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		<title>Magazine - autonomo</title>
		<link>http://www.pymesyautonomos.com</link>
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Toda la información para las pymes y los autónomos: fiscalidad, legalidad, administración, recursos humanos. La actualidad analizada y explicada para el autónomo y la pyme		</description>
		<pubDate>2012-02-09 23:27:41</pubDate>

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      <title><![CDATA[Declarar los gastos cuando no se presentan pagos fraccionados de IRPF]]></title>
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      <pubDate>Thu, 15 Dec 2011 15:12:15 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image11393" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/12/pagos.JPG" class="centro" alt="pagos.JPG" /></p>

	<p>Vamos a intentar aclarar una nueva duda que un lector nos ha planteado partiendo de una situación en la que <strong>no se presentan pagos fraccionados de IRPF</strong>. Este es el caso al que se refiere:</p>

	<p><blockquote>Mi duda es porque durante todo el año no he presentado el modelo 130 ya que todas las retenciones me las realizaban las empresas a las que presto servicio como autónomo. </p>

	<p>Mi duda viene porque justo en este trimestre he realizado un pago importante que entiendo que debería declarar para poder deducirmelo del irpf. Mi duda es si dado que no he presentado a lo largo del año ningún modelo 130 sí puedo hacerlo en este último trimestre para poder desgravarlo, y si en este último trimestre debería incluir también otros de menor cuantía en trimestres anteriores que no he declarado o limitarme solo a ingresos y gastos de este último trimestre. </p>

	<p>La otra pregunta es sí no lo declaro ahora, ¿puedo declararlo de alguna forma en la declaración que realice en Mayo? En concreto el gasto es precisamente el pago a otro autónomo por la realización de una parte de un proyecto. El pago a este autónomo lleva retención que entiendo que también debo ingresar a hacienda con el modelo 190. ¿bastaría con ese pago del irpf retenido al autónomo como justificante del gasto para la declaración en mayo?.</blockquote></p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Efectivamente, cuando más del 70% de los ingresos que se facturan como profesional están sujetos a retención <strong>no hay obligación de presentar trimestralmente el modelo 130</strong> de pagos fraccionados de <span class="caps">IRPF</span>.</p>

	<p>El hecho de que no se presente esa liquidación trimestral lo que supone es que los rendimientos de la actividad <strong>se declararán en el modelo anual de IRPF</strong>. Será en ese momento cuando se declaren ingresos y gastos de la actividad durante todo el ejercicio.</p>

	<p>En el caso que nos ocupa<strong> no es necesario</strong> que se presente el modelo 130 de este último trimestre para poder declarar ese gasto, ya que se podrá aplicar esa deducción cuando se haga la declaración de la renta el próximo mes de mayo o junio.</p>

	<p>En lo que respecta a la retención por el pago de los servicios prestados por el otro autónomo, <strong>sí habrá que presentar el modelo de retenciones</strong> de profesionales, modelo 111, e ingresar esa retención. También deberá presentar el modelo 190 de resumen anual de retenciones practicadas.</p>

	<p>Pymes y Autónomos | Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-funcionamiento-del-modelo-130">El funcionamiento del modelo 130</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/darco/4898756313/"> Darco TT</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[IVA e IRPF de los autónomos en actividades deportivas]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/iva-e-irpf-de-los-autonomos-en-actividades-deportivas</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/iva-e-irpf-de-los-autonomos-en-actividades-deportivas</guid>
      <pubDate>Wed, 14 Sep 2011 07:21:44 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image10669" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/09/aerobic.JPG" class="centro" alt="aerobic.JPG" /></p>

	<p>Hemos recibido una consulta en relación a la tributación de los <strong>autónomos que ofrecen servicios relacionados con actividades deportivas</strong>. La consulta en cuestión es la siguiente:</p>

<blockquote>Tengo una concesion de un ayto para dar las clases de aerobic. Me dejan sus instalaciones y me obligan a cobrar a los alumnos la cuota que ellos dicen. Creo que esta actividad está exenta de iva. ¿alguien me lo puede confirmar? además quisiera saber como declarar irpf. No puedo retener en los recibos a los alumnos y como profesional no tendría que hacer 130&#8230; debería esperar a la declaración anual de <span class="caps">IRPF</span>.</blockquote>

	<p><!--more--></p>

	<p>En este caso la actividad relacionada con la enseñanza o práctica de este tipo de actividades deportivas no está exenta de <span class="caps">IVA</span>, sino que <strong>está gravada con el tipo reducido de <span class="caps">IVA</span>, el 8%</strong>.</p>

	<p>En cuanto a la declaración del <span class="caps">IRPF</span>, no es posible que en los recibos que se entregan a los alumnos se aplique la <strong>retención</strong> como profesional. Al ser un servicio prestado al público no se admite esta posibilidad, que sí sería obligatoria si los servicios se prestaran a otras empresas o profesionales.</p>

	<p>Por tanto nuestro lector <strong>deberá presentar las declaraciones trimestrales de <span class="caps">IVA</span> e IRPF</strong> (modelos 303 y 130 respectivamente). La posibilidad de no presentar el 130 sólo se admite si el 75% de sus ingresos están sujetos a retención, algo que en este caso no es factible.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/el-funcionamiento-del-modelo-130">El funcionamiento del modelo 130</a><br />

Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/longo/2968566748/">ePi.Longo</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Se acaba el plazo para modificar la base de cotización de autónomos]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-acaba-el-plazo-para-modificar-la-base-de-cotizacion-de-autonomos</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/se-acaba-el-plazo-para-modificar-la-base-de-cotizacion-de-autonomos</guid>
      <pubDate>Tue, 28 Jun 2011 08:00:03 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image9958" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/06/calcular.JPG" class="centro" alt="calcular.JPG" /></p>

	<p>El próximo día <strong>30 de junio se acaba el plazo para modificar las bases de cotización del Régimen de Autónomos</strong>. Una de las modificaciones que se incluyó en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 tiene que ver precisamente con la elección de las bases de cotización. </p>

	<p>Los trabajadores que a 1 de enero de 2011 tenían 48 ó 49 años y estaban cotizando por una base inferior a 1665,90 euros, no podrán optar por una cuantía superior a 1682,70 euros, a no ser que lo soliciten <strong>antes del 30 de junio</strong>. En ese caso, la nueva base tendrá efectos a partir del 1 de julio de 2011.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Durante los últimos meses diversas asociaciones de autónomos, <span class="caps">ATA</span> o <span class="caps">UPTA</span> entre otras, así como la Tesorería General de la Seguridad Social, han estado informando de la conveniencia de <strong>cotizar por una base superior a la mínima</strong> y de las ventajas de ello. No parece que sea el mejor momento para aumentar las aportaciones a la Seguridad Social por parte de ese colectivo, pero los datos son muy concluyentes.</p>

	<p>El 81,3% de los 3.100.736 trabajadores afiliados al Régimen de Autónomos cotizan por las bases mínimas, un total de 2.522.407, lo que explica <strong>la diferencia de prestaciones sociales</strong> de este colectivo respecto a los trabajadores del Régimen General, que cotizan por una base ajustada a sus ingresos reales.</p>

	<p>Esto lleva a situaciones como que la Seguridad Social abonó el pasado 1 de mayo 8.782.955 pensiones, de las que 5.236.543 correspondían al Régimen General y 1.857.608 al <span class="caps">RETA</span>. Con estas cifras podemos situar la pensión media nacional en 803,83 euros; esta media incluye la pensión media del Régimen General, que es de 954,11, mientras que  <strong>la del <span class="caps">RETA</span> se situa en 564,05 euros</strong>.</p>

	<p>La pérdida de poder adquisitivo de los autónomos una vez que se jubilan es enorme, por no hablar de las coberturas por IT o las pensiones de viudedad u orfandad a las que dan derecho este régimen. Por todo ello, y mientras no se modifique el régimen, los autónomos <strong>deben reflexionar sobre la cuantía de su base de cotización</strong>. Para los que están incluidos en el rango de edad antes comentado el tiempo se agota, así que hagan sus cuentas y decidan lo mejor.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/el-regimen-de-autonomos-cotizar-por-la-base-real-o-seguir-especulando">El régimen de autónomos, ¿cotizar por la base real o seguir especulando?</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/lopongoaca/3875464234/"> lopongoaca</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Terminado el plazo de diálogo, la Agrupación Nacional de Transporte comienza el paro indefinido]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/terminado-el-plazo-de-dialogo-la-asociacion-nacional-de-transporte-insta-al-paro</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/terminado-el-plazo-de-dialogo-la-asociacion-nacional-de-transporte-insta-al-paro</guid>
      <pubDate>Fri, 04 Feb 2011 11:02:43 +0000</pubDate>

      <author>Grudiz</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8752" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/02/paramos.png" class="centro_sinmarco" alt="paramos" /></p>

	<p>Según <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-agrupacion-nacional-de-transportes-anuncia-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero">os adelantamos</a> hace algunos días, la Agrupación Nacional de Transporte tenía <strong>convocado un paro indefinido</strong> que comenzaría desde hoy si no se atendían sus peticiones tras algo <strong>más de dos años</strong> intentando buscar una solución consensuada. </p>

	<p>Dada la <strong>imposibilidad por mantener la actividad</strong> han decidido tomar la drástica medida de aparcar los camiones hasta que se negocien los puntos propuestos, que se entienden obligatorios para el correcto desempeño de su trabajo. </p>

	<p>La Plataforma de Madrid ya ha comenzado a <a href="http://www.plataformademadrid.com/documentacion/Novedades_24082010/YO%20PARO.pdf">repartir carteles </a>con el llamamiento y estamos a la espera de conocer el alcance de la respuesta dada por sus socios (más de 25 mil) así como otros profesionales de base del sector.<br />
<!--more--></p>

