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400 Euros

¿Dudas con la nómina? que te las explique Zapatero

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zapatero
Hoy no puedo más. He explicado más de 20 veces porqué las nóminas de enero son más bajas que las de diciembre y acabo de colocar un cartel en el que indico la forma de contacto con el Presidente del Gobierno o con la Ministra de Economía para que resuelva las dudas de los trabajadores. El personal no entiende y no quiere entender porqué se le ha bajado la nóimina con la eliminación de la deducción de los 400 euros.

Imagino que muchos de vosotros os encontrareis en la misma situación, caso análogo a la labor pedagógica que tuvimos que hacer en las empresas para explicarle a muchos dónde se veían reflejados los dichosos 400 euros cuando entraron en vigor, o cómo un contrato con un porcentaje 0% de retención en el IRPF dificilmente vería esa deducción. Sin olvidar, claro está que los contratos temporales que tenían el mínimo de retención del 2% tampoco se les podía aplicar.

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¿Cómo se aplica la deducción de los 400 euros a partir del 2010?

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400 euros
La Ley de de Presupuestos Generales para el 2010 ha modificado la deducción de los 400 euros en el IRPF para los rendimientos del trabajo y actividades económicas, de manera que sólo se puede aplicar para las bases imponibles inferiores a 12.000 euros.

Para el caso de la aplicación de la deducción de los 400 euros en los rendimientos del trabajo, basta con que calculemos el porcentaje de retención que le corresponda a cada trabajador mediante el software proporcionado por la Agencia Tributaria, pero para el caso de los pagos fraccionados de IRPF de actividades económicas, el cálculo se complica un poco ¿Cómo se realiza este cálculo para los siguientes pagos fraccionados?

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PGE 2010 y el giro de tuerca de los 400 euros

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400 euros
No contar con una mayoría absoluta en el Parlamento genera que haya un excesivo mercadeo con la Ley de Presupuestos Generales. Dentro de ese mercadeo se incluyen una serie de propuestas de reforma a los PGE 2010, que unas pueden tener más o menos sentido y otras sólo son medidas de cara al electorado que apoya a los grupos de la oposición que las promueven.

IU ha propuesto mantener la deducción de los 400 euros para las rentas más bajas, fijando el límite impositivo de las rentas bajas en función de la base imponible a declarar. Si hacemos un poco de memoria, hace ya unos días, los informes de Gestha apuntaban a la tributación de los autónomos como rentas mileuristas y submileuristas, con bases imponibles irrisorias en muchos casos. Por tanto ¿se mantendrá esa deducción para autónomos con bases imponibles bajas?

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Adios a los 400 euros

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adios a los 400 euros
Siguiendo con el detalle de las novedades fiscales de los presupuestos generales para el próximo ejercicio, la segunda gran novedad que traen es la eliminación de la deducción en IRPF de los 400 euros.

Esta deducción dejará de aplicarse a partir del 01/01/2010 suponiendo que no haya modificaciones sobre la misma y el impacto para autónomos y trabajadores es directo. Por norma, todos vamos a ver aumentada nuestra cuota al IRPF en esta cantidad y las medidas a tomar son más bien pocas.

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Modelo 130: Cumplimentación de la deducción de los 400 euros

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modelo 130
Ya nos aventuró Wordlexis las nuevas deducciones que se incluían en los modelos 130 y 131. Refrescando la memoria, desde comienzos de año, se habilitó dentro de una medida anticrisis la posibilidad de deducirse anticipadamente los pagos realizados en financiación ajena para la adquisición de la vivienda habitual.

Esto ha provocado que se sustituyera el modelo 145, para que todos los trabajadores por cuenta ajena que tuvieran este derecho, pudieran favorecerse en las retenciones de su nómina de este anticipo de deducción. .

Pues bien, los autónomos obligados a realizar pagos fraccionados en concepto de IRPF, tambien pueden beneficiarse de esta deducción anticipada. Esta deducción se refleja en el modelo 130 o 131 si se está en módulos. Vamos a ver cómo se practican estas deducciones sobre el modelo 130.

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¿Habrá conejo para ti en la chistera de los 400 euros?

