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El asesor Maus y el cartel fantasma [Humor]

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La sombra del asesor Maus se dibujaba en la puerta del despacho del empresario que había contratado sus servicios, tras escuchar los efectos de su último servicio. El asesor llevaba unos minutos de pie sin decir nada y el cliente no sabía cómo reaccionar así que levantó la mano y le señaló una incómoda silla mientras decía: “Por favor, siéntese”.

Maus era una de esas personas de aire distraído y mirada inquietante, que suele vestir con mucho gusto, pero que termina estropeando todo el look con una corbata que no pega con nada. De hecho, el cliente quedó hipnotizado por su corbata del Chip y Chop antes de poder mirarle a la cara. Cuando Maus dejó de toquetear la silla para comprobar si estaba coja, se sentó y solo entonces su cliente pudo explicar el caso.

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Deducir el alquiler de plazas de garaje para la empresa

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Imaginemos que una empresa recibe numerosas visitas de clientes en sus instalaciones y los trabajadores realizar continuos desplazamientos dentro de la ciudad, utilizando medios de transporte propios o ajenos y eso supone un problema de aparcamiento para el personal y para los clientes. Para evitarlo y de mejorar la imagen de la empresa ante los clientes, se plantea la posibilidad de alquilar varias plazas de aparcamiento próximas a esas instalciones. ¿Es fiscalmente deducible ese gasto de alquiler de las plazas de garaje?

Planteamos la cuestión de la deducción en el Impuesto de Sociedades y en el IVA. Para ello entendemos a que debemos encuadrar este gasto como un gasto de relaciones públicas o realcionado con el personal, atendiendo al uso que de las mismas se va a realizar.

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La legislación en el arrendamiento de locales de negocio

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El arrendamiento de locales de negocio está regulado por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) como arrendamientos para uso distinto de la vivienda. Bajo esta fórmula se pretende preservar tanto los derechos de los arrendadores (propietarios) como de los arrendatarios (inquilinos) teniendo en cuenta que éstos últimos realizan una actividad económica en ellos.

Si bien no hay ninguna forma específica a la hora de celebrar estos contratos, si debemos tener en cuenta qué es lo que determina la Ley en los diferentes supuestos que se pueden dar. No habiendo un modelo de contrato estandar, si hay que considerar que es necesario que en el documento ha de aparecer correctamente identificada la finca que se arrienda, la duración del contrato y la renta inicial a pagar, además del resto de cláusulas que libremente acuerden las partes.

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Las bonificaciones fiscales del arrendador que alquila viviendas a empresas

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La realidad se suele escapar de las estrechas costuras legales. Pensemos por ejemplo en las empresas que, como parte del paquete retributivo a sus empleados, ponen a disposición de los mismos una vivienda habitual, que previamente han alquilado. Podíamos hablar acerca de la deducibilidad de dicho gasto, de la valoración fiscal de dicha retribución en especie, etc. Pero hoy no toca, hoy toca hablar de las bonificaciones fiscales del arrendador que alquila esas viviendas a las empresas..

¿De qué estamos hablando? Conforme al IRPF, aquellos que alquilan viviendas habituales a inquilino de entre 18 y 30 años se aplican una rebaja del 100% sobre esos rendimientos, y del 60% para los mayores de 30. Estamos hablando de unos ahorros fiscales considerables, y que necesariamente han de ser tenidos en cuenta a la hora de negociar una renta. Claro que lo voluble de nuestros Tribunales no ayuda.

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Selección de local

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Hay una frase del mundo del comercio que me resulta muy acertada. Y es que los tres factores claves para el éxito de un comercio son ubicación, ubicación y ubicación. Obviamente es una exageración, pero sirve para recordarnos que un fallo la selección de local posiblemente se cargue o condicione gravemente la viabilidad de nuestro negocio. Por tanto, conviene dedicarle su tiempo, darle sus vueltas, a dicha tarea.

Quiero compartir con vosotros un artículo de Josan García en el que le da vueltas a una lista de chequeo. La usa en el contexto del sector de franquicias y para alquiler, pero es obvio que toca puntos que todos nos debemos plantear. Voy a reproducirlos a continuación, con una serie de matices mi cosecha.

