La nueva reforma laboral: la flexibilidad interna en las empresas

La nueva reforma laboral: la flexibilidad interna en las empresas
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La nueva reforma laboral introduce una serie de modificaciones en cuanto a las facultades organizativas en las empresas y que introduce la flexibilización de determinadas condiciones laborales que hasta hace poco se consideraban cambios sustanciales en las condiciones laborales, a las que el trabajador podía oponerse.

Por un lado se elimina el sistema de clasificación de trabajadores por categorías profesionales, generalizándose el sistema de grupos profesionales. Por otro se introducen cambios relacionados con la movilidad geográfica de los trabajadores y con los cambios en las jornadas de trabajo, horarios y sistemas de rendimiento.

Se simplificarán los trámites para reducir la jornada de trabajo o suspender el contrato como mecanismo de ajuste ante situaciones de disminución de la demanda que afecten a la actividad de la empresa, eliminándose la autorización administrativa necesaria para llevar a cabo la medida.

Con el objeto de ayudar a las empresas en situaciones económicas adversas, se establecerá una bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de los trabajadores afectados por la suspensión o reducción de jornada, con una duración máxima de 240 días y condicionada a la estabilidad en el empleo durante, al menos, un año.

Si la empresa extinguese finalmente los contratos, los trabajadores no verán mermado su derecho a la prestación por desempleo, estableciéndose la reposición de las prestaciones hasta un máximo de 180 días.

Los trabajadores afectados por una suspensión de su contrato o la reducción de su jornada percibirán la prestación por desempleo durante el tiempo que dure la medida, si la empresa no superara la situación y tubiera que extinguir de forma definitiva los contratos, el trabajador tendrá derecho a que se le repongan los días de prestación consumidos durante la suspensión.

En cuanto a la movilidad geográfica, se establecerán unas condiciones objetivas para seleccionar a aquellos trabajadores con menores cargas familiares a la hora de que sean éstos lo que se desplacen.

En Pymes y Autónomos | Cuando la movilidad no es geográfica Imagen | La Moncloa

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