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        <title>Magazine - cobros</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 06:35:33 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[Qué es el periodo de medio de cobros en tu empresa]]></title>
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                <pubDate>Mon, 27 Jun 2022 07:01:20 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/a77d75/arm-wrestling-g2f7606a6b_1280/1024_2000.jpg" alt="Qu&#x00E9;&#x20;es&#x20;el&#x20;periodo&#x20;de&#x20;medio&#x20;de&#x20;cobros&#x20;en&#x20;tu&#x20;empresa">
    </p>
    <p>La morosidad es uno de los principales problemas de los autónomos y pymes en España. <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.ey.com/es_es/news/2022/05/la-tasa-de-impagos-aumenta-en-espana-por-encima-de-la-eurozona">Según un informe de EY</a>, la tasa de morosidad prevista en España es del 4,6 y el 4,5 por ciento en 2022 y 2023, respectivamente, frente al 3,4 y 3,9 por ciento del conjunto de la Eurozona. Ante esta circunstancia, es importante que las compañías realicen acciones para minimizar el impacto de este problema.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Una de las variables que más afecta a la morosidad es el <strong>periodo medio de cobros de la empresa</strong>, una ratio que indica si la empresa está saneada desde el punto de vista de su facturación y qué hay que hacer para mejorarlo.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Qué es el periodo medio de cobros</h2>

<p>El periodo medio de cobros es una ratio es el plazo que <strong>tarda de media una empresa en cobrar las facturas de sus clientes</strong>. Dicho de otro modo, es el plazo que transcurre desde que la empresa entrega el producto y presta el servicio y el momento en el que se cobra la factura.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Se suele medir en días, y de él depende la gestión de la tesorería y la facturación de la empresa. Cuanto mayor sea esta ratio, mayor será el tiempo que se financia a los clientes.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Normalmente, <strong>este ratio se estudia de manera conjunta con el periodo medio de pago a proveedores</strong>. En general, se considera que una empresa está bien gestionada desde el punto de vista de la facturación cuando el periodo medio de cobros es inferior al periodo medio de pagos, ya que indica que existe liquidez suficiente.</p>
<!-- BREAK 5 --><div class="article-asset article-asset-normal article-asset-center">
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pagar-tarde-no-le-saldra-gratis-a-empresas-se-preparan-cambios-legislativos-para-penalizar-a-morosos">
     <img alt="Pagar&#x20;tarde&#x20;ya&#x20;no&#x20;le&#x20;saldr&#x00E1;&#x20;gratis&#x20;a&#x20;las&#x20;empresas,&#x20;se&#x20;preparan&#x20;cambios&#x20;legislativos&#x20;para&#x20;penalizar&#x20;a&#x20;los&#x20;morosos" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/91925c/morosidad-ibex/375_142.jpeg">
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    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/pagar-tarde-no-le-saldra-gratis-a-empresas-se-preparan-cambios-legislativos-para-penalizar-a-morosos" class="desvio-title js-desvio-title">Pagar tarde ya no le saldrá gratis a las empresas, se preparan cambios legislativos para penalizar a los morosos</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Fórmula del periodo medio de cobros</h2>

<p>La fórmula matemática del periodo medio de cobros es la siguiente:</p>

<p>PMC = (Clientes Medios / Ventas x (1 + IVA)) x 365</p>

<p>Donde clientes medios es la partida de clientes (o facturas pendientes de cobros) de un ejercicio. Por ejemplo, si la cuenta de clientes medios es de 300 y las ventas, de 600, siendo el IVA en España del 21 por ciento, el PMC es de 145,72 días.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<h2>El periodo medio de cobros en España</h2>

