidas en el &nbsp;artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, aplicándose la normativa &nbsp;laboral común salvo en lo que resulte incompatible con las &nbsp;peculiaridades derivadas del carácter especial de esta relación.</blockquote>
<blockquote>2. Sin perjuicio de lo anterior, esta relación &nbsp;laboral de carácter especial podrá extinguirse por alguna de las &nbsp;siguientes causas, siempre que estén justificadas:</blockquote>
<blockquote>a) Disminución de los ingresos de la unidad familiar o incremento de sus gastos por circunstancia sobrevenida.</blockquote>
<blockquote>b) Modificación sustancial de las necesidades &nbsp;de la unidad familiar que justifican que se prescinda de la persona &nbsp;trabajadora del hogar.</blockquote>
<blockquote>c) El comportamiento de la persona trabajadora &nbsp;que fundamente de manera razonable y proporcionada la pérdida de &nbsp;confianza de la persona empleadora.</blockquote>
<blockquote>La extinción por estas causas se producirá con arreglo a lo dispuesto en este apartado.</blockquote>
<blockquote>La decisión de extinguir el contrato deberá &nbsp;comunicarse por escrito a la persona empleada del hogar, debiendo &nbsp;constar de modo claro e inequívoco la voluntad de la persona empleadora &nbsp;de dar por finalizada la relación laboral y la causa por la que se &nbsp;adopta dicha decisión.</blockquote><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-finiquito-como-saber-correcto-despido">
     <img alt="Qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;el&#x20;finiquito&#x20;y&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;saber&#x20;si&#x20;es&#x20;correcto&#x20;tras&#x20;un&#x20;despido&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/ebb476/contratos/375_142.jpeg">
    </a>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-finiquito-como-saber-correcto-despido" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/que-finiquito-como-saber-correcto-despido" class="desvio-title js-desvio-title">Qué es el finiquito y cómo saber si es correcto tras un despido </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>El resto de circunstancias se mantienen igual que el resto de trabajadores, quedando de esta manera integrados de forma uniforme en el derecho laboral con el resto del colectivo sin dar lugar a la desprotección hasta ahora vigente.</p>
<!-- BREAK 5 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Darse de alta como autónomo: qué sector de actividad y grupo de cotización me corresponde]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/darse-alta-como-autonomo-que-sector-actividad-grupo-cotizacion-me-corresponde</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/darse-alta-como-autonomo-que-sector-actividad-grupo-cotizacion-me-corresponde</guid>
                <pubDate>Fri, 22 Apr 2022 06:00:37 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/160a45/man-g3164e2a5f_640/1024_2000.jpg" alt="Darse&#x20;de&#x20;alta&#x20;como&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x3A;&#x20;qu&#x00E9;&#x20;sector&#x20;de&#x20;actividad&#x20;y&#x20;grupo&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;me&#x20;corresponde">
    </p>
    <p>Los trabajadores por cuenta ajena pertenecen a <strong>un grupo de cotización u otro en función de su actividad</strong> y del puesto que ocupan. Este grupo de cotización determina las bases de cotización mínimas y máximas de los trabajadores.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En el Régimen General, <strong>existen hasta 11 grupos de cotización diferentes</strong>, como ingenieros y licenciados, jefes administrativos y de taller, oficiales de primera y segunda, peones, o trabajadores menores de 18 años, entre muchos otros. <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/CotizacionRecaudacionTrabajadores/36537">En la página web de la Seguridad Social</a> puedes consultar todos ellos, así como sus bases mínimas y máximas.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>¿En qué grupo de cotización cotizan los autónomos?</h2>

<p>Pero, ¿qué ocurre en el caso de los trabajadores que se dan de alta como autónomos y, en consecuencia, cotizan en el RETA? En realidad, este grupo de cotización no existe como tal, y cualquier trabajador puede elegir de forma libre sus bases de cotización, entre la mínima y la máxima.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En 2022, las bases de cotización son las siguientes:</p>

<ul>
<li><strong>Base mínima de cotización</strong>: 960,60 euros al mes</li>
<li><strong>Base máxima de cotización</strong>: 4.139,40 euros al mes</li>
</ul>

<p>Existe una única excepción: el de los trabajadores dedicados a la venta ambulante o a domicilio, es decir, aquellas actividades incluidas en los CNAEs 4781, 4782, 4789 o 4799. En este supuesto, se contemplan dos posibilidades.</p>
<!-- BREAK 4 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/todo-que-necesitas-saber-bases-tipos-cuotas-cotizacion-para-2022">
     <img alt="Todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;necesitas&#x20;saber&#x20;sobre&#x20;las&#x20;bases,&#x20;&#x20;tipos&#x20;y&#x20;cuotas&#x20;de&#x20;cotizaci&#x00F3;n&#x20;para&#x20;2022" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/d31c6d/job-ge330b4f89_1280/375_142.jpg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/todo-que-necesitas-saber-bases-tipos-cuotas-cotizacion-para-2022" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/todo-que-necesitas-saber-bases-tipos-cuotas-cotizacion-para-2022" class="desvio-title js-desvio-title">Todo lo que necesitas saber sobre las bases,  tipos y cuotas de cotización para 2022</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h3>Socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado</h3>

<ul>
<li><p><strong>Mercadillos de menos de 8 horas al día</strong>: opción de base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.</p>
</li>
<li><p><strong>Mercadillos más de ocho horas día y trabajadores que no perciben ingresos directamente de los compradores</strong>: opción entre 884,10 euros/mes o base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes para actividad CNAE 4799.</p>
</li>
</ul>

<h3>Trabajadores individuales</h3>

<p>Pueden elegir la base entre 884,10 euros al mes o base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) excepto:</p>