	<p>Las <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-agrupacion-nacional-de-transportes-anuncia-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero">razones que os expusimos</a> el día 27 de Enero son las que nos han llevado a esta situación y es que <strong>el Gobierno simplemente no las ha atendido</strong> correctamente desde 2008. El director de la agrupación, José Belmonte, hizo las siguientes <a href="http://www.nexotrans.com/noticia/plataforma/madrid/anuncia/paralizacion/imposibilidad/seguir/sufragando/actividad/36113/">manifestaciones a Nexotrans</a> durante el día de ayer: </p>

<blockquote>&#8220;Quiero transmitir a la ciudadanía que no queremos causar ningún perjuicio a nuestro país, lo único que queremos es trabajar&#8221;
</blockquote>

<blockquote>&#8220;No se puede consentir el trabajar por debajo de los costes de explotación. Desde 2008 hemos tirado hasta aquí, manteniendo la actividad a costa, en muchas ocasiones, de nuestros bienes personales mientras hemos intentado que se nos escuche&#8221;
</blockquote>

<blockquote>&#8220;Ni siquiera el hecho de que se estén dejando de declarar a Hacienda muchos transportes por el exceso de carga parece afectar al Gobierno&#8221;
</blockquote>

<blockquote>&#8220;Hemos tirado hasta donde ya no podemos más&#8221;
</blockquote>

	<p>Los <strong>intentos de diálogo</strong> han sido numerosas pues han realizado <strong>7 solicitudes</strong> no admitidas a la vicepresidenta segunda del Gobieno, al Ministro de Trabajo e Inmigración (15 de Diciembre de 2010), al Ministro de Fomento, al de Interior y al de Industria, Comercio y Turismo.</p>

	<p>Todavía desconocemos cuantos transportistas se han apuntado al &#8220;parón&#8221; pero en caso de que vayan apareciendo datos a lo largo del día de hoy serán situados en este artículo <strong>como actualizaciones</strong> a fin de facilitar el seguimiento del asunto. De momento parece que los principales medios de comunicación se han hecho poco eco de este movimiento pero esto puede cambiar ante un éxito del llamamiento.</p>

	<p>En cualquier caso esperemos que el problema se solucione de la mejor manera posible para todos pues de tener un seguimiento masivo pueden haber <strong>problemas muy serio en suministros</strong>. Por supuesto entiendo <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-agrupacion-nacional-de-transportes-anuncia-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero">las razones expuestas</a> por los profesionales y lo que realmente deseo es que se les puedan garantizar unas condiciones dignas de trabajo.</p>

	<p><strong>Actualización:</strong> La plataforma de Madrid considera en <a href="http://www.plataformademadrid.com/documentacion/Novedades_24082010/07-02-2011%20-%20La%20realidad%20esta%20superando%20a%20los%20objetivos.pdf">un comunicado</a> llamado &#8220;la realidad está superando los objetivos&#8221; que Fenadismer, Tradismer y el Comité Nacional de Transportes por Carretera son parte del problema. La <span class="caps">ANT</span> se autoproclama <strong>&#8220;verdaderos profesionales&#8221;</strong> y <a href="http://www.plataformademadrid.com/">publican en la web</a> un mensaje que dice: &#8220;<strong>Los buenos seguimos en paro</strong>... ¿y tú eres de los nuestros o de ellos?&#8221;. Parece que el conflicto interno dentro del sector es evidente.</p>

	<p>En Pymes y Autónomo | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-agrupacion-nacional-de-transportes-anuncia-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero">La Agrupación Nacional de Transportes anuncia un paro indefinido a partir del 4 de Febrero</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/walkering/2234400150/">MarkWallace (Modificada)</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La Agrupación Nacional de Transportes anuncia un paro indefinido a partir del 4 de Febrero]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/la-agrupacion-nacional-de-transportes-anuncia-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero</link>
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      <pubDate>Thu, 27 Jan 2011 07:00:20 +0000</pubDate>

      <author>Grudiz</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image8661" src="http://img.pymesyautonomos.com/2011/01/hablemos2.png" class="centro_sinmarco" alt="HABLEMOS" /></p>

	<p>La Agrupación Nacional de Transportes, compuesto por más de <strong>25 mil camioneros autónomos</strong> ha acordado realizar un paro indefinido a partir del <strong>próximo 4 de Febrero</strong> si no se atiende a su última solicitud de reunión antes de dicho plazo. Resulta una noticia especialmente relevante al saber que la asociación aglutina a cerca del 80% de los camioneros autónomos como socios.</p>

	<p>Esta decisión ha sido presentada hace unos días tras una reunión con los representantes regionales (día 22 de Enero) en la que se confirmaron las reivindicaciones que han estado haciendo al Gobierno y que quedaron recogidas en un documento <strong>presentado ante el congreso en 2008</strong> que os <strong>adjunto en este artículo</strong>. Dichas reclamaciones no han sido atendidas.</p>

	<p>Por esta pasividad, la <span class="caps">ANT</span> acordó solicitar la dimisión de los miembros del Comité Nacional de Transportes al ser, según ellos, los principales causantes de la situación de bloqueo que les ha llevado a convocar este <strong>paro indefinido</strong>.<br />
<!--more--></p>