<p>En España, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/ley-de-morosidad">existe una ley conocida como Ley de Morosidad</a>, que regula el plazo de pago a los proveedores. El periodo máximo de cobro establecido por parte de las administraciones publicas es de 30 días y el del sector privado de 60 días.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>No obstante, en la práctica, <strong>el incumplimiento de la Ley de Morosidad es bastante generalizado</strong>. En concreto, el periodo medio de cobro de clientes en España se sitúa en 85 días para el sector privado y de 111 días para el sector publico</p>
<!-- BREAK 8 --><script>
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                <title><![CDATA[Las transferencias son el medio de pago preferido para pagar las facturas, pero no siempre el más idóneo]]></title>
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                <pubDate>Thu, 28 Jun 2018 06:01:02 +0000</pubDate>
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    </p>
    <p>En la inmensa mayoría de ocasiones, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/la-transferencia-sepa-es-el-medio-de-pago-mas-utilizado-en-las-operaciones-comerciales">las transferencias son el método habitual de pago de facturas a proveedores</a>. Según <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.bde.es/f/webbde/SPA/sispago/ficheros/es/Dist_Inst_Esp_ES.pdf">datos del Banco de España</a>, <strong>tres de cada cuatro operaciones comerciales en 2017 se hicieron efectivas a través de este instrumento</strong>. Su facilidad de uso, la rapidez y, sobre todo, sus relativos bajos costes han hecho que sea, de largo, el medio preferido por autónomos para efectuar pequeños pagos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En general, la práctica totalidad de las operaciones se pagan a través de este instrumento o del adeudo domiciliado, que suma un 21%. En total, un 95% del total de las operaciones comerciales <strong>se hacen efectivas a través de alguno de estos dos instrumentos</strong>, fundamentalmente debido a los bajos costes para los profesionales y a la dificultad que ponen las entidades financieras a utilizar otros métodos de pago diferentes.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Sin embargo, que sean las dos más utilizadas <strong>no quiere decir que sean las más idóneas</strong>. Hay que tener en cuenta que, dependiendo del tipo de operación, puede que nos interese utilizar un medio de pago y cobro diferente, especialmente si el pago es aplazado a varios meses y se utiliza <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/en-que-se-diferencia-el-criterio-de-caja-del-criterio-del-devengo">el criterio del IVA del devengo</a>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En estas circunstancias, <strong>deberemos liquidar el IVA de las facturas que todavía no se han cobrado</strong> (y que en muchos casos acaban siendo impagadas), lo que en muchos casos puede acabar provocando problemas serios de liquidez. No en vano, esta ha sido la razón por la que muchas empresas y profesionales acabaron en situación de suspensión de pagos, al verse condenadas por la morosidad de algunos de sus clientes y el anticipo del pago de impuestos. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Además, la actividad transcurre de manera habitual, <strong>y no podemos dejar las compras para cuando recibamos el importe de la factura</strong>. La liquidez es fundamental, y es un recurso que no siempre está disponible por culpa del <strong>retraso en el pago de las facturas</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>El descuento de efectos, el preferido por las empresas, pero lejos del alcance de los autónomos</h2>

