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        <title>Magazine - calendario</title>
        <link>https://www.pymesyautonomos.com</link>
        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Tue, 09 Jun 2026 21:06:12 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[El calendario de vacaciones en pandemia sin conflictos, el más difícil todavía]]></title>
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                <pubDate>Fri, 04 Jun 2021 15:01:50 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/6445b2/vacaciones-covid/1024_2000.jpg" alt="El&#x20;calendario&#x20;de&#x20;vacaciones&#x20;en&#x20;pandemia&#x20;sin&#x20;conflictos,&#x20;el&#x20;m&#x00E1;s&#x20;dif&#x00ED;cil&#x20;todav&#x00ED;a">
    </p>
    <p>Habitualmente el calendario de vacaciones suele generar algún que otro conflicto en las empresas. Si a esto le sumamos que venimos de un año muy complicado, tanto en el mundo de la empresa como a nivel emocional para todo el mundo, tenemos una situación más propicia para que haya problemas. Porque <strong>el calendario de vacaciones en pandemia sin conflictos, es el más difícil todavía</strong>.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Seguro que alguno que está todavía en ERTE o acaba de salir de esta situación piensa que bendito problema. Pero lo cierto es que no todas las empresas han sido igualmente golpeadas por la crisis. Muchas han estado trabajando, con más o menos problemas, pero <strong>todo el año abiertos</strong>. Y ahora llega el momento que todo el mundo espera para poder descansar. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/dias-cortesia-hacienda-te-vas-vacaciones-evita-tener-notificaciones">
     <img alt="D&#x00ED;as&#x20;de&#x20;cortes&#x00ED;a&#x20;de&#x20;Hacienda,&#x20;si&#x20;te&#x20;vas&#x20;de&#x20;vacaciones&#x20;evita&#x20;tener&#x20;notificaciones" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/039844/dias-cortesia/375_142.jpg">
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/dias-cortesia-hacienda-te-vas-vacaciones-evita-tener-notificaciones" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/dias-cortesia-hacienda-te-vas-vacaciones-evita-tener-notificaciones" class="desvio-title js-desvio-title">Días de cortesía de Hacienda, si te vas de vacaciones evita tener notificaciones</a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Y es cuando reabren otras empresas y se suma una carga de trabajo adicional. Y esto lo puede trastocar todo. Porque un exceso de tareas hace que el <strong>trabajo de un compañero de vacaciones tenga que ser asumido por el resto</strong>. O que se tengan que anular los días de descanso previstos. Y en muchos casos supone un contratiempo. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Porque también es <strong>necesario desconectar</strong>. El problema aquí es que la flexibilidad que podemos tener otros años, en este es más complicada. ¿Quién nos asegura que no habrá una nueva ola en otoño que nos impida tomarnos unos días en esas fechas?</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Por eso muchos trabajadores quieren <strong>disfrutar del descanso en estos días próximos</strong>. Saben por experiencia ya del año anterior, que luego el otoño puede llegar con restricciones y desean aprovechar ahora que se abre la mano. El problema es que en las empresas no hay una ventana tan amplia. </p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>Especialmente en las más pequeñas, porque normalmente se organizan para que <strong>no coincidan varios empleados a la vez</strong>. Son pocas las que cierran todo un mes. Esto está provocando algunos conflictos. Si hay buen ambiente laboral, no pasará de una pequeña negociación y se arreglará. Pero en caso de mal ambiente, la cosa se complica mucho y el verano puede ser directamente un infierno. </p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>Un último factor a tener en cuenta es que el <strong>año pasado mucha gente no tuvo realmente vacaciones</strong>. Por una parte, porque muchos tomaron días de descanso al principio de la pandemia, esperando que la cosa acabara rápido. En otros casos, porque cuando lo hicieron, no pudieron salir de su localidad. Y este año nadie quiere que pase lo mismo de nuevo.</p>
<!-- BREAK 7 --><script>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Calendario fiscal del contribuyente para 2019 ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/calendario-fiscal-contribuyente-para-2019</link>
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                <pubDate>Fri, 18 Jan 2019 10:00:36 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/a5c97b/day-planner-828611_640/1024_2000.jpg" alt="Calendario&#x20;fiscal&#x20;del&#x20;contribuyente&#x20;para&#x20;2019&#x20;">
    </p>
    <p>Aunque ya nos hemos metido de lleno en pleno 2019, las obligaciones fiscales se ponen en marcha el día 21 de enero. Si te estás preguntando cuáles son las obligaciones fiscales de cara a este año 2019, <strong>te enseñamos los modelos y las fechas que debes conocer para cumplir con los requerimientos fiscales</strong> que conlleva nuestra actividad como trabajadores del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En la página de la Agencia Tributaria, podrás ver el calendario del contribuyente para 2019 <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Calendario_contribuyente/2019HTML/PDFs/Calendario_Contribuyente_es_es.pdf">en formato PDF</a>, <strong>pero lo más probable es que no tengas que fijarte en todas ellas</strong>, sino en las realmente importantes. Estas son algunas de ellas.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><h2>Hasta el 21 de enero</h2>

