Los datos que debe contener un pagaré

Los datos que debe contener un pagaré
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Es muy importante tener en cuante los datos que debe contener un pagaré, ya que la falta de alguno de ellos puede anular su validez, según sentencia del Tribunal Supremo que ha dictaminado la nulidad de un pagaré que no llevaba incorporado el lugar en que la deuda debía ser pagada.

La Ley Ley 19/1985, de 16 de julio, Cambiaria y del Cheque en su artículo 94 determina los requisitos necesarios para que el pagaré constituya un título formal y una promesa efectiva de pago. El artículo 95 sanciona la falta de alguno de ellos con la descalificación del título.

La sentencia se refiere a un caso en el que una empresa reclamó judicialmente el abono de un pagaré emitida por otra, esta última recurrió la reclamación alegando defectos de forma en el documento. En primera instancia el Juzgado falló a favor de la empresa reclamante pero la parte contraria recurrió ese fallo, apelación le dió la razón anulando la primera senencia y, al final, el caso llegó al Supremo.

La cuestión a determinar en este caso era el hecho de que en el pagará no conste el lugar en que la libradora lo firmó debía ser causa suficiente para que el documento no se considerara válido al detectarse ese defecto de forma.

La sentencia de apelación declaró probado que dicho documento no contenía mención alguna al lugar de emisión del pagaré, ni de otro que pueda considerarse jurídicamente equivalente.

Por este motivo la sentencia del Tribunal Supremo da por bueno el criterio de apelación y decreta como nulo ese documento cambiario y considera suficientemente probado que ese defecto de forma va contra los artículo de la Ley Cambiaria antes comentados.

Debemos tener en cuenta que en el comento en que recibamos un cobro mediante un pagaré los datos sigientes:

  • La denominación de pagaré inserta en el texto mismo del título y expresada en el idioma empleado para la redacción de dicho título.

  • La promesa pura y simple de pagar una cantidad determinada en euros o moneda extranjera convertible admitida a cotización oficial.

  • La indicación del vencimiento.

  • El lugar en que el pago haya de efectuarse.

  • El nombre de la persona a quien haya de hacerse el pago o a cuya orden se haya de efectuar.

  • La fecha y el lugar en que se firme el pagaré.

  • La firma del que emite el título, denominado firmante.

La falta de cualquiera de estos datos puede suponer la nulidad del documento.

En Pymes y Autónomos | El descuento de pagarés Imagen | liewcf

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