<p>Esta es la razón por la que muchas empresas optan por otros métodos de pago diferentes a las transferencias o los adeudos domiciliados. Entre los preferidos, <strong>aquellos que les permiten anticipar las facturas o efectos comerciales</strong> y, de ser posible, aquellos en los que la gestión de los pagos y los cobros se cede a otra entidad.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>El <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/el-factoring-ventajas-inconvenientes-y-precisiones">factoring</a> (con y sin recurso), el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/confirming-con-o-sin-recurso">confirming</a>, el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/unnuevoimpulso/el-pagare-como-instrumento-de-cobro-y-su-descuento-asi-funciona">descuento de pagarés</a>, el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/en-que-consiste-el-forfaiting-y-como-puede-ayudar-a-una-pyme-exportadora">forfaiting</a>... son métodos de gestión de cobros y pagos en los que la empresa obtiene financiación a través de las facturas comerciales y, de paso, cede esa gestión a otra entidad.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Sin embargo, son métodos que están lejos del alcance de los autónomos, <strong>fundamentalmente por su elevado coste y la reticencia de las entidades a aceptar a profesionales individuales</strong> y microempresas debido a su mayor riesgo de mora y su inferior solvencia en comparación con otras empresas más grandes. </p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Abrir estos métodos de financiación a pequeños empresarios habría servido para paliar los graves efectos de la crisis económica, y en la actualidad, serviría para garantizar un crecimiento que no siempre es posible.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/dinero-euro-moneda-europa-1439125/">stux</a></p>
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                <title><![CDATA[Tu cliente no te paga, qué hacer ]]></title>
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                <pubDate>Wed, 14 Jan 2015 09:00:53 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9ddbc6/650_1000_morosos/1024_2000.jpg" alt="Tu&#x20;cliente&#x20;no&#x20;te&#x20;paga,&#x20;qu&#x00E9;&#x20;hacer&#x20;">
    </p>
    <p>Esta situación es más común de lo que a uno le gustaría desear. Has concluido un proyecto, <strong>todo está conforme y cuando envías la factura, el cliente no da señales de vida</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Llega el día en que la factura debería estar cobrada y el cliente no ha ingresado el dinero. Antes de llegar a esta situación <strong>es muy importante especificar correctamente en tus facturas el modo y periodo de pago</strong>. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Tan importante como indicar el número de cuenta al que se tiene que ingresar el dinero es especificar el vencimiento de la misma, para qeu el cliente sepa cuándo ha proceder al pago de la misma.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Si no se indica el vencimiento no se podrá reclamar al cliente que no ha pagado la factura.</p>

<h2>Cómo proceder en caso de impago</h2>

<ul>
<li><strong>Contactar con el cliente</strong></li>
</ul>

<p>Si no recibes el pago de la factura dentro del periodo de tiempo que has estipulado con el cliente, lo primero que debes hacer es contactar con él por si hubiera habido algún error de buena fe. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<ul>
<li><strong>Falta de liquidez</strong></li>
</ul>

<p>En el caso de que el cliente te diga que no puede pagar la factura porque no tiene liquidez, puedes pactar con él pagar la factura a plazos o recibir un intercambio de servicios o de producto.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<ul>
<li><strong>Mala fe</strong></li>
</ul>