<ul>
<li>Presentación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/aprobado-el-nuevo-modelo-111-de-retenciones-e-ingresos-a-cuenta-del-irpf">Modelo 111</a>, correspondiente a las retenciones e ingresos a cuenta practicados a trabajadores, profesionales o empresarios correspondientes al cuarto trimestre de 2018.</li>
<li>Presentación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/cuando-estoy-obligado-a-presentar-el-modelo-115">Modelo 115</a>, que hace referencia a las retenciones de IRPF por alquiler, que se han practicado en el último trimestre de 2017.</li>
</ul>
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/del-modelo-111-al-347-todo-lo-que-debes-saber-sobre-los-siete-modelos-que-deberas-presentar-si-eres-autonomo">
     <img alt="Del&#x20;modelo&#x20;111&#x20;al&#x20;347&#x3A;&#x20;todo&#x20;lo&#x20;que&#x20;debes&#x20;saber&#x20;sobre&#x20;los&#x20;siete&#x20;modelos&#x20;que&#x20;deber&#x00E1;s&#x20;presentar&#x20;si&#x20;eres&#x20;aut&#x00F3;nomo&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/6f1f05/sageone_facturaventas/375_142.png">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/del-modelo-111-al-347-todo-lo-que-debes-saber-sobre-los-siete-modelos-que-deberas-presentar-si-eres-autonomo" class="desvio-taxonomy-anchor abstract-disclaimer m-branded">Ofrecido por SAGE</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/del-modelo-111-al-347-todo-lo-que-debes-saber-sobre-los-siete-modelos-que-deberas-presentar-si-eres-autonomo" class="desvio-title js-desvio-title">Del modelo 111 al 347: todo lo que debes saber sobre los siete modelos que deberás presentar si eres autónomo </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<h2>Hasta el 30 de enero</h2>

<ul>
<li>Presentación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/modelo-303">Modelo 303</a>, de autoliquidación del IVA correspondiente al cuarto trimestre de 2018 o únicamente de diciembre de 2018.</li>
<li>Presentación de los <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/nuevos-formularios-130-y-131-con-deducciones-adicionales">Modelos 130 ó 131</a> de los pagos fraccionados del IRPF correspondientes al cuarto trimestre de 2018 en estimación directa o en estimación objetiva, respectivamente.</li>
<li>Presentación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tag/modelo-349">Modelo 349</a>, de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias del cuarto trimestre de 2018, para aquellos que tengan clientes o presten sus servicios con países de la Unión Europea.</li>
<li>Presentación del Modelo 390, de resumen anual del IVA correspondiente a 2018.</li>
</ul>

<h2>Declaración de la renta</h2>

<ul>
<li><strong>Desde el 1 de abril hasta el 1 de julio</strong>: presentación por Internet y por teléfono de las declaraciones de Renta 2018 y Patrimonio 2018. Si el resultado es a ingresar con domiciliación en cuenta, el plazo termina  el 26 de junio</li>
<li><strong>Desde el 14 de mayo hasta el 1 de julio</strong>: presentación en entidades colaboradoras, Comunidades Autónomas y oficinas de la AEAT de la declaración anual de Renta 2018.</li>
<li>5 de noviembre: ingreso del segundo plazo de la declaración anual de 2018, si se fraccionó el pago.</li>
</ul>