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Efectos de incluir los alquileres futuros en el balance

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Es un tema que lleva varios meses debatiéndose y todavía no hay una decisión tomada, el caso es que el Consejo Internacional de Estándares Contables (IASB) pretende fijar una norma contable por la cual las empresas han de incluir como deuda en sus balances las cantidades que tendrán que pagar en el futuro por sus contratos de alquiler.

La normativa contable en vigor actualmente considera los gastos de arrendamientos como un gasto deducible que se refleja en la contabilidad según se va produciendo. Si esta nueva norma se aplica, las empresas tendrán que considerar como deuda las cantidades pendientes de pago hasta que finalice el contrato de arrendamiento en cuestión.

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¿Internet mató al videoclub?

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Como decía la canción que encabeza el post, el “video mató a la estrella de radio”, ahora internet, sobre todo la banda ancha,¿ha venido a matar al videoclub? Sin duda este es el modelo de negocio que se ha visto más directamente afectado por las posibilidades que ofrece internet, descargas legales, ilegales, paralegales, alegales…

Pero lo que mata realmente al videoclub ¿es simplemente la evolución tecnológica que lo va dejando atrás?, como antes quedo atrás la industria del pergamino cuando se inventó el libro. La única salida que tiene el negocio de alquiler de vídeos parece internet y no veo en España muchos videoclubes virtuales, pero sin embargo no veo tampoco nadie que se haya planteado la solución que planteo al final del artículo, el videoclub a domicilio.

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Una empresa de alquiler de juguetes on-line ¿por qué no?

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La iniciativa emprendedora de muchas personas no deja de sorprenderme. Hoy he podido encontrar leyendo El Mundo el negocio que ha montado una aragonesa, Magda Pérez, desde su casa basada una original idea: alquilar juguetes (no hablamos de videojuegos). Si bien ya habían hablado de este negocio nuestros compañeros de bebesymás yo desconocía el negocio.

Gracias a la plataforma online y sus beneficios ha podido abrir “Pikatoy“. Una vez nos registramos solo hay que elegir el juguete a recibir y el tiempo que lo queremos y se nos enviará por mensajería.

El servicio además selecciona los juguetes para evitar material sexista o violento. Sin duda una idea de tantas que no había sido explotada en nuestro país (en Francia existe la empresa DimDom) y que nos recuerda que el espíritu emprendedor es capaz de sorprendernos constantemente.

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Cuidado con los alquileres sin declarar y negocios ilegales

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Hoy, El Economista se cubre de gloria con un titular rimbombante y ausencia de contenido cuando afirma que “Hacienda revisa por primera vez recibos de luz y tarjetas contra el fraude”, dado que éste titular, hoy por hoy es erróneo, aunque no va muy desencaminado de cara a un futuro muy cercano para detectar alquileres sin declarar y negocios ilegales.

Desde comienzos de este año, las empresas suministradoras de electricidad están obligadas a presentar una relación de consumos eléctricos agrupados bajo las referencias catastrales y NIF de los titulares de los suministros mediante el modelo 159, pero da la casualidad que la primera declaración que se presentará en esta línea será en marzo del 2011 con los datos del 2010. Por tanto, hoy por hoy Hacienda no sabe los consumos eléctricos de ningún local mediante este sistema. Este detalle, no es óbice para que a partir del 2011 se detecte actividad en inmuebles que no tengan alta censal o viviendas que deberían constar como vacías.

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Yorespondo.com telesecretarias y apoyo logístico a pymes

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Yorespondo es una empresa de gestión de telesecretariado y de apoyo a las pymes en el área de gestión administrativa. Este servicio, opera en un segmento parecido a Ofitel, empresa que ya comentamos hace tiempo como proveedor de apoyo en estos servicios.

El nicho de mercado al que se orienta Yorespondo, es al segmento de pymes con pocos trabajadores o autónomos que les puede resultar más interesante subcontratar las labores de secretariado puntualmente, mediante la recepción de llamadas telefónicas y organización de agenda. No obstante, la cobertura de servicios va más allá alcanzando aspecto como:

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