<p>Muchos empresarios tienen por conducta no responder a ninguna de sus obligaciones por lo que si este es el caso y el cliente actúa con mala fe, si la cantidad a reclamar lo permite, lo mejor es contactar con una empresa de cobro de morosos, avisando al cliente de que lo has hecho. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Otra opción, y siempre que se pueda, es retirar el acceso al producto o servicio que le has vendido al cliente. Esto es muy sencillo para los proveedores de servicios web donde se puede limitar el acceso a su web o retirarla.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>De todos modos, cuando se da con alguien que no actúa con buena fe suele ser difícil llegar a un acuerdo.</p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/visentico/420922342/">Sento</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/aportaciones-de-la-morosidad">Aportaciones de la morosidad</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¿Puede mi empresa funcionar con fondos de maniobra negativos?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/puede-mi-empresa-funcionar-con-fondos-de-maniobra-negativos</link>
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                <pubDate>Fri, 27 Jun 2014 11:01:04 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a0d376/fondo_de_maniobra/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Puede&#x20;mi&#x20;empresa&#x20;funcionar&#x20;con&#x20;fondos&#x20;de&#x20;maniobra&#x20;negativos&#x3F;">
    </p>
    <p>A la hora de analizar la situación económico financiera de una determinada sociedad, <strong>existen numerosos indicadores que nos proporcionan pistas muy relevantes sobre su viabilidad</strong> y necesidad de llevar a cabo medidas correctoras, especialmente cuando se realiza un análisis a corto plazo.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>De entre todos estas variables, quizá <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-es-el-fondo-de-maniobra-y-por-que-es-una-magnitud-tan-importante">el fondo de maniobra</a> sea el indicador que mayor información proporciona a simple vista, puesto que únicamente echando un vistazo a su valor (positivo o negativo) podemos valorar la necesidad de tomar decisiones. Sin embargo, <strong>no siempre un fondo de maniobra negativo es sinónimo de preocupación</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Todo depende del flujo de cobros y pagos de nuestra empresa. <strong>No es lo mismo vender al contado y comprar a plazo que comprar al contado y vender a plazo</strong>. Aunque en ambos casos la empresa esté reflejando en sus libros tanto  ingresos como gastos debido a la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/en-que-se-diferencia-el-criterio-de-caja-del-criterio-del-devengo">utilización del criterio de devengo</a>, en realidad las implicaciones son muy diferentes desde el punto de vista de la liquidez.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Por ejemplo, un fondo de maniobra negativo no suele ser preocupante para cadenas de supermercados, que venden al contado y suelen aplazar el pago a sus proveedores hasta 180 días. En este caso, la empresa sabe de antemano que el flujo de cobros diario será suficiente para <strong>corregir el desfase negativo entre el activo circulante y el pasivo circulante</strong>.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Sin embargo, la mayoría de empresas no pueden decir lo mismo. En la mayoría de ocasiones sucede que los gastos tienen un período de aplazamiento de pago menor que el aplazamiento de los cobros. En este caso, manejarse con fondos de maniobra negativos no solo no es recomendable sino que puede llegar a ser peligroso.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-es-el-fondo-de-maniobra-y-por-que-es-una-magnitud-tan-importante">¿Qué es el fondo de maniobra y por qué es una magnitud tan importante?</a>
Imagen |</p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¿Debo pagar un servicio si no he recibido la factura? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/debo-pagar-un-servicio-si-no-he-recibido-la-factura</link>
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                <pubDate>Sun, 29 Sep 2013 09:27:21 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/3fd01f/273026937_45c6495610_z/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Debo&#x20;pagar&#x20;un&#x20;servicio&#x20;si&#x20;no&#x20;he&#x20;recibido&#x20;la&#x20;factura&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>La remisión de las facturas al destinatario es algo que muchas veces se realiza de manera descuidada, sin atenerse a plazo alguno, e incluso se omite, por no reconocerlo como una obligación. La factura es el justificante que permite al que la recibe ejercer sus derechos fiscales de deducción del gasto. Es también una garantía para el cliente, que permite <strong>realizar reclamaciones y devoluciones</strong> de lo adquirido. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Sin embargo, no solo ofrece ventajas para el cliente, sino también para el que la emite. La factura es el documento mediante el cual la empresa <strong>ejerce su derecho al cobro</strong>. Sirve, además de soporte para realizar reclamaciones en caso de impago, incluso por vía judicial. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La factura es el documento que <strong>acredita la realización de una operación determinada</strong>. El documento debe expedirse en el momento de realizarse la operación si el destinatario es un particular y antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación en si se trata de un empresario o profesional. Una vez expedida, debe remitirse al destinatario en el plazo de un mes. Si éste no manifiesta su disconformidad con la misma en plazo de 10 días, se entenderá aceptada y asumida la obligación de pago. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>La firma del vendedor no es un requisito obligatorio para garantizar la autenticidad de una factura, aunque por lo general suelen llevar firma o sello de quién las emite. La firma confiere a la factura <strong>mayor fuerza probatoria</strong> para el cliente en caso de litigio. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Otra circunstancia que puede darse es la reclamación del pago de una operación basándose en una factura cuya autenticidad es rechazada por el cliente. El emisor podrá probar su autenticidad con facilidad si está firmada por el destinatario. Pero esto no siempre sucede, por lo que habrá que recurrir a pruebas adicionales que demuestren que el documento <strong>no ha sido emitido de manera unilateral y sin fundamento</strong>. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Existen una serie de presunciones legales que permiten autentificar una factura, como puede ser que la misma esté incluida en los registros contables de ambas empresas y <strong>que haya sido declarada y liquidados los impuestos</strong> correspondientes. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En el caso de compras, lo más común es firmar un documento que justifique la <strong>recepción de la mercancía</strong>, de manera que queda probada la adeuda, independientemente del envío y recepción de la factura. Si se trata de servicios, lo más prudente es contar con la <strong>aceptación de un presupuesto</strong>. De lo contrario, podría haber problemas si el obligado al cobro rechaza la operación como inexistente.  </p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/son-validas-las-facturas-remitidas-por-correo-electronico">¿Son válidas las facturas remitidas por correo electrónico?</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/juanjaen/273026937">JuanJaen</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El 22 de marzo es el último día para acogerse a nuevo plan de pagos a proveedores ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/el-22-de-marzo-es-el-ultimo-dia-para-acogerse-a-nuevo-plan-de-pagos-a-proveedores</link>