<h2>Liquidaciones trimestrales</h2>

<ul>
<li><strong>Del 1 al 22 de abril</strong>: presentación del primer trimestre del modelo 303 de autoliquidación de IVA, modelo 130 de IRPF si tributamos por estimación directa o 131 si lo hacemos por módulos y modelo 115 de retención de alquileres.</li>
<li><strong>Del 1 al 22 de julio</strong>: presentación del segundo trimestre del modelo 303 de autoliquidación de IVA, modelo 130 de IRPF si tributamos por estimación directa o 131 si lo hacemos por módulos y modelo 115 de retención de alquileres.</li>
<li><strong>Del 1 al 21 de octubre</strong>: presentación del tercer trimestre del modelo 303 de autoliquidación de IVA, modelo 130 de IRPF si tributamos por estimación directa o 131 si lo hacemos por módulos y modelo 115 de retención de alquileres.</li>
</ul>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/planificador-de-d%C3%ADa-calendario-828611/">Free-Photos</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Publicado el calendario de días inhábiles 2019 de la administración ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/publicado-calendario-dias-inhabiles-2019-administracion</link>
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                <pubDate>Wed, 12 Dec 2018 10:01:31 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/9b3fbd/calendario-dias-inhabiles/1024_2000.jpg" alt="Publicado&#x20;el&#x20;calendario&#x20;de&#x20;d&#x00ED;as&#x20;inh&#x00E1;biles&#x20;2019&#x20;de&#x20;la&#x20;administraci&#x00F3;n&#x20;">
    </p>
    <p>Como cada año por estas fechas ayer se <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/boe/dias/2018/12/11/pdfs/BOE-A-2018-16904.pdf">publicó en el BOE</a> el <strong>calendario de días inhábiles 2019</strong> de la administración. Este calendario es el que marca los plazos de presentación en muchos casos, por lo que tener en cuenta si hay un festivo o no es importante para no apurar dicho tiempo que nos marca la administración para la presentación de documentación o reclamaciones. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Como es habitual son días <strong>inhábiles los sábados y domingos, así como los festivos nacionales no sustituibles</strong>, que por otro lado cada año son menos. A estos luego hay que sumarles los festivos decretados por cada una de las Comunidades Autónomas en su ámbito. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more-->
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    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/modelo-347-hacienda-da-marcha-atras-permitira-presentarlo-febrero">
     <img alt="Modelo&#x20;347,&#x20;Hacienda&#x20;da&#x20;marcha&#x20;atr&#x00E1;s&#x20;y&#x20;permitir&#x00E1;&#x20;presentarlo&#x20;en&#x20;Febrero&#x20;" width="375" height="142" src="https://i.blogs.es/5c79b7/347/375_142.jpg">
    </a>
   </div>
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     <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/modelo-347-hacienda-da-marcha-atras-permitira-presentarlo-febrero" class="desvio-taxonomy-anchor">En Pymes y Autonomos</a>
    </div>
    <a href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/modelo-347-hacienda-da-marcha-atras-permitira-presentarlo-febrero" class="desvio-title js-desvio-title">Modelo 347, Hacienda da marcha atrás y permitirá presentarlo en Febrero </a>
   </div>
  </div>
 </div>
</div>
<p>Dentro del calendario laboral de este año la única fecha que se mueve es la de <strong>Semana Santa que tendrá lugar en el mes de Abril</strong>, con el 19 como fiesta nacional, pero el 18, 22 o 23 inhábiles en muchas de las diferentes autonomías. Habrá que ver si se adelanta como está previsto las fechas de declaración del IPRF lo que obliga en muchos casos a las asesorías a acelerar sus plazos. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En el caso de presentar o <strong>realizar cualquier gestión telemáticamente, con nuestro certificado digital</strong> no significa que no se pueda realizar en estos días inhábiles. Podemos hacerlo puesto que es una de las grandes ventajas de la administración electrónica, que además seguramente en estos días tendrá sus servidores más descongestionados. Los días inhábiles solo cuentan a efectos de cómputo cuando tenemos 10 días hábiles, por ejemplo, para presentar un recurso.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/calendario-fecha-tiempo-mes-semana-660670/">tigerlily713</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Publicado el calendario del contribuyente de 2018 ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/publicado-el-calendario-del-contribuyente-de-2018</link>
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                <pubDate>Thu, 21 Dec 2017 13:10:53 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/dd02a7/calensario-laboral/1024_2000.jpg" alt="Publicado&#x20;el&#x20;calendario&#x20;del&#x20;contribuyente&#x20;de&#x20;2018&#x20;">
    </p>
