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La reforma de la Ley Concursal, los nuevos administradores concursales

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El Parlamento acaba de aprobar la reforma de la Ley Concursal. Esta reforma, que abarca varios aspectos de la antigua Ley, ha dado un gran cambio a la figura del Administrador Concursal, modificando tanto la propia figura del administrador como sus funciones.

El nuevo texto determina que la Administración Concursal pasará de estar formada por tres a un sólo miembro, que deberá ser economista; auditor de cuentas; titulado mercantil o abogado en ejercicio, si bien habrá una serie de supuestos excepcionales en los que el Juzgado podrá nombrar a dos Administradores.

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Más malas noticias económicas en el primer trimestre de 2011

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Los datos del paro no fueron las únicas malas noticias económicas que se conocieron ayer y que demuestra cómose está marchitándose la economía española. El número de concursos de acreedores registrados en España durante el primer trimestre de 2011 aumentaron un 20,03% con respecto a los del año pasado, 1.624 en este periodo frente a los 1.353 registrados en el mismo periodo del año anterior.

En cuanto a las disoluciones, un total de 8.585 empresas desaparecieron del tejido económico español en este periodo, lo que supone un 6,45% más que las registradas en el primer trimestre de 2010.

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Soluciones extrajudiciales a los impagos en las empresas

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El Consejo General del Poder Judicial se está planteando montar un sistema previo de reclamación entre las empresas y sus acreedores con objeto de descargar los juzgados de lo mercantil con vistas al próximo año. Al paso que van aumentando los concursos de acreedores, se prevé que la avalancha de este tipo de procedimientos desborde a las instancias mercantiles con una previsión de aumentos de este tipo de auntos en más del 300%.

Este tipo de iniciativas de intermediación no son nuevas. En el ámbito laboral existe la figura del Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) destinado a mediar entre las empresas y los trabajadores en todas las discrepancias que puedan surgir como paso previo a la demanda judicial. Y la mediación en casos de impago entre empresas es una figura que debería haberse puesto en marcha hace tiempo.

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