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                <pubDate>Mon, 18 Mar 2013 10:35:00 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/5cbefd/2555009796_6202fbfd37_z/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;22&#x20;de&#x20;marzo&#x20;es&#x20;el&#x20;&#x00FA;ltimo&#x20;d&#x00ED;a&#x20;para&#x20;acogerse&#x20;a&#x20;nuevo&#x20;plan&#x20;de&#x20;pagos&#x20;a&#x20;proveedores&#x20;">
    </p>
    <p>El pasado 23 de febrero el Gobierno aprobó una <strong>segunda fase del plan de pagos a proveedores</strong> para cobrar las facturas pendientes de comunidades autónomas y ayuntamientos que estuvieran contabilizadas antes del 1 de enero de 2012. <strong>El plazo para solicitar el pago termina el próximo 22 de marzo</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Este nuevo plan está dotado con 2.500 millones de euros. Y los interesados pueden acogerse al mismo de manera presencial en las entidades que les adeuden las facturas o bien a través de la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es">web de la Agencia Tributaria</a>. El pago se efectuará en la <strong>primera quincena de junio</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Pueden acogerse a este nuevo Plan aquellos proveedores <strong>que no lo hicieron en abril de 2012</strong> así como aquellos cuyas <strong>deudas no estaban contempladas</strong> en el plan anterior y que sí lo están en éste.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En concreto se incluyen en este nuevo plan las deudas de las entidades que no se acogieron al plan anterior (mancomunidades de municipios y entidades del País Vasco y Navarra) y las deudas procedentes de concesiones administrativas, convenios, encomiendas de gestión, contratos de arrendamiento de inmuebles, contratos de colaboración público-privada y determinados contratos de gestión de servicios públicos y concesión de obras públicas.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>La <strong>información que deberá aportar cada proveedor</strong> será el NIF, el número de cuenta en el que deberá hacerse el ingreso y el importe del principal de la deuda. Acogiéndose a este Plan, el proveedor renunciará al cobro de intereses y otros gastos.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Una vez presentada la solicitud, y en el plazo de siete días, la entidad deudora deberá emitir un certificado de reconocimiento de la obligación de pago.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Ante el éxito de la primera fase es una buena noticia la puesta en marcha de esta segunda. Quizá sea un poco escasa la dotación, habida cuenta del volumen de deuda de las distintas administraciones, y también sería conveniente que se planteara lo que hacer con las deudas de 2012, ya que éstas superan ya los 15.000 millones de euros.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Más información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.minhap.gob.es/es-ES/Paginas/20130222_Proveedores.aspx">Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas</a>
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/plan-de-pago-a-proveedores-desde-hoy-las-empresas-pueden-solicitarlo">Plan de pago a proveedores, desde hoy las empresas pueden solicitarlo</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/caracolquiscol/2555009796/">caracolquiscol</a></p>
<!-- BREAK 8 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¿Controlamos la solvencia de nuestros clientes? ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/controlamos-la-solvencia-de-nuestros-clientes</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/controlamos-la-solvencia-de-nuestros-clientes</guid>
                <pubDate>Mon, 12 Nov 2012 12:30:09 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/2a30b8/1314358266_1d7ed0f48e_z/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Controlamos&#x20;la&#x20;solvencia&#x20;de&#x20;nuestros&#x20;clientes&#x3F;&#x20;">
    </p>
    <p>En una situación económica como la actual, más que vender mucho es mejor vender bien y cobrar. El aumento de la morosidad puede poner en peligro cualquier negocio por lo que es planteable <strong>controlar la solvencia de nuestros clientes</strong> antes de venderles o prestarles servicios.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>La necesidad de ofrecer determinadas condiciones de pago diferido, el hecho de prestar ciertos servicios en los que el cobro se realiza al finalizar los mismos u otras situaciones similares suponen que la empresa tenga que destinar una serie de recursos para rentabilizarlos más adelante. Ante esto <strong>la posibilidad de impago hace que la estabilidad de nuestra empresa pueda verse comprometida</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>La decisión es complicada ¿debemos arriesgarnos a trabajar con clientes<strong> de los que no tenemos referencias</strong> sobre su capacidad de pago? ¿debemos investigar este aspecto para no llevarnos una sorpresa posteriormente? La lógica nos dice que sí.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Hay diversas maneras para obtener esa información y puede <strong>ser de gran ayuda</strong> a la hora de establecer el límite de crédito que podemos otorgar a un cliente o la conveniencia o no de establecer una relación comercial con él.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Desde luego merece la pena, en determinados casos, <strong>realizar este ejercicio</strong>, ya que las consecuencias de un impago no sólo son las evidentes de la merma de ingresos sino que además hay que destinar recursos para la gestión de esos impagos, adelantar los impuestos correspondientes, intentar su cobro, etc.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Una buena gestión consiste en la optimización de los recursos de la empresa y anticipar, y eludir en la medida de lo posible, problemas futuros. La morosidad es uno de los más acuciantes actualmente, por eso es importante tener en cuenta <strong>con quién trabajamos y cómo nos paga</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/como-prevenir-la-morosidad-en-las-empresas">Cómo prevenir la morosidad en las empresas</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/art_es_anna/1314358266/">art_es_anna</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[El acceso a la financiación de las pymes]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/el-acceso-a-la-financiacion-de-las-pymes</link>
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                <pubDate>Thu, 19 Jul 2012 10:37:47 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/7de060/2007/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;acceso&#x20;a&#x20;la&#x20;financiaci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;las&#x20;pymes">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>En plena resaca por los recortes decretados por el Gobierno como consecuencia del rescate bancario con la finalidad de que el crédito fluya hacia la economía real, el Consejo Superior de Cámaras (<a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.camaras.org/publicado/shop/prod_38/estudios/pdf/encuesta_finan/2009/informe_financiacion_pymes___2__trimestre_2012.pdf">PDF</a>) ha presentado los resultados de la encuesta de sobre el acceso de las pymes a la financiación ajena en el primer trimestre del año, cuyo titular, sin ser sensacionalistas, podría ser <strong>denegados el 30% de los créditos solicitados por las pymes</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Este dato supone un retroceso del 10% comparándolo con los  datos publicados por el Consejo en la Encuesta del primer trimestre. Así entre abril y junio la obtención del crédito solicitado por las pymes fue del 68,5%, frente al 75,8% del primer trimestre. Este dato se agrava al tener en cuenta que el número de estas empresas que solicitaron financiación externa fue casi la mitad que la media de los últimos dos años. Es decir, <strong>menos empresas han solicitado financiación y lo obtuvieron un porcentaje menor</strong>. </p>
<!-- BREAK 2 -->
<p></p>
<!--more--><p></p>