    <p>Como cada año por estas fechas la Agencia Tributaria pone a disposición de todo el mundo el <strong>calendario del contribuyente de 2018</strong>. En este calendario se marcan en rojo las fechas claves para los principales impuestos tanto para empresas, profesionales como los obligados tributarios. El calendario está publicado en formato electrónico y lo podemos añadir a nuestros calendarios de Google como al iCalendar. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>El 4 de abril de 2018 se inicia el plazo para la <strong>presentación de las declaraciones de la RENTA y Patrimonio</strong>. Este año la presentación se podrá hacer tanto por teléfono como por Internet a partir de dicha fecha. Si el resultado es a ingresar tendrán de plazo hasta el 27 de junio. En caso de devolución el plazo se amplía hasta el 2 de Julio. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Además los <strong>modelos 184, 190, 347, 349 y 390 se presentarán utilizando el formulario de ayuda disponible en la Sede electrónica</strong> de la AEAT. Desde el pasado 1 de julio de 2017, entran en el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/balance-de-cuatro-meses-de-sii-casi-el-90-de-las-empresas-informan-ya-a-la-aeat-a-traves-de-este-sistema">SII</a> aquellos cuya facturación superior a 6.010.121,04 € en el año anterior, grupos de IVA e inscritos en el REDEME.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Se mantiene el límite de presentación del <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/gestionsage/del-modelo-111-al-347-todo-lo-que-debes-saber-sobre-los-siete-modelos-que-deberas-presentar-si-eres-autonomo">modelo 347</a> hasta el 28 de febrero, a pesar de que Hacienda pretendía unificar calendario y adelantarlo al 31 de enero. Como ya es habitual si el vencimiento de cualquier plazo coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en el calendario. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/publicado-el-calendario-del-contribuyente-para-2017">Publicado el calendario del contribuyente para 2017
</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Publicado el calendario de días inhabiles de la Administración ]]></title>
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                <pubDate>Tue, 19 Dec 2017 06:40:54 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/89804a/calensario-laboral/1024_2000.jpg" alt="Publicado&#x20;el&#x20;calendario&#x20;de&#x20;d&#x00ED;as&#x20;inhabiles&#x20;de&#x20;la&#x20;Administraci&#x00F3;n&#x20;">
    </p>
    <p>Como cada año por estas fechas la <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Novedades/18_12_2017_Calendario_de_dias_inhabiles_en_el_ambito_de_la_Administracion_General_del_Estado_para_2018.shtml">Agencia Tributaria</a> <strong>publica el calendario de días inhabiles de la Administración</strong> General del Estado. Es importante tener en cuenta los días inhábiles ya que a efectos de computos para los plazos legales determinan las fechas de presentación de recursos, por ejemplo.  </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>En este sentido como ha ocurrido otros años, serán días inhábiles en todo el territorio nacional <strong>los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional</strong> no sustituibles. Además hay que sumar los días declarados como inhábiles por cada Comunidad Autónoma, que afecta a su ámbito territorial, así como los que puedan afectar a la administración local. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>A modo de resumen serán días inhábiles podemos tomar como referencia el <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/publicado-el-calendario-laboral-para-2018-con-10-festivos-comunes-para-todos">calendario laboral de 2018</a> que tenía diez festivos comunes para todo el territorio nacional. En algunas comunidades pueden tener alguno de estos festivos como recuperables, pero tendrá que ser publicado expresamente en sus boletines autonómicos. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Lo cierto es que <strong>apurar los plazos</strong> para realizar presentaciones, recursos, etc. puede dar lugar a sorpresas. Un día mal contado implica que tenemos que pagar un recargo o que no se admite nuestro recurso. Además de encontrarnos con algún problema de saturación en los accesos de la administración electrónica que pueden provocar nerviosismo y problemas de última hora. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/publicado-el-calendario-de-dias-inhabiles-2017-de-la-administracion-del-estado">Publicado el calendario de días inhábiles 2017 de la Administración del Estado</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/calendario-2018-a%C3%B1o-cambio-de-a%C3%B1o-2763496/">ulleo</a></p>
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                                <item>
                <title><![CDATA[Publicado el calendario de días inhábiles 2017 de la Administración del Estado ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/publicado-el-calendario-de-dias-inhabiles-2017-de-la-administracion-del-estado</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/actualidad/publicado-el-calendario-de-dias-inhabiles-2017-de-la-administracion-del-estado</guid>
                <pubDate>Fri, 30 Dec 2016 18:36:54 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/20b868/calendario/1024_2000.jpg" alt="Publicado&#x20;el&#x20;calendario&#x20;de&#x20;d&#x00ED;as&#x20;inh&#x00E1;biles&#x20;2017&#x20;de&#x20;la&#x20;Administraci&#x00F3;n&#x20;del&#x20;Estado&#x20;">
    </p>
