
Desde la reforma de la Ley Concursal que ha propiciado la declaración de concurso por las personas físicas, se puede comprobar que este sistema es insuficiente e incompleto para todos los autónomos que atraviesan problemas empresariales que le abocan a la situación de concurso dado que pocos autónomos y personas físicas recurren al concurso de acreedores.
Si vemos los datos de la tabla superior, podemos apreciar cómo entre las empresas concursadas, el número de autónomos es muy pequeño, ya no sólo en la comparación con el resto de empresas concursadas, sino con los datos de cese de actividad de cada ejercicio. Los motivos por los que los concursos de acreedores no tienen aceptación entre los autónomos son variopintos, pero básicamente nos encontramos con:
Las soluciones que los autónomos puedan llevar a cabo un concurso, o incluso particulares sobre endeudados pasa por un sistema mucho más barato de todo el proceso judicial incluyendo los honorarios del administrador concursal, se requiere también un sistema doble del plan de pagos que no incluya las hipotecas o deudas no vinculadas a la actividad empresarial, como puede ser la hipoteca de la vivienda y además, no estaría de sobra una limitación de la responsabilidad económica del autónomo a su propia actividad empresarial.
No tiene sentido entrar en un concurso para seguir en la misma situación que al principio pero debiendo mucho más dinero dado que solicitar dicho procedimiento judicial agranda nuestras deudas y rara vez se aporta una solución de continuidad a la actividad empresarial.
En Pymes y Autónomos | Se estabiliza el número de concursos de acreedores