<p>Entre los motivos para denegar los préstamos destaca la insuficiencia de las garantías aportadas, algo que ocurrió en dos tercios de los casos. Para los afortunados que obtuvieron la aprobación de su solicitud, vieron como <strong>las condiciones se endurecieron</strong> por distintos motivos, como el importe prestado fuese menor al solcitidas, las comisiones, intereses o gastos mayores o por requerir garantías personales.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>El <strong>91,8 % de las pymes que han solicitado financación ha sido para financiar circulante</strong> y sólo un 21,5% de las solicitudes era para financiar proyectos de inversión. La explicación se encuentra en que el 70% de las empresas declaran demoras en los cobros, al pasar de 3,8 a cinco meses de media.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En definitiva, una fotografía poco alentadora que nos relata el panorama que vive la empresa española en la actualidad y que golpea con más brusquedad a todas aquellas de menor tamaño, es decir, a <strong>casi la totalidad del sector empresarial español</strong>.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Vía | <a href="www.camaras.org">Camaras.org</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/financiacion">Financiación</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[¿Perdonarías parte de tus facturas para cobrarlas antes?]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/perdonarias-parte-de-tus-deudas-para-cobrar-antes</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/perdonarias-parte-de-tus-deudas-para-cobrar-antes</guid>
                <pubDate>Sun, 26 Feb 2012 13:05:30 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/bf5710/debt/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Perdonar&#x00ED;as&#x20;parte&#x20;de&#x20;tus&#x20;facturas&#x20;para&#x20;cobrarlas&#x20;antes&#x3F;">
    </p>
    <p>Muchas pymes y autónomos se han visto arrastrados a una situación de desesperación por culpa de los retrasos de las administraciones a la hora de pagar sus deudas. Mientras se estudia el montante total de estas facturas sin cobrar, la administración ya ha adelantado que se establecerá <strong>un sistema de quita</strong> por el que aquellos que perdonen parte de la deuda, tendrán prioridad a la hora de recibir sus pagos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>De esta manera, las opciones para muchos proveedores se minimizan pues su supervivencia depende en gran medida de estos cobros, aunque posiblemente ya han pagado el IVA correspondiente. A efectos prácticos se encuentran con una administración, que aprovechando su penosa situación, les invita a <strong>cobrar menos de lo adeudado si quieren hacerlo rápido</strong>.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Puede que las empresas prefieran que se atendieran antes a los pagos de mayor cuantía ya que son los más comprometidos, pero jugando con la <strong>necesidad de los proveedores</strong> se apuesta por "el que más perdone, antes cobra" (sin olvidar que la antigüedad será otro criterio). </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>¿Valdrá si les digo lo mismo a los míos? No creo... y si además tenemos en cuenta que muchos de los contratos con las administraciones se han realizado con unos márgenes irrisorios, podemos estar hablando de <strong>asumir el mal menor</strong>, pero un mal.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Se lanzarán varias fases de pago y se fijará el <strong>descuento mínimo</strong> que podrán realizar los proveedores para cada una de ellas, según nos informa el <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/boe/dias/2012/02/25/pdfs/BOE-A-2012-2722.pdf">Real Decreto-ley 4/2012</a> publicado en el BOE. Parece una bonita <strong>subasta</strong>...</p>
<!-- BREAK 5 -->
<h2>¿Un favor a los bancos?</h2>