    <p>Hoy <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2016-12486">se ha publicado</a> el <strong>calendario de días inhábiles para el año 2017</strong> en el ámbito de la Administración General del Estado. Este calendario fija los días que son computables a efectos de plazos legales y que está sujeto al <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/disponible-el-calendario-laboral-de-2017">calendario laboral oficial</a>.  </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Es muy importante tener en cuenta estos plazos ya que son los que nos contarán cuando tenemos que hacer una reclamación o <strong>presentar un recurso tras recibir una notificación</strong>. Serán días inhábiles todos los sábados y domingos así como los días festivos de ámbito nacional. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>A estos se sumarán en el ámbito de cada comunidad los días determinados como festivos por las mismas. En las entidades locales, tampoco contarán los festivos establecidos para cada una de ellas y publicados por cada comunidad en sus correspondientes calendarios de días inhábiles. </p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Por otro lado hay que tener en cuenta que la <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/si-te-vas-de-vacaciones-pide-que-hacienda-no-te-remita-notificaciones-electronicas">Agencia Tributaria</a> tiene 30 días al año que podemos elegir para <strong>no recibir notificaciones</strong>. Normalmente se utilizan más en las vacaciones del verano, pero se pueden solicitar a lo largo de todo el año. Sería bueno que se otras administraciones se sumaran y dieran un poco de tregua a empresas y autónomos. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/publicado-el-calendario-del-contribuyente-para-2017">Publicado el calendario del contribuyente para 2017
</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://pixabay.com/es/planificador-de-d%C3%ADa-calendario-828611/">Unsplash
</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Disponible el calendario laboral de 2017 ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/disponible-el-calendario-laboral-de-2017</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/legalidad/disponible-el-calendario-laboral-de-2017</guid>
                <pubDate>Thu, 13 Oct 2016 11:01:19 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/b1f745/calendario-laboral-2017/1024_2000.jpg" alt="Disponible&#x20;el&#x20;calendario&#x20;laboral&#x20;de&#x20;2017&#x20;">
    </p>
    <p>El pasado día 8 de Octubre <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2016-9244">se publicó en el BOE</a> el <strong>calendario laboral de 2017</strong> que marca los festivos nacionales a los que hay que sumar los festivos de cada región además de las fiestas locales. En 2017 habrá un total de 12 festivos nacionales, de los cuales cuatro de ellos serán sustituibles por las Comunidades Autónomas. </p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Los ocho festivos nacionales serán los siguientes: 14 de abril, correspondiente al viernes Santo, el 1 de mayo que caerá en lunes, el 15 de agosto, el 12 de octubre , el 1 de noviembre, el 6 de diciembre, 8 de diciembre  y 25 de diciembre. A estas hay que sumar los días dos y 6 de Enero, que son sustituibles, pero respecto a las cuales ninguna comunidad ha ejercido tal derecho.</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Con este calendario ya se pueden comenzar a planificar las vacaciones del personal del año que viene, así como los horarios laborales, algo que normalmente se afronta a principios de año. En las empresas que ajustan su horario para tener jornada de verano es importante ver como afectan estos festivos al horario anual.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Parece que tal y como está planteado ha quedado en nada todo aquello de <strong>juntar las fiestas para evitar los largos puentes</strong>. El calendario laboral sigue marcado por fiestas religiosas o institucionales, donde nadie se atreve a modificar estos aspectos a pesar de las peticiones de diferentes sectores. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/calendario-de-vacaciones-en-la-empresa-como-evitar-conflictos-en-la-plantilla">Calendario de vacaciones en la empresa, cómo evitar conflictos en la plantilla</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Calendario de vacaciones en la empresa, cómo evitar conflictos en la plantilla ]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/calendario-de-vacaciones-en-la-empresa-como-evitar-conflictos-en-la-plantilla</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/calendario-de-vacaciones-en-la-empresa-como-evitar-conflictos-en-la-plantilla</guid>
                <pubDate>Tue, 31 May 2016 07:01:38 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/72d10e/vacaciones-empresa/1024_2000.jpg" alt="Calendario&#x20;de&#x20;vacaciones&#x20;en&#x20;la&#x20;empresa,&#x20;c&#x00F3;mo&#x20;evitar&#x20;conflictos&#x20;en&#x20;la&#x20;plantilla&#x20;">
    </p>
    <p>Estamos a un mes del inicio de las vacaciones de verano y pueden empezar a surgir algunos malos entendidos en las empresas a la hora de establecer las prioridades para tomarnos unos días de descanso. Es complicado <strong>establecer un calendario de vacaciones en la empresa y que todos queden contentos</strong>. Sin embargo debemos tener un criterio claro para que no haya lugar a confusiones ni nadie se sienta agraviado.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>Además hay que tener en cuenta lo que nos dice el estatuto del trabajador y los convenios colectivos, que establecen el derecho del trabajador a <strong>disfrutar al menos de 15 días de vacaciones en verano</strong>.  A nivel laboral esta época tiene una distribución muy amplia ya que suele contemplar de mayo a octubre en muchos sectores. Otra cuestión a tener en cuenta es el derecho de los trabajadores que están casados o son pareja de disfrutar un periodo de vacaciones juntos. </p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Vamos a ver algunos puntos que <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/como-evitar-conflictos-a-la-hora-de-elegir-las-vacaciones">nos pueden ayudar</a> a no tener problemas en el establecimiento del calendario:</p>