	<p>El malestar llega al no lograr avances en diversas materias tales como el incumplimiento general de los límites máximos de carga, la <strong>violación de los plazos de pago</strong> que establece la ley contra la morosidad pues fomento sigue pagando los trabajos a 180 días (algo insoportable para estos profesionales) y otras medidas que no se han atendido. </p>

	<p>La subida de <strong>precios del combustible</strong> y el hecho de que no se tomen medidas para promover los biocombustibles aún les ahoga más según se manifiesta en la <a href="http://www.youtube.com/watch?v=qYIQWjrbZHc">entrevista dada por el presidente de la plataforma madrileña</a> el día 21 a TeleMadrid donde se aclara la postura que les ha llevado finalmente a realizar esta convocatoria.</p>

	<p>Por ello se ha hecho <strong>un ultimatum</strong> y si no se produce una reunión al respecto antes del 4 de Febrero la plataforma iniciará el paro indefinido de la actividad de los camioneros ante la incapacidad de continuar con las actuales condiciones. Actualmente se está a la espera de manifestaciones del Gobierno al respecto.</p>

<blockquote>&#8220;La previsible paralización de la actividad no tendrá el carácter de huelga sino de paralización, ante la imposibilidad de seguir sufragando la actividad por ser económicamente inviable&#8221; Manifestaciones de representantes de la <span class="caps">ANT</span> según recoge <a href="http://www.libertaddigital.com/economia/los-camioneros-convocan-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero-1276412740/">Libertad Digital</a></blockquote>

	<p>En caso de que finalmente esto sucediera puede suponer <strong>un auténtico caos </strong>y una paralización que afectaría de manera muy importante a diversos sectores por lo que previsiblemente el Gobierno deberá hacer esfuerzos para evitar la <strong>confrontación social</strong>, algo que ya tienen bastante complicado ante el debate por las pensiones o las reacciones ante la ley antitabaco, la ley Sinde, etc&#8230; </p>

	<p>Adjunto el documento de 2008 donde se recogen las <a href="http://www.scribd.com/doc/47618135/demandas-camioneros">peticiones del sector del transporte de mercancías terrestre</a> que siguen sin ser atendidas según la agrupación.</p>

	<p><a title="" href="http://www.scribd.com/doc/47618135/demandas-camioneros" style="margin: 12px auto 6px auto; font-family: Helvetica,Arial,Sans-serif; font-style: normal; font-variant: normal; font-weight: normal; font-size: 14px; line-height: normal; font-size-adjust: none; font-stretch: normal; -x-system-font: none; display: block; text-decoration: underline;"></a> <object id="doc_634181477305028" name="doc_634181477305028" height="600" width="100%" type="application/x-shockwave-flash" data="http://d1.scribdassets.com/ScribdViewer.swf" style="outline:none;" >		<param name="movie" value="http://d1.scribdassets.com/ScribdViewer.swf">		</param><param name="wmode" value="opaque"> 		</param><param name="bgcolor" value="#ffffff"> 		</param><param name="allowFullScreen" value="true"> 		</param><param name="allowScriptAccess" value="always"> 		</param><param name="FlashVars" value="document_id=47618135&access_key=key-1lfyq56dmj3uciwsd7mi&page=1&viewMode=list"> 		<embed id="doc_634181477305028" name="doc_634181477305028" src="http://d1.scribdassets.com/ScribdViewer.swf?document_id=47618135&access_key=key-1lfyq56dmj3uciwsd7mi&page=1&viewMode=list" type="application/x-shockwave-flash" allowscriptaccess="always" allowfullscreen="true" height="600" width="100%" wmode="opaque" bgcolor="#ffffff"></embed> 	</param></object>	</p>

	<p>Esperemos que se abra el diálogo aunque habría sido deseable que se hubiese producido el gesto antes de que estos profesionales tuviesen que tomar la decisión convocar un paro indefinido, algo que <strong>no beneficia a nadie</strong> y mucho menos a ellos mismos, lo cual refleja la desesperación de un sector que no solo reclama ser escuchado sino que ante todo necesita <strong>soluciones</strong>.</p>

	<p><strong>Editado:</strong> la <span class="caps">ANT</span> ha colocado en su web el documento llamado &#8220;Información sobre la Paralización Individual ante la imposibilidad de seguir sufragando la actividad&#8221; donde comunican la decisión comentada en este blog. Puedes leerlo <a href=""Información sobre la Paralización Individual ante la imposibilidad de seguir sufragando la actividad"">pulsando aquí.</a></p>

	<p><strong>Editado 2</strong>: Durante el día 3 de Febrero, José Belmonte ha sido entrevistado al respecto de este parón en la cadena Cope. Podéis escucharlo <a href="http://www.youtube.com/watch?v=zXzjnvSYUZ8">pulsando aquí</a>. </p>

