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Bases de cotización mínimas y máximas para autónomos en el 2011

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Continuando con la publicación de las bases de cotización mínimas y máximas para el 2011, respecto al régimen de autónomos se incrementan las cuantías de las bases mínimas y máximas y se modifica el ámbito temporal para seleccionar la base máxima a partir de los 47 años. Hasta ahora, se fijaba el límite en los 50 años, pero se ha disminuido en dos años como adelanto a la reforma de la ley de pensiones.

Como norma general las bases de cotización en autónomos para el 2011 quedan fijadas en las siguientes cuantías:

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Bases de cotización mínima y máxima en el régimen general para el 2011

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La publicación de la Ley 39/2010 de Presupuestos Generales para el 2011 (PDF de 42Mb) contempla la modificación de las bases de cotización mínimas y máximas de los distintos regímenes que integran la Seguridad Social. Para el año 2011, no se han modificado los tipos efectivos de cotización, ni por contigencias comunes ni por desempleo, FOGASA ni IT, pero si se han adaptado los límites mínimos y máximos de las bases de cotización.

Durante este año, las bases de cotización del régimen general de la Seguridad Social, exceptuando las bases de cotización de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estarán comprendidas para cada grupo de categoría profesional entre:

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Cambios de base de cotización en autónomos

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Tal y como hemos explicado anteriormente, las bases de cotización de los distintos regímenes se revisan de manera anual, normalmente al alza. En el caso de los trabajadores autónomos, se puede solicitar el cambio de base de cotización, dos veces al año, con efectos para el primer y segundo semestre, si son autónomos que ya se encuentra cotizando en el régimen y no son altas nuevas.

Los plazos para llevar a cabo la solicitud de cambio de bases de cotización se realiza con una antelación mínima de tres meses, según las siguientes fechas:

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Bases de cotización mínimas y máximas para autónomos en el 2010

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bases cotizacion 2010
Continuando con la publicación de las bases de cotización mínimas y máximas para el 2010, respecto al régimen de autónomos no hay grandes cambios respecto otros ejercicios, manteniendo el criterio de edad como base para determnar tipos mínimos y máximos a partir de 50 años.

En el caso de autónomos, se establece como límite de la edad los 50 años para fijar las bases mínimas y máximas con el objetivo de evitar una acumulación de bases de cotización elevadas a partir de los 50 años si años no se ha cotizado por bases altas. Como norma general las bases de cotización en autónomos para el 2010 quedan fijadas en las siguientes cuantías:

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Bases de cotización mínima y máxima en el régimen general para el 2010

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bases cotizacion 2010
Con ligero retraso publica hoy el BOE la Orden del Ministerio de Trabajo y la Seguridad Social que fija la bases de cotización mínimas y máximas de cada uno de los regímenes de cotización a la Seguridad Social durante el año 2010.

Para este año, no se han modificado los tipos efectivos de cotización, ni por contigencias comunes ni por desempleo, FOGASA ni IT, pero como es lógico si se han adaptado los límites mínimos y máximos a las diferentes subidas salariales. Durante este año, las bases de cotización del régimen general estarán comprendidas entre:

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Los autónomos y sus bases de cotización: Más de los mismo

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fontaneroEn el BOE del día 7 de diciembre, aparece publicada la orden TAS/3553/2007, de la Seguridad Social, que modifica los criterios impuestos para el cambio de base de cotización de los trabajadores autónomos. No, tranquilos, no penseís que ya se ha logrado la reivindicacion que muchos trabajadores autónomos quieren, que es cotizar en función de los ingresos reales.

La orden en cuestión, establece la posibilidad de cambiar dos veces al año de base cotización, dígase, si se solicita antes del 1 de abril, el cambio surtirá efectos a partir del 1 de julio, y el segundo cambio si se solicita antes del 1 de octubre, los efectos del cambio serán a partir del 1 de enero.

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