<ul>
<li>Establecer un <strong>criterio de adjudicación</strong>, ya sea por antigüedad, ya sea que los trabajadores con hijos en edad escolar elijan primero o simplemente que a partir de una fecha, el que tenga decididos los días se le adjudican. En caso de coincidencia de fechas se aplica uno de los criterios anteriores.</li>
<li>No cambiar las vacaciones, <strong>excepto por causas de fuerza mayor</strong> y esto es algo que se aplica tanto a los trabajadores como a la empresa. Si necesitan cambios de días, siempre se pueden gestionar con otros trabajadores que estén dispuestos, pero las vacaciones se disfrutan una vez que ya están asignadas.</li>
<li>Establecer <strong>cuántos trabajadores se pueden ir de vacaciones a la vez</strong>, sin que esto suponga una carga de trabajo excesiva para los que se quedan o un <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/management/que-pasa-con-las-vacaciones-cuando-trabajas-desde-casa">problema de organización</a> interna.</li>
</ul>

<p>Con estos criterio y teniendo en cuenta que el <strong>calendario vacacional se debe fijar al menos con dos meses de antelación</strong>, resulta más o menos fácil poder llegar a un acuerdo. Lo ideal es que la empresa tenga la flexibilidad suficiente para poder facilitar las vacaciones a los empleados en las fechas que ellos desean y medie para resolver los conflictos que puedan aparecer entre ellos en el caso de coincidencias.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/tecnologia/tenemos-un-backup-si-nos-vamos-de-vacaciones-en-la-empresa">¿Tenemos un backup si nos vamos de vacaciones en la empresa?</a></p>