<ul>
<li><strong>Si CNAE es 4799</strong>: entre la base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.</li>
<li><strong>Los mercadillos de menos de 8 horas al día</strong>: entre base mínima de autónomos (960,60 euros/mes) o 528,30 euros/mes.</li>
</ul>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Penalización en las cotizaciones a los contratos de muy corta duración, qué es y cuándo se aplica a las empresas ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/penalizacion-cotizaciones-a-contratos-muy-corta-duracion-que-cuando-se-aplica-a-empresas</link>
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                <pubDate>Fri, 15 Apr 2022 10:31:30 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/8b0061/penalizacion-temporalidad/1024_2000.jpeg" alt="Penalizaci&#x00F3;n&#x20;en&#x20;las&#x20;cotizaciones&#x20;a&#x20;los&#x20;contratos&#x20;de&#x20;muy&#x20;corta&#x20;duraci&#x00F3;n,&#x20;qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;y&#x20;cu&#x00E1;ndo&#x20;se&#x20;aplica&#x20;a&#x20;las&#x20;empresas&#x20;">
    </p>
    <p>Es posible que muchas empresas hayan tenido que recurrir a la contratación temporal para cubrir sus necesidades de personal durante estas vacaciones de Semana Santa. Parte de los empleados puede que ya se mantengan, pero otros, pasada la carga de trabajo extra verán como su contrato se extingue. Es aquí donde nos interesa conocer que es la <strong>penalización en las cotizaciones a los contratos de muy corta duración</strong> y cuándo se aplica a las empresas.</p>
<!-- BREAK 1 --><p>Se trata de un mecanismo creado por la Seguridad Social para evitar los <strong>contratos de muy corta duración que se aplica a aquellos que se prolongan menos de un mes</strong>. Supone una sobrecotización para la empresa a la hora de contratar a estos trabajadores.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/horas-extras-horas-complementarias-contratacion-temporal-estas-alternativas-empresas-para-asumir-picos-trabajo">
     <img alt="Horas&#x20;extras,&#x20;horas&#x20;complementarias&#x20;o&#x20;contrataci&#x00F3;n&#x20;temporal,&#x20;estas&#x20;son&#x20;las&#x20;alternativas&#x20;de&#x20;las&#x20;empresas&#x20;para&#x20;asumir&#x20;picos&#x20;de&#x20;trabajo&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/0a11e5/picos-de-trabajo/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/horas-extras-horas-complementarias-contratacion-temporal-estas-alternativas-empresas-para-asumir-picos-trabajo" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/horas-extras-horas-complementarias-contratacion-temporal-estas-alternativas-empresas-para-asumir-picos-trabajo" class="desvio-title js-desvio-title">Horas extras, horas complementarias o contratación temporal, estas son las alternativas de las empresas para asumir picos de trabajo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Qué es la cotización adicional en contratos de duración determinada</h2>
<p>Según la Ley Ley General de la Seguridad Social en su artículo 151, sobre la cotización adicional en contratos de duración determinada:</p>
<blockquote>Los contratos de duración determinada inferior a 30 días tendrán una cotización adicional a cargo del empresario a la finalización del mismo.</blockquote>
<blockquote>Dicha cotización adicional se calculará multiplicando por tres la cuota resultante de aplicar a la base mínima diaria de cotización del grupo 8 del Régimen General de la Seguridad Social para contingencias comunes, el tipo general de cotización a cargo de la empresa para la cobertura de las contingencias comunes.</blockquote>
<blockquote>Esta cotización adicional no se aplicará a los contratos a los que se refiere este artículo, cuando sean celebrados con trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, en el Sistema Especial para Empleados de Hogar o en el Régimen Especial para la Minería del Carbón; ni a los contratos por sustitución.</blockquote>
<p>Esta cotización se aplica de forma independiente de si el contrato tiene una duración de un día o de 29. Si ponemos el caso de un contrato de 10 días se aplicaría la penalización que en este año será de <strong>27,53 euros</strong> a la finalización del mismo, es decir, el mes en el que causa la baja.</p>
<!-- BREAK 2 --><p>De esta forma también se quiere <strong>acabar con la práctica de contratar los lunes y despedir los viernes</strong> que realizaban algunas empresas, puesto que esto supondría una penalización por contrato más alta. Sobre todo porque se aplica por contrato, es decir, si se han realizado cuatro contratos diferentes para cubrir un puesto en el mes se va a pagar la penalización multiplicada por cuatro.</p>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/asi-puedes-recurrir-al-contrato-temporal-para-reforzar-plantillas-campanas-cortas-como-semana-santa">
     <img alt="Contrato&#x20;temporal&#x20;o&#x20;fijo&#x20;discontinuo,&#x20;est&#x00E1;s&#x20;son&#x20;las&#x20;principales&#x20;diferencias&#x20;entre&#x20;ambos&#x20;y&#x20;as&#x00ED;&#x20;los&#x20;puede&#x20;utilizar&#x20;tu&#x20;empresa" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/72df35/contrato/375_142.jpeg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/asi-puedes-recurrir-al-contrato-temporal-para-reforzar-plantillas-campanas-cortas-como-semana-santa" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/asi-puedes-recurrir-al-contrato-temporal-para-reforzar-plantillas-campanas-cortas-como-semana-santa" class="desvio-title js-desvio-title">Contrato temporal o fijo discontinuo, estás son las principales diferencias entre ambos y así los puede utilizar tu empresa</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Y aquí <strong>se ha cambiado de estrategia</strong>, puesto que anteriormente se aplicaba un recargo del 40% sobre la cuota de Contingencias Comunes que correspondía a la empresa. De todas formas, con la limitación de la contratación temporal ya hay muchas empresas, y administraciones públicas, que dejarán de utilizar este modelo para cubrir sus necesidades de personal.</p>
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