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Deducción del IVA en las actividades exentas

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Un lector nos plantea la siguiente cuestión relativa a la deducción del IVA en las actividades exentas:

Un comerciante minorista cuyo régimen de iva es el de recargo de equivalencia, realiza adquisiciones intracomunitarias y recibe las facturas de compra sin IVA. Al no estar obligado a presentar autoliquidaciones de IVA, liquida el impuesto a través del modelo 309. Se plantea la duda sobre la deducibilidad del IVA que liquida.

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Sanciones por no presentar declaraciones o liquidaciones de Hacienda

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En referencia a un comentario sobre el post la infracción tributaria por dejar de ingresar una deuda voy a aclarar esta duda:

Dices que no hay sanción si se paga fuera de plazo, siempre y cuando se haga antes del requerimiento de la Agencia Tributaria. ¿Pero eso no incluye la no presentación del modelo correspondiente, verdad? En el caso de no presentarse el modelo ¿Sabes de que sanción estaríamos hablando? Gracias.

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Modificaciones en la entrada en vigor del cambio de NIF

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AEAT

Nuestra Administración cada día me sorprende más.

Recientemente publicaba un post en el que hacía referencia a la entrada en vigor de la ORDEN EHA/451/2008, por la cual se producían unas modificaciones en cuanto a los NIF, y que en el ámbito de las Pymes, afectaba particularmente a la Sociedades Civiles.

En principio, según podéis observar en el texto de la propia Orden, la entrada en vigor era para este próximo 1 de julio de 2008.

Pues donde dije Digo, digo Diego, porque en la página web de la AEAT, podemos observar que existe una actualización de la ORDEN EHA/451/2008, mediante la cual posponen la entrada en vigor de dichos cambios hasta el próximo día 1 de enero de 2009.

Quizá la Administración pueda pensar que se trata de una modificación muy profunda, y que su inmediata aplicación puede conllevar una serie de problemas, por lo que juiciosamente haya decidido que es mejor posponer la entrada en vigor.

Pero, siempre hay un pero, estas no son formas.

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Te interesa: Cambio de NIF a partir de Julio

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aeat

Si tienes una Sociedad Civil Privada, deberías saber que la ORDEN EHA/451/2008, de 20 de febrero, por la que se regula la composición del número de identificación fiscal de las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, que entrará en vigor el 1 de julio de 2008, introduce una serie de modificaciones en los números de identificación fiscal de algunas entidades, afectando especialmente a las Sociedades Civiles Privadas, que pasan de tener una clave G a tener una J.

Por ello, la Agencia Tributaria realizará durante este mes de junio una campaña de información, y procederá a realizar de oficio aquellas modificaciones de NIF que supongan un cambio de clave pero no de número ni de carácter de control.

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Año nuevo, obligaciones nuevas

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billetes_500El pasado 5 de septiembre se aprobó el R.D. 1065/2007. Este decreto aprueba el Reglamento General de Inspección y Gestión de la AEAT así como el desarrollo de las normas comunes para la áplicación de los tributos. Las novedades más importantes que dicho decreto trae para el ejercicio que comenzamos son varias, y le repercuten a las declaraciones que presentemos en el ejercicio 2009. Por su repercusión, destaco las siguientes:


  • En el modelo 347; la declaración informativa de operaciones con terceras personas, deberemos reflejar los importes recibidos en efectivo superiores a 6.000 €.

  • Los obligados que tengan que presentar autoliquidaciones de IVA o sociedades por vía telemática, es decir todas las sociedades limitadas o anónimas, tienen que adjuntar una copia de los libros de registro de facturas expedidas y recibidas con dichas declaraciones.

  • Se amplia el plazo de inspección a 24 meses.


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La firma eléctronica en las Sociedades: Si o si

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pluma2Es una realidad, en donde la Agencia Tributaria sigue siendo pionera en el uso de las nuevas tecnologías y la firma eléctronica. La primera declaración obligatoria a presentar para todas las sociedades, grandes o pequeñas fue el impuesto de sociedades correspondiente al ejercicio 2.006. Sin estár cerrado el ejercicio, según los datos estadísticos de la AEAT, se han presentado por internet 1.264.599 declaraciones para el ejercicio 2.006, que comparandolo con los datos del ejercicio 2.005 (389.698) presenta un aumento de casi el 325%. La verdad es que dicha medida, ha generado que a partir de este trimestre, sea obligatoria la presentación por internet de todas las declaraciones y modelos que presenten las sociedades. Esta medida viene regulada por la Orden EHA 3435/2007, que ha sido publicada el día 29 de noviembre en el BOE. Esta orden obliga a la presentación de las autoliquidaciones trimestrales, como son los modelos 110, 115, 123, 202, 300 y algunas autoliquidaciones más que son menos usuales.

¿Necesito un gestor?, pues me da la impresión que esta orden ministerial es un claro alegato al SI para todas aquellas sociedades, que todavia siguen realizando sus declaraciones en papel, y que incluso todavia no tienen, siquiera firma electrónica.

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