<p>Imagen | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pexels.com/photo/sea-beach-holiday-vacation-6526/">Pexels</a></p>
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Novedades en el calendario fiscal para el 2015]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-en-el-calendario-fiscal-para-el-2015</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/novedades-en-el-calendario-fiscal-para-el-2015</guid>
                <pubDate>Thu, 25 Dec 2014 16:57:32 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/3224fe/650_1000_6096348212_1f9da41ee1_z/1024_2000.jpg" alt="Novedades&#x20;en&#x20;el&#x20;calendario&#x20;fiscal&#x20;para&#x20;el&#x20;2015">
    </p>
    <p>La Agencia tributaria acaba de publicar <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Configuracion_/_top_/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Folletos_informativos/Calendario_del_contribuyente/Calendario_del_contribuyente/_Calendario_/_Calendario_.shtml">el calendario fiscal del 2015</a>. Como todos los años como el calendario fiscal no tiene en cuenta las festividades locales o autonómicas hay que tener en cuenta que si el vencimiento de cualquier modelo impositivo coincide con una<strong> festividad local o autonómica</strong>, el plazo finaliza el <strong>primer día hábil siguiente</strong> al fijado en el calendario.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Las principales <strong>novedades a tener en cuenta</strong> en el calendario fiscal del 2015 son:</p>
<ul>
   <li>
   <p>La <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Puesta_en_funcionamiento_del_sistema_Cl_ve.shtml">implantación del sistema Cl@ve</a>, de identificación, autenticación y firma electrónica común que permitirá al ciudadano relacionarse por Internet con los organismos de la Administración integrados en Cl@ve, usando claves concertadas previo registro único en el sistema.</p>
<!-- BREAK 2 -->
  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba el <strong>modelo 034</strong> de declaración de inicio, modificación o cese de operaciones comprendidas en los nuevos regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica en el IVA.</p>
<!-- BREAK 3 -->
  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba el <strong>modelo 143</strong> “IRPF. Deducción por familia numerosa o por personas con discapacidad a cargo. Abono anticipado de la deducción". Podrá presentarse desde el 7 de enero de 2015 (desde el 3 de febrero si es en papel impreso obtenido por Internet mediante la utilización del servicio de impresión de la sede electrónica de la Agencia Tributaria). Las solicitudes de abono anticipado cuyo derecho se haya generado en el mes de enero de 2015 podrán presentarse hasta el 28 de febrero de 2015.</p>
<!-- BREAK 4 -->
  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba la presentación mediante el e<strong>nvío de un mensaje SMS del modelo 190</strong>, solo para comunidades de propietarios con hasta 15 registros.</p>

  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba el <strong>modelo 290</strong> de “Declaración informativa anual de cuentas financieras de determinadas personas estadounidenses”.</p>

  </li>
   <li>
   <p>Para los períodos de liquidación que se inicien a partir del 1 de enero de 2015, en el <strong>modelo 322</strong> se permite optar o revocar la opción por la aplicación de la prorrata especial. Se permite igualmente con efectos exclusivamente para la autoliquidación mensual, modelo individual, correspondiente al último periodo de liquidación del ejercicio 2014.</p>
<!-- BREAK 5 -->
  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba el<strong> modelo 368</strong> “Declaración -liquidación periódica de los regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y electrónicos en el IVA.”</p>
<!-- BREAK 6 -->
  </li>
   <li>
   <p>Quedan <strong>exonerados de presentar el modelo 390</strong> " Declaración - resumen anual del IVA "cuyo plazo de presentación comience el 1 de enero de 2015, los que con periodo de liquidación trimestral tributen sólo en territorio común y realicen actividades en régimen simplificado y/o operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles urbanos, siempre que cumplimenten la información adicional solicitada, en el cuarto trimestre de 2014 del Modelo 303 de IVA.</p>
<!-- BREAK 7 -->
  </li>
   <li>
   <p>Se aprueba el m<strong>odelo 410</strong> “Pago a cuenta del Impuesto sobre los Depósitos en las Entidades de Crédito. Autoliquidación”.</p>