<p>Aprovechando que la deuda española cuenta actualmente con un interés bajo, se plantea organizar un consorcio entre el Instituto de Crédito Oficial y las entidades financieras. Estos pagos no incrementarán las cuentas públicas de gasto sino las de financiación, ya que se realizará mediante la <strong>emisión de deuda pública</strong> avalada por el ICO (lo cual no significa que no aumentarán las necesidades de financiación nacional).</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Esperamos a que se descubra el <strong>mecanismo definitivo</strong>, pero todo apunta a que los proveedores cobrarán un adelanto por las facturas adeudadas (o el total menos el importe que se quiera perdonar), traspasándose la deuda a los bancos. De esta manera, estas pasarán a ser <strong>los nuevos dueños de las mismas</strong> hasta que sean pagadas por las administraciones.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>Es probable que este dinero se proporcione a las empresas con <strong>un interés superior al 1%</strong> que pagan los bancos al BCE por el mismo, seguramente del 6%. Sumado a otras comisiones adjuntas a las operaciones, podrían ser un buen negocio para los bancos. Eso sí, los proveedores podrán exigirle a las administración que asuman estos costes una vez satisfechos si se cumplen los requisitos.</p>
<!-- BREAK 8 -->
<p>Todavía tenemos que esperar para conocer el mecanismo, pero de momento queda claro que hay que tener mucho cuidado con las operaciones realizadas con las administraciones, pues generalmente nos piden grandes esfuerzos, <strong>bajas rentabilidades y cobros demorados</strong>. </p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>Ahora vemos que incluso nos podemos ver "obligados" a perdonar parte de la deuda si estamos en una situación desesperada. Los proveedores quieren cobrar, necesitan hacerlo. Puede que perdonar una parte sea el mal menor de una solución, pero todo hay que decirlo... el gobierno y los bancos <strong>se aprovecharán de la mala situación de muchas pymes y autónomos.</strong></p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/se-sientan-las-bases-para-poner-en-marcha-el-sistema-de-pagos-a-proveedores-de-las-administraciones">Se sientan las bases para poner en marcha el sistema de pagos a proveedores de las Administraciones</a>, <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/las-pymes-cobraran-en-el-banco-las-deudas-de-las-administraciones">Las pymes cobrarán en el banco las deudas de las Administraciones</a>
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/memoryfreak/6503008579/sizes/z/in/photostream/">Brad_Chaffee</a></p>
<!-- BREAK 11 --><script>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Las pymes cobrarán en el banco las deudas de las Administraciones]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/las-pymes-cobraran-en-el-banco-las-deudas-de-las-administraciones</link>
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                <pubDate>Wed, 22 Feb 2012 10:18:40 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/395cfd/montoro/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;pymes&#x20;cobrar&#x00E1;n&#x20;en&#x20;el&#x20;banco&#x20;las&#x20;deudas&#x20;de&#x20;las&#x20;Administraciones">
    </p>
    <p></p>
<p></p>