	<p><strong>Editado 3</strong>: Llegado el plazo no se ha producido ningún diálogo y se ha comenzado a difundir el paro indefinido desde la Plataforma de Madrid. Hemos publicado un <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/terminado-el-plazo-de-dialogo-la-asociacion-nacional-de-transporte-insta-al-paro">nuevo artículo</a> al respecto.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.libertaddigital.com/economia/los-camioneros-convocan-un-paro-indefinido-a-partir-del-4-de-febrero-1276412740/">Libertad Digital</a><br />
Más información | <a href="http://www.youtube.com/watch?v=qYIQWjrbZHc">Entrevista en TeleMadrid (Youtube)</a>, <a href="http://www.scribd.com/doc/47618135/demandas-camioneros">Demandas de los Camioneros desde 2008 (Scribd)</a><br />
En Pymes  Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/actualidad/camiones-en-las-cunetas">Camiones en las cunetas</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/puede-un-empresario-autonomo-hacer-huelga">¿Puede un empresario autónomo hacer huelga?</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/walkering/2234400150/">MarkWallace (Modificada)</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Humor. Gastos deducibles]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/consejos-practicos/humor-gastos-deducibles</link>
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      <pubDate>Sun, 14 Nov 2010 09:05:43 +0000</pubDate>

      <author>Fran Carreira</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7884" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/11/humor31.png" class="centro_sinmarco" alt="Sección Humor" /></p>

	<p>En casi todos los periódicos hay una sección de humor, lo que aquí traigo es un historia ficticia, para tratar de poner una sonrisa en medio de tantos temas serios. Los personajes de la siguiente historia existen, pero la historia es <strong>totalmente inventada</strong>, aunque bien podría haber sido cierta <strong>cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia</strong>.</p>

	<p>Cierto arquitecto autónomo, al que llamaremos Fran Carreira, para preservar su anonimato, contrata los servicios de asesoría de Mister Empresa, se aproxima el 20 de octubre y hay que hacer declaración trimestral de <span class="caps">IVA</span>.<!--more--></p>

	<p>- Buenas tardes, aquí traigo todas mis facturas del trimestre, en esta carpeta está la emitida; y en este maletín las de los <strong>gastos deducibles</strong>.</p>

	<p>+ ¿Sólo ha emitido una factura y ha tenido todos esos gastos?</p>

	<p>- Es que la cosa está muy malita con esto de la crisis, gastos tengo igual, pero no facturo casi nada.</p>

	<p>+ Bien, siéntese y veamos esas facturas, me temo que no todas vayan a ser deducibles.</p>

	<p>- Yo creo que sí.</p>

	<p>+ Fran, aquí tiene usted una factura por un vestido de noche de una firma de lujo, esto no es deducible.</p>

	<p>- ¿Como que no? Si son gastos de representación.</p>

	<p>+ ¿Gastos de representación un vestido de mujer?</p>

	<p>- Es que, un potencial cliente nos invitó a una fiesta de gala, y no iba a ir mi mujer con un vestido cualquiera.</p>

	<p>+ Como usted quiera, pero esto no pasa una inspección.
 Aquí tiene usted una factura de alquiler de dos disfraces de halloween. Además son infantiles.</p>

	<p>- Si son de cuando Obama nos invitó a la Casa Blanca, disfracé a mis hijas, así Obama pensará que todas las niñas españolas visten así, y no seguirá extrañado por el aspecto de las hijas de nuestro presidente.</p>

	<p>+ ¿Pero, aunque Obama lo haya invitado a la Casa Blanca? ¿Como quiere justificar ese gasto de cara a hacienda ? </p>

	<p>- En gastos representación y protocolo, junto a las facturas del vuelo y el hotel.</p>

	<p>+ ¿Obama le ha encargado alguna obra, o algún trabajo? </p>

	<p>- Bueno, he visto algunas grietas en las paredes de la sala oval, le haré un informe pericial, se lo facturo a la Casa Blanca y entre que pagan y no pagan, al menos me sirve para justificar los gastos del viaje.</p>

	<p>+ Pero ha ido con toda su familia&#8230; </p>

	<p>- Bueno, pongamos que iban en calidad de asesores.</p>

	<p>+ Oiga, esto si que ya no puede ser&#8230; una factura por la arena del gato; sorpréndame, ¿como lo justificamos?</p>

	<p>- Artículos de limpieza del estudio. El gato vive en casa, el estudio está en casa, si no compro arena, el gato hará sus necesidades en cualquier sitio, y eso no puede ser. Piense sino la cantidad de facturas de desinfectantes y demás que tendría que poner.</p>

	<p>+ No me lo puedo creer. Sigamos&#8230;<br />

Aquí tiene una factura de alimentación del Supermercado del Corte Inglés, ¿pero esto como lo justifica?</p>

	<p>- Es que invité a casa a unos potenciales clientes y les preparamos algo de picar y eso.</p>

	<p>+ Entonces .. ¿como gastos de representación también?</p>

	<p>- Si, ¿porque no?</p>

	<p>+ Tiene también una factura por un juego de té de diseño. ¿Como quiere que figure esto?</p>

	<p>- Mobiliario del estudio, si algún cliente quiere un té mientras me cuenta lo que necesita, da un ambiente más distendido.</p>

	<p>+ Bueno, ya están justificadas todas las facturas, ¿en serio cree que se va a librar de una inspección, presentando unos gastos de 24.000€ y unos ingresos en el trimestre de sólo 3.600€?</p>

