El personal de limpieza: contrato mercantil, relación laboral

El personal de limpieza: contrato mercantil, relación laboral
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Nos referíamos, en el anterior post, a las condiciones que una sentencia del Tribunal Supremo fija para diferenciar el caracter laboral o mercantil de la relación entre una empresa y un "presunto" proveedor de servicios externo. La sentencia en cuestión, se refiere al caso de una trabajadora que realizaba, para una empresa, labores de limpieza de manera personal y regular.

Los servicios se prestaban en virtud de un contrato mercantil, pero, en el momento en que la empresa quiso prescindir de los mismos, la trabajadora interpuso una demanda solicitando la consideración de esa relación como laboral. Esos servicios se realizaban fuera del horario de oficina, cuando la trabajadora estimaba conveniente, y a cambio recibía una retribución que fijaba la empresa. Esta trabajadora se proveía de lo necesario para su labor y esos gastos le eran reembolsados por la empresa.

En este caso particular, el Tribunal manifiesta que la trabajadora asumía la obligación de prestar personalmente los servicios de limpieza y la de acudir regularmente a las oficinas de la empleador. Los servicios se prestaban fuera del horario de apertura de la empresa, pero por simples razones de operatividad, y que eso no presupone que no se cumpliera un horario, aunque fuera de manera flexible.

La actividad era controlada por parte la empresa, asumiendo que no se necesitaban instrucciones expresas para el desempeño de la misma, mas allá de la efectiva limpieza. Esa actividad era desempeñaba a cambio de una retribución fija y periódica, que determinada por la empresa en proporción con la actividad prestada.

La trabajadora no corría con el riesgo inherente de cualquier actividad empresarial y, no consta, que la trabajadora tuviera una estructura empresarial propia, al contrario, se insertaba en la organización de trabajo de la empresa.

Todas estas circunstancias definen una relación laboral, por mucho que el pacto entre las partes se manifestara mercantil con la firma de un contrato de prestación de servicios.

Vía | Intelligence & Capital News En Pymes y Autónomos | ¿Relación laboral o mercantil? Imagen | La FruU

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