<p>El Ministro Montoro anunció ayer que este próximo viernes el Consejo de Ministros dará solución definitiva al problema de la morosidad de las Administraciones con autónomos y pymes con la aprobación de un nuevo instrumento financiero a través del cual <strong>se podrán cobrar las facturas pendientes de las entidades públicas a través de determinados bancos colaboradores</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Se desconocen las condiciones en las que se realizarían los cobros, pero sin duda sería un magnífica noticia con la que supuestamente <strong>se podrían liquidar los miles de millones de euros que los gobiernos autonómicos y locales tienen pendientes</strong> de pago con las pequeñas empresas y que están poniendo a éstas en jaque y, en gran manera, estrangulando la economía.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p></p>
<!--more--><p></p>

<p>El Ministro ha reconocido que las lineas <span class="caps">ICO</span> que hasta ahora se han abierto para afrontar estos problemas no han funcionado. Por eso se está ultimando un acuerdo para que las principales entidades financieras de este país formen parte de este <strong>nuevo sistema de pago</strong>.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Faltan por ver los detalles, por lo que<strong> tampoco hay que lanzar las campanas al vuelo</strong>. El coste de estas operaciones ha de ser asumido por las Administraciones y nunca por las pymes, que son a las que se les debe el dinero. También es importante que el mecanismo de reclamación de pago y de liquidación de la deuda sea sencillo y rápido, no se trata de traspasar la responsabilidad del pago de la Administración a lo bancos para que estos sean luego los que dilaten esos pagos aludiendo problemas administrativos, de control, etc.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Montoro se ha comprometido a establecer un sistema que<strong> devuelva la confianza en la Ley contra la Morosidad</strong> y que, de esta manera, los cobros de las empresas que trabajan para las Administraciones se produzcan dentro del plazo legal. Maravillosa noticia, sin duda, que ayudará a la reactivación económica de la economía, al mejorar los mecanismos de genéración de negocio.</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Estaremos atentos al viernes, no es la primera vez que se pintan las noticias muy bien y cuando se producen en realidad queda todo en un mero intento. A ver si es verdad de desde la semana próxima las empresas <strong>empiezan a cobrar en plazo</strong>.</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/administracion-finanzas/los-ayuntamientos-pasan-de-la-linea-ico-para-saldar-sus-deudas-con-autonomos-y-pymes">Los ayuntamientos &#8220;pasan&#8221; de la línea <span class="caps">ICO</span> para saldar sus deudas con autónomos y pymes</a><br />
Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/jumanjisolar/5204028239/">Jumanji Solar</a></p>
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