El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía acaba de dictar una sentencia sobre la improcedencia de un despido fundamentada en una agresión a los superiores que no puede dejar indiferente a nadie. Según informa Expansión, un empleado de una inmobiliaria, justo antes de que se le notificara la primera carta de despido, entiende que:
La agresión física al jefe, empujándole hasta hacerle perder el equilibrio y lanzar al aire patadas de kárate con el objetivo de alcanzarle, no reviste la gravedad exigible para constituir causa de despido
No hace mucho, comentamos cómo llamar hijo de puta al jefe, el insulto, la falta de respeto y demás comportamientos reprobables no eran considerados tampoco como causa de despido por un Tribunal; ahora, las agresiones tampoco. ¿Es esta sentencia aceptable?
Bajo mi punto de vista, la inseguridad jurídica que se crea en las empresas es excesiva, se sientan unos precedentes peligrosos dentro de las relaciones laborales y sólo espero que el Tribunal Supremo cambie el sentido de esta sentencia por el bien de todos, tanto trabajadores como empresarios.
No se puede tolerar la agresión física bajo ningún concepto o entorno dentro de las relaciones personales, ni admitir como atenuante la presión de un despido o el estrés que se puede generar con esta situación. Si entramos en esta tónica, dejará de existir el despido procedente dentro de la relación laboral y la capacidad de decisión y organización de la empresa estará minada de por vida.
Por más vueltas que le doy a toda la normativa laboral en materia de derechos y obligaciones, convenios colectivos o sentencias judiciales anteriores, nunca antes se había admitido una agresión en los términos que se ha llevado a cabo en esta ocasión. Si la presión psicológica es atenuante, hagamos de abogados del diablo ¿por qué no lo es en el caso de agresiones a médicos u otros funcionarios en el ejercicio de su profesión?
¿Acaso crea más presión un despido que una negligencia médica? Y si realmente queremos meter el dedo en la llaga, mejor no entremos en materia de agresiones sustentadas en violencia de género, fuertemente perseguidas por la autoridad judicial y fuerzas de seguridad del Estado (que por cierto veo perfecto). Como vemos, de no existir un criterio lo suficientemente objetivo en esta materia, el empresario queda totalmente desprotegido frente a abusos físicos y emocionales hacia su persona. Sólo me gustaría ver al juez en una situación idéntica a la juzgada a ver si sigue manteniendo que el despido es improcedente.Vía | Expansión
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Comentarios
Pues los empresarios quedan desprotegidos ante la ley porque el 90% son unos desalmados si escrúpulos :p
No, ahora en serio. Realmente si solo le empujó y dio unas patadas al aire entiendo que no le despidieran de forma precedente habiendo existido amenazas previas de despido. Otra cosa es que hubiera habido una agresión que causara daño físico.
Sin más datos de la sentencia no podemos juzgar nada.
A saber lo que había por ahí detrás, no se puede juzgar nada sin conocer realmente la historia.
Dices que no se puede tolerar la agresión física en el entorno laboral, pero en cambio no se hace nada por frenar la agresión psicológica que sufren a diario millones de empleados en españa cuyos efectos son bastante mas graves y perjudiciales que una agresión física puntual.
Y con esto estoy hablando de la despreocupación de la empresa española por ofrecer un entorno de trabajo y una calidad de vida laboral que libre de estas presiones a sus empleados.
En cuanto a las reacciones emocionales somos como cualquier otro animal "si lo amenazas,presionas o maltratas, al final muerde" y no se puede decir exclusivamente que una persona nunca tiene que morder olvidándose de la primera parte del enunciado, por sres muy racionales que seamos.
Doy por buena la información que aporta Expansión (Vía Agencia EFE) sobre todo esto, link al pie del post. La sentencia no la he encontrado.
@unknet, se está trabajando mucho en esa área dado que la próxima reforma del Código Penal, trata como delito el acoso laboral, incluyendo sus variantes psicológicas
Veremos en que acaba esa legislación por que hay situaciones en la contratación laboral que también deberían calificarse como acoso que no creo que tengan en cuenta.