	<p>- Yo no lo veo tan raro, puedo decir que tengo pendientes de pago algunos proyectos para la administración, con lo que tardan en pagar, seguro que no les parece ni sospechoso. </p>

	<p>+ Usted sabrá. </p>

	<p>- No se preocupe, hasta el trimestre que viene; sólo una cosita más, ¿cuando me devolverán el <span class="caps">IVA</span> pagado de más?.</p>

	<p>+ Hasta enero no se puede solicitar la devolución, y después lo que tarden en gestionarlo.</p>

	<p>- ¿Llegará a tiempo para los regalos de reyes?</p>

	<p>+ No hasta el día 20 que termina el plazo de presentación no empiezan con las devoluciones, aunque las tramite antes. de todas formas tenga en cuenta que si solicita la devolución, le pedirán todas las facturas que justifican los gastos. ¿Está seguro de que la quiere solicitar? </p>

	<p>- Por supuesto, yo los gastos los veo plenamente justificados.</p>

	<p>+ Usted verá, yo ya le he advertido.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="httphttp://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/dudas-sobre-los-gastos-deducibles-de-un-autonomo">Dudas sobre los gastos deducibles de un autónomo</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/fiscalidad-y-contabilidad/mas-dudas-sobre-los-gastos-deducibles">Más dudas sobre los gastos deducibles</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/management/un-poquito-de-humor-por-favor">Un poquito de humor, por favor</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/el-marketing-de-la-sonrisa">El marketing de la sonrisa</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/marketing-y-comercial/publicidad-con-sonrisa">Publicidad con sonrisa</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/management/8-ideas-para-motivar-en-tiempos-de-crisis">8 ideas para motivar en tiempos de crisis</a></p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/grudiz/5204204430/">Germán R. Udiz</a> </p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La vida laboral del profesional liberal: por cuenta ajena]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/la-vida-laboral-del-profesional-liberal-2-por-cuenta-ajena</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/la-vida-laboral-del-profesional-liberal-2-por-cuenta-ajena</guid>
      <pubDate>Tue, 02 Nov 2010 13:09:38 +0000</pubDate>

      <author>Fran Carreira</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7590" class="centro" alt="Estudio de arquitectura" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/11/estudio.jpg" /><br />
En este segundo post voy a describir las formas de empleo que se puede ir encontrando <strong>un profesional liberal</strong>, un arquitecto, una vez obtenido el título, tras pasar su <a href=”http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/la-vida-laboral-del-profesional-liberal-1-la-etapa-de-estudiante”>etapa de estudiante</a>. </p>

	<p>Una vez titulado el arquitecto debe <strong>colegiarse para poder ejercer </strong>de forma autónoma como profesional liberal, la colegiación implica unos gastos, que aunque no son muy elevados, en las etapas iniciales, mientras no tienes clientela propia, <strong>no es necesario asumir si puedes trabajar por cuenta ajena</strong>.<!--more--><br />
A pesar de lo que pueda parecer, aparecen modalidades de contrato muy similares a las que te encontrabas como estudiante.</p>

	<ul>
		<li>La primera fórmula, habitual entre recién titulados, es la de empezar a trabajar en algún estudio, <strong>en prácticas</strong>, cobrando muy poco; algunos estudios de renombre se permiten incluso el lujo de pagarte “permitiéndote que digas que has colaborado con ellos”; es decir, sin cobrar un euro, pero a cambio de “currículum”, en la mayor parte de estos casos, el contrato es algo que no existe, y si existe no se cumple.</li>
	</ul>

	<ul>
		<li>Otra fórmula, es entrar a formar parte de un equipo, mono o multidisciplinar, en el que desarrollas tareas en función de las áreas que más domines, o que vas aprendiendo. De nuevo el salario suele ser bajo al principio, pero ya hay un contrato de por medio, y pasas a <strong>estar en nómina </strong>en el estudio o la empresa.</li>
	</ul>

	<p>Hay además de estas situaciones otras, que son más habituales de lo que deberían.</p>

	<ul>
		<li><strong>Autónomo económicamente dependiente</strong>: por definición alguien encajado en esta tipología factura mayormente para una única empresa. En esta situación hay muchos arquitectos, se dan de alta como autónomos, pero lo que realmente hacen es cobrar un tanto fijo al mes, y pagarse su seguridad social trabajando por cuenta ajena, con medios y horarios fijados por el empresario (o estudio).  Es la misma situación que estar por cuenta ajena, pero con menos ventajas sociales.</li>
	</ul>

	<ul>
		<li><strong>Falso autónomo</strong>: más habitual aún que la anterior (y más irregular, por rozar la ilegalidad) es estar de facto trabajando como un asalariado, con un estipendio, un horario y un puesto prefijados, pero sin embargo facturando los trabajos como autónomo a una o varias empresas (del mismo grupo, ya que el puesto es el mismo y el trabajo también, aunque las facturas tengan distintos destinatarios) El trabajador en esta situación está en una clara situación de indefensión, lo único que puede hacer es denunciar, lo que es lo mismo (sobre todo en el contexto actual) que morder la mano que te da de comer. </li>
	</ul>

