¿Puedo cobrar el paro después de haberme dado de alta como autónomo?

¿Puedo cobrar el paro después de haberme dado de alta como autónomo?
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Se trata de un supuesto bastante habitual entre los trabajadores: ser despedidos de nuestra empresa (y, por tanto, haber devengado el derecho a la prestación por desempleo) y que nos surja una oportunidad profesional para la cual necesitamos darnos de alta como autónomos. Sin embargo, después de algunos meses, la cosa no marcha tan bien como pensábamos. En estas circunstancias, ¿podemos recuperar el cobro de la prestación?

La Seguridad Social paraliza la ayuda mientras estemos dados de alta como autónomos, de modo que muchas personas prefieren cobrar de forma segura esta prestación para después comenzar la actividad. No obstante, si nos fuese mal, podemos recuperar esta prestación, siempre y cuando cumplamos una serie de requisitos y condicionantes:

  • En primer lugar, que la actividad como autónomo haya tenido una duración de menos de 24 meses con carácter general.
  • Si el autónomo tiene menos de 30 años o cotiza en el Régimen de los Trabajadores del Mar, este plazo se amplía hasta los 60 meses.

En caso de que no cumplas alguno de estos requisitos, la Seguridad Social considerará la prestación como extinguida, de modo que no tendrás derecho a solicitarla. En caso de que sí lo cumplas y hayas finalizado tu actividad, deberás solicitar a la Seguridad Social la renaudación del cobro de la prestación.

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