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Ayer un lector no senvió un comentario alertando sobre la actuación de la AEAT en Málaga, que está obligando a los socios-profesionales de las sociedades mercantiles a presentar declaraciones trimestrales por su vinculación con sus empresas, no admitiendo la relación laboral entre ambos.
El comentario decía lo siguiente:
Soy socio de una SL con un 10%, y no soy administrador ni consejero delegado (hay un consejo de administración), y mi trabajo es puramente técnico, con un horario establecido.
Por ello, desde 2006, percibo una nómina y cotizo en el Régimen General, de acuerdo a las condiciones de la SS.
Pues cual es mi sorpresa cuando el martes recibo dos notificaciones de Hacienda indicando que debo pagar IVA por los ingresos recibidos de la empresa en los años 2007 y 2008.
Indican que mi condición de socio es suficiente para considerar que no soy ajeno y dependiente de la sociedad, y que por tanto, debiera facturar por mis servicios y no cobrar una nómina. Se basan en la Consulta V1492-08.
Ahora me toca a mí demostrar que esto no es así, pero para empezar ya me han dado el verano.
Por cierto, no soy el único al que le ocurre, sino que parece ser una campaña en toda regla de Hacienda, al menos en Málaga ya conozco varias decenas de casos en una semana.
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