	<ul>
		<li>Otra situación, es que trabajes <strong>realmente como autónomo</strong>, pero eso ya es tema del siguiente post. </li>
	</ul>

	<p>En Pymes y autónomos|<a href=”http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/trade-el-trabajador-autonomo-economicamente-dependiente”>Trade: el trabajador autónomo económicamente dependiente</a>.<br />
Imagen | Fran Carreira<br />
Más información |<a href=”http://arquitectosexplotados.blogspot.com/”>arquitectos explotados</a>.</p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El personal de limpieza: contrato mercantil, relación laboral]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-personal-de-limpieza-contrato-mercantil-relacion-laboral</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/el-personal-de-limpieza-contrato-mercantil-relacion-laboral</guid>
      <pubDate>Sat, 23 Oct 2010 12:16:06 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7471" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/10/limpieza.JPG" class="centro" alt="limpieza.JPG" /></p>

	<p>Nos referíamos, en el anterior post, a las condiciones que una sentencia del Tribunal Supremo fija para diferenciar <strong>el caracter laboral o mercantil</strong> de la relación entre una empresa y un &#8220;presunto&#8221; proveedor de servicios externo. La sentencia en cuestión, se refiere al caso de una trabajadora que realizaba, para una empresa, labores de limpieza de manera personal y regular. </p>

	<p>Los servicios se prestaban en virtud de <strong>un contrato mercantil</strong>, pero, en el momento en que la empresa quiso prescindir de los mismos, la trabajadora interpuso una demanda solicitando la consideración de esa relación como laboral. Esos servicios se realizaban fuera del horario de oficina, cuando la trabajadora estimaba conveniente, y a cambio recibía una retribución que fijaba la empresa. Esta trabajadora se proveía de lo necesario para su labor y esos gastos le eran reembolsados por la empresa. </p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En este caso particular, el Tribunal manifiesta que la trabajadora asumía la obligación de prestar personalmente los servicios de limpieza y la de acudir regularmente a las oficinas de la empleador. Los servicios se prestaban fuera del horario de apertura de la empresa, pero por simples razones de operatividad, y que <strong>eso no presupone que no se cumpliera un horario</strong>, aunque fuera de manera flexible.</p>

	<p>La actividad era controlada por parte la empresa, asumiendo que no se necesitaban instrucciones expresas para el desempeño de la misma, mas allá de la efectiva limpieza. Esa actividad era desempeñaba a cambio de una <strong>retribución fija y periódica</strong>, que determinada por la empresa en proporción con la actividad prestada. </p>

	<p>La trabajadora <strong>no corría con el riesgo inherente de cualquier actividad empresarial</strong> y, no consta, que la trabajadora tuviera una estructura empresarial propia, al contrario, se insertaba en la organización de trabajo de la empresa.</p>

	<p>Todas estas circunstancias <strong>definen una relación laboral</strong>, por mucho que el pacto entre las partes se manifestara mercantil con la firma de un contrato de prestación de servicios.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.icnr.es/articulo.php?n=101022044443">Intelligence & Capital News</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/legalidad/relacion-laboral-o-mercantil">¿Relación laboral o mercantil?</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/lafruu/4314807470/"> La FruU</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Elegir entre Autónomo o Sociedad Limitada (II): aspectos contables]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/elegir-entre-autonomo-o-sociedad-limitada-ii-aspectos-contables</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/elegir-entre-autonomo-o-sociedad-limitada-ii-aspectos-contables</guid>
      <pubDate>Mon, 11 Oct 2010 05:52:01 +0000</pubDate>

      <author>Rbujan</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7359" src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/10/contabilidad.JPG" class="centro" alt="contabilidad.JPG" /></p>

	<p>Otros factores que pueden intervenir a la hora de decidirse a gestionar un negocio como empresario individual o como sociedad limitada, son<strong> los aspectos contables </strong>y las implicaciones y obligaciones que, en uno u otro caso, vamos a tener a este respecto.</p>

	<p>Desde el punto de vista del empresario individual, la normativa <strong>no exige una contabilidad oficial</strong> de la actividad, sólo son necesarios el libro-registro de ingresos y gastos y el de bienes de inversión. Con este sistema, sólo es necesario el control de las facturas emitidas y de las recibidas, así como del inmobilizado necesario para el desarrollo de la actividad empresarial, sobre el que se aplicarán las amortizaciones correspondientes.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>En lo que respecta a las sociedades mercantiles, <strong>sí es obligatoria la contabilidad oficial</strong>. Eso nos obliga a la anotación y el control de todos los movimientos que se llevan a cabo en el desarrollo del negocio. </p>

	<p>Es necesario hacer constar que, como entidad jurídicamente independiente, los bienes, los derechos y las obligaciones de la sociedad <strong>son, exclusivamente, de ella</strong>. Esto significa que no puede haber ningún tipo de movimiento entre la sociedad y sus socios que no esté justificado y que no atienda a criterios puramente mercantiles.</p>