  </li>
 </ul>
<p>Imagen |<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/jennol/"> Jennol</a> </p>

<p>En Pymes y Autónomos | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/que-es-la-moneda-funcional-en-contabilidad">¿Que es la moneda funcional en contabilidad?</a></p>
<script>
 (function() {
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   var instagramScript = document.createElement('script');
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            </item>
                                <item>
                <title><![CDATA[Las "deadlines" o fechas limite en la administración de las empresas]]></title>
                <link>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/las-deadlines-o-fechas-limite-en-la-administracion-de-las-empresas</link>
                <guid>https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/las-deadlines-o-fechas-limite-en-la-administracion-de-las-empresas</guid>
                <pubDate>Sat, 28 Jun 2014 09:12:28 +0000</pubDate>
                                <description>
                    <![CDATA[
                              <p>
      <img src="https://i.blogs.es/af01d5/650_1000_relojes/1024_2000.jpg" alt="Las&#x20;&quot;deadlines&quot;&#x20;o&#x20;fechas&#x20;limite&#x20;en&#x20;la&#x20;administraci&#x00F3;n&#x20;de&#x20;las&#x20;empresas">
    </p>
    <p>Hoy en día la <strong>resistencia a la presión y al estrés</strong> es algo que cada vez se valora más en las empresas y es en el cumplimiento de las <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Calendario_contribuyente/2014/calendar-6.4.html">"deadlines"</a> cuando la presión se manifiesta con mayor intensidad. Sin embargo ,si somos conscientes de las <strong>plazos de entrega</strong> con antelación y todo el equipo trabaja para conseguirlas, la <strong>realización del trabajo en los plazos establecidos</strong> no debería de ser algo traumático.</p>
<!-- BREAK 1 --><!--more--><p>Además, sin esa planificación, ni la planificación de las actividades del equipo, ni el control del cumplimiento de las diferentes etapas del trabajo, llegara la presión, ya que muchas de las <strong>fechas que hay que cumplir</strong> están relacionadas con el <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Informacion_institucional/Calendario_contribuyente/2014/calendar-6.4.html">calendario fiscal</a>, de manera que si no se cumplen las obligaciones con Hacienda, nos sancionaran con<a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/recargos-e-intereses-de-demora-de-la-agencia-tributaria"> recargos y multas</a>.</p>
<!-- BREAK 2 -->
<p>Pero ya antes de las fechas de liquidación de impuestos <strong>toda la contabilidad del periodo debe estar cerrada y revisada</strong>, para que los gestores dispongan de los informes necesarios para la toma de decisiones.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Entre las "deadlines" también hay <strong>diferentes prioridades</strong>, no es lo mismo la fecha de cierre de un ejercicio de una gran empresa, que el <strong>"lo quiero para mañana"</strong> del jefe que siempre lo quiere todo para mañana sin tener en cuenta si la realización de esa actividad postergará otras de mayor importancia. </p>
<!-- BREAK 4 -->
<p><strong>Planificación a todos los niveles</strong> <del></del>es pues la clave para cumplir cómodamente con los plazos de obligado cumplimiento en las empresas.</p>

<p>Imagen  |   <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.flickr.com/photos/alancleaver/">Alan Cleaver</a></p>

<p>En Pymes y Autónomos  | <a rel="noopener, noreferrer" href="https://www.pymesyautonomos.com/management/cuatro-pequenos-trucos-para-luchar-contra-la-indecision"> Cuatro pequeños trucos para luchar contra la indecisión</a></p>
<script>
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