Un ERE de reducción de jornada implica menos días de vacaciones

Un ERE de reducción de jornada implica menos días de vacaciones
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Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 8 de noviembre de 2012 establece que la aplicación en una empresa de un ERE de reducción de jornada podrá tener como consecuencia la rebaja del periodo de vacaciones de los trabajadores afectados.

El Derecho de la Unión garantiza a todo trabajador al menos cuatro semanas de vacaciones anuales retribuidas. Sin embargo la sentencia matiza que, en el marco de la reducción del tiempo de trabajo, las obligaciones tanto del trabajador como del empresario “se suspenden en virtud de un convenio empresarial” y asimila la situación de un trabajador con reducción de jornada con la de un trabajador a tiempo parcial.

La sentencia recuerda que, durante un periodo de trabajo a tiempo parcial, puede disminuirse el derecho a vacaciones anuales retribuidas proporcionalmente a la reducción del tiempo de trabajo, por tanto si se llega a un acuerdo por el que se establece una reducción de jornada el empresario podrá también rebajar proporcionalmente el periodo de vacaciones al que el trabajador tiene derecho.

Además, manifiesta el fallo, el trabajador con reducción de jornada, “puede dedicar el tiempo que gana a descansar o a actividades de tiempo libre y ocio”, por lo que se compensarían los días de vacaciones perdidos con este tiempo libre.

Hay que hacer constar que es decisión de la empresa el aplicar esta reducción o no, lo que la sentencia determina es que esa reducción es perfectamente legal y el trabajador no podrá reclamar la remuneración de esos días no disfrutados.

En Pymes y Autónomos | Las relaciones laborales en la empresa: las vacaciones
Imagen | mordicuac

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