Por ejemplo, yo considero acoso laboral aprovercharse de la precariedad económica de una persona para pagarle un sueldo nimio como trabajador, a sabiendas de que no puede permitirse estar sin trabajo, o no pagar, ni adjudicar el puesto que le corresponde a un empleado por las funciones que desempeña en la empresa. Espero que estos dos casos los tipifiquen tambien como delictivos, ya que estos comportamientos empobrecen al pais, desalientan a las personas y van en general en detrimento de nuestra sociedad.
Eso no es acoso, eso es que los trabajadores aceptan lo que no quieren. Insisto que si nadie aceptara condiciones paupérrimas esos puestos de trabajo no existirían
Remo, hay gente que sin ese puesto se ve en la calle, ojalá se pudiera dejar de aceptar siempre trabajos con esas condiciones, el problema no es no aceptarlos, si no evitar que se oferten.
Si se tipificara como delito no asignar el sueldo y categoría correspondientes a un empleado por su trabajo, mas de una cosa se arreglaba en este pais. Las empresas cuando se trata de multas de 4 duros y por via administrativa, se pasan todo por el arco del triunfo, pero cuando hablamos de posibilidad de carcel, entonces se ponen las pilas.
Además en este pais parece que nos olvidamos constantemente de que un empleador que no asigna la categoría correspondiente a sus empleados, esta defraudando a la hacienda publica, es un DEFRAUDADOR y debería ser perseguido con mucha mas dureza de la que se ve hoy en dia.
Yo por principios no doy por supuesto ni por buena ninguna información que no haya recibido de primera mano o de la que tenga varias fuentes.
interesante
No puedo creerme los comentarios que he leido. Esto se puede convertir en la ley de la selva. ¿Y si el empleador hubiese agredido al empleado? ¿Os llevariais las manos a la cabeza o tambien lo justificariais? Da exactamente igual los precedentes que haya. Si había sido acosado que denuncie, que hay sentencias que condenan al acosador. Si permitimos que esto pase, el proximo cursillo al que yo me apunto es a uno de defensa personal.
jose2 pregúntate por que no existen practicamente casos de agresión física en la dirección jefe -> empleado. ¿Crees que es por que son mejores que sus empleados o quizá será por que no estan sometidos por parte de los empleados a esas tensiones psicológicas?.
No te olvides que si se llega a eso es siempre por culpa del empleador, que es el único que tiene la capacidad de poner contra las cuerdas a cualquier empleado normal en cuanto a situación laboral y económica.
Y tu dices; "que denuncien". ¿Lo dices en serio? ¿que puede ganar un empleado denunciando a su jefe con la legislaciñon actual además de perder su empleo?, por eso aguantan y aguantan y algunos te explotan en la cara, y repito, a no ser que el empleado este chiflado, esa situación la provoca siempre el jefe o empresa de turno.
Y jose2 si tienes empleados y crees que necesitas un curso de defensa personal, yo antes iria pensado en apuntarme a uno de dirección de empresas, como poco.
Tengo empleados, y creo que no necesito el curso de defensa personal, pero no puedo compartir tus ideas. ¿Me parece que justificas la agresión ? ¿Tambien la justificarías en el sentido contrario?
Lo de "que denuncien" lo digo completamente en serio. Nuestra justicia, para lo bueno y para lo malo, esta ahí, y tenemos que acatarla, queramos o no.
No me parece bien, ni veo argumentos en querer defender esa (o cualquier otra) agresión con las frases "su jefe se lo habrá buscado" "seguro que lo estaban explotando" "habría que ver la situación personal del individuo". Todo esto me parece un paso atrás, igual de grande que si estuviesemos hablando de volver a los tiempos del latigo. Además, si los empleados/sindicalistas lo ven tan apropiado, que lo recojan en el próximo convenio colectivo, no te jod....
Y no sigo, porque voy a perder las formas. Un saludo a todos y buenas noches.
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