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		<title>Pymesyautonomos</title>
		<link>http://www.pymesyautonomos.com</link>
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			Weblog colectivo dedicado a la actualidad relacionada con
			los gadgets y los dispositivos y cacharros más novedosos.
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		<pubDate>Fri, 21 Nov 2008 17:01:43 +0000</pubDate>

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      <title><![CDATA[¿Puedes vigilar a tus empleados con cámaras?]]></title>
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      <pubDate>Tue, 08 Apr 2008 09:39:12 +0000</pubDate>

      <author>Óscar</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img class="izquierda" id="image963" src="http://img.pymesyautonomos.com/2008/04/Lidl.jpg" alt="Lidl for president" /></p>

	<p>Imagino que muchos de vosotros os habréis planteado esta pregunta al conocer la semana pasada que algunas cadenas de supermercados, concretamente <strong>Lidl </strong>y <strong>Plus</strong>, instalaban <strong>cámaras secretas</strong> en sus centros de trabajo en Alemania para controlar a sus empleados, conocer intimidades, ideas políticas, tendencias sexuales, afinidades con el resto de compañeros, incluso cuantas veces iban al baño, confeccionando con dicha información minuciosos informes sobre cada uno de sus trabajadores.</p>

	<p>Bien, obviamente en <strong>España no es posible instalar cámaras con esos objetivos</strong>, e imagino que en Alemania tampoco, visto el revuelo que se ha levantado con la publicación de la noticia.</p>

	<p>Pero, <strong>sí que puedes vigilar a tus empleados</strong>, con objetivos relacionados con las facultades de control del correcto desempeño de las tareas  por el trabajador, siempre y cuando cumplas unos requisitos legales y de respeto a los derechos fundamentales. <!--more--></p>

	<p>Nuestro Tribunal Supremo, viene a señalar que se consideran <strong>lícitas</strong> las pruebas obtenidas a través de dichos medios de grabación siempre y cuando exista una adecuación y proporcionalidad del medio utilizado para obtener la evidencia, respetando en todo momento el derecho a la intimidad del trabajador, e impidiendo que se produzca una intromisión empresarial cuando existen métodos alternativos para obtener la prueba. </p>

	<p>Por otra parte, para garantizar la legalidad de dicha medida, nuestros Tribunales Superiores de Justicia señalan que la misma debe ser <strong>pública</strong> y <strong>manifiesta</strong> (no deben estar escondidas), y ser de <strong>general conocimiento</strong> por los trabajadores, además de tener un objetivo relacionado con el poder de dirección y organización empresarial. El supuesto más claro de aplicación, serían las ubicadas encima de las cajas registradoras de las gasolineras.</p>

	<p>Por lo tanto, el empresario <strong>antes de tomar una decisión de este calado deberá sopesar los perjuicios</strong>, como el enrarecimiento del clima laboral que puede generar la misma, y los beneficios que le puede conllevar.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.elmundo.es/papel/2008/04/06/mercados/2362697.html">El Mundo</a><br />
Imagen | <a href="http://www.sxc.hu/profile/amosnet">Amosnet</a></p>      ]]></description>
      </item>
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