Gestiona las vacaciones de tus empleados

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El establecimiento del calendario laboral de vacaciones de la plantilla de la empresa, es una tarea, que a priori parece fácil y simple, pero se puede convertir en un foco de problemas de gran calado.

En primer lugar, la distribución de las vacaciones, duración, y días de comienzo o finalización, viene regulada por los respectivos convenios colectivos. En el caso de no fijarse ninguna condición al respecto, tenemos que acudir al Estatuto de los Trabajadores, en su Art. 38

Tal y como podemos leer en el apartado tres, "El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute". A su vez, la duración mínima anual de las vacaciones será de treinta días naturales.

Existe una creencia generalizada, que el 50% de las vacaciones las fija la empresa y el 50% restante el trabajador. Es evidente que este planteamiento es erróneo y no tiene fundamento legal ninguno. Lo primero que debe intentar la empresa, es conseguir el consenso en los periodos de vacaciones entre la dirección y los trabajadores.

Ahora bien, si esto no fuera posible o no se alcanzase un acuerdo, la dirección de la empresa realizará su calendario de vacaciones según sus intereses, y procederá a comunicar el calendario previsto, a cada uno de los trabajadores, con un mínimo de dos meses de antelación al comienzo de las mismas, teniendo siempre constancia por escrito de dicha comunicación, tanto la empresa como el trabajador. Si realizamos este trámite así, evitaremos los problemas que pueden surgir al repartir las vacaciones, por ejemplo, quince días antes de disfrutarlas.

Otra problema importante que se evita, planificando el calendario laboral con los periodos vacacionales, está relacionado con las hipotéticas bajas por accidente o enfermedad, que puedan sufrir justo antes del comienzo de las vacaciones o durante el periodo vacacional. Si el calendario está fijado con anterioridad, estos acontecimientos no modifican los días a disfrutar por motivo de las vacaciones. Si para un trabajador se ha estipulado que comience sus vacaciones el dia 1 de agosto durante treinta días, y el día 3 de agosto, éste cae enfermo durante quince días, estos días tienen la consideración de vacaciones, por lo que el trabajador ha disfrutado sus vacaciones, pero enfermo.

Imagen: Haddy Bello.

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