	<p>Uno de los errores principales que comenten los empresarios, con respecto a la relación con sus empresas, es considerar que la caja, el banco o, en general, los bienes de la empresa son del empresario y eso no es así. El empresario <strong>no puede disponer</strong>, libremente, del dinero de la empresa para sus temas personales, y toda transferencia de recursos de uno al otro, debe estar perfectamente documentado y justificado.</p>

	<p>Además hay que tener en cuenta que las sociedades han de registrar anualmente, en el Registro Mercantil, los libros contables y las cuentas anuales. La contabilidad de las sociedades <strong>ha de hacerse pública</strong> y cualqier persona puede acceder al Registro Mercantil y consultar todos sus movimientos contables.</p>

	<p>La contabilidad oficial de cualquier sociedad limitada obliga a<strong> registrar y documentar</strong> las facturas recibidas y emitidas, los bienes de inversión de la sociedad, las amortizaciones, los cobros y pagos y <a href="http://blog.sage.es/economia-empresa/glosario-empresarial-la-conciliacion-bancaria/">la conciliación bancaria</a>, las dotaciones, etc.</p>

	<p>El hecho de decidirse por una sociedad limitada nos obliga a un control y un registro contable exhaustivo, mientras que, en el caso de los empresarios individuales, el nivel de exigencia<strong> es menor</strong>.</p>

	<p>En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/estructura-societaria/elegir-entre-autonomo-o-sociedad-limitada-i-primeras-consideraciones">Elegir entre Autónomo o Sociedad Limitada (I): primeras consideraciones</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/tutxa/4720172571/"> sabanna</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[ Así no hay quien emprenda]]></title>
      <link>http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/asi-no-hay-quien-emprenda</link>
      <guid>http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/asi-no-hay-quien-emprenda</guid>
      <pubDate>Sun, 10 Oct 2010 14:33:38 +0000</pubDate>

      <author>Fosterwit</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7337" class="centro" alt=free src="http://img.pymesyautonomos.com/2010/10/freefall.JPG" /><br />
En ocasiones uno escucha comentarios o reflexiones que son tan coincidentes con el punto de vista  propio que es como si las hiciese uno mismo.  En esta ocasión, el comentario en cuestión salió de la boca Antonio Mas, creador de (<a href="http://www.ideup.com/">Ideup!) </a>durante el coloquio de Iniciador con motivo del XV Congreso Redepyme, y aunque él es autor, lo asumo como mío propio.</p>

	<p>Expuso lo que desde su punto de vista es un óbice importante para que nuestra sociedad no emprenda y que va más allá del miedo al fracaso o al hecho de tener una sociedad con talento pero de escasa audacia empresarial. El se refería a <strong>los obstáculos personales a los que se enfrenta el emprendedor y que vienen determinados por el estado del bienestar</strong> en el que vivimos.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>El escenario que se presenta es el siguiente, personas con talento, que están vinculadas por cuenta ajena a empresas donde realizan actividades que ni les motivan ni les comprometen con la empresa en absoluto, pero que sin embargo, <strong>aunque tienen ideas potencialmente buenas para emprender no lo hacen por no perder un estatus de privilegios</strong>.</p>

	<p>Estos privilegios a los que renunciar para emprender no son otros que:</p>

	<ul>
		<li>A <strong>45 días de indemnización  </strong>por año trabajado.</li>
		<li>Dependiendo del período  trabajado a <strong>2 años de prestación por desempleo</strong>.</li>
	</ul>
	<ul>
		<li>A <strong>la seguridad de una nómina</strong>.</li>
	</ul>

	<p>Señalando sólo los tres más básicos y esenciales, que por el camino se pueden unir otra serie de  ventajas y prebendas. Con este panorama, por muchos esfuerzos que se hagan para <strong>inculcar espíritu emprendedor </strong>a una sociedad en la que la mayor parte de la gente su mayor pretensión es estar vinculado toda la vida a la misma empresa, con un sueldo fijo y con una jornada establecida, es decir, <strong>a una sociedad tan rígida es un reto harto ambicioso</strong>.</p>

	<p>Quien trabaja por cuenta ajena asimila el acto de emprender como un salto al vacío sin paracaídas y <strong>renunciar a parte o todos los privilegios antes mencionados es un esfuerzo bastante exigente para el emprendedor</strong>. Desde luego se puede emprender “part – time” pero aparte de que emprender requiere tiempo, supone darse de alta como autónomo, lo cual siendo egoísta implica renunciar, a la prestación por desempleo en caso de ser despedido.</p>

	<p>Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/alicepopkorn/2945361498/">AlicePopkorn</a><br />
En Pymes y Autónomos | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/el-binomio-perfecto-talento-y-audacia-empresarial">El binomio perfecto: talento y audacia emrpesarial</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/subvenciones-ayudas/el-ser-o-no-ser-del-joven-emprendedor">El ser o no ser del joven emprendedor</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/reflexiones/sin-duda-emprender-es-el-mejor-empleo-pero">Sin duda, emprender es el mejor empleo pero&#8230;</a>, <a href="http://www.pymesyautonomos.com/vocacion-de-empresa/la-importancia-del-e-funcionario">La importancia del e-funcionario</a><br />
</p>      ]]></description>
      </item>
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