Los contratos de tracto sucesivo

Los contratos de tracto sucesivo
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Teniendo en cuenta la gran cantidad de dudas al respecto de cómo aplicar la subida del IVA y los criterios para aplicar el nuevo o el viejo tipo impositivo vamos a intentar aclarar uno de los puntos claves para determinar cuál es el tipo impositivo que corresponde a las facturas. Como indicamos en el post sobre la aplicación del criterio del devengo y lo que se entiende por contratos de tracto sucesivo.

Los contratos de tracto sucesivo son los que regulan una serie de entregas o prestaciones periódicas que perviven durante un tiempo prolongado. Dentro de las operaciones de tracto sucesivo podemos incluir aquellas en las que el proveedor se obliga a entregar una pluralidad de bienes, o prestar una serie de servicios, de forma sucesiva y por precio unitario, sin que la cuantía total se defina con exactitud, por estar subordinadas, las entregas o los servicios, a las necesidades del cliente.

Este tipo de contratos se contrapone con el de obligaciones de ejecución instantánea, estableciendo que, en este caso, éstas obligaciones se cumplen de forma inmediata, quedando extinguida la relación con la realización de la prestación prevista, no existe continuidad en el tiempo.

Como ya hemos dicho el tracto sucesivo implica que el cumplimiento de las prestaciones se realiza en un periodo determinado, y que, por deseo de las partes se puede extender para satisfacer sus necesidades primordiales y se establecen una serie de términos para su ejecución. Estos términos pueden ser:

  • Ejecución continuada: ejecución única pero sin interrupción.
  • Ejecución periódica: varias prestaciones que se ejecutan en fechas establecidas.
  • Ejecución intermitente: se da cuando lo solicita la otra parte.

Un ejemplo de contrato de ejecución continuada es el de arrendamiento, los de ejecución periódica serían los de suministro eléctrico, agua o teléfono y de ejecución intermitente podrían ser aquellos donde el proveedor suministra la mercancía solicitada por el cliente bajo demanda, sin que haya ni unos plazos de solicitud ni una regularidad en las mismas.

Incluso los propios contratos laborales constituyen contratos de tracto sucesivo.

En Pymes y Autónomos | Los contratos, esos dichosos papeles Imagen | daniel.julia

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