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chistera.jpg

Ya esta aquí. Hacienda ha publicado en su página web el programa que ayudará a calcular las retenciones a partir de julio de 2008. Lo primero que procede es descargarse el programa en función de tu sistema operativo (Windows, Linux, Mac, 98+Millenium). Si el programa no va es porque necesitas la versión 1.6 de java, que te puedes descargar un poco más arriba Descarga e Instalación de la Máquina Virtual Java.

Ya en el programa y según se mira a la izquierda tendrás que rellenar unos datos y al acabar el programa calculará correctamente nuestro tipo de retención al pulsar el botón de “Resultados”. Esos datos son:

  • Datos personales: NIF, fecha de nacimiento, situación familiar y la situación laboral.

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Se perfila el pago de los 400€

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AEAT

Estamos a finales de mayo y los empresarios se encuentran un poco preocupados por cómo se va llevar a cabo la devolución de los 400€, pues a pesar de todo lo que se ha escrito, surgen muchas dudas.

Básicamente existen tres problemas:el primero de ellos es la devolución a aquellos trabajadores que no alcanzan los 200€ en junio, y si el remanente se podrá distribuir en el periodo que va de julio a diciembre, el segundo, qué se va a hacer en los casos en que el trabajador es pluriempleado, ¿se le devolverán 200€ en cada empresa?, y por último el caso de los contratos temporales con un tipo mínimo de retención del 2%.

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IRPF: ojo con los borradores

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irpf.jpg

Alguna gente piensa que lo que dice Hacienda va a misa. El “señor hacienda somos todos” o ” el señor notario” son buenos y todo lo que digan está bien. Pero es que a veces las cosas vienen mal y una vez que las firmas el único responsable eres tú.

En este caso, la alerta procede del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Galicia donde afirman que hasta el 90% de los borradores que envía Hacienda son incorrectos. A pesar de lo que podamos pensar, Hacienda aún no lo sabe todo o digámoslo de otra forma, las administraciones todavía no cruzan datos como ellas quisieran.

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Casi 400: perfiles penalizados

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casi_400_3.JPGSegún eleconomista.es, la Agencia Tributaria enviará un programa informático que ayudará a las empresas a calcular las nuevas retenciones a aplicar en las nóminas de sus trabajadores, tras la aprobación de la medida del Ejecutivo de devolver 400 euros. Fuentes de la AEAT apuntan que se han mantenido contactos a través de los representantes empresariales y Hacienda para explicar esta medida.

No habrá ningún problema con la aplicación de la medida pero otra cosa es a quién se le aplica y a quién no. A la polémica medida le siguen cayendo de todas partes debido a que no favorece a los colectivos con rentas bajas. Y si no, atención a algunos de los perfiles que salen penalizados:

  • Solteros. Sin cónyuge a cargo o minusvalías tendrán que ganar más de 10.000 euros para poder optar a que le devuelvan parte de los 400 euros prometidos. A partir de los 10.000, cobrarán paulatinamente hasta llegar a los 400.

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Que se preparen las empresas con los 400 €

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zpAyer se publicó en el BOE el RD 2/2008, de “Medidas de Impulso a la Economía”. Para el resto de los mortales los 400 € de Zapatero. Finalmente, y tal como se adelantó desde la campaña electoral se ha articulado una deducción directa sobre el IRPF. No es la primera vez que hablamos aquí de ello, pero quiero evaluar las repercusiones en las empresas de dicha medida.

En primer lugar, para lograr el efecto inmediato y milagroso de la “reactivación del consumo y la economía” este decreto tiene que llevar aparejado una modificación en el Reglamento del IRPF, para modificar los tipos de retenciones de trabajadores, y autónmos obligados a realizar pagos a cuenta, y así se pueda reflejar dicha deducción de manera inmediata. Detalle técnico: si por casualidad los pagos fraccionados son negativos, como que tampoco existe aplicación directa de la deducción.

La modificación más sustancial es la promesa de “aliviar” las retenciones para el mes de junio en 200€. El borrador del reglamento que ha publicado Hacienda plasma la práctica prevista de dichas deducciones. Lógicamente, para recibir dicha bonificación, primero tenemos que tenerla reflejada en nómina, y aquí es donde va a comenzar “la guerra” con los trabajadores.

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