
El Parlamento acaba de aprobar la reforma de la Ley Concursal. Esta reforma, que abarca varios aspectos de la antigua Ley, ha dado un gran cambio a la figura del Administrador Concursal, modificando tanto la propia figura del administrador como sus funciones.
El nuevo texto determina que la Administración Concursal pasará de estar formada por tres a un sólo miembro, que deberá ser economista; auditor de cuentas; titulado mercantil o abogado en ejercicio, si bien habrá una serie de supuestos excepcionales en los que el Juzgado podrá nombrar a dos Administradores.

