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        <title>Magazine - administradores-de-fincas</title>
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        <description>Publicación de noticias sobre gadgets y tecnología. Últimas tecnologías en electrónica de consumo y novedades tecnológicas en móviles, tablets, informática, etc</description>
        <pubDate>Sat, 13 Jun 2026 13:17:16 +0000</pubDate>
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                <title><![CDATA[¿Competencia desleal por parte de la administración?]]></title>
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                <pubDate>Wed, 05 Aug 2009 14:35:21 +0000</pubDate>
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                    <![CDATA[
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      <img src="https://i.blogs.es/95d131/suministro/1024_2000.jpg" alt="&#x00BF;Competencia&#x20;desleal&#x20;por&#x20;parte&#x20;de&#x20;la&#x20;administraci&#x00F3;n&#x3F;">
    </p>
    <p>Ayer leí en un periódico de la provincia de Girona que <strong>el Ayuntamiento de Salt administrará las fincas que tengan impagados</strong>. La noticia que adjunto está escrita en catalán, así que traduciré parte de su contenido más provechoso para que podamos reflexionar conjuntamente al respecto.</p>
<!-- BREAK 1 -->
<p>“<em>El Ayuntamiento de Salt administrará las comunidades de propietarios que tengan impagados. La medida será temporal y sólo se podrán adherir aquellos bloques en situación de riesgo. El proyecto, que todavía está en <strong>vías de estudio</strong>, está pendiente de recibir una subvención del Ministerio de Trabajo español y podría empezar a funcionar en septiembre u octubre de este año</em>.”</p>
<!-- BREAK 2 --><!--more--><p>Entro otros datos, destacaré que la solución, si se lleva a cabo, afectará por ahora a unas cincuenta comunidades y que no se dirigirá a todo el mundo (<em>sería pretencioso intentarlo</em>). También se informa que su misión será sanear las cuentas de las comunidades así como conseguir que puedan autogestionarse.</p>
<!-- BREAK 3 -->
<p>Además se indica que “<em>Sólo se podrán adherir aquellas comunidades que se encuentren en situación de riesgo</em>” un concepto que requiere definición y que al parecer “<em>fuentes de la oficina municipal de vivienda han indicado que englobaría aquellas comunidades con una situación grave de impagados, que tengan cortados los servicios básicos, como agua o luz, y en las cuales ningún vecino o administrador de fincas se quiera hacer cargo.</em>” Una especie de consorcio de compensación de seguros pero sin aportaciones previas que puedan sufragar una competencia no prevista.</p>
<!-- BREAK 4 -->
<p>Se trataría, según las mismas fuentes, de una actuación social  cuyo  objetivo "<em>no es hacer la competencia a los administradores de fincas.</em>” </p>

<p>Una nota que no tiene desperdicio, y cito textualmente es la que sigue “<em>Por poner un ejemplo, un vecino que no pague la comunidad de propietarios pero tenga <strong>habitaciones alquiladas</strong> o fondos suficientes por pagar, se le exigirá que abone su deuda en un plazo de unos tres meses y si no se lo denunciará...</em>”</p>
<!-- BREAK 5 -->
<p>¿Qué es eso de tener habitaciones alquiladas y denunciar al propietario por no pagar su cuota comunitaria? ¿Es que el árbol no nos deja ver el bosque? ¿No es más grave <em>sobreocupar </em>un inmueble que deber a la Comunidad? ¿Para qué existen los embargos si se tienen bienes con los que responder?</p>
<!-- BREAK 6 -->
<p>En fin, lo que faltaba en plena crisis... competencia de quien puede permitirse el lujo de perder dinero, generar déficit, o simplemente subvencionar su coste. En primer lugar me remito a la ley 13/91 de 10 de enero, donde se indica en ciertos casos que se entiende como <strong>desleal </strong>la venta a bajo coste o bajo precio de adquisición. En este punto y sin lugar a dudas, creo que la última palabra la tiene el propio colectivo de administradores.</p>
<!-- BREAK 7 -->
<p>En segundo lugar, y aquí sí tenemos algo que decir todos; cada día se subvencionan y gastan ingentes cantidades de dinero en proyectos que yo llamaría “<em>parasociales</em>”. La ley ya se encarga de informar qué ocurre con los propietarios morosos, qué recursos utilizar contra los mismos, mecanismos de reclamación por parte de terceros acreedores y demás particularidades. Podemos ser más o menos permisivos, pero creo que el problema no se traduce en:</p>
<!-- BREAK 8 -->
<blockquote>Lo pago todo en nombre de… y con dinero ajeno.</blockquote>

<p>La Constitución española garantiza el derecho a la asistencia jurídica de forma gratuita para aquellos que no dispongan de recursos para costearse un abogado, procurador e incluso perito judicial, pero un administrador de fincas es algo que no llego a comprender. Estas comunidades tienen problemas graves, no lo niego, pero uno de ellos no es precisamente la carencia de un administrador de fincas.</p>
<!-- BREAK 9 -->
<p>A partir de ahora, puede que los Ayuntamientos hagan seguimiento y control de proveedores, averías, seguros, bancos, limpieza, Seguridad Social y Hacienda en según qué comunidades, pactando las mejores condiciones de servicio y económicas para sus integrantes. Si es menester asesorarán en temas inmobiliarios varios: alquileres, gestiones de rehabilitación de inmuebles, jurídicos, acuerdos de junta, cobro de morosos, sentencias y jurisprudencia en general que afecta a la propiedad inmobiliaria, liquidaciones, presupuestos, repercusión de gastos, división horizontal, estatutos o acuerdos de Junta. </p>
<!-- BREAK 10 -->
<p>Empiezo a oler avales públicos locales para que las compañías suministradoras abastezcan de nuevo a quienes dejaron de pagar. ¡Eso sí es dar un buen servicio! y lo demás son tonterías. ¿Dónde está el límite de lo subvencionable? Ésta ha sido una pregunta retórica.</p>
<!-- BREAK 11 -->
<blockquote>Es mejor gastar en el estudio de una solución, que intentar solucionar gastando.</blockquote>

<p>Imágen | Galería de <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.flickr.com/photos/21804434@N02/3638000219/">Mira66</a></p>

<p>Más Información | <a rel="noopener, noreferrer" href="http://www.diaridegirona.cat/girona/2009/08/04/lajuntament-salt-administrara-finques-que-tinguin-problemes-dimpagats/348149.html">Diari de Girona</a></p>
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